Digesto
|
|
15512 Normativas
Últimas emisiones
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
FA-2026-RES-094 9/03/2026 (Carga: 9/03/2026) |
MENDOZA, 9 de marzo de 2026
VISTO: Los expedientes electrónicos Nros 5387/26, 2875/26, 2887/26, 2911/26, 2914/26, 2913/26, 2912/26, 2939/26, 2938/26, 2979/26, 2854/26, 2878/26, 2877/26, 2876/26, 2846/26, 2845/26, 2853/26, 2848/26, 2849/26, 2850/26, 2852/26, 2881/26, 2842/26, 2862/26, 2863/26, 2861/26, 2860/26, 2879/26 en los que se solicita autorización para la realización de adscripciones de los alumnos de las Carreras de Artes Visuales, Artes del Espectáculo, Musicales y Cerámica de esta Facultad.
CONSIDERANDO: Que las presentes solicitudes de adscripciones cumplen con los requisitos establecidos por la ordenanza Nº 9/09-CD.
Los informes producidos, la opinión favorable de las Profesoras Titulares de los espacios curriculares involucrados y de Secretaría Académica.
Por ello, LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar las adscripciones que realizarán los alumnos de las Carreras de Artes Visuales, Arte del Espectáculo, Musicales y Cerámica de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan seguidamente. CARRERAS DE ARTES VISUALES REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES Tecnología y Expresión de los Materiales y Procesos 27624 43542994 ABALONE, Mafalda Carolina Ciclo Lectivo: 2026 Estructurales 28874 45137653 ARIAS RAFFAINI, Martina Aluhe Medios de Comunicación Ciclo Lectivo: 2026 BAIGORRIA MONTAÑA, Andrés Tecnología y Expresión de los Materiales y Procesos 28819 44953307 Ciclo Lectivo: 2026 Emiliano Estructurales 29020 46235338 BUSTOS PARISI, Jimena Sofía Historia del Arte I Ciclo Lectivo: 2026
28886 45708947 JANKO VILLAVICENCIO, Aide Taller de rotación II: Grabado Ciclo Lectivo: 2026
28884 45450435 IBAÑEZ LARROQUE, Carmina Medios de Comunicación Ciclo Lectivo: 2026
28520 44284529 CUCHIARO, Lucía Martina Historia del Arte Medieval Ciclo Lectivo: 2026
26977 42714168 PANELLA, Aldana Estrella Visión I Ciclo Lectivo: 2026
29051 43637663 MARÓN GUIRAO, Ailín Julieta Sistemas de Representación Ciclo Lectivo: 2026
29052 51705776 MARTÍNEZ VIDELA, Ángel Gabriel Taller de Rotación I: Grabado Ciclo Lectivo: 2026
CARRERAS DE ARTE DEL ESPECTÁCULO REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
28027 44138784 GUINOVART ARIGOSSI, Ana Paula Historia de la Cultura y el Teatro Universales III Ciclo Lectivo: 2026
28973 35196471 CASARES, Marysol Taller de Escenografía II Ciclo Lectivo: 2026
24608 46866509 ESTEVEZ VARELA, Pilar Improvisación II Ciclo Lectivo: 2026
28166 43839190 FLORES, Carla Julieta Improvisación I Ciclo Lectivo: 2026
28265 94826840 VILAJA, Alexander Técnicas Corporales III Ciclo Lectivo: 2026
28940 44907280 RUBIA JOFRÉ, Ayelén Guadalupe Práctica Escénica II Ciclo Lectivo: 2026
28241 42468913 LICEAGA, Ana Lucía Técnicas Corporales I Ciclo Lectivo: 2026
28259 44536550 QUIROZ LEON, Priscila Daniela Didáctica y Currículum Ciclo Lectivo: 2026
28257 44404610 NAVARRO BAYLE, Luna Análisis del Hecho Teatral Ciclo Lectivo: 2026
28926 45449393 MAÍZ MOLES, Álvaro Análisis del Hecho Teatral Ciclo Lectivo: 2026
28181 44439405 MAGNI GENRE, Antonella Rosa Práctica Escénica II Ciclo Lectivo: 2026
Resol. N ° 94
CARRERAS MUSICALES REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
28124 44189871 CANCINO, Micaela del Milagro Instrumento I (Flauta) Ciclo Lectivo: 2026
29758 94641147 MALAGOLI, Jordan Ezekiel Armonía II Ciclo Lectivo: 2026
23861 36859118 FAGGIAN, Marina Dirección Coral I Ciclo Lectivo: 2026
26296 40558396 RODRIGUEZ CHABÁN, Jorge Abel Problemática Educativa Ciclo Lectivo: 2026
27878 43411240 BARRIONUEVO TORCONI, Elian Instrumento II (Flauta) Ciclo Lectivo: 2026
28572 45450215 JURADO ZABALA, Verónica Ruth Armonía III Ciclo Lectivo: 2026
CARRERAS DE CERAMICA REGISTRO DNI APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
40597666 26304 PAVÓN, Sol Micaela Dibujo I Ciclo Lectivo: 2026
ARTÍCULO 2 °- Los alumnos deberán realizar su adscripción de acuerdo con lo prescripto por la ordenanza N° 9/09-CD.
ARTÍCULO 3 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 94
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-093 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nros 3747/25, 10067/25; 23347/25, en los que constan los pedidos de aprobación de adscripción de alumnos de las Carreras de Artes Visuales y de Diseño de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que los alumnos han cumplido con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Los informes producidos, la opinión de los Profesores Titulares de las cátedras y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las adscripciones realizadas por los alumnos en las Carreras de Artes Visuales y de Diseño de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan a continuación:
CARRERAS DE ARTES VISUALES DOCUMENTO LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CÁTEDRA OBSERVACIONES
43989084 28331 BENVENUTO, Milena Abril MEDIOS DE COMUNICACIÓN Ciclo Lectivo: 2025 CECCHINI AGUILAR, Lautaro 44406382 28211 HISTORIA DEL ARTE MEDIEVAL Ciclo Lectivo: 2025 Exequiel
CARRERAS DE DISEÑO DOCUMENTO LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CÁTEDRA OBSERVACIONES
46236824 29251 TOSCANO, Amanda HISTORIA DEL DISEÑO II Ciclo Lectivo: 2025
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a cada interesado el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 93
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-092 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 46722/25 caratulado: “LEYES, Laura Eugenia S/ Solicitud reducción horaria por hija/o con discapacidad, según así lo establece el CCT 366/06 en su artículo 108. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Laura Eugenia LEYES solicita reducción horaria de su jornada laboral por tener a cargo una hija con capacidades diferentes.
Que dicha petición se encuentra enmarcada en los términos dispuesto por el Art. 108 del Decreto N.º 366/2006 —“Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales”—, apartado Licencias extraordinarias y justificaciones, que establece lo siguiente: “Todo trabajador no docente, que tenga a su cargo un hijo con capacidades diferentes podrá disponer de dos permisos de media hora durante su jornada laboral, según elija, para poder atenderlo de manera adecuada. Excepcionalmente, y estando debidamente acreditada la necesidad de mayor atención, podrá extenderse dicho permiso diario media hora más por jornada laboral. Siempre se exigirá la presentación de las certificaciones médicas correspondientes. Se considera que la persona tiene capacidades diferentes cuando padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral. Las paritarias particulares, podrán ampliar esta concesión analizando pormenorizadamente cada caso en la medida que se presente en cada Institución Universitaria Nacional. En caso que ambos progenitores trabajen en la misma Institución Universitaria Nacional, uno solo de ellos podrá acceder al beneficio.”
Lo informado por la Dirección General de Medicina del Trabajo constatando certificado de Discapacidad emitido por profesional habilitante al efecto.
Que por su parte, la Dirección de Personal informa que la Sra. LEYES revista en esta dependencia el cargo Categoría 7–Tramo Inicial– del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, de carácter contratado, según resolución N° 3920/2025R.
Por ello y atento a sus atribuciones,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Conceder, a partir del UNO (1) de febrero de 2026, la reducción de jornada laboral a la Sra. Laura Eugenia LEYES (Legajo Nº 36432 – CUIL Nº 27–23027995–6) en el cargo Categoría 7–Tramo Inicial– del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, de carácter contratado, según resolución N° 3920/2025-R., en el marco de lo establecido en el Art. 108 del Decreto N.º 366/2006 —“Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales”.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 92
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-091 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 47941/25 caratulado: “Elisabeth GRERRA - FAD S/Solicitud de auspicio institucional nominal para proyecto de Música Afroamericana”.
CONSIDERANDO:
Que los docentes, Elisabeth Beatriz GUERRA, Simón ABECASIS y Mónica Beatriz PACHECO elevan la propuesta de llevar a cabo un taller con concierto final denominado “Canto colectivo afroamericano. Entre Spirituals y Candombes”. Dicha en actividad se interpretará un concierto repertorio afroamericano, spirituals y candombes, ya sea formando parte del colectivo coral y/o dirigiendo; también se realizarán cinco sesiones en las que se abordarán contenidos teórico-técnicos que se consoliden en experiencias artísticas de montaje (canto y dirección) en cada una de ellas.
Que el mismo está destinado a ingresantes, estudiantes y egresados de Carreras Musicales FAD u otras instituciones afines. Se admiten estudiantes mayores de edad de las Escuelas Artísticas Vocaciones de la Provincia de Mendoza; Profesores y estudiantes de Profesorados de Música de Institutos de Educación Superior de la Provincia de Mendoza, Directores Corales y Coreutas interesados en la temática.
La opinión favorable de las Carreras Musicales y de Secretaría de Extensión y Articulación Social.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar Auspicio Institucional para la realización de taller con concierto final denominado “Canto colectivo afroamericano. Entre Spirituals y Candombes”, organizado por los profesores Elisabeth Beatriz GUERRA, Simón ABECASIS y Mónica Beatriz PACHECO, el que se llevó a cabo entre los días VEINTITRÉS (23) y VEINTISIETE (27) de febrero del corriente, de acuerdo a los detalles consignados en el Anexo único.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 91
ANEXO ÚNICO
RESOLUCIÓN Nº 91
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-090 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 44135/25 caratulado: “Suplemento al Título del Espacio Curricular Optativo “Creación y Edición de imágenes Digitales”- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que varios estudiantes han cursado y aprobado la actividad optativa denominada “Creación y Edición de Imágenes Digitales” organizada por el Área de Virtualidad de la Facultad, durante el 2do semestre de 2025.
El informe emitido por la Dirección de Alumnos.
Que la solicitud de reconocimiento como suplemento al título de dicha actividad, se efectúa en el marco de la Ord.9/20-CD. (Art. 3).
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Reconocer como “Suplemento al Título” la actividad optativa “Creación y Edición de Imágenes Digitales” a los siguientes estudiantes, realizada durante el 2do semestre de 2025: - CABALLERO PAGANO, Luz María José (DNI 43637438)- Carrera de Artes Plásticas. - CUSSI, Lucía Belén (DNI 43270209)- Carrera de Diseño Escenográfico. - LUCERO PAZ, Sol (DNI 42064248)- Carrera de Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 90
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-089 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nº 2755/24, 9274/24, 2354/24 y 1896/24 en los que constan adscripciones de egresados/as que realizaron en las Carreras de Artes del Espectáculo, Artes Visuales y Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que los/as egresados/as han cumplido con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 11/09-C.D. y su modificatoria ordenanza N° 12/13-CD.
Los informes evaluativos de los Profesores Titulares de cada asignatura son favorables.
La opinión favorable de la Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las adscripciones de los egresados/a que realizaron en las Carreras de Artes del Espectáculo, Artes Visuales y Musicales de esta Facultad, respectivamente, de acuerdo al detalle que se menciona a continuación:
CARRERAS DE ARTES DEL ESPECTÁCULO DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
37270098 VELAZQUEZ, Pablo Emanuel OPTATIVA: HISTORIA DE LA CULTURA Y EL TEATRO UNIVERSALES III Ciclo Lectivo: 2024-2025
38582201 ZULUETA, Luciana Ruth OPTATIVA: HISTORIA DEL TEATRO Y LA CULTURA UNIVERSALES III Ciclo Lectivo: 2024-2025
CARRERAS DE ARTES VISUALES DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
33577396 VARGAS, Antonio INTRODUCCIÓN A LAS ARTES VISUALES Ciclo Lectivo: 2024 – 2025
CARRERAS MUSICALES DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA OBSERVACIONES
28511946 DI MARCO, José Luis OPTATIVA: VIOLONCELLO III Ciclo Lectivo: 2024 – 2025
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a cada egresado/a el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 89
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-088 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 4438/26 caratulado: “RIVERO, Alejandra S/Tesina - Director Fernando Guevara. Licenciatura enArtes Visuales - FAD”.
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte del docente que estará a cargo del mismo.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección de “Seminario de Licenciatura” a la alumna de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumna: Alejandra RIVERO (Registro N° 27286)
Seminario: “Resignificación del grabado contemporáneo desde una estética Pop” Director: Prof. Fernando Sebastián GUEVARA Carrera: Licenciatura en Artes Plásticas
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 88
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-087 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 42048/25 caratulado: “VILTE, Anahí S/Equivalencias -Carreras Musicales - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Anahí VILTE ha cursado y aprobado varios espacios curriculares, entre ellos, “Armonía III” en la carrera de Profesorado y Licenciatura en Composición Musical que se dicta en la Facultad de Artes, Universidad Nacional de Córdoba.
La opinión favorable de la Titular de dicha asignatura y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia a la alumna Anahí VILTE (Registro Nº 28128) en el espacio curricular “Armonía III” que se dictan en la carrera de Licenciatura en Fagot de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 87
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-086 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico 4145/25 caratulado: “SANTONI PALMA, Ana Paula S/Adscripción egresada - 2025 -2026 - Sec Académica- FAD”
CONSIDERANDO:
Que la egresada Ana Paula SANTONI PALMA no dió cumplimiento a las exigencias establecidas por la ordenanza N° 11/09-C.D. y su modificatoria ordenanza N° 12/13-C.D, según lo informado por la Profesora Titular de la cátedra.
Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desaprobar la adscripción de la egresada Ana Paula SANTONI PALMA (D.N.I. N° 28564280) a la asignatura “Seminario de Investigación” que se dicta en las Carreras de Diseño (Ciclo Lectivos 2025-2026), autorizada oportunamente mediante resolución N° 215/25–F.A.D.
ARTÍCULO 2°- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 86
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-085 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico 702/25 caratulado: “VERA, ROBERTO S/Adscripción Estudiante - 2025 - Sec Academica- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el estudiante Roberto VERA no ha dado cumplimiento con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D., según lo informado por la Profesora Titular de la cátedra.
Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desaprobar la adscripción del estudiante Roberto VERA (Registro Nº 29340 D.N.I. N° 46475154) a la cátedra “Actuación I” que se dicta en las Carreras de Artes del Espectáculo (Ciclo Lectivo 2025), autorizado oportunamente mediante resolución N° 21/25– F.A.D.
ARTÍCULO 2°- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 85
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-084 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico 3748/25 caratulado: “JOFRE GOMEZ, Luna S/Adscripción Estudiante - 2025 - Sec Académica- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la estudiante Luna Jazmín JOFRÉ GÓMEZ no ha dado cumplimiento con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D., según lo informado por la Profesora Titular de la cátedra.
Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desaprobar la adscripción de la estudiante Luna Jazmín JOFRÉ GÓMEZ (Registro Nº 28240 - D.N.I. N° 42210299) a la cátedra “Maquillaje” que se dicta en las Carreras de Artes del Espectáculo (Ciclo Lectivo 2025), autorizada oportunamente mediante resolución N° 66/25–F.A.D.
ARTÍCULO 2°- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 84
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-025 6/03/2026 (Carga: 6/03/2026) |
MENDOZA, 6 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2883/26 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL. FAD- CONCURSOS- PROPUESTA DE MODIFICATORIA ORD. 91/23 C.S.”.
CONSIDERANDO:
Que el Departamento de Concursos de esta Facultad eleva la propuesta de modificación del Art. 7 “Publicidad” de la ordenanza Nº 91/23–C.S. que Reglamenta el Régimen de Concursos para cubrir cargos vacantes del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo; en cuanto a no considerar en el caso de los Concursos Abiertos - Categoría 7 “la difusión de la Resolución de Convocatoria en ningún medio de comunicación gráfica”, pero sí continuar realizando la misma mediante los diversos espacios de difusión utilizados actualmente por esta Casa de Estudios.
Que además, dicha sugerencia surge por la problemática y la elevada carga onerosa del espacio publicitario que costean los diarios mendocinos a la hora de difundir una convocatoria a concurso.
Que la propuesta se da por analogía con lo establecido por Ord. Nº 58/23– C.S. que elimina toda publicación de convocatorias a concursos para el personal docente.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y a lo dispuesto por el Cuerpo en Sesión Plenaria del día 1 de julio de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Elevar al Consejo Superior la propuesta de modificación del Art. 7 “Publicidad” de la ordenanza Nº 91/23–C.S. que Reglamenta el Régimen de Concursos para cubrir cargos vacantes del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo; en cuanto a no considerar en el caso de los Concursos Abiertos - Categoría 7 “la difusión de la Resolución de Convocatoria en ningún medio de comunicación gráfica”, pero sí continuar realizando la misma mediante los diversos espacios de difusión utilizados actualmente por esta Casa de Estudios.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 25
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-024 5/03/2026 (Carga: 13/04/2026) |
MENDOZA, 5 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 38693/25 caratulado: “DECANATO S/ Conv. Conc. PAA - Efectivo - 2 Cargos - Cat. 7 -Concurso Abierto - Administrativo - Alumnos”.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se efectúa en el marco de la ordenanza Nº 91/2023-C.S., por la cual se aprobó la “Reglamentación del Régimen de Concursos para cubrir Cargos Vacantes del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo” y de acuerdo con los datos detallados en el formulario previsto en la Circular Nº 04/24 de Gestión Administrativa del Rectorado.
Que la Secretaría Administrativo–Financiera de esta Unidad Académica informa la disponibilidad presupuestaria para dicho cargo.
Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes; lo acordado por este Cuerpo en sesión del 16 de diciembre de 2025.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 91/23–C.S.,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al Consejo Superior la pertinente autorización para convocar a Concurso Abierto de Antecedentes, Entrevista Personal y Prueba de Oposición, para cubrir, con carácter efectivo, DOS (2) cargos Categoría 7 – Tramo Inicial– del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar Administrativo en la Dirección de Alumnos, dependiente de la Secretaria Académica de esta Facultad, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo Único de la presente resolución, que consta de DOS (2) hojas, de conformidad con los establecido en la ordenanza N° 91/23-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Solicitar al Consejo Superior la ratificación de los jurados propuestos en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo
RESOLUCIÓN N° 24
ANEXO ÚNICO PEDIDO DE AUTORIZACIÓN PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza N° 91/23 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo SEÑORA RECTORA: El presente pedido de autorización para llamado a Concurso ante el Consejo Superior para la cobertura de vacantes del Personal de Apoyo Académico corresponde al siguiente detalle 1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño b) Unidad Organizativa Secretaría Académica c) Área o Sección donde pertenecen las funciones. Dirección Alumnos 2) Datos del Concurso: a) Clase de Concurso: ABIERTO b) Metodología de Evaluación: Antecedentes, Entrevista Personal y Prueba de Oposición. 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Inicial 5) Categoría: 7 (SIETE) 6) Detalles del Cargo: a) Funciones específicas: Auxiliar Administrativo
7) Cantidad de Cargos: DOS (2) 8) Horario de desempeño previsto: de lunes a viernes de 08:00 a 15:00. 9) Remuneración del cargo: a consignar al momento de la convocatoria 10) Bonificaciones especiales: no posee 11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: “La inscripción será en forma electrónica a través de la modalidad a publicarse en la resolución de convocatoria.” 12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso a) Jurados Titulares Apellido y Nombre N° de legajo N° Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa
CASTRO, Érica Natalia 30452 25793254 3 Administrativo Jefa del Dpto. de Egresos-FAD
BRAJAK, Tania 31638 24893789 3 Administrativo Jefa del Dpto. de Ingresos-FAD
PALANA, Carla Gianina 34764 34355775 7 Administrativo Auxiliar Carreras de Diseño- FAD
b) Jurados Suplentes Apellido y Nombre N° de legajo N° Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa
LOYERO, Andrea Yolanda 28855 20220713 2 Administrativo Directora de Alumnos- FAD
Auxiliar Secretaria Investigación y CASTILLO, María Eugenia 35399 24207692 7 Administrativo Posgrado- FAD
Jefa del Dpto. Operativo de las MALLIMO, Laura Soledad 30192 27842334 3 Administrativo Carreras Musicales
Resol. N° 24
Anexo Único-Hoja 2
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones de Ingreso”, artículo 21º del Decreto Nacional nº 366/06. Dichos requisitos deberán transcribirse en las resoluciones de llamado a concurso.
14) Condiciones Generales: Titulo Secundario o Polimodal Completo.
15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante):
Predisposición para el trabajo en equipo y actitud colaboradora. Poseer buen trato en las relaciones interpersonales con los estudiantes y con el público en general. Predisposición para el aprendizaje y la capacitación continua. Atención al público presencial y virtual. Conocimientos tecnológicos y ofimáticas adecuados al cargo
16) Temario General: Estatuto Universitario UNCuyo. Generalidades de Título I: Fines y Estructura; Título II: Gobierno de la Universidad; Título III: Gobierno de las Facultades. Título IV: Claustros: Capítulos II y III. Decreto Nº 366/06. Convenio Colectivo de Trabajo (Títulos 2 y 6) Ord. Nº 112/03 C.S. Estructura Orgánica Funcional FAD - Secretaría Académica (Anexo Único - hoja 2). Ley Nº 26485 - Ley de protección integral a las mujeres y Ley Micaela Nº 27499. Ord. Nº 21/21 C.S. Condiciones Básicas de Ingreso a las carreras de Grado y Pregrado de la UNCUYO. Ord. Nº 46/95 C.S. Requerimientos para el Ingreso de aspirantes mayores de 25 años con el nivel secundario incompleto. Ord. Nº 5/19 C.D. Reglamentación Académica Ord.Nº 24/07 C.S. y modificatoria Nº 45/16 C.S. Condiciones para ser considerado alumno de UNCUYO y las normas sobre el rendimiento académico de los alumnos. Ord. Nº 8/22 C.D. Requisitos para selección de abanderados y escoltas FAD. Ord Nº 108/10 C.S. Evaluación de aprendizajes en la UNCUYO. Ord. Nº 9/20 C.D. Implementación Certificación Suplemento al Título. Ord. Nº 7/20 C.D. Procedimiento de cambio de género, nombre, apellido y cualquier otra circunstancia en la cual exista una modificación de la identidad de la persona. Carreras de Grado y Títulos otorgados por la Facultad de Artes y Diseño. Disposición DNGU Nº 10/16. Diplomas y certificados analíticos - Requisitos de confección: condiciones de ingreso y Resolución Ministerial. Disposición DNGU Nº 14/16. Identidad de género en el otorgamiento de títulos. Ordenanza N° 5/11 R (ratificada por Ord. Nº 18/11 C.S.) Modelos de Certificados Analíticos de egreso y parciales. Ord. Nº 93/25-C.S. Protocolo de intervención institucional ante situaciones de violencia y discriminación por motivos de género, identidad y/o expresión de género u orientación sexual en el ámbito de la Universidad Nacional de Cuyo.
RESOLUCIÓN N° 24
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
CD-2026-RES-023 5/03/2026 (Carga: 5/03/2026) |
MENDOZA, 5 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 39463/25 caratulado: “SECRETARIA DE INVESTIGACION Y POSGRADO s/ programa “PLATAFORMA FAD: Producción y Transferencia de Conocimiento”.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaria de Investigación y Posgrado en conjunto con la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo elevan la propuesta de llevar a cabo el “1º Encuentro Internacional de Artes Escénicas 2026. Mundos Posibles”, en el marco del programa “Plataforma FAD: Producción y Transferencia de conocimiento”.
Que dicho encuentro se propone como Internacional, sólo en la medida en que se espera la asistencia de interesados de la región, particularmente de Latinoamérica.
Que el mismo posee como objetivo general la de promover espacios de creación-investigación-exploración sobre la ficción como potencia estructurante de las artes escénicas, entendida como una práctica estética, política y pedagógica capaz de habilitar la creación de otros mundos posibles.
La opinión favorable de la Secretaria de Investigación y Posgrado.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 9 de diciembre de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del “1º Encuentro Internacional de Artes Escénicas 2026. Mundos Posibles”, en el marco del programa “Plataforma FAD: Producción y Transferencia de conocimiento”, que se llevará a cabo los días DOS (2), TRES (3) y CUATRO (4) de setiembre de 2026 en las instalaciones de esta Facultad, de acuerdo al cronograma detallado en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 23
ANEXO ÚNICO “Mundos posibles - 1º Encuentro Internacional de Artes Escénicas 2026”
Fundamentación teórica
El primer Encuentro Internacional de Artes Escénicas “Mundos Posibles” parte de una pregunta urgente: ¿cómo imaginar, crear y compartir otros mundos posibles desde las artes escénicas en un presente atravesado por crisis múltiples —ecológicas, políticas, sociales, tecnológicas— que tensionan nuestras formas de vivir, percibir y vincularnos? Las artes escénicas han sido históricamente un territorio para la invención de mundos. La escena no solo representa realidades, sino que permite descomponerlas, fabularlas, ponerlas en juego. En este sentido, la ficción es una forma de conocimiento, imaginación política y práctica crítica. Como propone Donna Haraway, las “fabulaciones especulativas” abren la posibilidad de crear futuros comunes desde la diversidad y el disenso. Para Úrsula K. Le Guin, la ficción habilita modos de pensar lo que aún no existe, expandiendo los límites de lo real. Este potencial se vuelve aún más relevante hoy, cuando los entornos tecnológicos y la inteligencia artificial reconfiguran profundamente la experiencia sensible, la producción y creación y las formas de mediación. Vilém Flusser anticipaba que las imágenes técnicas transformarían nuestro modo de conocer. La irrupción de la IA confirma esta intuición, multiplicando posibilidades creativas, pero también riesgos de homogeneización y control. Como señala Yuval Noah Harari, el desafío no es únicamente técnico, sino político: qué mundos queremos construir con estas tecnologías. Las artes escénicas, al articular cuerpos, palabras, materialidades y tecnologías, se vuelven un espacio de disputa sensible y necesario de interpelación sobre estas (trans)formaciones. Siguiendo a Joseph Danan, es necesario preguntarnos cómo continuar produciendo ficción hoy, en un tiempo de “actualidad desenfrenada y con frecuencia terrorífica que nos invade”: qué modos de representación, performance o fabulación pueden responder críticamente a este presente. Desde América Latina, val flores nos recuerda que la disputa por la ficción/imaginación es también una disputa por los cuerpos, las palabras y los saberes que pueden habitar el mundo. Proponer ficciones es proponer otras existencias posibles. Ficcionalizar es desbordar los marcos del sentido dominante, abrir grietas, imaginar alianzas y trazar resistencias. Este encuentro propone habitar esa tensión creativa: entre representación y performance, entre archivo y anarchivo, entre lo humano y lo tecnológico, entre mundos que ya conocemos y otros que aún no tienen nombre. Se trata de crear un espacio colectivo donde artistas, docentes, estudiantes, investigadores y comunidades puedan poner en juego la ficción como fuerza de invención política, estética y pedagógica.
Objetivo General Promover espacios de creación-investigación-exploración sobre la ficción como potencia estructurante de las artes escénicas, entendida como una práctica estética, política y pedagógica capaz de habilitar la creación de otros mundos posibles.
Objetivos específicos
Fortalecer la tríada producción artística-investigación-pedagogía, situando la ficción como un campo de conocimiento y de intervención política y sensible desde la escena.
Resol. N° 23
Anexo Único- Hoja 2
Visibilizar y poner en diálogo experiencias escénicas diversas (comunitarias, institucionales, independientes, tecnológicas y experimentales) que propongan modos alternativos de habitar el presente. Interpelar críticamente el papel de la tecnología y la IA en la creación escénica, promoviendo debates éticos, políticos y estéticos sobre sus usos, alcances y limitaciones. Poner en valor las materialidades de la ficción —cuerpos, objetos, vestuarios, escenografías, luces, sonoridades, tecnologías— como componentes estructurales de la experiencia escénica. Propiciar espacios de memoria, archivo y anarchivo como territorios vivos de imaginación y resistencia, reconociendo la potencia ficcional en la construcción de saberes situados. Fomentar redes de colaboración locales, nacionales e internacionales, que permitan sostener en el tiempo procesos creativos y pedagógicos iniciados durante el encuentro.
Formatos de Trabajo Se han pensado los siguientes formatos de trabajo para la realización del encuentro, que variarán de acuerdo a cada eje temático particular:
Laboratorios: Espacios de creación in situ orientados por un eje problematizador común. Se propone el trabajo colectivo y experimental, con momentos de exploración práctica, registro y devolución teórica. Los laboratorios funcionarán como territorios de indagación escénica donde se pongan en juego las materialidades de la ficción. Conferencias: encuentros realizados a cargo de referentes escénicos invitados/as a dialogar sobre la ficción escénica como articuladora de mundos posibles. La misma podrá tener un formato tradicional o performática. Talleres: Espacios de acompañamiento pedagógico que buscan articular ficción, pensamiento y acción, proponiendo herramientas metodológicas y reflexivas para quienes deseen profundizar en un aspecto particular de la creación escénica. Conversatorios: Instancias abiertas de circulación de la palabra, organizadas a partir de preguntas transversales definidas por el encuentro. Se orientan a compartir experiencias, problemáticas y saberes entre artistas, docentes, investigadores y estudiantes, promoviendo el intercambio horizontal. Obras y procesos escénicos: Espacio destinado a la presentación de obras, acciones performáticas o fragmentos de procesos en desarrollo. Estas instancias permitirán además visibilizar los resultados de los laboratorios y trabajos escénicos vinculados a los ejes del encuentro, habilitando un diálogo entre práctica, reflexión y público.
Destinatarios El encuentro está dirigido a artistas, investigadores, docentes, estudiantes y creadores interesados en las artes escénicas y sus cruces con otros lenguajes, saberes y tecnologías. Se propone como un espacio abierto a quienes conciben la práctica artística como una forma de pensamiento y de producción de conocimiento, y la ficción como una herramienta crítica para imaginar y habitar otros mundos posibles.
Resol. N° 23
Anexo Único- Hoja 3
La invitación se extiende a integrantes de la comunidad universitaria —de grado y posgrado—, así como a colectivos artísticos, grupos independientes y personas provenientes de distintos campos de las artes, las ciencias sociales, la educación, la filosofía, las tecnologías o la comunicación, que deseen explorar los vínculos entre creación, reflexión e investigación. El encuentro busca reunir experiencias diversas, provenientes de diferentes territorios y trayectorias, para propiciar un espacio común de experimentación, intercambio y construcción colectiva de saberes locales, nacionales e internacionales.
Cronograma tentativo Miércoles 02 de set Jueves 03 de set Viernes 04 de set
9 a 12 Laboratorios Laboratorios Laboratorios hs Ficción y creación escénica Ficción y creación escénica Ficción y creación escénica Ficción. tecnología e IA Ficción. tecnología e IA Ficción. tecnología e IA Ficción e investigación Ficción e investigación Ficción e investigación
12.30 a 13.30 Acto de apertura Conferencia Conferencia performática hs performática
13.30 a Almuerzo Almuerzo Almuerzo 15.00 hs
15 Talleres Talleres Talleres a 18 hs Ficción y tecnologías de la Ficción y tecnología de la Ficción y tecnología de la actuación (I) actuación (II) actuación (III)
Ficción y comunidad Ficción y comunidad (II) Ficción y comunidad (III)
Ficción, derivas poéticas y Ficción, derivas poéticas y Ficción, derivas poéticas y políticas del archivo (I) políticas del archivo (II) políticas del archivo (III)
18 a Conversatorio Conversatorio Conversatorio 20 hs
21 hs Obra Obra Obra
Resol. N° 23
Anexo Único- Hoja 4
Ejes temáticos 1) Ficción y creación escénica / Materialidades de la ficción La realización de este eje surge de la necesidad de analizar las prácticas escénicas contemporáneas que construyen "mundos posibles". Por ello, se propone un espacio para la investigación y creación escénica que ponga en diálogo la ficción como interrogante, el cuerpo, la dramaturgia y las materialidades en juego. Para concretar esto, se reflexionará sobre qué tipo de ficción estamos construyendo y qué aspectos identifican nuestras narrativas. En este proceso, el cuerpo se concibe como el material primario para esta invención, explorando cómo desde la acción emerge la dramaturgia y la intervención en el espacio, trascendiendo el texto. Simultáneamente, se pondrá énfasis en cómo los elementos tangibles (vestuario, maquillaje, utilería) se convierten en agentes activos en la creación de estos mundos posibles. Este permite la inmersión y la experimentación continua, haciendo de la práctica el principal espacio de reflexión sobre la ficción, la ética y la estética que elegimos inventar. 2) Ficción y tecnologías de la actuación Esta propuesta apunta a compartir y explorar procedimientos artísticos/ pedagógicos en relación a la experiencia de construcción de ficción actoral desde el “enfoque axiomático” recuperado por Joseph Danan de la clasificación del sociólogo francés Oliver Caïra. Se trabajará sobre referentes como los Sistemas Minimalistas Repetitivos y los procedimientos restrictivos del concepto “bailar en cadenas” del dramaturgo Sanchis Sinisterra, “La máquina teatral” de Pompeyo Audivert, “El Proyecto Pruebas” de Matías Feldman y la “Dramaturgia del espacio” de Ramón Griffero, entre otros aportes, dentro del enfoque axiomático de Javier Daulte. La dinámica de trabajo contempla a conceptualización y la experiencia práctica desde ejercicios a partir de algunos procedimientos de los referentes y desde el diseño nuevos procedimientos por los participantes. Se propone habilitar la exploración de las relaciones entre la ficción axiomática que permite reconocer ficciones lógico-matemáticas y la mimética de referencia narrativa en la dramaturgia actoral y de dirección. Se busca, entonces, observar las posibles conexiones entre los enfoques performático y dramático del acontecimiento escénico. 3) Ficción, tecnología e IA Se propone como un espacio de experimentación, reflexión crítica y práctica colectiva en torno a las transformaciones que las tecnologías digitales y la inteligencia artificial están generando en los modos de producción, circulación y recepción de las prácticas escénicas contemporáneas. La irrupción de la inteligencia artificial en el campo de la creación artística plantea interrogantes fundamentales sobre la naturaleza de la creatividad y la autoría. Se propone examinar críticamente las múltiples formas en que la IA se está integrando en los procesos de creación escénica. La noción de “escena expandida” emerge como paradigma a tener en cuenta para comprender las prácticas escénicas que desbordan los límites tradicionales del espacio teatral. Se trata de múltiples espacios —físicos, virtuales, aumentados— generando experiencias que cuestionan las fronteras entre presencia y telepresencia. Se propone una pregunta transversal para articular las discusiones: ¿Cómo garantizar que estas tecnologías no profundicen brechas sino que amplíen el acceso a la experiencia escénica? Este laboratorio se posiciona como espacio de resistencia creativa, consciente de que las tecnologías no son neutrales sino campos de disputa donde es posible imaginar y materializar futuros escénicos alternativos.
Resol. N° 23
Anexo Único- Hoja 5
4) Ficción e investigación En los discursos académicos y artísticos, la investigación y la ficción suelen presentarse como términos opuestos, como si pertenecieran a campos y modos de interpretación incompatibles. Lo mismo sucede con la relación que establecemos con la escritura desde la academia, en una (o)posición forzada y artificial con los distintos modos en que escribimos nuestras prácticas artísticas. En este eje proponemos abrazar la investigación, la ficción y la escritura como prácticas que se contaminan mutuamente y abren otras posibilidades de pensar, de hacer y de imaginar. Buscamos recuperar la intuición visceral investigativa que nos lleva a ficcionalizar modos posibles de relacionarnos con los conocimientos, de iniciar búsquedas, de trazar caminos. Entonces, para resistir la violencia epistémica, como dice val flores, nos preguntamos: ¿quiénes tienen permiso de investigar/ficcionalizar? ¿Cuáles son los relatos, afecciones y discursos que circulan en nuestras investigaciones y de qué modo dejamos que la ficción las (des)configure, las (des)habite y las (des)impulse? Para generar otros modos de pensar e investigar, trabajaremos desde la fabulación como potencia creativa y política que posibilita el desplazamiento de temporalidades lineales y narrativas monocordes y normalizadas. Proponemos modos de pensar que circulen como cuerdas: figuraciones que se transformen con cada intervención y habiliten giros inesperados en los discursos y prácticas dominantes —coloniales, patriarcales, objetivistas— que estructuran la inves tigación hegemónica en las artes escénicas. En el horizonte harawayano, nuestras ideas no están solas: están enlazadas con luchas materiales y simbólicas que tensionan las simplificaciones idealistas. Si la especulación es una forma de hacer mundos, nos proponemos que la ficción y la investigación también lo sean. 5) Ficción y comunidad El teatro comunitario es una práctica artística de y para la comunidad. Su característica esencial se relaciona directamente con quiénes lo integran: los vecinos de un barrio. Su particularidad radica, entonces, en el hecho de que la comunidad, con toda la heterogeneidad que la compone, es la que ejerce su derecho a la construcción de un relato, a la creación de ficción. Ese derecho habilita la posibilidad de imaginar mundos. Pero no de manera individual, sino colectiva. Mundos vinculados a un territorio, a memorias, e identidades y celebraciones. Así desde experiencias del teatro comunitario podemos evidenciar que todos/as los/as seres humanos tenemos un potencial creativo para desarrollar y crear el marco para que eso sea posible. Es una práctica transformadora en sí misma, no una mera herramienta, ni un simple medio. Cuando la comunidad actúa, canta forma parte de la realización escenográfica. Cuando participa y pone el cuerpo para la construcción de un proceso creativo que deviene en un espectáculo, abre su horizonte de mundos posibles. Es un arte, con sus características específicas, es un motor de transformación. Es un arte que no es individual y que necesita de la presencia del nosotros para concretarse.
6) Ficción, derivas poéticas y políticas del archivo Este espacio propone reflexionar sobre las relaciones entre archivo, ficción y creación escénica, entendiendo el archivo no solo como depósito de documentos o vestigios del pasado, sino como un territorio activo de imaginación, reescritura y producción de sentido. Nos interesa pensar las posibilidades del archivo en la investigación artística, sus derivas poéticas y materiales en los procesos de creación, así como sus potencias críticas frente a los modos institucionales de conservación y legitimación de la memoria.
Resol. N° 23
Anexo Único- Hoja 6
Del mismo modo, se propone indagar el anarchivo como ese espacio de lo inasible, lo efímero, lo que no puede fijarse ni documentarse pero que, sin embargo, acontece y deja huellas sensibles en el cuerpo, la escena y la experiencia compartida. Entre el archivo y el anarchivo se abre un campo de fricciones donde la ficción aparece como práctica de pensamiento: un modo de intervenir en la historia, de fabular lo real y de abrir posibilidades para la investigación escénica contemporánea. Esta línea invita a compartir experiencias, obras e investigaciones que exploren la tensión entre memoria y desaparición, registro y acontecimiento, documento y poética, proponiendo al archivo no como clausura del sentido sino como espacio de invención y de resistencia estética.
Comité organizador Grupo de Carreras de Arte del Espectáculo: Arq. Gabriela BIZÓN - Lic. Cecilia CAROFF Secretaría de Investigación y Posgrado: Dr. Javier OZOLLO Secretaría de extensión: Lic. Antonella JAQUE Comité ejecutivo Secretaría de Investigación y Posgrado: Silvia VERA Secretaría de extensión: Rodrigo Barroso y P.G.U Lourdes GIUNTA Proyectos estratégicos: Dra. Patricia BENITO Área de Comunicación Institucional: Pierina BORROMEI y Constanza RAMIREZ Comité académico Dra. Magdalena DIAZ ARAUJO Magister. Victor ARROJO Dra. Verónica MANZONE Dra. Constanza CORREA LUST Dra. Soledad SORIA Magister Viviana CARRIERI Criterios de financiamiento Se propone que el encuentro sea autofinanciado. Cabe aclarar que, la dinámica del Encuentro prevé la invitación de siete personas referentes para cada uno de los ejes propuestos, con el fin de fortalecer la convocatoria y enriquecer la participación de los asistentes. Por otra parte, independientemente que el encuentro está formulado para ser proyectado en el ámbito nacional e internacional, se deja en claro que los gastos son solamente nacionales. A continuación, se detallan los recursos necesarios para la ejecución del 1° Encuentro Internacional de Artes Escénicas en la Facultad de Artes y Diseño, en el marco del programa Plataforma FAD, aprobado por Resolución 222/25 – CD:
Siete alojamientos por cuatro noches cada uno, totalizando veintiocho noches. Cuatro pasajes aéreos o terrestres ida y vuelta en el tramo Córdoba–Mendoza– Córdoba Tres pasajes aéreos o terrestres ida y vuelta en el tramo CABA–Mendoza–CABA. Viáticos de comida, incluyendo un total de cuarenta y dos servicios (almuerzo y cena para siete personas durante tres días). Un lunch de recepción para la apertura del evento. Un lunch de despedida para el cierre del evento. Diseño gráfico e impresión para la difusión en redes institucionales y páginas oficiales.
Resol. N° 23
Anexo Único- Hoja 7
Materiales de librería destinados a talleres y laboratorios. Transportes internos para siete personas entre el hotel y la FAD durante los tres días del evento. Transportes internos para siete personas entre el aeropuerto y el hotel (ida y vuelta). Ingresos previstos Para la sostenibilidad financiera del Encuentro, se contará con el arancel de inscripción de más de cien asistentes, provenientes tanto del ámbito local como de otras regiones del país y del exterior. Gestiones institucionales Se deja constancia de que la Comisión Organizadora está desarrollando gestiones para articular colaboraciones con diversas entidades culturales y estatales, entre ellas: Subsecretaría de Cultura del Gobierno de Mendoza Dirección de Cultura de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza Dirección de Cultura de la Municipalidad de Godoy Cruz INTeatro Asociación Argentina de Actores y Actrices
RESOLUCIÓN N° 23
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-083 4/03/2026 (Carga: 4/03/2026) |
MENDOZA, 4 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 40220/25 caratulado: “Pago por Título de Posgrado - Decreto 1246/15 - PRULLETTI, María Fabiola - FAD”.
CONSIDERANDO: Que el artículo 38° del Decreto Nacional Nº 1246/15 prevé el pago del adicional por título de posgrado para aquellos docentes que poseen el título de Especialista, Magister o Doctor/a.
Que el 2do. Párrafo del Artículo 38º del Decreto Nacional Nº 1246/15, establece que el acopio de títulos no dará lugar a la acumulación de los porcentajes previstos para este adicional.
El informe favorable de la Secretaría de Investigación, Internacionales y Posgrado del Rectorado.
Que el presente adicional se rige de acuerdo con lo establecido en el Artículo 6° de la Ord. 43/22-R.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el “Adicional por Titulo de Posgrado” de “Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales”, conforme a los términos establecidos por el Artículo 38° del Decreto Nacional Nº 1246/2015, al siguiente Personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. Datos Personales del Docente APELLIDO Y NOMBRES PRULLETTI, María Fabiola D.N.I 22464774 CUIL o CUIT 27-22464774-9 LEGAJO N° 33738
CARGO 1: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Semiexclusiva Carácter Efectivo Nº de Resolución de designación 22/25-CD
Espacio Curricular 1) “Comunicación Visual”
CARGO 2: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Remplazante Nº de Resolución de designación 324/25–C.D.
Espacio Curricular 1) “Tipografía I: Básica l”
Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
ARTÍCULO 2°- Los datos del Título de Posgrado corresponde al siguiente detalle: Datos del Título de Posgrado del presente adicional Descripción del Título de educación “Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales”
Entidad otorgante Universidad Nacional de Cuyo Fecha de emisión del titulo 02/09/2025 Número de resolución Ministerial 2366/2015
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 83
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-082 4/03/2026 (Carga: 4/03/2026) |
MENDOZA, 4 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 37496/25 caratulado: “Iván Antonio Mateo Ferrer S/ Solicitud inicie el proceso de evaluación de Tesina. Carreras Musicales FAD -”.
CONSIDERANDO:
Que el alumno Iván Antonio MATEO FERRER se encuentra en condiciones de rendir la asignatura “Seminario Tesis” de la carrera de Licenciatura en Música Popular (Percusión).
Lo propuesto por la Dirección de Carreras Musicales, en cuanto a la constitución del Jurado y fecha de examen.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Tener por constituida la Comisión Examinadora Especial de “Seminario Tesis”, integrada por los siguientes profesores: Presidente: Prof. Santiago SERVERA; Vocales: Prof. Camilo Ernesto MARTÍNEZ y Prof. Gerardo Tomás ONTIVERO; Suplente: Prof. Carlos Enrique ÓESCH KUNZ, quienes evaluaron al alumno Iván Antonio MATEO FERRER (Registro N° 21183) el día DIECIOCHO (18) de diciembre de 2025 a las 12:00 hs, en la sede de las Carreras Musicales.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 82
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-081 4/03/2026 (Carga: 12/03/2026) |
MENDOZA, 4 de marzo de 2026
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nº 1540/26 caratulado: “Solicitud de Licencia por Incompatibilidad- MELCHIORI, Laureano Fernando- Profesor Adjunto (S) Interino- 01/01/26 al 16/08/26”.
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación, corre agregado el Formulario N° 17 de la Circular N° 39/15 de Gestión de Personal de la Dirección de Personal de esta Facultad, como así también se incorpora la declaración jurada de cargos y funciones de la docente y el informe de la Dirección General de Personal de Rectorado.
Que la licencia comprendida en la presente resolución, corresponde a la incompatibilidad surgida en el cargo perteneciente a la planta del personal docente de esta Unidad Académica.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la ordenanza N° 32/16–R. y su modificatoria ordenanza Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia sin goce de haberes por incompatibilidad (cargo de mayor jerarquía) al Prof. Laureano Fernando MELCHIORI (Legajo Nº 26866 – CUIL 20-248787718) generada por las disposiciones vigentes aplicables que afectan al cargo Profesor Adjunto con dedicación simple, interino, para el dictado de los espacios curriculares “Contrabajo I a V”, “Contrabajo ABCD Iniciación”, “Contrabajo I a IV Preparatorio”, con motivo haber sido designado interinamente en el cargo Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, para el dictado de los mismos espacios curriculares, desde el UNO (1) de enero hasta el DIECISÉIS (16) de agosto de 2026.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 81
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-080 4/03/2026 (Carga: 4/03/2026) |
MENDOZA, 4 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 39949/25 caratulado: “Molina, Yolanda Inés S/ Solicitud equivalencia de la materia Historia de la Música IV Americana y Argentina. Carreras Musicales FAD -”
CONSIDERANDO:
El aval otorgado por el Profesor Titular de la asignatura y la opinión favorable de Dirección de Alumnos.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia a la alumna Yolanda Inés MOLINA (DNI N° 26278434) en el espacio curricular “Historia de la Música IV”, de la carrera Licenciatura en Contrabajo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 80
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-079 4/03/2026 (Carga: 4/03/2026) |
MENDOZA, 4 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 1965/25 caratulado: “VILLANUEVA ARAYA, DIEGO ALONSO S/Adscripción Estudiante 2025 - Sec Academica - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el estudiante Diego Alonso VILLANUEVA ARAYA presenta su renuncia a la mencionada adscripción por razones de índole personal y de salud.
Por ello y atento a lo informado por Secretaría Académica,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Cancelar la adscripción del estudiante Diego Alonso VILLANUEVA ARAYA (D.N.I. N° 96386864) en la cátedra “Rítmica II” de las Carreras Musicales, durante el Ciclo Lectivo 2025, autorizado oportunamente mediante resolución N° 83/25–F.A.D.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 79
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-078 4/03/2026 (Carga: 4/03/2026) |
MENDOZA, 4 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 3304/25 caratulado: “QUIROGA, BARTOLOMÉ, FEDERICA DAFNE S/Adscripción Estudiante - 2025 - Sec Academica- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la estudiante Federica Dafne QUIROGA BARTOLOMÉ presenta su renuncia a la mencionada adscripción por razones de índole personal.
Por ello y atento a lo informado por Secretaría Académica,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Cancelar la adscripción de la estudiante Federica Dafne QUIROGA BARTOLOMÉ (D.N.I. N° 44757502) en la cátedra “Instrumento I (Percusión)” de las Carreras Musicales, durante el Ciclo Lectivo 2025, autorizada oportunamente mediante resolución N° 83/25–F.A.D.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 78
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-077 4/03/2026 (Carga: 4/03/2026) |
MENDOZA, 4 de marzo de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 47936/25 caratulado: “FALCON, Daniela S/ Informar: Profesor Francisco Suarez Vie como Director Prácticas Profesionales - Carrera Diseño Escenográfico - FAD”.
CONSIDERANDO:
La aceptación del docente que estará a cargo de la Dirección de su Práctica Profesional.
Lo aconsejado por Secretaría Académica y de la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°. – Autorizar la realización de “Práctica Profesional” a la alumna María Daniela FALCÓN POSLEMAN (Registro Nº 26714) de la carrera de Diseño Escenográfico, que estará bajo la dirección del Prof. Francisco Alejandro SUÁREZ VIÉ.
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 77
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-076 4/03/2026 (Carga: 4/03/2026) |
MENDOZA, 4 de marzo de 2026
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nros 32786/25, 2645/25, 32788/25, 3913/25, 2339/25, 10032/25, 3460/25, 2381/25, 2027/25, 2641/25 y 2343/25, en los que constan los pedidos de aprobación de adscripción de alumnos de las Carreras de Artes del Espectáculo, Artes Visuales, de Diseño y Cerámica de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que los alumnos han cumplido con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Los informes producidos, la opinión de los Profesores Titulares de las cátedras y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las adscripciones realizadas por los alumnos en las Carreras de Artes del Espectáculo, Artes Visuales y de Diseño de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan a continuación:
CARRERAS DE ARTES DEL ESPECTÁCULO DOCUMENTO LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CÁTEDRA OBSERVACIONES
96187860 28911 DIAZ CASTRO, Tatiana Natalí PRÁCTICA ESCÉNICA II Ciclo Lectivo: 2025
44138784 29366 GUINOVART ARIGOSSI, Ana Paula HISTORIA DE LA CULTURA Y EL TEATRO UNIVERSALES III Ciclo Lectivo: 2025
44439405 28181 MAGNI GENRE, Antonella Rosa PRÁCTICA ESCÉNICA II Ciclo Lectivo: 2025
43416955 28041 MOLLE, Carlos Alberto ANÁLISIS DEL HECHO TEATRAL Ciclo Lectivo: 2025
44907280 28940 RUBIA JOFRE, Ayelén Guadalupe ANÁLISIS DEL HECHO TEATRAL Ciclo Lectivo: 2025
44625514 28947 VIDELA MORA, Luz María ANÁLISIS DEL HECHO TEATRAL Ciclo Lectivo: 2025
CARRERAS DE ARTES VISUALES DOCUMENTO LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CÁTEDRA OBSERVACIONES
TECNOLOGÍA Y EXPRESIÓN DE LOS MATERIALES Y 41795745 26601 AGUILAR ALVAREZ, Rocio Celina Ciclo Lectivo: 2025 PROCESOS ESTRUCTURALES TECNOLOGÍA Y EXPRESIÓN DE LOS MATERIALES Y 42862954 27277 MORALES, María José Ciclo Lectivo: 2025 PROCESOS ESTRUCTURALES 43119561 27228 LACERNA, Amparo Mariel MUSEOLOGÍA Ciclo Lectivo: 2025
CARRERAS DE DISEÑO DOCUMENTO LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CÁTEDRA OBSERVACIONES
43636029 28488 GONZÁLEZ, María Luz ERGONOMÍA Ciclo Lectivo: 2025
CARRERAS DE CERAMICA DOCUMENTO LEGAJO APELLIDO Y NOMBRES CÁTEDRA OBSERVACIONES
32410006 21325 BARROSO, Rodrigo Martin DIBUJO II Ciclo Lectivo: 2025
Resol. N° 76
ARTÍCULO 2°.- Otorgar a cada interesado el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 3 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 76
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-075 4/03/2026 (Carga: 4/03/2026) |
MENDOZA, 4 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico 2344/25 caratulado: “NAVARRO BAYLE, LUNA S/Adscripción Estudiante 2025 - Sec Academica - FAD”
CONSIDERANDO:
Que el estudiante Luna NAVARRO BAYLE no ha dado cumplimiento con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D., según lo informado por la Profesora Titular de la cátedra.
Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desaprobar la adscripción del estudiante Luna NAVARRO BAYLE (Registro Nº 28257- D.N.I. N° 44404610) a la cátedra “Actuación I” que se dicta en las Carreras de Artes del Espectáculo (Ciclo Lectivo 2025), autorizado oportunamente mediante resolución N° 66/25–F.A.D..
ARTÍCULO 2 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 75
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-074 4/03/2026 (Carga: 4/03/2026) |
MENDOZA, 4 de marzo de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 1944/26 caratulado: “Relaciones Institucionales s/Acuerdo Específico FAD - Fundació del Disseny Textil (FUNDIT), Barcelona, España”.
CONSIDERANDO:
Que dicho acuerdo tiene como objetivos promover la movilidad internacional, reconocimiento académico, generar proyectos conjuntos entre ambas instituciones, generar el intercambio de información y buenas practicas, desarrollar actividades culturales y de integración y propiciar la participación en convocatorias y redes.
Que el presente acuerdo específico se encuentra enmarcado en los procedimientos y mecanismos administrativos establecidos por Ord. Nº 47/08–C.S.
Por ello y atento a la delegación expresa de sus facultades,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Acuerdo Específico entre la FAD y la Fundació del Disseny Textil (FUNDIT), el cual tiene como objetivos promover la movilidad internacional, reconocimiento académico, generar proyectos conjuntos entre ambas instituciones, generar el intercambio de información y buenas practicas, desarrollar actividades culturales y de integración y propiciar la participación en convocatorias y redes, conforme con el Anexo Único que consta de DOS (2) hojas y forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 74
ANEXO ÚNICO
Resol. N° 74
Anexo Único- Hoja2
RESOLUCION N° 74
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
FA-2026-RES-073 4/03/2026 (Carga: 4/03/2026) |
MENDOZA, 4 de marzo de 2026
VISTO:
El trámite electrónico Nº 3827/26 caratulado: “LÓPEZ, José Luis S/Tesis “Herramientas técnicas para el abordaje de las 3 Piezas para piano a cuatro manos de Jorge Mansilla” bajo la dirección de la Dra. Alejandra Saez”.
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de la docente que estará a cargo del mismo.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección de “Tesina” al alumno de las Carreras Musicales de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumno: José Luis LÓPEZ MORAN (Registro N° 17691)
Seminario: “Herramientas técnicas para el abordaje de las 3 Piezas para piano a cuatro manos de Jorge Mansilla” Directora: Dra. Alejandra SAEZ Carrera: Licenciatura en Piano
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 73
|
Mostrar 1
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||