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CD-2026-RES-172 3/08/2026 |
MENDOZA, 3 de agosto de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 26817/25 caratulado: “DECANATO S/ Convocatoria a Concurso para PAA-Cat.7-Técnico- Área Virtualidad- Tramo Inicial - FAD. Ordenanza N° 91/23 C.S.”
CONSIDERANDO:
Que a fs. 118 de esta pieza electrónica, consta el Acta de Cierre de postulantes, donde figuran las siguientes postulantes: María Belén AHUMADA, Carolina REYNOSO FIL, María Eugenia MURCIA y Marlene Rosali PAITA.
Que, luego de haberse llevado a cabo todas las instancias concursales (Antecedentes, Entrevista Personal, Prueba de Oposición y Plan de Actividades), la Comisión Asesora designada para atender en el presente concurso se expidió mediante Acta Final contenida a fs. 158/160 proponiendo el siguiente orden de méritos: 1- María Eugenia MURCIA (89,30ptos.). Por otro lado, el jurado interviniente deja constancia que en el caso de la aspirante Marlene Rosali PAITA no se presentó a la Prueba de oposición (excluida de toda etapa de evaluación del concurso); y por otro, las participantes María Belén AHUMADA y Carolina REYNOSO FIL, obtuvieron un puntaje menor al previsto por normativa, resultando en ambos casos fuera del orden de méritos mencionado.
Que se han cumplido con las notificaciones y plazos correspondientes del mencionado concurso y no se han presentado impugnaciones a la decisión del Jurado.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por el Jurado interviniente en el Concurso Abierto de Antecedentes, Entrevista Personal y Prueba de Oposición, convocado por resolución N° 27/26– C.D., para cubrir, con carácter efectivo, UN (1) cargo Categoría 7 – Tramo Inicial– del Agrupamiento Técnico-Profesional, para desempeñar funciones en el Área Virtualidad dependiente de la Secretaría Académica de esta Facultad, proponiendo el siguiente orden de méritos: 1- María Eugenia MURCIA (89,30ptos.).
ARTÍCULO 2°.- Solicitar al Consejo Superior la designación efectiva de la Srta. María Eugenia MURCIA (Legajo nº 33814 - CUIL Nº 27-36592039-2) en el cargo y funciones objeto del presente concurso.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 172
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CD-2026-RES-171 3/08/2026 |
MENDOZA, 3 de agosto de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 26818/25 caratulado: “DECANATO S/Convocatoria a concurso PPA-Cat.7-Técnico-Area Virtualidad - FAD - Ordenanza 91/23 C.S”.
CONSIDERANDO:
Que a fs. 129 de esta pieza electrónica, consta el Acta de Cierre de postulantes, donde figuran las siguientes postulantes: Rosario GUARDIOLA; María Victoria FERRER ISLEÑO; Marlene Rosali PAITA y Juan Ignacio ROJAS VERGARA.
Que, luego de haberse llevado a cabo todas las instancias concursales (Antecedentes, Entrevista Personal, Prueba de Oposición y Plan de Actividades), la Comisión Asesora designada para atender en el presente concurso se expidió mediante Acta Final contenida a fs. 176/179 proponiendo el siguiente orden de méritos: 1- María Victoria FERRER ISLEÑO (68,85ptos.); 2.- Juan Ignacio ROJAS VERGARA (61,75ptos.). Por otro lado, el jurado interviniente deja constancia que en el caso de la aspirante Marlene Rosali PAITA no se presentó a la Prueba de oposición (excluida de toda etapa de evaluación del concurso); y por otro, la participante Rosario GUARDIOLA obtuvo un puntaje menor al previsto por normativa, resultando fuera del orden de méritos mencionado.
Que se han cumplido con las notificaciones y plazos correspondientes del mencionado concurso y no se han presentado impugnaciones a la decisión del Jurado.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por el Jurado interviniente en el Concurso Abierto de Antecedentes, Entrevista Personal y Prueba de Oposición, convocado por resolución N° 26/26– C.D., para cubrir, con carácter efectivo, UN (1) cargo Categoría 7 – Tramo Inicial– del Agrupamiento Técnico Profesional, para desempeñar funciones en el Área Virtualidad dependiente de la Secretaría Académica de esta Facultad, proponiendo el siguiente orden de méritos: 1- María Victoria FERRER ISLEÑO (68,85ptos.); 2.- Juan Ignacio ROJAS VERGARA (61,75ptos.).
ARTÍCULO 2°.- Solicitar al Consejo Superior la designación efectiva de la Srta. María Victoria FERRER ISLEÑO (DNI Nº 33233539) en el cargo y funciones objeto del presente concurso.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 171
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CD-2026-RES-170 3/08/2026 |
MENDOZA, 3 de agosto de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 18951/26 caratulado: “SECRETARÍA DE INVES. Y POSG. S/propuesta jurados de tesis - DI María Alejandra PORCÓ - Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales”.
CONSIDERANDO:
Que la referida propuesta surge de la reunión celebrada por los Miembros del Comité Académico Asesor de la “Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al Jurado que evaluará la Tesis presentada por la DI María Alejandra PORCÓ, correspondiente a la “Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales” denominada: “Hacia el posicionamiento de la nuez del Valle de Uco en el mercado local. Herramientas para la Asociación Frutos Secos de Mendoza, para poner en valor al sector a través del diseño estratégico”, desarrollada bajo la dirección de la Dra. Laura Viviana BRACONI, integrado de la siguiente manera:
Miembros Titulares: Dr. Federico del GIORGIO SOLFA Mgtr. Claudia Susana CABUT Mgtr. Roberto Luis TOMASSIELLO Miembros Suplentes: Mgtr. Luis Alberto SARALE Mgtr. María Constanza GUALDONI
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 170
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CD-2026-RES-169 3/08/2026 |
MENDOZA, 3 de agosto de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 24757/26 caratulado: “SECRETARÍA DE INVES. Y POSG. S/propuesta jurados de tesis - Lic. Laura Marino - Maestría en Gestión para los desarrollos regionales”.
CONSIDERANDO:
Que la referida propuesta surge de la reunión celebrada por los Miembros del Comité Académico Asesor de la “Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al Jurado que evaluará la Tesis presentada por la Lic. María Laura MARINO, correspondiente a la “Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales” denominada: “Entorno socio-laboral para horticultores de origen boliviano. Modelo de gestión sostenible para el cinturón verde de Río Cuarto”, desarrollada bajo la dirección del Mgter. Luís Alberto SARALE y la Co-dirección de la Mgtr. María Constanza GUALDONI, integrado de la siguiente manera:
Miembros Titulares: DI Roxana Mariel GARBARINI Mgtr. Silvina Marcia GONZÁLEZ Mgtr. María Sol GONZÁLEZ Miembros Suplentes: Mgtr. Fabricio Oscar de la VEGA ATENCIO Mgtr. Ana Carolina MARIOLI
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 169
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CD-2026-RES-168 3/08/2026 |
MENDOZA, 3 de agosto de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 18844/26 caratulado: “SECRETARÍA DE INVES. Y POSG. S/propuesta jurados de tesis - Prof. Gabriela Maximina GANTUS - Maestría en Arte Latinoamericano”.
CONSIDERANDO:
Que la referida propuesta surge de la reunión celebrada por los Miembros del Comité Académico Asesor de la “Maestría en Arte Latinoamericano”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al Jurado que evaluará la Tesis presentada por la Prof. Gabriela Maximina GANTUS, correspondiente a la “Maestría en Arte Latinoamericano” denominada: “La textualización de la muerte en la dramaturgia de Roberto Arlt”, desarrollada bajo la dirección de la Mgtr. Susana Beatriz TARANTUVIEZ, integrado de la siguiente manera:
Miembros Titulares: Mgtr. Alicia Mercedes CASARES Dra. Fabiana Hebe GRASELLI Dra. Anabel Edith PAOLETTA (externa) Miembros Suplentes: Mgtr. Víctor Leonardo ARROJO Dra. Daniela MARTÍN (externa)
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 168
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CD-2026-RES-167 3/08/2026 |
MENDOZA, 3 de agosto de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 18828/26 caratulado: “SECRETARÍA DE INVES. Y POSG. S/propuesta jurados de tesis - Prof. Marcelo Fabián Adolfo del Hoyo - Maestría en Arte Latinoamericano”.
CONSIDERANDO:
Que la referida propuesta surge de la reunión celebrada por los Miembros del Comité Académico Asesor de la “Maestría en Arte Latinoamericano”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al Jurado que evaluará la Tesis presentada por el Prof. Marcelo Fabián Adolfo del HOYO, correspondiente a la “Maestría en Arte Latinoamericano” denominada: “Algunas prácticas artísticas contemporáneas en Latinoamérica. Cuatro casos de estudio en torno al género utópico. Atravesando un tiempo final”, desarrollada bajo la dirección de la Dra. Sandra Amelia MARTI y la Codirección de la Dra. Eva RODRIGUEZ AGÜERO, integrado de la siguiente manera:
Miembros Titulares: Dra. Carmen Elena VILLACORTA ZULUAGA (externo) Dra. Florencia ZALAZAR CASTRO Mgtr. Mirta Roxana JORAJURIA Miembros Suplentes: Dra. Patricia Virginia BENITO Dra. María del Rayo MARTINEZ FIERRO (externo – UACM México)
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 167
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FA-2026-RES-476 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 25516/26 caratulado: “SEC ACADÉMICA S/Convocatoria 2026 del Programa de Incentivos a la Innovación Pedagógica -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que se presentan proyectos en el marco de la Convocatoria 2026 del Programa de Incentivos a la Innovación Pedagógica "María Victoria Gómez de Erice" (PIIP-MVGE), aprobada por ordenanza N° 42/26 del Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo.
Que la presente convocatoria está destinada a promover y financiar estrategias de innovación educativa situadas, orientadas a la transformación microcurricular, el fortalecimiento de las prácticas de enseñanza y la mejora de los aprendizajes, en concordancia con los objetivos institucionales de calidad, inclusión e innovación educativa definidos por la Universidad.
Que tal sentido, esta Facultad ha recibido y evaluado las presentaciones efectuadas por equipos docentes de sus distintas carreras, las cuales se enmarcan en las líneas estratégicas establecidas por el programa y buscan contribuir al fortalecimiento de las prácticas pedagógicas, la incorporación de metodologías innovadoras, la mejora de los procesos de evaluación, la integración de tecnologías emergentes y el desarrollo de propuestas inclusivas y accesibles.
Que el monto estipulado por Rectorado para cada Unidad Académica está distribuido en 3 Proyectos de Tipo A y 5 Proyectos de Tipo B; pero al haberse presentado una gran cantidad de proyectos siendo todos de interés y aporte significativo para esta Facultad, se acuerda en corroborar los ítems que dan cuenta de la presentación formal de cada uno de los proyectos verificando lo mismo se listan los proyectos presentados por la FAD. LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar los proyectos seleccionados en el marco del Programa de Incentivos a la Innovación Pedagógica "María Victoria Gómez de Erice" (PIIP-MVGE), aprobada por ordenanza N° 42/26-CS, que se detallan en el Anexo Único de la presente. PROYECTOS TIPO A: 1)- Aula Híbrida FAD: del equipamiento a la capacidad operativa. Diseño de secuencias, mediación con IAG y evaluación auténtica para escenarios híbridos. Coordinador/a del proyecto: María Eugenia Murcia – Carreras de Diseño FAD 2)- Cuidando tu voz. Coordinador/a del proyecto: Jimena Gabriela SEMIZ. Titular Cátedra de Canto. Carreras Musicales 3)- Hibridación en movimiento: ampliación de la capacidad operativa del Aula Híbrida de la FAD mediante un sistema de hibridación móvil, inclusivo y transversal a los cinco grupos de carrera. Coordinador/a del proyecto: Mgtr. María Laura FURLANI Secretaria Académica FAD
Resol. N° 476
PROYECTOS TIPO B: 1)- Integración en el aula: puntos de encuentro entre el diseño, el cine y la inteligencia artificial. Coordinador/a del proyecto: María Sol GONZÁLEZ, Profesora titular cátedra Cine y Diseño /Fundamentos estilísticos del Diseño Gráfico. 2)- Explorador Cromático: implementación y sistematización de una herramienta web para la enseñanza activa del color en Diseño Industrial y Diseño Gráfico. Coordinador/a del proyecto: Mgtr. Adolfo MARCHESINI, Carreras de Diseño 3)- Entorno virtual de evaluación y retroalimentación formativa mediada por Inteligencia Artificial en materias proyectuales de Diseño. Hacia una herramienta de mediación para el registro de los procesos formativos proyectuales, desarrollada con asistencia de la inteligencia artificial Coordinador/a del proyecto: Silvina GONZALEZ - Titular Introducción al Diseño Gráfico 4)- Integración de perspectivas semióticas y filosóficas para el desarrollo de competencias en estética contemporánea. Coordinador/a del proyecto: Prof. Florencia ZALAZAR CASTRO, Carreras de Cerámica y Artes Visuales. 5)- Borrando límites en la fragmentación curricular: Articulación de los espacios curriculares Actuación III, Técnicas corporales III y Técnicas Vocales III para una experiencia pedagógica integrada en la formación actoral universitaria. Facultad de Artes y Diseño. Coordinador/a del Proyecto LIC. Gabriela Cecilia PSENDA, Carreras de Artes del Espectáculo.
ARTÍCULO 2°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 476
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FA-2026-RES-475 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 24391/26 caratulado: “CERUSICO, Octavio S/Clase magistral de interpretación violinística a cargo del Maestro Gustavo Di Giannantonio.”.
CONSIDERANDO:
Que esta actividad consiste en una clase magistral de interpretación violinística a cargo del Maestro Gustavo Di Giannantonio, Concertino de la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario y Profesor Titular de la Cátedra de Violín Barroco en el Conservatorio Manuel de Falla en Buenos Aires.
Que la propuesta se orienta al abordaje técnico e interpretativo del repertorio trabajado por los propios estudiantes, promoviendo instancias de formación complementaria, reflexión crítica e intercambio artístico con un referente activo del medio profesional y esta destinada principalmente a estudiantes de la Licenciatura en Violín, con participación abierta en calidad de oyentes a la comunidad académica y público interesado
La opinión favorable de Dirección de Carreras Musicales y de Secretaría de Extensión y Articulación Social.
Que la presente actividad se encuentra enmarcada en los términos de la Ord. 1/23-FAD y su modificatoria Ord. 6/25-CD.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización de la “Clase magistral de interpretación violinística” a cargo del maestro Gustavo DI GIANNANTONIO, que se llevará a cabo el día ONCE (11) de agosto del corriente en las instalaciones del Edificio de Carreras Musicales, de acuerdo al detalle mencionado en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 475
ANEXO ÚNICO
SOLICITUD DE ACTIVIDADES PROPIAS DE LA FACULTAD (ORD. Nº 1/23–C.D.)
CLASES X MAGISTRALES CONCIERTOS VISITAS Formulario para CONFERENCIAS PUESTAS EN ESCENA OTROS solicitar CHARLAS OBRAS MUESTRAS PRODUCCIONES
Responsable: Octavio Cerusico
Título de la actividad / producción / obra: Clase magistral de interpretación violinística a cargo del Maestro Gustavo DI GIANNANTONIO
Fechas de realización DESDE: : 11/8/26 HASTA: 11/8/26 HORARIO: 14:30 a 17:30 h.
Lugar de realización Modalidad: Edificio de Carreras Musicales, Facultad de Artes y Práctica y Teórica Diseño, UNCuyo
Recursos solicitados: - Espacio para el desarrollo de la actividad (En el Edificio de Carreras Musicales) - Confección del flyer de difusión. - Colaboración en las gestión - Confección de los certificados para entrega de forma digital a los participantes. es administrativas para la inscripción a la actividad.
Destinatarios:
-Estudiantes de grado y pregrado, docentes y egresados de la Facultad de Artes y Diseño. -Público en general
Disertantes: Maestro Gustavo DI GIANNANTONIO
Descripción de la actividad: Se propone la realización de una clase magistral de interpretación violínistica a cargo del Mtro. Gustavo Di Giannantonio, Concertino de la Orquesta Sinfónica Provincial de Rosario y Profesor Titular de la Cátedra de Violín Barroco en el Conservatorio Manuel de Falla en Buenos Aires. La actividad estará orientada al trabajo técnico e interpretativo sobre repertorio trabajado por los propios estudiantes de la Cátedra de Violín de la FAD, promoviendo instancias de intercambio pedagógico y artístico. La actividad está destinada principalmente a estudiantes de la Licenciatura en Violín. Los y las estudiantes que deseen participar de manera activa deberán llevar a cabo una preinscripción de manera virtual y presentar un breve video con una obra en preparación. El docente invitado a cargo del dictado de la actividad evaluará el material y determinará los estudiantes en condiciones de participar de manera activa. La participación en modalidad de oyente estará abierta a egresados, docentes, jubilados y público general. La incorporación de clases magistrales a la formación académica universitaria contribuye a enriquecer los trayectos formativos de nuestros estudiantes al poner en diálogo distintas perspectivas pedagógicas e interpretativas. La presencia del Mtro. Freddy Varela Montero, reconocido violinista con amplia trayectoria internacional, brindará a los y las estudiantes una oportunidad valiosa para profundizar y ampliar distintos aspectos su desarrollo técnico y artístico.
RESOLUCIÓN N° 475
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FA-2026-RES-474 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico N° 25406/25 caratulado: “GARCÍA, Candela Mariel S/ Solicitud de Suplemento al Título. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la estudiante Candela Mariel GARCÍA realizó diferentes actividades extracurriculares relacionadas con su carrera de grado, Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas. Dichas actividades favorecen ampliamente su formación como futura egresada de esta Casa de Estudios.
Los informes emitidos por la Dirección de Carreras de Artes Visuales y de Dirección de Alumnos.
Que la solicitud de acreditación como Suplemento al Título, se efectúa en el marco de la Ord.9/20-CD. (Art. 3).
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Reconocer a la alumna Candela Mariel GARCÍA (D.N.I. Nº 33630323) como “Suplemento al Título” a la carrera Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas, las siguientes actividades extracurriculares:
• Integrante del Proyecto de Investigación Interno FAD 2019-2020, llevado a cabo por la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño denominado “ENTRE: laboratorio sensible. Experiencia de trabajo colectivo desde la FAD” (Resolución 124/2020-CD). • Integrante de Proyecto de Investigación Interno FAD 2019-2020, llevado a cabo por la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño denominado “Estudio comparativo de los planes de estudio (2017-2018) de las Carreras de Profesorado de Danza y de Profesorado de Teatro de la UNA y de la UNCuyo (Universidad Nacional de las Artes y Universidad Nacional de Cuyo)". (Resolución 124/2020-CD)
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 474
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FA-2026-RES-473 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 25214/26 caratulado: “Asesoría Estudiantil s/ Solicitud de Continuidad Beca Pre Profesional PALAZZO, Ezequiel Gustavo y ALESSANDRELLO, Mailén Ayeray”.
CONSIDERANDO:
Que la Asesoría Estudiantil solicita la continuidad de la Beca Pre Profesional adjudicada por resolución N° 185/26-FAD a los estudiantes Ezequiel Gustavo PALAZZO y Mailén Ayeray ALESSANDRELLO, para seguir desempeñando tareas en el Taller de Impresiones de esta Facultad, desde el 18 de agosto al 30 de noviembre de 2026.
El informe favorable de la Secretaria Administrativo-Financiera, por cuanto autoriza la ejecución de la beca con fondos provenientes de la Fundación/FAD.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la continuidad de la Beca Pre Profesional adjudicada a los estudiantes Ezequiel Gustavo PALAZZO (DNI 44746156) y Mailén Ayeray ALESSANDRELLO (DNI 45586112) por el monto mensual de PESOS TRESCIENTOS Sesenta Mil ($360.000), respectivamente, para seguir desempeñando tareas en el Taller de Impresiones de esta Facultad, desde el DIECIOCHO (18) de agosto hasta el TREINTA (30) de noviembre de 2026.
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 473
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FA-2026-RES-472 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 2899/26 caratulado: “BARROSO, Sebastián Miguel S/ Solicitud Pago de Adicional por Título de Posgrado-FAD”.
CONSIDERANDO: Que el artículo 38° del Decreto Nacional Nº 1246/15 prevé el pago del adicional por título de posgrado para aquellos docentes que poseen el título de Especialista, Magister o Doctor/a.
Que el 2do. Párrafo del Artículo 38º del Decreto Nacional Nº 1246/15, establece que el acopio de títulos no dará lugar a la acumulación de los porcentajes previstos para este adicional. El informe favorable de la Secretaría de Investigación, Internacionales y Posgrado del Rectorado.
Que el presente adicional se rige de acuerdo con lo establecido en el Artículo 6° de la Ord. 43/22-R. Por ello, LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el “Adicional por Titulo de Posgrado” de “Doctorado en Música”, conforme a los términos establecidos por el Artículo 38° del Decreto Nacional Nº 1246/2015, al siguiente Personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. Datos Personales del Docente APELLIDO Y NOMBRES Sebastián Miguel, BARROSO D.N.I 31811729 CUIL o CUIT 20-31811729-3 LEGAJO N° 36605
CARGO: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Adjunto Dedicación Simple Carácter Remplazante Nº de Resolución de designación 288/22-C.D.
Espacios Curriculares “Música de Cámara I a V”
ARTÍCULO 2°- Los datos del Título de Posgrado corresponde al siguiente detalle: Datos del Título de Posgrado del presente adicional Descripción del Título de educación “Doctorado en Música” Entidad otorgante Universidad Federal de Minas Gerais Fecha de emisión del titulo 5 de setiembre de 2025 Número de resolución Ministerial 1814603-25 (apostillado)
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 472
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FA-2026-RES-471 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 15753/26 caratulado: “RAMALLO, Lucas S/ Solicitud Pago de Adicional por Título de Posgrado-FAD”.
CONSIDERANDO: Que el artículo 38° del Decreto Nacional Nº 1246/15 prevé el pago del adicional por título de posgrado para aquellos docentes que poseen el título de Especialista, Magister o Doctor/a.
Que el 2do. Párrafo del Artículo 38º del Decreto Nacional Nº 1246/15, establece que el acopio de títulos no dará lugar a la acumulación de los porcentajes previstos para este adicional. El informe favorable de la Secretaría de Investigación, Internacionales y Posgrado del Rectorado.
Que el presente adicional se rige de acuerdo con lo establecido en el Artículo 6° de la Ord. 43/22-R. Por ello, LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el “Adicional por Titulo de Posgrado” de “Máster Universitario en Musicología, Educación Musical e Interpretación de la Música Antigua”, conforme a los términos establecidos por el Artículo 38° del Decreto Nacional Nº 1246/2015, al siguiente Personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. Datos Personales del Docente APELLIDO Y NOMBRES RAMALLO, Lucas D.N.I 23792397 CUIL o CUIT 23–23792397–9 LEGAJO N° 27322
CARGO: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Efectivo Nº de Resolución de designación 288/22-C.D.
Espacios Curriculares “Historia de la Música I a V”, “Historia de la Música I, II y III”, “Música y Danzas Argentinas”
ARTÍCULO 2°- Los datos del Título de Posgrado corresponde al siguiente detalle: Datos del Título de Posgrado del presente adicional “Master Universitario en Musicología, Educación Musical e Interpretación de la Música Descripción del Título de educación Antigua” Entidad otorgante Universitat Autònoma de Barcelona Fecha de emisión del titulo 23 de marzo de 2026 Número de resolución Ministerial N530172026/616059
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 471
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FA-2026-RES-470 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 25018/26 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL FAD- RENUNCIA CONDICIONADA - GALLARDO, Roberto Ángel”.
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se agrega el Formulario N° 1 de la Circular Nº 44/22-R, en donde el Sr. Roberto Ángel GALLARDO solicita, a partir del 1 de agosto de 2026 la respectiva renuncia condicionada, conforme con lo establecido en el Decreto Nacional N° 8820/62, en el cargo detallado en la misma.
Que además corre agregado el Formulario Nº 2 de la Ordenanza Nº 44/22-R, en donde la Dirección de Personal de esta Facultad informa la situación de revista del agente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES GALLARDO, Roberto Ángel
D.N.I. 14185363
CUIT/CUIL 20-14185363-6
LEGAJO 20828
Cargo en donde se solicita la renuncia condicionada:
Descripción del cargo
Denominación del cargo Ayudante de Trabajos Prácticos
Dedicación -- Condición Interino
Nº de Resolución de designación Resol. N° 311/2025–CD
Término de la última designación
Desde 01/01/2026
Hasta 31/12/2026
Funciones Complementarias al Desarrollo Curricular
Dibujo I. Rotación I y II Pintura
Resol Nº 470
5. Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras de Artes Visuales
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES AGOSTO
AÑO 2026
ARTÍCULO 2°.- El agente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional.
ARTÍCULO 3°.- En caso de que dicha agente hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, y que se encontrare bajo Renuncia Condicionada, seguirá prestando servicios hasta tanto obtenga su beneficio jubilatorio, con la única condición de haber iniciado el correspondiente trámite previsional, caso contrario cesará automáticamente. Por tanto, en estos casos no corresponderá solicitar la continuidad laboral.
ARTÍCULO 4°.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia digital de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 5°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 470
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FA-2026-RES-469 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 23485/26 caratulado: “C-DIS S/Designación Ord.3-26 C.D. Morales, Federico - JTP (S) Cátedra Materiales y Procesos II - Diseño Industrial - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Diseño solicita, en el marco de la Ord. N° 3/26-CD, la designación en carácter de reemplazante, al D.I. Federico Nicolás Daniel MORALES MACCARI en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones en el espacio curricular “Materiales y Procesos II” perteneciente a la carrera de Diseño Industrial de esta Facultad.
Que dicha solicitud surge en razón a la licencia por razones particulares del Esp. Carmelo Osvaldo Julio ORTIZ (docente titular del cargo), comprendida desde el 22 de mayo hasta el 30 de octubre de 2026.
Que por su parte, la Dirección de Personal informa que el D.I. MORALES MACCARI revista en esta dependencia en los cargos: Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, interina, para cumplir funciones como Especialista en el Laboratorio de Software y Prompting– del Área de Virtualidad. Horas de Nivel Superior (4 Horas), para cumplir funciones en la asignatura “Materiales y Procesos II”.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Reglamento para la designación de docentes en cargos transitorios, artículo 3º inciso C) Anexo I de la ordenanza Nº 3/26-C.D.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Administrativo-Financiera,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres MORALES MACCARI, Federico Nicolás Daniel Documento Único 39768310 CUIL o CUIT 23-39768310-9 Legajo N° 36502
El cargo de la presente designación interina responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Carácter Reemplazante (mientras dure la licencia por razones particulares del Prof. ORTIZ)
Resol. N° 469
3. Término de la designación
Desde el UNO (1) de agosto de 2026
Hasta el TREINTA (30) de octubre de 2026
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Materiales y Procesos II”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología Subdisciplina: 2 0 Ingeniería Industrial Especialidad: 9 9 Materiales y Procesos II
ARTÍCULO 3°.-El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual
153 Diseñador Industrial 100%
Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100%
Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción
Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hacen al cargo Escalafón 813 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 469
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CD-2026-RES-166 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO
El expediente electrónico Nº 23222/26 caratulado: “SEC. DE INVES. Y POSG. s/título Magíster en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales DI Verónica Laura TIRADO”.
CONSIDERANDO:
Que la maestranda ha dado cumplimiento a todas las exigencias determinadas en la reglamentación vigente.
Que de acuerdo con el acta del jurado designado oportunamente por la resolución Nº 53/25-C.D. se aprueba la tesis titulada “Modelo de optimización a través de la intervención de diseño inclusivo en Infraestructura pública, del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial para el Jardín Nucleado N°1-154 de la Escuela López de Gomara en Villanueva, Guaymallén, Mendoza”, desarrollada bajo la dirección del Mgter. Luis Alberto SARALE y la codirección de la Dra. Laura Viviana BRACONI, otorgando la calificación de “DISTINGUIDO”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por el Jurado que evaluó con la calificación de “DISTINGUIDO” la tesis titulada: “Modelo de optimización a través de la intervención de diseño inclusivo en Infraestructura pública, del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial para el Jardín Nucleado N°1154 de la Escuela López de Gomara en Villanueva, Guaymallén, Mendoza”, presentada por la D.I. Verónica Laura TIRADO (D.N.I. Nº 17261546) nacida en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el día CINCO (5) de febrero de 1965.
ARTÍCULO 2º.- Otorgar el título de Magíster en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales a la D.I. Verónica Laura TIRADO y autorizar la expedición del diploma respectivo, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 60/12–C.S., con fecha de egreso el ONCE (11) de junio de 2026.
ARTÍCULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 166
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CD-2026-RES-165 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO
El expediente electrónico Nº 23476/26 caratulado: “SEC. DE INVES. Y POSG. s/título Magíster en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX Lic. Ricardo CUADROS PRADILLA”.
CONSIDERANDO:
Que el maestrando ha dado cumplimiento a todas las exigencias determinadas en la reglamentación vigente.
Que de acuerdo con el acta del jurado designado oportunamente por la resolución Nº 264/25-C.D. se aprueba la tesis titulada “Expansión Técnica y estética de la guitarra clásica en la música contemporánea de América Latina”, desarrollada bajo la dirección del Dr. Juan Raimundo ORTIZ de ZÁRATE, otorgando la calificación de “DISTINGUIDO”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por el Jurado que evaluó con la calificación de “BUENO” la tesis denominada: “Expansión Técnica y estética de la guitarra clásica en la música contemporánea de América Latina”, presentada por el Lic. Ricardo CUADROS PRADILLA (DNI Nº 19155118) nacido en Bogotá, República de Colombia, el día TREINTA (30) de abril de 1985.
ARTÍCULO 2º.- Otorgar el título de Magíster en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX al Lic. Ricardo CUADROS PRADILLA y autorizar la expedición del diploma respectivo, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 36/02–C.S. y modificatoria Nº 12/13–C.S., con fecha de egreso el QUINCE (15) de mayo de 2026.
ARTÍCULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 165
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CD-2026-RES-164 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO
El expediente electrónico Nº 18659/26 caratulado: “SEC. DE INVES. Y POSG. s/título Magíster en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX Lic. Priscila Delvalle CASTRO MALAVE”.
CONSIDERANDO:
Que la maestranda ha dado cumplimiento a todas las exigencias determinadas en la reglamentación vigente.
Que de acuerdo con el acta del jurado designado oportunamente por la resolución Nº 194/23-C.D. se aprueba la tesis titulada “OBRAS PARA FLAUTA Y PICCOLO SOLO DEL COMPOSITOR ECUATORIANO RICARDO MONTEROS: ACERCAMIENTO SOCIOCULTURAL Y DE ESTILO”, desarrollada bajo la dirección de la Dra. Adina IZARRA, otorgando la calificación de “BUENO”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por el Jurado que evaluó con la calificación de “BUENO” la tesis denominada: “OBRAS PARA FLAUTA Y PICCOLO SOLO DEL COMPOSITOR ECUATORIANO RICARDO MONTEROS: ACERCAMIENTO SOCIOCULTURAL Y DE ESTILO”, presentada por la Lic. Priscila Delvalle CASTRO MALAVE (Pasaporte Nº 195183074) nacida en la República Bolivariana de Venezuela, el día OCHO (8) de setiembre de 1976.
ARTÍCULO 2º.- Otorgar el título de Magíster en Interpretación de Música Latinoamericana del Siglo XX a la Lic. Priscila Delvalle CASTRO MALAVE y autorizar la expedición del diploma respectivo, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 36/02–C.S. y modificatoria Nº 12/13–C.S., con fecha de egreso el DOS (2) de diciembre de 2025.
ARTÍCULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 164
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CD-2026-RES-163 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO
El expediente electrónico Nº 23558/26 caratulado: “SEC. DE INVES. Y POSG. s/título Magíster en Arte Latinoamericano Lic. Carolina Ana Julia SIMÓN”.
CONSIDERANDO:
Que la maestranda ha dado cumplimiento a todas las exigencias determinadas en la reglamentación vigente.
Que de acuerdo con el acta del jurado designado oportunamente por la resolución Nº 173/25–C.D. se aprueba la tesis titulada “Dispositivo Artístico y Nomadismo en torno a la repartición de lo sensible. Una investigación artística” bajo la dirección del Dr. Oscar ZALAZAR y la Codirección de la Dra. María del Rosario ZAVALA, otorgando la calificación de “SOBRESALIENTE”.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en Sesión Plenaria del día 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por el Jurado que evaluó con la calificación de “SOBRESALIENTE” la tesis titulada: “Dispositivo Artístico y Nomadismo en torno a la repartición de lo sensible. Una investigación artística”, presentada por la Lic. Carolina Ana Julia SIMÓN (D.N.I. Nº 26936648) nacida en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el día DIECISÉIS (16) de noviembre de 1978.
ARTÍCULO 2º.- Otorgar el título de Magíster en Arte Latinoamericano a la Lic. Carolina Ana Julia SIMÓN y autorizar la expedición del diploma respectivo, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 29/16-C.S., con fecha de egreso el ONCE (11) de diciembre de 2025.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 163
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CD-2026-RES-162 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO:
Las resoluciones Nos 413/26, 426/26, 449/26 y 450/26–FAD dictadas por la Sra. Decana Ad-Referéndum del Consejo Directivo.
CONSIDERANDO:
Por ello, atento a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión Plenaria del 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ratificar las resoluciones Nº 413/26, 426/26, 449/26 y 450/26-FAD dictadas por la Señora Decana Ad-Referéndum de este Cuerpo, dispuestas de la siguiente manera:
Resolución Nº 413/26-FAD Proponer al Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo, la nómina de estudiantes de esta Unidad Académica como merecedores de la Distinción “María Elisa Norton Farmache” –Edición 2026- en los términos dispuesto por la ordenanza Nº 53/2013-C.S. y la resolución Nº 241/2015-C.S. Estudiantes: GARECA, Rolando - DNI: 44877634 (Carrera: Diseño Gráfico); CARAYOL BRESSAN, Pía - DNI: 46664760 (Carrera: Diseño Industrial); SÁNCHEZ, Ricardo Yoel- DNI: 37966186 (Carrera: Licenciatura en Artes Plásticas); CARBAJAL TORRE, Anahí Giselle – DNI: 34917502 (Carrera: Licenciatura en Piano) Egresado: GONZALEZ, Walter- DNI: 27615447 (Carrera: Profesorado de Grado Universitario en Música)
Resolución Nº 426/26-FAD Prorrogar el Suplemento por Mayor Responsabilidad, asignado transitoriamente a la Tec. Univ. Susana Beatriz VILLARRUEL (Legajo Nº 27986 – CUIL Nº 27–13996070–5) correspondiente a la diferencia de un cargo Categoría 5 (efectivo) del Agrupamiento Administrativo y un cargo Categoría 4 del mismo Agrupamiento, para desempeñar funciones en el Departamento de Concursos dependiente de la Dirección de Personal de esta Facultad, desde el CUATRO (4) de julio hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2026; o hasta que el cargo sea cubierto por concurso efectivo, lo que ocurra primero
Resolución Nº 449/26-FAD Prorrogar la designación, en condición interina, a la Prof. María Graciela TRAVAGLINI (Legajo Nº 34581– CUIL N° 27-21949700-3) en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación Semiexclusiva, para el dictado del espacio curricular “Diseño de Productos III” de la carrera de Diseño Industrial correspondientes a las Carreras de Diseño de esta Facultad, desde el UNO (1) de julio hasta el DIECISÉIS (16) de agosto de 2026 o hasta tanto se cubra el cargo mediante concurso.
Resolución Nº 450/26-FAD Prorrogar la designación, en condición de reemplazante, al D.I. Juan José CHABRIER (Legajo Nº 33793– CUIL N° 20-21654010-8) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, para cumplir funciones en el espacio curricular “Diseño de Productos III”, de la carrera de Diseño Industrial correspondientes a las Carreras de Diseño de esta Facultad, desde el UNO (1) de julio hasta el DIECISÉIS (16) de agosto de 2026, mientras dure la licencia por incompatibilidad de la titular del cargo, Prof. María Graciela TRAVAGLINI, lo que ocurra primero.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 162
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CD-2026-RES-161 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 23170/26 caratulado: “C-DIS S/Prórroga designación Prof. Martín, M. Belén - Métodos de Diseño- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 41/26–FAD se designó interinamente, por promoción jerárquica, a la D.I. María Belén MARTÍN en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones en el espacio curricular “Métodos de Diseño” perteneciente a las Carreras de Diseño Gráfico, desde el 1 de febrero hasta el 31 de julio de 2026.
Que tal sentido, resulta necesario asegurar la continuidad académica de la mencionada asignatura hasta tanto el cargo sea cubierto mediante concurso.
Que, por último, la presente prórroga de designación excede las atribuciones conferidas por Ord. 2/20-CD, por lo que corresponde ser tratado a consideración del Consejo Directivo.
El informe favorable de Secretaría Académica y de Secretaría Administrativo-Financiera.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este cuerpo en sesión plenaria del día 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina a la D.I. María Belén MARTÍN (Legajo Nº 30700 – CUIL N° 27-27402110-7) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, para cumplir funciones en el espacio curricular “Métodos de Diseño” perteneciente a las Carreras de Diseño Gráfico de esta Facultad, desde el UNO (1) al DIECISÉIS (16) de agosto de 2026.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en el Legajos Electrónico Único que consta en el informe de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 161
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CD-2026-RES-160 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 19124/26 caratulado: “CCER/Solicitud de prórroga de designación interina Prof. José Fernando AGUAYO MUÑOZ C/Profesor Adjunto (S) Interino del espacio extracurricular "TALLER DE COLOR"-FAD”
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 11/26–FAD se designó interinamente al Prof. José Fernando AGUAYO MUÑOZ en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple, para desempeñar funciones complementarias al desarrollo curricular en el espacio “Taller de Color Cerámico”, desde el 9 de febrero hasta el 9 de agosto de 2026.
Que tal sentido, resulta necesario asegurar la continuidad académica de la mencionada asignatura hasta tanto el cargo sea cubierto mediante concurso.
Que, por último, la presente prórroga de designación excede las atribuciones conferidas por Ord. 2/20-CD, por lo que corresponde ser tratado a consideración del Consejo Directivo.
El informe favorable de Secretaría Académica y de Secretaría Administrativo-Financiera.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este cuerpo en sesión plenaria del día 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina al Prof. José Fernando AGUAYO MUÑOZ (Legajo Nº 35692 – CUIL N° 20-36999348-9) en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple, para desempeñar funciones complementarias al desarrollo curricular en el espacio “Taller de Color Cerámico” de las Carreras de Cerámica de esta Facultad, del DIEZ (10) al DIECISÉIS (16) de agosto de 2026.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en el Legajos Electrónico Único que consta en el informe de Secretaría Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 160
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CD-2026-RES-159 31/07/2026 |
MENDOZA, 31 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 17193/26 caratulado: “CAV Solicitud Cambio Transitorio de Dedicación del Prof. GUEVARA, Fernando Sebastián de Profesor Titular Simple a Semiexclusiva en la catedra DIBUJO III. AV”.
CONSIDERANDO:
Que el presente pedido se solicita para fortalecer la estructura de cátedra del espacio curricular “Dibujo III”, lo que permitirá optimizar de manera adecuada el proceso de enseñanza-aprendizaje de la asignatura.
Que por otra parte, los recursos necesarios para dar curso a dicha solicitud se desprenden del cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva que revistaba el Prof. José Luis Ramón MOLINA, al momento de su jubilación.
Que, Dirección de Personal informa que el Prof. Fernando Sebastián GUEVARA se encuentra designado en un cargo de Profesor Titular con Dedicación Simple, efectivo, para cumplir funciones en la asignatura “Dibujo III”, correspondientes a las carreras de Licenciatura en Artes Plásticas y Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, en las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
Que la Dirección General Administrativa informa que dicho pedido encuadra en el Art. 3 de la Ord. 36/87-CS y que conforme a la normativa citada, la presente solicitud no podrá exceder el 31/12/2026.
La opinión favorable de Secretaría Académica y de Secretaría AdministrativoFinanciera.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.– Aprobar el cambio Transitorio de dedicación “Simple” a “Semiexclusiva”, al Prof. Fernando Sebastián GUEVARA (Legajo N° 33047 – CUIL Nº 20–29067261–9) en el cargo de Profesor Titular, efectivo, para el dictado de la asignatura “Dibujo III” de las carreras de Licenciatura en Artes Plásticas y Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, desde el UNO (1) de agosto hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2026.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 159
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CD-2026-RES-158 30/07/2026 |
MENDOZA, 30 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 16585/26 caratulado: “AE- Conv. a Cargo: Profesor Titular (SE) – Cátedra: “Técnicas Corporales III" por Ord.23/10-CS y su modificatoria Ord. 39/10-CS "Régimen de Concurso para la Cobertura de Cargos Docentes efectivos”.
CONSIDERANDO:
Los informes de Secretaría Académica, del Departamento de Concursos y de Secretaría Administrativo-Financiera en la que ésta última manifiesta que cuenta con la disponibilidad presupuestaria para atender lo solicitado.
Que este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 28 de julio de 2026 prestó su acuerdo para proceder de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ordenanza N° 23/10C.S. (Reglamento de Concursos) y también aprobó la constitución de la Comisión Asesora propuesta, según lo determinado en el artículo 17° de la mencionada norma. Por ello,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al Consejo Superior la pertinente autorización para convocar a concurso con carácter efectivo, de conformidad con lo establecido en la ordenanza N° 23/10C.S. y su modificatoria ordenanza N° 39/10-C.S., para cubrir UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, para el dictado del espacio curricular “Técnicas Corporales III” de las carreras Licenciatura en Arte Dramático y Profesorado de Grado Universitario en Teatro, que se dictan en las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso: MIEMBROS TITULARES: PROFESOR CARGO ESPACIO CURRICULAR
María LACAU Profesora Titular Efectiva – Facultad de Artes y Diseño – UNCuyo “Técnicas Corporales IV”
Viviana María FERNÁNDEZ Profesora Titular Efectiva – Universidad Nacional de La Rioja "Semiótica de la Danza"
Fabricio Raúl CIPOLLA Profesor Titular Efectivo – Universidad Nacional de Córdoba “Cuerpo y Movimiento I”
MIEMBROS SUPLENTES: PROFESOR CARGO ESPACIO CURRICULAR
María Gabriela GONZÁLEZ Profesora Titular Efectiva – Universidad Nacional del Centro "Expresión Corporal I"
María Celeste ÁLVAREZ Profesora Titular Efectiva – Facultad de Artes y Diseño - UNCuyo “Técnicas Corporales I”
Javier Omar FALCÓN Profesor Titular Efectivo – Facultad de Artes y Diseño - UNCuyo “Actuación II”
ARTÍCULO 3°.- Solicitar al Consejo Superior la ratificación de los miembros de la Comisión Asesora designados en el artículo precedente.
ARTÍCULO 4°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 158
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CD-2026-RES-157 30/07/2026 |
MENDOZA, 30 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 22105/25 caratulado: “CM Conv. Concurso Prof. Titular (SE) efectivo, Ord. Nº 23/10 CS, "Contrabajo", Lic. Contrabajo”.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Acta de Cierre de Inscripción de fs. 132 figuran como postulantes: POULSEN, Matías Alejandro y MELCHIORI, Laureano Fernando.
Que a fs. 161 figura el Acta de Determinación, en donde se indica que ambos postulantes cumplen con condiciones formales para continuar como aspirantes al concurso de referencia. Seguidamente, a fs. 162 se incorpora Acta de Sorteo de Temas, en donde se indica los temas sorteados para cada concursante, así como el horario para la Clase Pública y Entrevista personal de los mismos.
Que, a fs. 164/166, se acompaña adjunto el Acta Final elaborada por la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso, expidiéndose al respecto y proponiendo el siguiente orden de mérito: 1º) Laureano Fernando MELCHIORI (594 puntos) y 2º) Matías Alejandro POULSEN (396 puntos).
Que, asimismo, el Departamento de Concursos comunica que se ha llevado a cabo la notificación del acta final propuesta por la Comisión Asesora y no se han presentado impugnaciones a la decisión del jurado. Que, por otra parte, Dirección de Personal informa que el Prof. Laureano Fernando MELCHIORI revista en esta dependencia los siguientes cargos: -Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, interino, para el dictado de las asignaturas “Instrumento A,B,C,D Contrabajo” del CIEMU, “Instrumento I a V Contrabajo” de la Licenciatura en Contrabajo e “Iniciación” y “Contrabajo I a IV” del Ciclo Preparatorio, de las Carreras Musicales. - Profesor Adjunto con Dedicación Simple, interino, para el dictado de los espacios curriculares “Instrumento A,B,C,D” del CIEMU, “Instrumento I a V Contrabajo” de la Licenciatura en Contrabajo e “Iniciación a Instrumento” y “Contrabajo I a IV” del Ciclo Preparatorio, de las Carreras Musicales. (actualmente de licencia por incompatibilidad, por cargo de mayor jerarquía)
Asimismo, dicha Dirección comunica que, en caso de ser efectiva la presente designación se deberá adecuar la situación de revista del docente a fin de evitar situaciones de incompatibilidad.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 28 de julio de 2026.
Por ello y atento lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de Concursos (ordenanza N° 23/10-C.S.),
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
Resol. N° 157
ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 10/26-C.D. para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, para el dictado de los espacios curriculares “Instrumento A, B, C y D Contrabajo” del CIEMU; “Instrumento I a IV Contrabajo” e “Instrumento V Contrabajo”, pertenecientes a la carrera de Licenciatura en Contrabajo, “Iniciación en Instrumento” (Contrabajo) e “Instrumento I a IV (Contrabajo)” del Ciclo Preparatorio, que se dictan en las Carreras Musicales de esta Facultad, estableciendo el siguiente orden de méritos: : 1º) Laureano Fernando MELCHIORI (594 puntos) y 2º) Matías Alejandro POULSEN (396 puntos).
ARTICULO 2°.- Auspiciar ante el Consejo Superior la designación con carácter efectivo al Prof. Laureano Fernando MELCHIORI (Legajo Nº 26866 – CUIL N° 20-24878771-7) en el cargo y funciones objeto del presente concurso.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 157
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CD-2026-ORD-006 30/07/2026 |
MENDOZA, 30 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 38684/25 caratulado: “COMISIÓN AD HOC S/ELEVA PROYECTO
ORDENANZA "REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA LA DESIGNACIÓN DE AUXILIARES DE DOCENCIA EFECTIVOS".
CONSIDERANDO:
Que mediante Ord. 2/26-CD se aprueba el “REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA LA DESIGNACIÓN DE AUXILIARES DE DOCENCIA EFECTIVOS” en el ámbito de esta Facultad; y en el marco del procedimiento administrativo, se eleva al Consejo Superior para su ratificación.
Que en su proceso, las Comisiones de Interpretación y Reglamento y Docencia y Concursos del mencionado Cuerpo, analizaron en detalle el mencionado Reglamento, y conforme a sus atribuciones, plantearon una serie de observaciones y sugerencias para tener en cuenta al momento de su aplicación.
Que, en consonancia con lo expuesto, las modificaciones sugeridas resultan optimas y recomendables.
Que, con tal propósito, corresponde en el caso efectuar las adecuaciones mediante texto ordenando, asegurando la aplicación del Reglamento de manera clara y eficaz.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y lo aprobado por este Cuerpo en sesión del 28 de julio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Texto Ordenado del “REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA LA DESIGNACIÓN DE AUXILIARES DE DOCENCIA EFECTIVOS”, en el que se incluyen las modificaciones y adecuaciones a la Ordenanza Nº 2/26-CD., que se detallan en Anexo I de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 2°.- Derogar la ordenanza Nº 2/26-C.D.
ARTÍCULO 3°.- Aplicar la “Grilla de evaluación de antecedentes y actuación para cargos Jefe de Trabajos Prácticos”, según se detalla en Anexo II de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 4°.- Aplicar la “Grilla de evaluación de antecedentes y actuación para cargos Ayudante de Primera y Ayudante de Segunda”, según se detalla en Anexo III de la presente Ordenanza.
Ord. N° 6
ARTÍCULO 5°.- Elevar al Consejo Superior la presente ordenanza para su consideración.
ARTÍCULO 6°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 7º.- Comuníquese e insértese en el libro de Ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA N° 6
ANEXO I REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA LA DESIGNACIÓN DE AUXILIARES DE DOCENCIA EFECTIVOS
ARTÍCULO 1º. Los concursos para la designación efectiva de docentes de las categorías de auxiliar -Jefe de Trabajos Prácticos, Ayudante de Primera y Ayudante de Segunda- se ajustarán a las normas de la presente Ordenanza.
TÍTULO I – CONVOCATORIA
CAPÍTULO I: SOLICITUD
ARTÍCULO 2º. Las Direcciones de Carreras elevarán el pedido de convocatoria, la que deberá contener: a) Cargo, dedicación a cubrir y horario actual de cursado (disponibilidad anual). b) Datos completos del espacio curricular. c) Link del/los Plan/es de estudio, donde se encuentra/n incorporada/s la/s asignatura/s a concursar. d) Funciones del cargo a cubrir (Link de la Reglamentación Académica de la FAD). e) Perfil excluyente, según las especificaciones del art. 3° de la presente reglamentación, consensuado con el titular de la asignatura. f) Conformación de la Comisión Asesora según las especificaciones del art. 4° de la presente reglamentación. g) Propuesta de veedores, según las especificaciones del CAPÍTULO III de la presente reglamentación. h) Fechas correspondientes a la publicación e inscripción, según las especificaciones de la presente reglamentación
ARTÍCULO 3º. Perfil excluyente: deberá contener aspectos a cumplir para el cargo que se concursa, con criterios claros, específicos y verificables, evitando expresiones actitudinales o subjetivas que no puedan evaluarse objetivamente. Será tenido en cuenta por la Comisión Asesora para la evaluación y podrá especificarse, según la siguiente ponderación jerárquica:
a) Título de grado requerido. b) Formación académica específica, en caso que se requiera. c) Trayectoria docente. d) Trayectoria profesional. e) Actualización docente. f) Actualización profesional. g) Saberes complementarios. h) Producción artística y/o profesional, práctica o teórico-práctica. i) Otros que sea necesario incorporar, con relación al cargo que se concursa.
CAPÍTULO II: CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN ASESORA
ARTÍCULO 4°. La Comisión Asesora que tendrá a su cargo la evaluación de los/las postulantes, estará integrada, por TRES (3) docentes titulares y TRES (3) docentes suplentes de la siguiente manera:
Ord N° 6
Anexo I- Hoja 2
• Por el Profesor Titular, Asociado o Adjunto efectivo de la asignatura. • Docentes efectivos que revistan categoría igual o superior al cargo objeto del concurso. • Otros especialistas que se desempeñen en organismos de investigación, docencia o artísticos, diferentes de la Facultad de Artes y Diseño. • Otros profesores o auxiliares efectivos de asignaturas afines de la Facultad de Artes y Diseño. • No podrán integrar la Comisión Asesora en calidad de titulares, DOS (2) docentes que pertenezcan a la misma cátedra que se concursa. No podrán actuar simultáneamente como jurado, salvo en casos excepcionales. • Podrá incorporarse un titular o suplente que pertenezca a otra unidad académica. • Propender a que exista paridad de género en su constitución.
ARTÍCULO 5º. La Comisión Asesora será notificada fehacientemente en su totalidad (titulares y suplentes) pudiendo ser convocado cada miembro para actuar. Los miembros que no puedan concurrir por causas atendibles -previas al acto del concurso- deberán presentar por escrito su justificación fundada a la Dirección de Carreras, por lo menos con 24 hs. de antelación, para ser reemplazados por el/la suplente, a consideración de la Dirección de Carreras. Esto se hará constar en el acta final.
ARTÍCULO 6°. En caso de que algún miembro de la Comisión Asesora decida excusarse, deberá realizarla bajo la modalidad establecida en el Art. 29° del presente Reglamento. Cuando el reemplazo de un miembro titular ocurra luego de iniciarse el concurso, este deberá retrotraerse al comienzo de la sustanciación, de modo que los TRES (3) miembros actuantes que elaboren el/los dictamen/es y firmen el/las acta/s lo hagan participando de todas las instancias.
CAPÍTULO III – VEEDORES
ARTÍCULO 7°. En la solicitud de convocatoria, las Direcciones de Carreras deberán consignar al menos un veedor que participará en la clase práctica y coloquio, a propuesta de las respectivas Asesorías, el que podrá ser: • UN/A (1) Docente que no pertenezca a la cátedra que se concursa • UN/A (1) Egresado/a • UN/A (1) Estudiante • UN/A (1) representante de Secretaría Académica
Deberá informarse al/los sindicato/s docente/s con personería jurídica -a través de correo electrónico- de la convocatoria y fecha de sustanciación del concurso, invitando a la designación de un veedor por parte del mismo. La presencia del/los veedor/es sindicales, deberá quedar consignada en el acta final.
ARTÍCULO 8°. Los/las estudiantes que participen como veedores deberán reunir los siguientes requisitos: a) Tener aprobados más del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los espacios curriculares de su carrera. b) Haber aprobado el espacio curricular objeto del concurso.
Ord N° 6
Anexo I- Hoja 3
ARTÍCULO 9°. Los/las egresados/as que participen como veedores deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Tener título de grado de la carrera afín al espacio curricular que se concursa. b) No tener relación de dependencia con la Facultad. c) No ser adscripto del espacio curricular correspondiente al cargo que se concursa.
ARTÍCULO 10°. Los/las veedores/as no tendrán voto y podrán realizar por escrito las observaciones que consideren convenientes, en un plazo de VEINTICUATRO (24) horas posteriores a la finalización de la instancia de evaluación.
ARTÍCULO 11º. El/los informe/s fundamentado/s que elabore/n los/las veedores/as actuantes será/n agregado/s al expediente y tenido/s en cuenta por el Consejo Directivo al momento de resolver sobre el concurso. Este informe no será vinculante a los efectos de las sucesivas instancias resolutivas.
ARTÍCULO 12º. La ausencia de los/las veedores/as durante el concurso no invalidará la prosecución del trámite.
CAPÍTULO IV – PUBLICIDAD
ARTÍCULO 13º. Será realizada por el Departamento de Concursos durante DIEZ (10) días corridos previos a la fecha de inscripción. La misma se realizará mediante la difusión de la resolución de convocatoria que contiene todos los datos y requerimientos del concurso y se llevará a cabo en el ámbito de la Universidad Nacional de Cuyo y otras Universidades Nacionales, a través de los medios digitales y/o mecanismos de comunicación institucional existentes.
CAPÍTULO V – INSCRIPCIÓN
ARTÍCULO 14º. Las solicitudes de inscripción deberán presentarse de manera virtual ingresando al link (formulario web) consignado en la resolución de convocatoria. El mismo estará habilitado durante el lapso de CINCO (5) días hábiles posteriores a las fechas de publicación, en horario que se defina en la resolución de convocatoria.
ARTÍCULO 15º. El formulario web de inscripción solicitará los siguientes ítem que serán de carácter excluyente: a) Dirección de Correo electrónico b) DNI (frente y dorso) c) Curriculum Vitae d) Carpeta de Probanzas: respetando el mismo orden de los datos consignados en el Curriculum Vitae e) Plan de labor (propuesta docente de acuerdo con las funciones concursadas). Aporte enmarcado en el programa vigente.
ARTÍCULO 16º. Finalizada la carga del Formulario de Inscripción con los campos obligatorios requeridos, el postulante deberá enviar el mismo y recibirá un mensaje de confirmación como constancia de inscripción.
Ord N° 6
Anexo I- Hoja 4
ARTÍCULO 17º. Se aceptará UNA SOLA inscripción por postulante. En caso de duplicación, realizada dentro del plazo de inscripción, se considerará la última recibida.
ARTÍCULO 18°. Podrán presentarse trabajos inherentes al cargo que se concursa en correlación con lo expresado en el Curriculum Vitae o Probanzas y, de acuerdo con lo consignado en el perfil de la convocatoria, de la siguiente manera:
a) En formato digital, mediante archivo adjunto o consignando un enlace (drive, URL, portfolio digital, fotografías, grabaciones u otros registros multimedia), garantizando en todos los casos el acceso de la Comisión Asesora.
b) En formato físico o como expresión artística tangible, el día de la sustanciación del concurso, en el ámbito de la Dirección de Carreras. Dicho material deberá ser retirado por la/el postulante al finalizar la instancia.
En todos los casos, la presentación y resguardo de los materiales será exclusiva responsabilidad de la/el postulante. La modalidad correspondiente deberá estar prevista en el perfil de la convocatoria.
ARTÍCULO 19º. La inscripción del postulante implica la declaración jurada expresa de conocer las condiciones laborales del cargo a concursar de acuerdo con ley vigente y las reglamentaciones internas universitarias.
ARTÍCULO 20°. Para ingresar como trabajador en una institución universitaria nacional se requiere: • Tener condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan. • Cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente, certificado de buena conducta y todo otro requerimiento dispuesto. • No estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación:
a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier institución universitaria nacional o de la administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier institución universitaria nacional o en la administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme a lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aún cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena. f) Tener sentencia firme o sanción disciplinaria interna respecto a situaciones de violencia de género ni denuncias internas a la Universidad o externa.
Ord N° 6
Anexo I- Hoja 5
ARTÍCULO 21º. Al finalizar el periodo de Inscripción, en un plazo no mayor a TRES (3) días hábiles, Mesa de Entradas, luego de corroborar el cumplimiento de los requisitos por parte de todos/as los/las postulantes, labrará un “Acta de Cierre de Inscripción”. No incluirá en la misma, aquellos que no hayan completado la documentación exigida en el Art. 15.
ARTÍCULO 22º. El Departamento de Concursos, dentro del plazo de TRES (3) días hábiles de recibida la documentación, publicará el “Acta de Cierre de Inscripción” en la página web de la Facultad, en el apartado correspondiente.
ARTÍCULO 23. La “Vista de Antecedentes” de los/as inscriptos/as y aceptados como postulantes, se realizará una vez emitida el “Acta de Cierre de Inscripción” en el Departamento de Concursos, de manera presencial, durante TRES (3) días hábiles, en horario de atención que estipule la resolución de convocatoria. Solo los postulantes aceptados podrán realizarla y no es de carácter obligatorio.
ARTÍCULO 24º. En caso de no haberse recibido ninguna solicitud de inscripción, el Consejo Directivo emitirá resolución declarando desierto el concurso.
CAPÍTULO VI - RECUSACIÓN Y EXCUSACIÓN DE MIEMBROS DE LA COMISIÓN ASESORA
ARTÍCULO 25º. Recusación. Durante TRES (3) días hábiles después de la publicación de acta cierre de la inscripción, cualquier postulante aceptado, podrá recusar a alguno o todos los miembros de la Comisión Asesora (titulares y/o suplentes), mediante nota al/la Decano/a presentada a través de correo electrónico de Mesa de Entradas de la Facultad, con expresión de causa y pruebas que se deseen hacer valer o razones de público conocimiento. La recusación puede realizarse fundada en las siguientes causales:
a) Parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo en afinidad entre un miembro de la comisión y alguno de los postulantes. b) Tener sociedad o comunidad de intereses comerciales entre un miembro de la comisión y alguno de los aspirantes. c) Tener pleitos pendientes entre un miembro de la comisión y alguno de los aspirantes. d) Ser recíprocamente acreedor, deudor o fiador. e) Ser o haber sido algún miembro de la comisión asesora o postulante, autor de denuncia o querella o querellado por éste, ante tribunales de justicia o instancias universitarias con anterioridad a la designación de la Comisión Asesora. f) Haber emitido la Comisión Asesora o alguno de sus miembros opinión, dictamen o recomendación, relativa al concurso que se tramita, que pudiera ser considerado como prejuicio respecto del resultado del mismo. Los resultados de instancias concursales anteriores, no serán motivos válidos para recusar. g) Aquellas de alcance moral y ético, o referidas a su actuación universitaria, que le impidan ejercer las funciones de miembro de la Comisión Asesora.
Ord N° 6
Anexo I- Hoja 6
ARTÍCULO 26º. Una vez recibida la recusación, se dará traslado al afectado, a fin de que en el lapso de TRES (3) días hábiles, presente su descargo o excusación mediante nota dirigida al/la Decano/a por el correo electrónico habilitado por Mesa de Entradas.
ARTÍCULO 27º. La/s recusación/es, con su/s correspondiente/s descargo/s, si lo/s hubiere, se remitirá/n al Consejo Directivo, quien resolverá con la mayor celeridad posible, y su decisión tendrá carácter definitivo.
ARTÍCULO 28º. En caso de ser aceptada, se procederá al reemplazo del miembro recusado, por uno de los suplentes. Cuando el recusado sea alguno de los suplentes, la Dirección de Carreras, deberá proponer nuevos miembros al Consejo Directivo.
ARTÍCULO 29º. Excusación. Durante TRES (3) días hábiles después de la recepción de los antecedentes, cualquier miembro de la Comisión Asesora podrá excusarse por razones fundadas, de participar en el concurso, mediante nota al Decano/a presentada por Mesa de Entradas de la Facultad. En caso de ser un miembro titular, se procederá a reemplazar por un miembro suplente.
ARTÍCULO 30º. Mientras dure el trámite de excusaciones y recusaciones, quedarán suspendidos los plazos establecidos para la sustanciación del concurso.
ARTÍCULO 31º. En todos los casos en que se incorpore uno o más miembros nuevos en la Comisión Asesora se harán las comunicaciones pertinentes a los inscriptos conforme al régimen de recusaciones.
ARTÍCULO 32º. Vencido el plazo de recusación, no podrán utilizarse estas causales en las instancias de impugnación del dictamen de la Comisión Asesora, ni otra instancia posterior del concurso. En caso de su utilización, deberán ser desestimadas.
CAPÍTULO VII – IMPUGNACIÓN DE INSCRIPTOS
ARTÍCULO 33°. Durante los 3 (TRES) días hábiles posteriores a la publicación del Acta de cierre de inscripción, se podrá impugnar a los inscriptos. Las impugnaciones deberán ser explícitamente fundadas y acompañadas de las pruebas.
ARTÍCULO 34°. Dentro de los TRES (3) días hábiles de presentada la impugnación, se notificará al aspirante impugnado. Este podrá hacer su descargo, a través del correo electrónico establecido por Mesa de Entradas, dentro de los TRES (3) días hábiles de notificado, debiendo acompañar toda prueba que pretenda hacer valer.
ARTÍCULO 35°. El Consejo Directivo resolverá con la mayor celeridad posible la impugnación pudiendo, para ello, requerir todo otro antecedente debidamente documentado que estime pertinente o de interés. La decisión será en los siguientes sentidos: excluir al/la postulante o dejar que continúe con el trámite concursal.
ARTÍCULO 36°. Mientras dure el trámite de impugnaciones, quedarán suspendidos los plazos establecidos para la sustanciación del concurso.
Ord N° 6
Anexo I- Hoja 7
TÍTULO II: SUSTANCIACIÓN
CAPÍTULO I – ACTUACIÓN DE LA COMISIÓN ASESORA
ARTÍCULO 37°. Una vez recibidos los antecedentes de los inscriptos, la Comisión Asesora deberá cumplir su cometido en un plazo no mayor de DIEZ (10) días hábiles, pudiendo extenderse por CINCO (5) días más si por causa justificada el trámite se encontrase demorado. Queda habilitada la posibilidad de realizar alguna instancia en forma virtual, o la actuación del miembro externo, con carácter remoto.
ARTÍCULO 38. La Comisión Asesora, durante su actuación, labrará TRES (3) Actas:
- Acta de determinación de postulantes: se labrará una vez analizados los antecedentes y el cumplimiento del perfil solicitado en la resolución de convocatoria definiendo los postulantes que continuarán con el proceso concursal. La misma será notificada fehacientemente a los postulantes y no será impugnable.
- Acta de sorteo de temas:(para cargos Jefe de Trabajos Prácticos) incluye el tema seleccionado según el procedimiento detallado en
ARTÍCULO 39° y deberá especificar, además, fecha, hora, lugar y orden de la clase pública y coloquio. Será firmada al pie por todos/as los/as postulantes presentes manifestando de esta manera su conocimiento del tema sorteado. Los/as postulantes y miembros de la Comisión Asesora que no estuvieron presentes, serán notificados de la misma.
- Acta Final: será la única pasible de impugnación y deberá contener: 1. El dictamen con la calificación numérica y conceptual fundamentada de cada postulante, proponiendo la designación de quien considera apto/a para desempeñar las funciones 2. El Orden de Méritos resultante de la calificación. No incluirá aquellos candidatos cuyo puntaje final sea inferior a CINCUENTA (50) puntos. 3. Declarar desierto el concurso cuando, a criterio de la Comisión, ninguno de los postulantes reúna las condiciones indispensables para desempeñar el cargo objeto del concurso. Si los dictámenes fueran disidentes, deberá realizarse un acta por cada uno.
ARTÍCULO 39. Para los cargos Jefe de Trabajos Prácticos, al comienzo de su actuación, cada miembro de la Comisión Asesora propondrá DOS (2) temas incluidos en el programa vigente de la asignatura, para el desarrollo de la Clase Práctica.
ARTÍCULO 40°. La clase práctica deberá dictarse en forma individual. El inicio de la misma será fijado por el/la Directora/a de la Carrera, teniendo en cuenta que las CUARENTA Y OCHO (48) horas siguientes al sorteo correspondan a días hábiles.
ARTICULO 41°. La clase práctica es de carácter público, pero no podrán estar presentes el resto de los postulantes.
Ord. N° 6
Anexo I- Hoja 8
ARTICULO 42°. La evaluación de todas las instancias se ajustará a los Anexos II y III consignados en la presente, con el siguiente puntaje:
Para cargos Jefe de Trabajos Prácticos: (según grilla de evaluación Anexo II)
INSTANCIA PUNTAJE MÁXIMO
Antecedentes 45 puntos
Clase 25 puntos
Plan 15 puntos Oposición
Coloquio 15 puntos
Para cargos Ayudante de Primera y Ayudante de segunda (según grilla de evaluación Anexo III)
INSTANCIA PUNTAJE MÁXIMO
Antecedentes 45 puntos
Plan 25 puntos Oposición Coloquio 30 puntos
ARTÍCULO 43º. El acta final de la Comisión Asesora será notificada a los postulantes dentro de los TRES (3) días hábiles de emitida, y será impugnable por defectos de forma o de procedimiento, así como por manifiesta arbitrariedad, dentro de los TRES (3) días hábiles de su notificación. La misma, será interpuesta a través del correo electrónico de Mesa de Entradas de la Facultad. Asesoría Letrada evaluará la impugnación y, si lo considera pertinente, solicitará a la Comisión Asesora la realización de ampliación del/los dictamen/es, respondiendo el recurso interpuesto. Una vez realizada la ampliación emitirá dictamen y derivará el trámite al Consejo Directivo
Ord N° 6
Anexo I- Hoja 9
TÍTULO III: TRÁMITE FINAL
ARTÍCULO 44°. El Consejo Directivo resolverá sobre el concurso y sobre las impugnaciones planteadas según el artículo anterior. La decisión podrá ser en los siguientes sentidos: - Aprobar el dictamen si éste fuere unánime; - Aprobar alguno de los dictámenes si hubiere disidencia; - Proponer un orden de méritos alternativo, debidamente fundado.
ARTÍCULO 45°. Las actuaciones tomarán estado público a partir de la resolución del Consejo Directivo. El Departamento de concursos notificará fehacientemente la resolución a los concursantes.
ARTÍCULO 46°. La resolución del Consejo Directivo causará estado, y agota la instancia administrativa, lo que deberá consignarse en la resolución definitiva a notificar.
ARTÍCULO 47°. En caso de renuncia o de haberse dejado sin efecto la designación, el Consejo Directivo podrá nombrar al concursante calificado en segundo término en el orden de méritos aprobado, siempre y cuando no haya transcurrido más de un año de la sustanciación del concurso
ORDENANZA N° 6
ANEXO II Para cargos Jefe de Trabajos Prácticos Grilla De Evaluación De Antecedentes y Actuación
ANTECEDENTES: puntaje máximo: CUARENTA Y CINCO (45) PUNTOS - Formación de Grado y Posgrado (Especialización, Maestría, Doctorado, Diplomaturas) Formación Académica - Actualización y Capacitación (Cursos aprobados/asistencia, últimos 5 años) - Premios y distinciones - Docencia de grado (Denominación, Lapso, Cargo, Modo de acceso, Evaluaciones de desempeño) - Docencia de posgrado (Denominación, Lapso, Cargo, Modo de acceso) - Docencia en el nivel superior (Denominación, Lapso, Cargo, Modo de acceso) - Docencia en otros niveles - Cursos de capacitación / actualización dictados (Temática, Carga horaria, etc.) - Producción de materiales pedagógicos (Publicaciones, Trayectoria Docente - Desarrollos en campus, Ponencias, Trabajos inéditos) - Formación de recursos humanos en docencia (Docentes/Auxiliares, Adscriptos/Concurrentes, Auxiliares/Ayudantes Alumnos, Dirección de tesis/tesinas de grado) - Participación en la vida institucional (Gestión académica, Gestión curricular, Proyectos de innovación pedagógica) - Docencia de grado (Denominación, Lapso, Cargo, Modo de acceso, Evaluaciones de desempeño) - Categoría de Investigador y organismo que categorizó - Participación en proyectos (Actividad, Institución, Evaluación obtenida) - Resultados del proyecto (Ponencias, Publicaciones, Investigación Científica, Transferencia, Difusión) Creación Artística e - Formación de recursos humanos en investigación Innovación Tecnológica (Investigadores, Becarios, Pasantes) - Dirección de Tesis de Posgrado (Maestría, Doctorado, Posdoctorado) - Gestión y/o evaluación en investigación - Creación artística (Tipo/s de producción) - Actividades individuales de extensión (Conferencias, Asesoramientos, Cursos, Gestión, etc.) Participación en Acciones de - Participación en proyectos /programas Extensión Universitaria institucionales de extensión - Asistencia o transferencia hacia la comunidad - Formación de recursos humanos en extensión
Ord. N°6
Anexo II- Hoja 2
- Gobierno universitario (Cargos electivos, Funciones en gabinetes) - Gestión institucional y académica (Coordinaciones, Participación en la Gestión Direcciones de carrera/departamento) Institucional - Gestión gremial universitaria - Representación institucional ante otras organizaciones - Participación en actividades de carácter público o privado - Asesoramientos de carácter técnico / Consultorías Actividad Profesional - Transferencia de la actividad profesional a la actividad académica (Docencia, Investigación, Extensión)
OTROS
TOTAL ANTECEDENTES ……………………………………………………………………………..
CLASE PRÁCTICA: puntaje máximo: VEINTICINCO (25) PUNTOS
- Enunciación de propósito, generación de conflicto Inicio o Apertura cognitivo, recuperación de conocimientos previos.
- Consignas claras, contenidos organizados, dominio temático, actividades motivadoras. Desarrollo de la Clase - Uso de material didáctico/tecnológico, Habilidades digitales (plataformas, IA). - Transferencia de conocimientos, coherencia Cierre o Culminación (objetivo- contenido-actividades), propuesta de evaluación, cumplimiento del tiempo - Dominio disciplinar/pedagógico, Claridad en la comunicación, Habilidad para conducir el grupo, Competencias interpersonales. Características Generales - Capacidad para evaluar situaciones de aprendizaje (diagnóstica, proceso, resultado), Diseño y planificación.
OTROS
TOTAL CLASE PRÁCTICA ……………………………………………………………………………..
Ord. N° 6
Anexo II- Hoja 3
PLAN DE LABOR/PROPUESTA DOCENTE puntaje máximo: QUINCE (15) PUNTOS
- Fundamentación, Inserción en el plan de estudios, Rigor y relevancia científica/cultural. - Factibilidad y viabilidad, Adecuación a la condición de la materia (cuatrimestral/anual). - Adecuación a recursos humanos/materiales, Ítems Orientativos Metodología/Estrategias, Coherencia y comprensibilidad. - Adecuación bibliográfica, Uso de recursos tecnológicos/digitales, Especificación del sistema de evaluación
TOTAL PLAN DE LABOR ……………………………………………………………………………..
COLOQUIO puntaje máximo: QUINCE (15 puntos)
Articulación de teoría con Trabajos Prácticos, Integración de la Biblioteca.
Uso de recursos tecnológicos y digitales (prácticas de enseñanza y colaboración grupal).
Integración de herramientas digitales en las prácticas. Ítems Orientativos Implementación de estrategias para organizar exposiciones y proyectos
TOTAL COLOQUIO ……………………………………………………………………………..
ORDENANZA N° 6
ANEXO III Para cargos Ayudante de Primera y Ayudante de Segunda Grilla De Evaluación De Antecedentes y Actuación
ANTECEDENTES: puntaje máximo: CUARENTA Y CINCO (45) PUNTOS - Formación de grado (Título/s) - Formación de posgrado (Especialización, Maestría, Doctorado, Diplomaturas) Formación Académica - Actualización y Capacitación (Cursos aprobados, Cursos con asistencia) - Premios y distinciones - Docencia de grado (Denominación, Lapso, Cargo, Modo de acceso, Evaluaciones de desempeño) - Docencia de posgrado (Denominación, Lapso, Cargo) - Docencia en el nivel superior (Denominación, Lapso, Cargo, Modo de acceso) - Docencia en otros niveles - Cursos de capacitación / actualización dictados (Temática, Carga horaria, etc.) Trayectoria Docente - Producción de materiales pedagógicos (Publicaciones, Desarrollos en campus, Ponencias, Trabajos inéditos) - Formación de recursos humanos en docencia (Docentes/Auxiliares, Adscriptos/Concurrentes, Auxiliares/Ayudantes Alumnos, Dirección de tesis/tesinas de grado) - Participación en la vida institucional (Gestión académica, Gestión curricular, Proyectos de innovación pedagógica) - Categoría de Investigador y organismo que categorizó - Participación en proyectos (Actividad, Institución, Evaluación obtenida) - Resultados del proyecto (Ponencias, Publicaciones, Investigación Científica, Transferencia, Difusión) Creación Artística e - Formación de recursos humanos en investigación Innovación Tecnológica (Investigadores, Becarios, Pasantes) - Dirección de Tesis de Posgrado (Maestría, Doctorado, Posdoctorado) - Gestión y/o evaluación en investigación - Creación artística (Tipo/s de producción) Innovación - Actividades individuales de extensión (Conferencias, Asesoramientos, Cursos, Gestión, etc.) Participación en Acciones de - Participación en proyectos /programas Extensión Universitaria institucionales de extensión - Asistencia o transferencia hacia la comunidad - Formación de recursos humanos en extensión
Ord. N° 6
Anexo III- Hoja 2
- Gobierno universitario (Cargos electivos, Funciones en gabinetes) - Gestión institucional y académica (Coordinaciones, Participación en la Gestión Direcciones de carrera/departamento) Institucional - Gestión gremial universitaria - Representación institucional ante otras organizaciones - Participación en actividades de carácter público o privado - Asesoramientos de carácter técnico / Consultorías Actividad Profesional - Transferencia de la actividad profesional a la actividad académica (Docencia, Investigación, Extensión)
OTROS
TOTAL ANTECEDENTES ……………………………………………………………………………..
PLAN DE LABOR/PROPUESTA DOCENTE puntaje máximo: VEINTICINCO (25) PUNTOS
- Fundamentación y Justificación de la Propuesta - Inserción de la Propuesta - Rigor y relevancia científica, social y cultural - Factibilidad y viabilidad del plan - Adecuación con recurso humano y recursos Ítems Orientativos materiales - Corrección, coherencia y comprensibilidad - Adecuación bibliográfica, actualización y pertinencia - Utiliza material didáctico y tecnológico / Habilidades digitales
TOTAL PLAN DE LABOR ……………………………………………………………………………..
COLOQUIO puntaje máximo: TREINTA (30 puntos)
- Conocimiento de tareas administrativas del equipo de Cátedra - Integración de la Biblioteca - Uso de herramientas para el trabajo grupal Ítems Orientativos (docentes y estudiantes) - Uso de recursos tecnológicos y digitales en prácticas de enseñanza - Implementación de estrategias para organizar - exposiciones y proyectos
TOTAL COLOQUIO ……………………………………………………………………………..
ORDENANZA N° 6
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