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FA-2024-RES-574 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico N° 40909/23 caratulado: “Continuidad Expediente COMDOC- E- CUY 37351/2021.- s/ convocatoria a concurso abierto- Efectivo por Ord.03/2008 C.S. Tramo inicial categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales para el Departamento de mantenimiento para cumplir funciones de Plomero y Gasista- en la Facultad de Artes y Diseño”.
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 2º de la resolución nº 481/24-C.S., se designa con carácter efectivo, por concurso, al Sr. Juan Pablo VEDIA RIOS en el cargo que refiere en el Visto.
Que asimismo, corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del mencionado agente a los efectos de la eficacia de la designación efectuada, de conformidad con lo expresado en el artículo 3º de la resolución nº 481/24-C.S.
Que la Dirección de Personal informa que a partir del 1 de noviembre de 2024 se establece la fecha de efectiva prestación de servicios del Sr. Juan Pablo VEDIA RIOS.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Fijar el UNO (1) de noviembre de 2024 como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del Sr. Juan Pablo VEDIA RIOS (CUIL 20-35067035-2) en el cargo Categoría 07 – Tramo Inicial– del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de Plomero y Gasista de la Facultad de Artes y Diseño, designado mediante el artículo 2º de la resolución Nº 481/24-C.S.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 574
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FA-2024-RES-573 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico N° 7679/23 caratulado: “Solicitud de llamado a Concurso Efectivo Categoría 7 para Responsable de Higiene y Seguridad y Operador de Calderas- FAD”.
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 2º de la resolución nº 580/24-C.S., se designa con carácter efectivo, por concurso, al Sr. Héctor Bruno GARCÍA en el cargo que refiere en el Visto.
Que asimismo, corresponde a esta Facultad establecer la fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del mencionado agente a los efectos de la eficacia de la designación efectuada, de conformidad con lo expresado en el artículo 3º de la resolución nº 580/24-C.S.
Que la Dirección de Personal informa que a partir del 1 de noviembre de 2024 se establece la fecha de efectiva prestación de servicios del Sr. Héctor Bruno GARCÍA.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Fijar el UNO (1) de noviembre de 2024 como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del Sr. Héctor Bruno GARCÍA (CUIL 20-38582693-2) en el cargo Categoría 07 – Tramo Inicial– del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en Higiene y Seguridad y Operador de Calderas de la Facultad de Artes y Diseño, designado mediante el artículo 2º de la resolución Nº 580/24-C.S.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 573
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FA-2024-RES-572 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El trámite electrónico 17451/24 caratulado: “Jesús Maximiliano Travaglini Cona S/ Solicitud acreditación de equivalencias. Carrera Diseño Escenográfico”.
CONSIDERANDO:
Que el Arq. Jesús Maximiliano TRAVAGLINI CONA cursó y aprobó, entre otros, los espacios curriculares “Sistemas de Representación” y “Dibujo y Expresión” en la carrera de Arquitectura de la Universidad de Mendoza.
El informe positivo de las Profesoras Titulares de las mencionadas asignaturas y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar al alumno Jesús Maximiliano TRAVAGLINI CONA (Registro N° 29399) equivalencia en las asignaturas “Sistemas de Representación” y “Dibujo I”, correspondiente a la carrera Diseño Escenográfico, Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 12/98-C.S.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 572
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FA-2024-RES-571 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El trámite electrónico Nº 33607/24 caratulado: “Emir Orlando Salomón Vanella S/ Solicitud Materia Optativa. FAD –”.
CONSIDERANDO:
Que el alumno SALOMÓN VANELLA acredita mediante Certificado Institucional que cursó y aprobó la Materia Optativa “Electricidad y Mantenimiento” con una carga horaria de 40 horas, en la carrera de Tecnicatura Universitaria en Producción Audiovisual que se dicta en Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de esta Casa de Estudios.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de la Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Acreditar al alumno Emir Orlando SALOMÓN VANELLA (D.N.I. N° 40272074) la Materia Optativa “Electricidad y Mantenimiento” con una carga horaria de CUARENTA (40) horas, a la carrera de Diseño Escenográfico perteneciente a las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 571
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FA-2024-RES-570 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El trámite electrónico Nº 31735/24 caratulado: “Rubén Mario Hernández Miranda S/ Cursos Optativos. Carrera Licenciatura en Arte Dramático FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Rubén Mario HERNÁNDEZ (Registro N° 6696) CIENTO OCHO (108) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 570
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FA-2024-RES-569 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El trámite electrónico Nº 32011/24 caratulado: “Pablo Emanuel Velazquez S/ Solicitud acreditación materia Cursos Optativos. Carrera: Licenciatura en Arte Dramático”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Pablo Emanuel VELAZQUEZ (Registro N° 24665) CIENTO OCHO (108) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 569
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FA-2024-RES-568 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El trámite electrónico Nº 35974/24 caratulado: “Camila Aldana Cardozo S/ Solicitud acreditación de cursos optativos. Carreras de Artes del Espectáculo FAD–”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Camila Aldana CARDOZO (Registro N° 28012) CIENTO OCHO (108) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 568
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FA-2024-RES-567 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 26138/23 caratulado: “Facundo Samuel Berjeli S/ Solicitud aprobación para iniciar formalmente el proceso de escritura de la Tesina. Carreras Musicales”
CONSIDERANDO:
Que se incorpora adjunto en estas actuaciones el trámite electrónico N° 32685/24 conteniendo la solicitud de incorporación del Lic. Andrés Emanuel FERNANDEZ en calidad de Co-Director en la tesina del alumno Facundo Samuel BERJELI, quien fuera autorizado a iniciarla mediante resolución N° 527/23-FAD
Que por un error involuntario se omitió mencionar la participación del Lic. FERNÁNDEZ en la Tesina del alumno BERGELI.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar la resolución Nº 527/23–FAD, de acuerdo con el siguiente detalle:
Donde dice: Alumno: Facundo Samuel BERJELI - Registro N° 25.799. Seminario: “Domingo Cura, la incorporación de nuevas tímbricas en la música folclórica argentina” Directora: Prof./ Lic. Leandro Marcelo PARES Carrera: Licenciatura En Música Popular esp. Percusión
Debe decir: Alumno: Facundo Samuel BERJELI - Registro N° 25799. “Domingo Cura, la incorporación de nuevas tímbricas en la Seminario: música folclórica argentina” Director: Prof./Lic. Leandro Marcelo PARES Co-Director: Lic. Andrés Emanuel FERNÁNDEZ Carrera: Licenciatura en Música Popular (orientación Percusión)
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 567
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FA-2024-RES-566 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nro 42113/23 conteniendo las actuaciones referidas a la adscripción de la egresada María Mercedes GONZÁLEZ a la catedra “Música de Cámara” de las Carreras Musicales.
CONSIDERANDO:
Que la egresada María Mercedes GONZÁLEZ solicita licencia en su adscripción, la que fuera autorizada mediante resolución N° 234/24-FAD.
El informe producido por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia por el término de CINCO (5) meses, a partir del UNO (1) de agosto hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2023, en la adscripción que se encuentra realizando la egresada María Mercedes GONZÁLEZ (D.N.I. N° 34.777.911) a la catedra “Música de Cámara” de las Carreras Musicales de esta Facultad, autorizada por resolución N° 234/24-FAD.
ARTÍCULO 2 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 566
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FA-2024-RES-565 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El trámite electrónico Nº 22222/24 caratulado: “FARIAS de la Torre, Pablo José S/ Solicitud de Equivalencias.”
CONSIDERANDO:
Que el alumno Pablo José FARIAS DE LA TORRE ha cursado y aprobado distintos espacios curriculares en la carrera Profesorado en Composición Musical de la Facultad de Artes, Universidad Nacional de Córdoba.
Que por otra parte, las asignaturas aprobadas poseen contenidos equivalentes al Plan de Estudio de la carrera de Licenciatura en Fagot, que actualmente se encuentra cursando.
El aval otorgado por los docentes Titulares de las asignaturas involucradas y la opinión favorable de la Dirección de Carreras Musicales.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia al alumno Pablo José FARIAS DE LA TORRE (DNI 37627219) en los espacios curriculares “Historia de la Música III” e “Historia de la Música IV” a la carrera Licenciatura en Fagot que se dictan en las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- Acreditar al alumno Pablo José FARIAS DE LA TORRE (DNI 37627219) en calidad de materias optativas “Contrapunto I”, con una carga horaria de NOVENTA Y SEIS (96) horas, “Contrapunto II”, con una carga horaria de NOVENTA Y SEIS (96) horas y “Contrapunto III” con una carga horaria de NOVENTA Y SEIS (96) horas, a la carrera Licenciatura en Fagot que se dictan en las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 565
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CD-2024-RES-224 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 28575/23 caratulado: “CCER S/Conv. a concurso - un (1) cargo de Profesor Titular (S), asignaturas: "Dibujo II y "Dibujo II" (Optativa) por Ord. 23/10-C.S”.
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución N° 185/24-CD se dispuso, entre otras decisiones, el rechazo a la impugnación interpuesta por el postulante José Fernando AGUAYO MUÑOZ, desestimando por consiguiente la solicitud de anulación parcial de los antecedentes de los participantes inscriptos, debiendo actuar la Comisión Asesora conforme a los criterios y parámetros establecidos por Ord. 23/2010-CS.
Que en dicho decisorio se expresaron los fundamentos específicos que resultaron suficientes para negar la presentación efectuada por el recurrente, en miras a la prosecución del mencionado concurso.
Que asimismo y ante dicha negativa, el docente AGUAYO MUÑOZ efectuó nuevamente, mediante vía del recurso de reconsideración, lo resuelto en dicho dispositivo; insistiendo con similares criterios de fundamentación y solicitando al Consejo Directivo que sugiera a la Comisión Asesora que, al momento de ponderar y redactar su dictamen, detalle dentro de los apartados 1.3.1 y 1.3.2 de la Grilla establecida por Ord. 23/2010-CS, los cursos que finalmente se puntuaron y su año de certificación.
Que analizada las presentes actuaciones por Asesoría Letrada de esta Unidad Académica, la misma en su dictamen sugiere ratificar en todos sus términos lo dispuesto por Resol. N° 185/2024 CD.
Que la Comisión de Concurso frente al pedido de reconsideración se expidió nuevamente ante dicha presentación, en miras a la sustanciación del presente concurso teniendo en cuenta la necesidad inmediata de cubrir las funciones que se concursan.
Por ello, atento a lo acordado en sesión plenaria del día 22 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Prof. José Fernando AGUAYO MUÑOZ contra de la resolución N° 185/24-CD.
Resol. N° 224
ARTÍCULO 2°.- Ratificar lo dispuesto por resolución N° 185/24-CD
ARTÍCULO 3°.- Recomendar a los miembros de la Comisión Asesora el cumplimiento de la “Grilla para la descripción, el análisis y ponderación de antecedentes y actuación de los concursantes” en los términos previstos en el Anexo II de la Ord. 23/2010-CS.
ARTÍCULO 4º.- Notificar al postulante José Fernando AGUAYO MUÑOZ (DNI 36999348) del presente resolutivo y proseguir el trámite de concurso.
ARTICULO 5º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 6º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 224
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CD-2024-RES-223 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 28863/24 caratulado: “Malena Ozollo - Morena Rosselot y Agustina Papa S/ Presentación Proyecto “Semana por la Universidad Pública". FAD -”
CONSIDERANDO:
Que la "Semana por la Universidad Pública" surge como una iniciativa del Centro de Estudiantes de la Facultad, motivada por la necesidad de fortalecer y visibilizar el rol fundamental de la educación pública, gratuita, laica y de calidad en la formación de profesionales de las artes y el diseño.
Que este evento tiene como objetivo general destacar y visibilizar la importancia de la educación pública, gratuita, laica y de calidad; fomentar la interacción y el intercambio de conocimientos entre estudiantes de distintas disciplinas artísticas; promover la reflexión crítica sobre el rol de la universidad pública en la formación de profesionales y en el desarrollo cultural de la sociedad.
La opinión favorable de Secretaría de Extensión y Articulación Social.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 24 de setiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización de la actividad "Semana por la Universidad Pública", organizado por el Centro de Estudiantes de la Facultad de Artes y Diseño y que se llevó a cabo entre los días VEINTITRÉS (23) y VEINTISIETE (27) de setiembre de 2024, de acuerdo al cronograma de actividades que se menciona en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 223
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES “SEMANA POR LA UNIVERSIDAD PÚBLICA”
Resol. N° 223
Anexo Único-Hoja 2
RESOLUCIÓN N° 223
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CD-2024-RES-222 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 20543/24 caratulado: “Laureano Melchiori Octavio Cerusico S/ SOLICITUD PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN - “Cuidados básicos y mantenimiento de instrumentos de cuerdas frotada. Clase magistral a cargo del luthier Matías Cara.” Carreras Musicales.”
CONSIDERANDO:
Que el destacado luthier Matías Alejandro CARA especializado en construcción y restauración de violines, violas, violonchelos y contrabajos brindará una Clase Magistral sobre cuidados básicos y mantenimiento de instrumentos de cuerda frotada.
Que estas clases están destinadas a estudiantes de grado y de los Niveles de CIEMU y Preparatorio, egresados, docentes y público general.
Que los objetivos propuestos para este evento son: 1- Comprender las particularidades que hacen a la construcción de su propio instrumento entendiendo las funcionalidades de cada una de sus partes. 2- Conocer los principales problemas, errores comunes y accidentes frecuentes a los cuales puede estar sujeto su instrumento. 3Adquirir herramientas básicas para el cuidado, limpieza y mantenimiento de su instrumento.
La opinión favorable de la Secretaria de Extensión y Articulación Social y de Dirección de Carreras Musicales.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 24 de setiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización de las Clases Magistrales denominadas: "Cuidados básicos y mantenimiento de instrumentos de cuerda frotada Clase Magistral a cargo del luthier Matías CARA”, a cargo del destacado músico luthier Matías Alejandro CARA y que se llevará a cabo el día SIETE (7) de noviembre de 2024.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 222
ANEXO ÚNICO 1. Formato curricular: CURSO CONFERENCIA TALLER OBRA DE TEATRO
JORNADA CICLO DE DEBATE MUESTRA DE ARTE OTRO
SEMINARIO CLASE MAGISTRAL x CONCIERTO
Nombre de la actividad: Cuidados básicos y mantenimiento de instrumentos de cuerda frotada Clase Magistral a cargo del luthier Matías Cara
Organizadores o responsables: Dirección de Carreras Musicales Lic. Laureano MELCHIORI, Profesor Titular Cátedra de Contrabajo Lic. Octavio CERUSICO, Profesor Titular Cátedra de Violín
Alumnos colaboradores
Profesor que estará a cargo de la actividad: CURRICULUM COMPLETO MATÍAS ALEJANDRO CARA
Nombre: MATIAS ALEJANDRO CARA. DNI: 28584837 Dirección: Barrio Carolinos, Manzana C, Casa 2, Carrodilla, Luján de Cuyo Teléfono: 155518370 e-mail: matiascara@hotmail.com
Formación Académica: Estudios Secundarios: Completo (Título: Perito Mercantil y Contable)
Cursos de perfeccionamiento:
-2010 “Curso Intensivo De Perfeccionamiento en Construcción de Violonchelo” dictado por el Maestro Luthier Horacio Piñeiro.
- 2016. Curso “Restauración de Violín” en la Escuela de Luthería de Cremona, Italia, a cargo del maestro Horacio Piñeiro. En calidad de alumno/colaborador.
Experiencia Laboral:
- Desde 2006 hasta la actualidad se desempeña como luthier especializado en construcción y restauración de violines, violas, cellos y contrabajos. Sus instrumentos son interpretados por músicos de diferentes orquestas e instituciones, entre ellas la Orquesta Filarmónica de Mendoza, la Orquesta Sinfónica de la UnCuyo, la Orquesta Estable del Teatro Colón, el Instituto Superior de Arte del Teatro Colón, la Orquesta del Tango de la Ciudad de Buenos Aires, la Orquesta del Barrio de Rio Gallegos, la Orquesta Filarmónica del Teatro Solís y Orquesta Sinfónica Nacional del Teatro Sodre en Uruguay, el Conservatorio Nacional Superior de Música y Danza de Lyon, Francia, la Orquesta Barroca de Madrid y la Orquesta Barroca de Basilea. Asimismo, muchos de sus instrumentos son interpretados por músicos freelance de distintos y destacados intérpretes de Argentina, Uruguay, Suiza, España y Francia.
-2011. Restauración de Contrabajos Antiguos de propiedad del Músico Slim Kouba, en Ginebra, Suiza.
- 2012/2013. Restaurador/ Colaborador junto al Maestro Horacio Piñeiro, en la Colección de Instrumentos Musicales Notables del “Museo de Arte Hispanoamericano Isaac Fernández Blanco”.
- 2013. Participación como Disertante/ Expositor en el “Primer Festival de Contrabajo de Montevideo”, “Jornadas sobre “Cuidados Básicos y Mantenimientos de Instrumentos de Cuerdas Frotadas”.
Resol. N° 222
Anexo Único– Hoja 2 - Desde el año 2014 hasta la actualidad Profesor de Luthería en la Escuela “RE SI” perteneciente al Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Río Gallegos.
- 2015. Jornadas sobre “Cuidados Básicos y Mantenimientos de Instrumentos de Cuerdas Frotadas”, en la Escuela “RE SI” perteneciente al Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Río Gallegos.
-2017. Participación como Disertante/ Expositor en el “Segundo Festival de Contrabajo de Montevideo”
-2018. Jornadas sobre “Cuidados Básicos y Mantenimientos de Instrumentos de Cuerdas Frotadas”, en la Escuela Municipal de Música San Martín, Mendoza, en calidad de Expositor.
CURRICULUM ABREVIADO MATÍAS ALEJANDRO CARA
Desde 2006 hasta la actualidad se desempeña como luthier especializado en construcción y restauración de violines, violas, cellos y contrabajos. Sus instrumentos son interpretados por músicos de diferentes orquestas e instituciones en Argentina, Uruguay, Suiza, España y Francia; entre ellas la Orquesta Filarmónica de Mendoza, la Orquesta Sinfónica de la UnCuyo, la Orquesta Estable del Teatro Colón, la Orquesta Filarmónica del Teatro Solís y la Orquesta Sinfónica Nacional del Teatro Sodre en Uruguay, el Conservatorio Nacional Superior de Música y Danza de Lyon, la Orquesta Barroca de Madrid y la Orquesta Barroca de Basilea.
Junto al Maestro Horacio Piñeiro llevó a cabo tareas de restauración de la “Colección de Instrumentos Musicales Notables del Museo de Arte Hispanoamericano Isaac Fernández Blanco”. Desde 2013 ha brindado numerosas charlas y talleres sobre cuidados y mantenimiento de instrumentos de cuerda frotada.
Fecha de la actividad: COMIENZA 07 11 2024 FINALIZA 07 11 2024
Horario: 17:30 a 20:30 hs
Horas reloj (presenciales) 3 hs Horas reloj (NO presenciales)
Horas cátedra (presenciales) 3 hs Horas cátedra (No presenciales)
Lugar donde se realizará la actividad: Edificio de Carreras Musicales, FAD UNCuyo
Gestión del mismo a cargo de: Organizadores
Destinatarios:
ALUMNOS DE GRADO activos X Oyentes x
GRADUADOS activos X Oyentes x
DOCENTES activos X Oyentes x
PÚBLICO EN GENERAL activos X Oyentes x OTRO: Estudiantes de activos X Oyentes x Pregrado
Cupos:
Mínimo 10 Máximo 50
Resol. N° 222
Anexo Único– Hoja 2
10. Arancel: (indicar los montos) DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES ALUMNOS $ 3000 $ 3000 GRADUADOS $ 3000 $ 3000 DOCENTES $ 3000 $ 3000 PÚBLICO EN GENERAL $ 3000 $ 3000 ACLARACIÓN: Se considera de especial interés la asistencia de estudiantes del Nivel Preparatorio. En caso de que los jóvenes estudiantes asistan acompañados por sus padres o tutores se cobrará un único arancel de 3000 PESOS por grupo familiar.
11. Modalidad de la actividad: TEÓRICA X PRESENCIAL X TEÓRICA-PRÁCTICA X
PRÁCTICA SEMI-PRESENCIAL OTRA (ESPECIFICAR)
12. Material gráfico necesario para la difusión:
AFICHE X PROGRAMA CATÁLOGO
OTRA (ESPECIFICAR)
13. Recursos técnicos requeridos:
Aula, proyector, pizarra y micrófono (eventual amplificación para el expositor).
14. CERTIFICACIÓN: asistencia y/o aprobación Presentar nómina de participantes (nombre completo, DNI o pasaporte) que hayan aprobado la actividad en formato papel planilla de asistencia al CORREO ELECTRÓNICO DE EXTENSIÓN: extension@fad.uncu.edu.ar
15. Evaluación de actividades de Extensión Se le solicitará a los asistentes de las actividades organizadas por la Secretaría de Extensión una encuesta. Éste será un in dicador que retroalimente el proceso, a tener en cuenta para futuros proyectos.
16. Otras necesidades o consideraciones:
RESOLUCIÓN N° 222
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CD-2024-RES-221 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 28629/24 caratulado: “Laureano Fernando Melchiori S/ SOLICITUD PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN - Taller - Cómo mejorar tu performance musical: hábitos saludables y técnicas de organización orientado a contrabajistas”
CONSIDERANDO:
Que dicho taller intensivo presencial de cuatro jornadas está diseñado para ofrecer a los músicos una comprensión integral de la relación entre la preparación física, la técnica instrumental y la planificación estratégica.
Que la importancia del mismo radica en abordar y vivenciar aspectos esenciales de la práctica musical que a menudo son descuidados en la rutina diaria, tanto por estudiantes como por músicos profesionales.
Que esta actividad está destinada principalmente a Músicos contrabajistas de cualquier nivel. Se permitirá la participación de otros/as cuerdistas interesados siempre y cuando queden cupos liberados.
Que el objetivo general del Taller es la de integrar las dimensiones física, técnica y organizativa en la rutina diaria del músico, para asegurar un desarrollo constante y saludable a lo largo de su carrera.
La opinión favorable de la Secretaria de Extensión y Articulación Social y de Dirección de Carreras Musicales.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 24 de setiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del Taller denominado: “Cómo mejorar tu performance musical: hábitos saludables y técnicas de organización orientado a contrabajistas”, a cargo del Lic. Carlos Esteban PÉREZ y que se llevará a cabo entre los días TRES (3) y TREINTA Y UNO (31) de octubre de 2024.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 221
ANEXO ÚNICO 1. Formato curricular: CURSO CONFERENCIA TALLER x OBRA DE TEATRO
JORNADA CICLO DE DEBATE MUESTRA DE ARTE OTRO
SEMINARIO CLASE MAGISTRAL CONCIERTO
Nombre de la actividad: Cómo mejorar tu performance musical: hábitos saludables y técnicas de organización orientado a contrabajistas.
Organizadores o responsables:
Carlos Esteban Pérez DNI: 31.738.216 Tel: 261-3008562 E-mail: cestebanperez@gmail.com
Laureano Fernando Melchiori DNI: 24.878.771 Tel: 261-6728636 laureanomelchiori@yahoo.com.ar
Matías Alejandro Poulsen DNI: 33.461.566 Tel: 261-4181818 E-mail: poulsenmatias@gmail.com
Alumnos colaboradores
Profesor que estará a cargo de la actividad: Carlos Esteban Pérez es Licenciado en contrabajo, bajista autodidacta, docente y gestor. Ha integrado diversas agrupaciones de tango, folclore, rock y música clásica, grabando discos de distintos géneros desde 2005. Estudió en la Escuela Superior de Música de la UNCuyo con el maestro Omar Arancibia. Entre 2010 y 2013 formó parte de la Orquesta Juvenil Nacional para el Bicentenario. Ha realizado capacitaciones instrumentales y de dirección orquestal en Argentina, Brasil y España con destacados solistas como Thomas Martin, Catalin Rotaru, Alberto Bocini, Ignacio García Vidal, entre otros. Entre 2012 y 2019 estudió tango y jazz con los maestros Sergio Rivas, Ignacio Varchausky, Juan Pablo Navarro y Hernán Merlo en la Ciudad de Buenos Aires. Entre 2011 y 2015 trabajó como docente de contrabajo en orquestas infantiles y juveniles. Actualmente se desempeña como contrabajista estable de la Orquesta Sinfónica de la UNCuyo y cómo músico sesionista.
Fecha de la actividad: COMIENZA 03 10 2024 FINALIZA 31 10 2024
Horario
Horas reloj (presenciales) 8 Horas reloj (NO presenciales) 8
Horas cátedra (presenciales) 12 Horas cátedra (No presenciales) 12
Lugar donde se realizará la actividad: Edificio Carreras Musicales
Resol. N° 221
Anexo Único– Hoja 2
Gestión del mismo a cargo de:
Organizadores, Cátedra de Contrabajo y Dirección de Carreras Musicales.
Destinatarios:
ALUMNOS DE GRADO activos X Oyentes X
GRADUADOS activos X Oyentes X
DOCENTES activos X Oyentes X
PÚBLICO EN GENERAL activos X Oyentes X
OTRO (especificar) activos Oyentes
Cupos:
Mínimo 5 Máximo 20
10. Arancel: (indicar los montos) DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES ALUMNOS $ $ GRADUADOS $ $ DOCENTES $ $ PÚBLICO EN GENERAL $ $ Considerar en concepto de Becas un 10% de los inscriptos estudiantes de nuestra institución (Ord.6/2015-CDFAD)
11. Modalidad de la actividad:
TEÓRICA PRESENCIAL X TEÓRICA-PRÁCTICA X
PRÁCTICA SEMI-PRESENCIAL OTRA (ESPECIFICAR)
12. Material gráfico necesario para la difusión:
AFICHE PROGRAMA CATÁLOGO
OTRA (ESPECIFICAR) FLYER X
13. Recursos técnicos requeridos:
De ser posible proyector y pantalla
14. CERTIFICACIÓN: asistencia y/o aprobación Presentar nómina de participantes (nombre completo, DNI o pasaporte) que hayan aprobado la actividad en formato papel planilla de asistencia al CORREO ELECTRÓNICO DE EXTENSIÓN: extension@fad.uncu.edu.ar
15. Evaluación de actividades de Extensión Se le solicitará a los asistentes de las actividades organizadas por la Secretaría de Extensión una encuesta. Éste será un in dicador que retroalimente el proceso, a tener en cuenta parafuturos proyectos.
16. Otras necesidades o consideraciones: AULA 1 del Edificio de Carreras Musicales o similar en tamaño
RESOLUCIÓN N° 221
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CD-2024-RES-220 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO: El expediente electrónico Nº 18921/24 caratulado: “CARR DE ARTES VISUALES/ s/ Solicitar autorización para la realización del curso de "Libro de Artista"”.
CONSIDERANDO:
Que el desarrollo del curso propone un acercamiento a la investigación y análisis del concepto de libro de artista, así como a sus antecedentes y ejemplos. Asimismo, incluye el proceso de desarrollo y creación de un libro de artista, ya sea de manera individual o colectiva.
Que la encuadernación artesanal es un arte antiguo que consiste en forrar o cubrir con diferentes materiales las hojas que componen un documento. El objetivo principal del libro es la conservación de un documento o información considerada relevante. Este invento permitió guardar y transmitir diversos saberes
Que los objetivos propuestos para esta actividad son la de analizar y comprender el concepto de libro de artista, planteando y creando un libro de artista, ya sea individual o colectivo; y fomentar la exploración y experimentación de recursos y técnicas artísticas y gráficas, favoreciendo el consumo consciente y sustentable de los materiales.
La opinión favorable de Dirección de Carreras de Artes Visuales y de Secretaría de Extensión y Articulación Social.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 3 de setiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del Curso de “Creación de Libro de Artista”, dictado por la Profesora Guadalupe CASTRO, que se encuentra llevándose a cabo desde el CINCO (5)de setiembre hasta el SIETE (7) de noviembre de 2024, en el Edificio de Talleres de esta Facultad, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo Único que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 220
ANEXO ÚNICO 1. Formato curricular: CURSO X CONFERENCIA TALLER OBRA DE TEATRO
JORNADA CICLO DE DEBATE MUESTRA DE ARTE OTRO
SEMINARIO CLASE MAGISTRAL CONCIERTO
Nombre de la actividad: Creación de Libro de artista
Organizadores o responsables: Guadalupe Castro
Alumnos colaboradores
Profesor que estará a cargo de la actividad:
Fecha de la actividad:
COMIENZA 05 09 2024 FINALIZA 07 11 2024
Horario
Horas reloj (presenciales) 30h Horas reloj (NO presenciales)
Horas cátedra (presenciales) Horas cátedra (No presenciales)
Lugar donde se realizará la actividad: Sala de Encuadernación edificio de talleres
Gestión del mismo a cargo de: Organizadores
Destinatarios:
ALUMNOS DE GRADO activos X Oyentes
GRADUADOS activos X Oyentes
DOCENTES activos X Oyentes
PÚBLICO EN GENERAL activos X Oyentes
OTRO (especificar) activos X Oyentes
Cupos:
Mínimo 8 Máximo 12
Resol. N° 220
Anexo Único– Hoja 2 10. Arancel: (Se abonarán 2 cuotas, una correspondiente al mes de septiembre y una en el mes de octubre) DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES ALUMNOS $20.000 GRADUADOS $23.000 DOCENTES $23.000 PÚBLICO EN GENERAL $25.000 Considerar en concepto de Becas un 10% de los inscriptos estudiantes de nuestra institución (Ord.6/2015-CDFAD)
11. Modalidad de la actividad: TEÓRICA PRESENCIAL X TEÓRICA-PRÁCTICA
PRÁCTICA SEMI-PRESENCIAL OTRA (ESPECIFICAR)
12. Material gráfico necesario para la difusión:
AFICHE X PROGRAMA CATÁLOGO
OTRA (ESPECIFICAR)
13. Recursos técnicos requeridos: Mesón de trabajo grande (medidas aproximadas 3 metros por 1,40 metros), en lo posible de 90 o 95 cm. de altura. Doce banquetas altas. Mesón complementario, este puede variar en las medidas y la altura, según la comodidad del espacio. Estantería para guardar materiales. Guillotina. Prensas de fundición.
14.CERTIFICACIÓN Presentar nómina de participantes (nombre completo, DNI o pasaporte) que hayan aprobado la actividad en formato papel planilla de asistencia al CORREO ELECTRÓNICO DE EXTENSIÓN: extension@fad.uncu.edu.ar
15. Evaluación de actividades de Extensión: Se le solicitará a los asistentes de las actividades organizadas por la Secretaría de Extensión una encuesta. Éste será un indicador que retroalimente el proceso, a tener en cuenta para futuros proyectos.
16-Otras necesidades o consideraciones:
RESOLUCIÓN N° 220
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CD-2024-RES-219 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 20807/24 caratulado: “SEMIZ, Jimena S/Taller Canto Colectivo. Carreras Musicales- FAD”
CONSIDERANDO:
Que es un Taller de exploración y producción vocal y corporal, en el marco del repertorio originario y folklórico latinoamericano.
Que el principio fundamental de las cosmovisiones que nos constituyen culturalmente en Latinoamerica, están basadas en lo colectivo y comunitario, por lo cual, para la construcción de comunidad aúlica y educativa se torna esencial, el fortalecimiento y fomento de la real escucha, la empatía y el arte solidario.
Que el mismo está destinado a los alumnos, graduados, docentes y público en general.
Que se proponen los siguientes objetivos: 1- Desarrollar actividades de exploración, lúdicas, ejercitaciones que nos entusiasmen en el aprendizaje y búsqueda vocal singular y colectiva. 2 - Vivenciar la fuerza de la Oralidad en la total coordinación y recorrido del Encuentro. 3- Improvisar y ensamblar voz hablada y cantada. 4- Descubrir e interpretar Músicas Originarias y Folklóricas Latinoamericanas. 5- Conjugar Lenguajes Artísticos.
La opinión favorable de Dirección de Carreras Musicales y de Secretaría de Extensión y Articulación Social.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 24 de setiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del Taller denominado: "Canto colectivo" La fuerza de la oralidad en la producción artística, dictado por la destacada música, actriz y docente Alejandra FERNÁNDEZ, el día VEINTINUEVE (29) de octubre de 2024, en el Edificio de Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 219
ANEXO ÚNICO 1. Formato curricular: CURSO CONFERENCIA TALLER x OBRA DE TEATRO
JORNADA CICLO DE DEBATE MUESTRA DE ARTE OTRO
SEMINARIO CLASE MAGISTRAL CONCIERTO
Nombre de la actividad: "Canto colectivo" La fuerza de la oralidad en la producción artística
Organizadores o responsables: Jimena SÉMIZ
Alumnos colaboradores Vanina FERNÁNDEZ
Profesor que estará a cargo de la actividad: Alejandra FERNÁNDEZ
Fecha de la actividad: COMIENZA 29 10 2024 FINALIZA 29 10 2024
Horario
Horas reloj (presenciales) 2hs 30’ Horas reloj (NO presenciales)
Horas cátedra (presenciales) Horas cátedra (No presenciales)
Lugar donde se realizará la actividad: Edificio Escuela de Música
Gestión del mismo a cargo de:
Destinatarios:
ALUMNOS DE GRADO activos X Oyentes
GRADUADOS activos X Oyentes
DOCENTES activos X Oyentes
PÚBLICO EN GENERAL activos X Oyentes
OTRO (especificar) activos X Oyentes
Cupos:
Mínimo 10 Máximo 30/40
Resol. N° 219
Anexo Único– Hoja 2
10. Arancel: (indicar los montos) DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES ALUMNOS $5000 $ GRADUADOS $8000 $ DOCENTES $8000 $ PÚBLICO EN GENERAL $10.000 $ Considerar en concepto de Becas un 10% de los inscriptos estudiantes de nuestra institución (Ord.6/2015-CDFAD)
11. Modalidad de la actividad:
TEÓRICA PRESENCIAL X TEÓRICA-PRÁCTICA
PRÁCTICA SEMI-PRESENCIAL OTRA (ESPECIFICAR)
12. Material gráfico necesario para la difusión:
AFICHE X PROGRAMA CATÁLOGO
OTRA (ESPECIFICAR) REDES SOCIALES
13. Recursos técnicos requeridos: - Espacio para actividades en movimiento. - Guitarra - Instrumentos de Percusión - Amplificación - Micrófonos - Elementos para Proyección
14. CERTIFICACIÓN: asistencia y/o aprobación Presentar nómina de participantes (nombre completo, DNI o pasaporte) que hayan aprobado la actividad en formato papel planilla de asistencia al CORREO ELECTRÓNICO DE EXTENSIÓN: extension@fad.uncu.edu.ar
15. Evaluación de actividades de Extensión Se le solicitará a los asistentes de las actividades organizadas por la Secretaría de Extensión una encuesta. Éste será un indicador que retroalimente el proceso, a tener en cuenta para futuros proyectos. 16. Otras necesidades o consideraciones:
RESOLUCIÓN N° 219
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CD-2024-RES-218 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 20806/24 caratulado: “S/ SOLICITUD PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN - Concierto de Guitarra y Clases Magistrales a cargo de Isaac Bustos y Alejandro Montiel.”
CONSIDERANDO:
Que el concierto estará a cargo de los destacados y reconocidos músicos Isaac BUSTOS y Alejandro MONTIEL, guitarristas residentes en Estados Unidos que se especializan en el campo de la música académica como intérpretes solistas y en grupos de cámara.
Que se propone una jornada de concierto, clases magistrales y un conversatorio entendiendo a estas actividades como un espacio de enriquecimiento invaluable tanto para los alumnos, como para la comunidad educativa en general.
Que en las actividades organizadas para este evento abordarán ideas conceptuales y su ejecución en torno a las diferentes problemáticas instrumentales y del repertorio en relación al instrumento. De acuerdo a las necesidades específicas de cada estudiante, podrán surgir temas tales como: producción de sonido; recursos mecánicos para ser más eficiente en la ejecución; técnicas de estudio; enfoque y forma de encarar una obra dependiendo del estilo de la misma; música original o no original para guitarra; aspectos musicales de la obra propuesta por el estudiante, tales como fraseo, articulación, estilo.
Que los objetivos de estas Clases Magistrales son: 1- Generar un espacio de reflexión y debate sobre la interpretación en guitarra. 2- Adquirir nuevos criterios de ejecución instrumental. 3- Ejecutar nuevas propuestas de interpretación y de técnica. 4 - Ampliar los conocimientos sobre la música en general, y la ejecución de la guitarra en particular. 5- Fomentar un espíritu crítico para ampliar criterios de interpretación. 6Profundizar en la práctica de la ejecución en vivo.
La opinión favorable de Dirección de Carreras Musicales y de Secretaría de Extensión y Articulación Social.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 24 de setiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del “Concierto de Guitarra y Clases Magistrales” a cargo de los destacados y reconocidos músicos Isaac BUSTOS y Alejandro MONTIEL, el que se llevó a cabo el día VEINTE (20) de setiembre de 2024, en el Edificio de Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 218
ANEXO ÚNICO 1. Formato curricular: CURSO CONFERENCIA x TALLER OBRA DE TEATRO
JORNADA CICLO DE DEBATE MUESTRA DE ARTE OTRO
SEMINARIO CLASE MAGISTRAL x CONCIERTO x
Nombre de la actividad: Concierto de Guitarra y Clases Magistrales a cargo de Isaac Bustos y Alejandro Montiel
Organizadores o responsables: Cátedra de Guitarra: Prof. Titular Nahuel Romero – Prof. Adj. David Bajda
Alumnos colaboradores Pablo Giubert – Luciano Lucero
Profesor que estará a cargo de la actividad: Isaac Bustos: posee una gran cantidad de premios importantes en más de 12 concursos internacionales, 7 de los cuales son primeros premios. En el otoño del 2008 lanzó su CD debut titulado Caprichos y Sonatas, que la revista Soundboard describió como "...uno de los mejores...tiene todo lo que uno podría desear".¨
Bustos es artista destacado del sello Vgo Recordings y acaba de lanzar su segundo álbum titulado "Canciones a mi Madre". El álbum contiene músicas para guitarra de Brasil, Cuba, Nicaragua y Argentina.
Como educador, su compromiso con la enseñanza se refleja en el éxito de sus estudiantes, cuyas actuaciones premiadas han incluido victorias en prestigiosos concursos en todo el mundo. Desde 2005, el Dr. Bustos ha formado parte del cuerpo docente del Departamento de Estudios de Interpretación de la Universidad Texas A&M, donde es jefe de estudios de guitarra y director artístico del Simposio y Concurso Internacional de Guitarra de Texas A&M.
Alejandro Montiel: Descrito por la revista Soundboard como un "músico impecable, repleto de técnica pulida", disfruta de una carrera interpretativa que lo ha llevado por los Estados Unidos, China, México, Centro y Sudamérica y Europa. Tiene títulos de posgrado del Conservatorio Peabody y de la Universidad de Texas en Austin.
Además de actuar, hacer arreglos y grabar, el Dr. Montiel forma parte del cuerpo docente de la Universidad de Texas en San Antonio y del Lone Star College Montgomery. Además, es un músico de cámara con amplia actividad en Texas.
Fecha de la actividad: COMIENZA 20 09 2024 FINALIZA 20 09 2024
Horario
Horas reloj (presenciales) 4 horas Horas reloj (NO presenciales)
Horas cátedra (presenciales) Horas cátedra (No presenciales)
Lugar donde se realizará la actividad: Aula 1 – Edificio de Carreras Musicales - FAD
Gestión del mismo a cargo de: Organizadores
Resol. N° 218
Anexo Único– Hoja 2
Destinatarios:
ALUMNOS DE GRADO activos X Oyentes x
GRADUADOS activos X Oyentes x
DOCENTES activos Oyentes x
PÚBLICO EN GENERAL activos Oyentes x
OTRO (especificar) activos Oyentes
Cupos:
Mínimo 2 (activos) Máximo 4 (activos)
10. Arancel: (indicar los montos) DESTINATARIOS ACTIVOS OYENTES ALUMNOS $ $ GRADUADOS $ $ DOCENTES $ $ PÚBLICO EN GENERAL $ $ Considerar en concepto de Becas un 10% de los inscriptos estudiantes de nuestra institución (Ord.6/2015-CDFAD)
11. Modalidad de la actividad:
TEÓRICA PRESENCIAL X TEÓRICA-PRÁCTICA X
PRÁCTICA SEMI-PRESENCIAL OTRA (ESPECIFICAR)
12. Material gráfico necesario para la difusión:
AFICHE X PROGRAMA CATÁLOGO
OTRA (ESPECIFICAR)
13. Recursos técnicos requeridos:
Atril, banquito apoya pié y sillas
14. CERTIFICACIÓN: asistencia y/o aprobación Presentar nómina de participantes (nombre completo, DNI o pasaporte) que hayan aprobado la actividad en formato papel planilla de asistencia al CORREO ELECTRÓNICO DE EXTENSIÓN: extension@fad.uncu.edu.ar
15. Evaluación de actividades de Extensión Se le solicitará a los asistentes de las actividades organizadas por la Secretaría de Extensión una encuesta. Éste será un indicador que retroalimente el proceso, a tener en cuenta para futuros proyectos.
16. Otras necesidades o consideraciones:
RESOLUCIÓN N° 218
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CD-2024-ORD-010 28/10/2024 (Carga: 28/10/2024) |
MENDOZA, 28 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 17579/24 caratulado: “SECRETARIA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO S/presentación Reglamento General Doctorado en Diseño”.
CONSIDERANDO:
Que mediante Ord. N° 3/24-CD se auspicia la creación de la carrera de posgrado “Doctorado en Diseño” en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño de esta Casa de Estudios.
Que resulta necesario reglamentar la carrera de Doctorado en Diseño, estableciendo las condiciones generales de ingreso, permanencia en la carrera, presentación de defensa de tesis, entre otras consideraciones formales de la misma.
El aval de la Secretaria de Investigación y Posgrado de esta Facultad.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 6 de agosto de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el “Reglamento General de la Carrera de Doctorado en Diseño” en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño de esta Casa de Estudios, de acuerdo con las condiciones formales que se mencionan en el Anexo Único.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA N° 10
ANEXO ÚNICO REGLAMENTO GENERAL DEL DOCTORADO EN DISEÑO
El presente Reglamento establece las normas generales de funcionamiento de la carrera de Doctorado en Diseño de la Facultad de Artes y Diseño (FAD) perteneciente a la Universidad Nacional de Cuyo (UNCuyo). Dicho reglamento se elabora teniendo en cuenta la normativa nacional e institucional vigente.
CAPÍTULO I. DE LAS CONSIDERACIONES GENERALES DE LA CARRERA
Artículo 1. Estructura de la Carrera. La estructura de la carrera doctoral es semiestructurada y de carácter presencial. La Carrera de Doctorado en Diseño tendrá una duración máxima de CUATRO (4) años desde que se confirma la inscripción del/la estudiante, con la posibilidad de otorgar una prórroga de UN (1) año más a solicitar por el/la doctorando y su director/a con la justificación correspondiente.
Artículo 2. Plan de Estudios. El Plan de Estudios se compone por un tramo estructurado (equivalente a DOSCIENTAS (200) hs.) y un tramo semiestructurado (equivalente a 270 hs.). Los/as estudiantes, para tener completo el cursado de la carrera, además deberán acreditar la Prueba de Calificación obligatoria (equivalente a CIEN (100) hs.). Para acceder a la presentación de la Tesis deberán tener un mínimo de QUINIENTOS SETENTA (570) hs. acreditadas.
Artículo 3. Tramo Estructurado. El tramo estructurado está integrado por CUATRO (4) talleres que permite a los/as doctorandos/as complementar su formación de base. Los mismos se dictarán, de manera secuencial, a lo largo de todo el trayecto de formación doctoral. Se prevé el dictado del Taller de Tesis I y Taller de Escritura Académica I, durante el primer año de cursado y, el Taller de Tesis II y Taller de Escritura Académica II, en el segundo año de la carrera. El cursado y la aprobación de cada uno de estos talleres equivale a CINCUENTA (50) hs. de acreditación cada uno.
Artículo 4. Tramo Semiestructurado. Las asignaturas para cursar de manera semiestructurada serán propuestas por el/la doctorando/a y su director/a en base al proyecto de tesis. Se priorizarán las áreas disciplinares prioritarias para el doctorado: Diseño y sociedad; Diseño y sostenibilidad ambiental, Diseño y tecnologías, y Diseño y tendencias.
El diseño del trayecto semiestructurado será aprobado por el Comité Académico del Doctorado durante la instancia de inscripción. Si bien, el mismo puede cambiar en el transcurso de la carrera doctoral, estas modificaciones deberán ser fundamentadas por el/la doctorando/a y su director/a ante el Comité Académico, quien dictaminará su aprobación. Las instancias para presentar variaciones en el tramo semiestructurado serán durante los informes anuales, como también la acreditación de asignaturas aprobadas en el transcurso de la carrera. Las asignaturas semiestructuradas pueden ser cursadas en la Facultad de Artes y Diseño, en otras Unidades Académicas de la Universidad Nacional de Cuyo y/o en otras instituciones que cumplan con los requisitos de la carrera y su vinculación con el tema de la Tesis.
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 2
Artículo 5. Prueba de Calificación. La Prueba de Calificación constituye una instancia de evaluación sustancial, luego de cumplir con el cursado y la aprobación del tramo estructurado y al tener dos capítulos de tesis escritos acompañados por un índice comentado. La misma se deberá solicitar por el el/la doctorando/a, con el aval de su director/a. La finalidad de la misma es un seguimiento personalizado del trabajo de Tesis y del acompañamiento del director/a ante una Comisión de Calificación para sugerir o fortalecer el último recorrido de la carrera. La Prueba de Calificación es un examen formal que consta de dos pasos:
a) la presentación de dos capítulos de tesis finalizados y el índice comentado, en PDF. b) un encuentro para la discusión de dichos avances entre el/la doctorando/a y su director/a y una Comisión de Calificación, seleccionada por el Comité Académico del Doctorado, en la que, al menos un/a integrante de esta Comisión, deberá provenir de otra universidad nacional o extranjera, con el propósito de que también integre a futuro el tribunal de la defensa de Tesis.
La Comisión de Calificación se conformará a partir de la presentación escrita de los dos capítulos de tesis y el índice comentado, junto a la solicitud del/la doctorando/a y su director/a para acceder a la Prueba de Calificación. El Comité Académico tendrá 30 (treinta) días hábiles para la conformación de la Comisión y definir la fecha de la misma.
Artículo 6. Equivalencias. Podrán convalidarse por equivalencias asignaturas cursadas y aprobadas en la Facultad de Artes y Diseño, en distintas Unidades Académicas de la UNCuyo y/o en universidades nacionales o extranjeras, siempre que exista un previo dictamen favorable emitido por el Comité Académico del Doctorado.
Durante la admisión, los/as candidatos/as con título de Magíster pueden acreditar hasta un 40% del trayecto semiestructurado, siempre que la misma sea pertinente a la carrera doctoral. En cuanto a las asignaturas de posgrado que sean presentadas para su acreditación, las mismas deberán ser dictadas por doctores/as y ser pertinentes y afines al tema de tesis. Para el reconocimiento de equivalencias el/la doctorando/a deberá proporcionar a la coordinación de la carrera información acerca de la asignatura aprobada: programa, docentes responsables (doctores/as), carga horaria, sistema de evaluación, certificado de aprobación y lugar de realización, a fin de que se evalúe la misma y se defina el número de horas a acreditar. Las mismas podrán ser reconocidas, siempre y cuando, los cursos o actividades, hayan sido aprobadas en un plazo no mayor a CINCO (5) años previos al formal pedido de reconocimiento.
Las instancias para acreditación de equivalencias pueden ser durante la admisión a la carrera o en su transcurso, a partir de los informes anuales en los que se debe adjuntar la información solicitada anteriormente.
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 3
CAPÍTULO II. DE LAS CONDICIONES DE ADMISIÓN E INSCRIPCIÓN
Artículo 7. Condiciones de admisión. El/la postulante debe poseer título universitario de grado o de nivel superior no universitario de CUATRO (4) años de duración como mínimo, expedido por una Universidad Argentina y/o Institución de gestión estatal o privada autorizada por el Ministerio de Educación o su equivalente. En casos excepcionales de postulantes que no cuenten con los requisitos antes mencionados podrán ser admitidos/as siempre que demuestren contar con antecedentes y experiencia laboral/académica acorde al Doctorado en Diseño. Así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursar la carrera satisfactoriamente. En caso de que la formación del aspirante fuera evaluada como insuficiente por parte del Comité Académico del Doctorado, éste indicará los cursos ofertados por las carreras de la FAD que el aspirante deberá aprobar para poder ingresar al Doctorado, tal como lo estipulan las normativas vigentes.
En todos los casos, la inscripción a la carrera doctoral y la obtención del título de posgrado, no acreditan de manera alguna el título de grado anterior, ni especifica actividades para las que tengan competencia sus poseedores.
No será excluyente la especificidad disciplinar del título de grado de los aspirantes a la inscripción en el Doctorado en Diseño. En este sentido, la modalidad semiestructurada propuesta, conduce al desarrollo de investigaciones disciplinares como transdisciplinares, en las que se enmarca el Plan Estratégico 2030 de la Universidad Nacional de Cuyo en torno a la articulación de distintas Unidades Académicas para garantizar calidad en la docencia y la excelencia académica mediante ofertas formativas permanentes, y dinamizando las relaciones de transferencia y vinculación de saberes y profesionales entre la comunidad académica en particular y la sociedad en general.
Artículo 8. Admisión de estudiantes extranjeros/as. En caso de estudiantes poseedores de títulos extranjeros, su admisión no significa reválida del título de grado ni lo habilita para ejercer la profesión en el país.
Los/as aspirantes con títulos de países no hispanohablantes deberán acreditar dominio funcional del idioma español. Los títulos de grado y de posgrado deberán estar debidamente legalizados por la universidad de origen. Los respectivos certificados analíticos deben ser expedidos por la universidad donde se obtuvo el título, en los que deberán figurar las calificaciones obtenidas en cada asignatura. Para el caso del/la solicitante cuyo título haya sido otorgado por una universidad extranjera, esta legalización debe ser efectuada por la universidad de origen, el Ministerio de Cultura y Educación de su país o su equivalente, y por la Embajada Argentina situada en el país de origen. Si el país no se encuentra inscripto en la apostilla de La Haya, el trámite concluirá en el Ministerio de Educación de la República Argentina o su equivalente.
Artículo 9. Preinscripción on-line. El proceso de selección se inicia cuando el/la aspirante completa un cuestionario de preinscripción on-line a la carrera y adjunta la documentación que se detalla a continuación:
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 4
a) formulario de inscripción a la carrera, debidamente firmado, b) documento de identidad escaneado (anverso y reverso), en formato PDF, c) Título de grado escaneado (anverso y reverso), en formato PDF o certificado de título en trámite, d) Certificado Analítico final de la carrera de grado, en formato PDF, e) Curriculum Vitae actualizado y firmado. f) Los títulos de posgrado (Especialista/Magíster/Doctor), se deben adjuntar escaneados (anverso y reverso), en formato PDF g) las autoridades de la carrera podrán solicitar que la preinscripción sea paga
Artículo 10. Proceso de selección. Nómina de aspirantes. La Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño realizará el control de la documentación que se adjunta, evaluará cada una y podrá solicitar información accesoria.
Artículo 11. Admisión. En caso de ser incluido/a en la nómina de aspirantes admitidos/as, se notificará por correo electrónico la decisión y para ingresar en forma definitiva en la carrera el/la interesado/a deberá, en el plazo que se establezca, completar y acompañar la documentación en soporte papel y soporte digital en PDF, a saber:
a) formulario de inscripción a la carrera, debidamente firmado, b) copia del documento de identidad (anverso y reverso), c) partida de nacimiento, d) copia del anverso y reverso del título grado certificado por la Institución que lo otorgó. Si el título se encuentra en trámite, deberá presentar una constancia original de tal circunstancia otorgado por la Facultad correspondiente, debiendo presentar la copia del título como se indica en cuanto posea el mismo, e) copia del Certificado Analítico final de la carrera de grado, f) Curriculum Vitae actualizado y firmado. g) los títulos de posgrado (Especialista/Magíster/Doctor), se deben adjuntar escaneados (anverso y reverso), en formato PDF h) en el caso de aspirantes extranjeros/as deben presentar certificado de dominio funcional del idioma español, cuando así corresponda.
Efectuada la presentación del/la aspirante y cumplimentados los requisitos de la admisión, el Comité Académico determinará, dentro de los SESENTA (60) días corridos su recomendación de aprobación o rechazo a la admisión. En todos los casos el Comité Académico deberá fundamentar su decisión para su elevación a la Secretaría de Investigación y Posgrado y, por su intermedio, al Consejo Directivo de la FAD. En caso de ser rechazado el/la candidato/a podrá:
a) presentarse a una nueva admisión no antes de UN (1) año desde el momento de no haber sido admitido/a; b) presentar recurso de reconsideración ante la Secretaría de Investigación y Posgrado para su tratamiento en el Consejo Directivo, quien resolverá en definitiva con carácter inapelable.
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 5
Artículo 12. Inscripción. El Comité Académico dispondrá, al menos una vez al año, el período de Inscripción al Doctorado. Para dictaminar acerca de la inscripción del/la aspirante, el Comité Académico evaluará antecedentes del/la mismo/a, el proyecto de investigación propuesto, director/a y co-director/a de Tesis y la carta de aceptación de las/los mismos/as. Cuando el/la Director/a no perteneciera a la Facultad de Artes y Diseño, deberá adjuntarse currículum vitae del mismo, una justificación de la opción del/la aspirante. Sobre los requisitos formales de presentación del Proyecto de Tesis, ver aspectos formales en: Art. 54- Anexo II, del presente reglamento.
El diseño del trayecto semiestructurado propuesto será aprobado por el Comité Académico del Doctorado. Se priorizarán aquellos Proyectos de Tesis que aborden las áreas disciplinares prioritarias de la carrera: Diseño y sociedad, Diseño y sostenibilidad ambiental, Diseño y tecnologías y Diseño y tendencias.
Las asignaturas semiestructuradas pueden ser cursadas en la Facultad de Artes y Diseño, en otras Unidades Académicas pertenecientes a la Universidad Nacional de Cuyo y/o en otras instituciones que cumplan con los requisitos de la carrera.
El Comité Académico, cuando lo considere pertinente, podrá solicitarle al/la aspirante que realice modificaciones respecto de su propuesta de director/a y/o de su Proyecto de Tesis, para cuyo cumplimiento contará con un plazo de NOVENTA (90) días.
CAPÍTULO III. DE LOS REQUISITOS PARA SER DIRECTOR/A DE TESIS Y SUS FUNCIONES
Artículo 13. Director/a. La Tesis se realiza bajo la supervisión de un/a Director/a, que deberá ser doctor/a y/o justificar una formación equivalente demostrada por su trayectoria como profesional, docente o investigador/a que lo/a habilite para la orientación y dirección de la Tesis. Se podrá incluir un/a Director/a y un Codirector/a. La figura del Codirector/a será exigible de forma obligatoria en los casos en que las características de la Tesis así lo requieran. Se priorizará a Director/a y/o codirector/a que integre el Cuerpo Docente de la carrera, que sea graduado/a de la carrera o de la FAD o que tenga pertenencia institucional a la UNCuyo. Cada estudiante debe proponer un/a Director/a para su acompañamiento y asesoría durante el proceso de elaboración de la Tesis.
Artículo 14. Funciones de/la directora/a. 1-Previo a la presentación de la solicitud de admisión:
a) Participar activamente en la elaboración y presentación del proyecto de Tesis y diseño del tramo semiestructurado a desarrollar durante la carrera de Doctorado.
2-Efectuada la inscripción en la carrera, el/la directora/a supervisará en forma periódica la formación académica, técnica y científica de su dirigido/a. Sus funciones serán:
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 6
a) orientar al/la estudiante en la en el seguimiento del Proyecto de Tesis y la elaboración de la Tesis. b) mantener una comunicación fluida con el/la doctorando/a, a través de reuniones de revisión bibliográfica, sugerencias metodológicas y de discusión sobre los avances y posibles obstáculos para el desarrollo del trabajo de investigación. c) supervisar al/la doctorando/a acerca de la concepción epistemológica y de los instrumentos de investigación más adecuados y oportunos para el mejor desarrollo de la investigación y la elaboración de la Tesis, velando por la originalidad, calidad, nivel académico y científico y presentación del estudio que se realice. d) informar anualmente al Comité Académico de la carrera sobre el avance de la investigación, avalar cambios en el Proyecto de Tesis y velar por la presentación de asignaturas aprobadas para su acreditación correspondiente. e) guiar al/la doctorando/a en la elección de cursos y seminarios de posgrado f) asesorar al/la doctorando/a sobre la instancia pertinente para solicitar la Prueba de Calificación y acompañar dicha presentación. g) orientar la incorporación de las sugerencias realizadas por la Comisión de Calificación. h) realizar, una vez concluida la Tesis, una nota en la que avale que la misma es resultado de una investigación realizada por el/la estudiante, que cumple y satisface adecuadamente las exigencias académicas para su presentación a fin de que se someta a la evaluación del tribunal. i) acompañar al/la doctorando/a en la instancia de defensa de la Tesis j) cada director/a podrá dirigir hasta TRES (3) tesis doctorales simultáneamente, incluyendo las de otras carreras de posgrado.
Artículo 15. Funciones de/la Codirectora/a. El/la Codirector/a será responsable, junto al director/a, del acompañamiento en el proceso del cursado de la carrera y en la elaboración de la Tesis del/la doctorando/a, compartiendo las funciones enunciadas en el Art. 40 de este reglamento.
Artículo 16. Cambio de director/a. Durante el transcurso de la carrera doctoral el/la estudiante puede solicitar el cambio del/la Director/a, mediante un escrito presentado con la firma del/la nuevo/a Director/a y su curriculum vitae, en caso de ser necesario. La nota se deberá presentar a la Secretaría de Investigación y Posgrado, quien la elevará a la Dirección de la carrera.
Artículo 17. Renuncia a sus funciones. El/la Director/a puede renunciar a su función mediante escrito presentado al/la estudiante y/o a la Secretaría de Investigación y Posgrado. En tal caso, el/la estudiante deberá proponer un/a nuevo/a Director/a antes de que concluya el ciclo académico. La renuncia y la pertinencia de la nueva propuesta de dirección serán elevadas al Comité Académico para su aprobación según lo dispone el presente reglamento.
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Anexo Único- Hoja 7 CAPÍTULO IV. DEL GOBIERNO DEL DOCTORADO
Artículo 18. La carrera de Doctorado contará con la siguiente instancia de gestión académico-administrativas:
a) Dirección b) Coordinación c) Comité Académico d) Administración e) Cuerpo Docente
Artículo 19. Designaciones. Las personas encargadas de la Dirección y Coordinación, los miembros que integran el Comité Académico, así como los/as profesores/as que integran el Cuerpo Docente estable de la carrera serán designadas, a propuesta del/la Decano/a de la Facultad de Artes y Diseño de la UNCuyo mediante resolución del Consejo Directivo de la Facultad de Artes y Diseño (FAD).
Artículo 20. Vigencia de las designaciones. Las designaciones de las personas que integran las instancias de gestión académico-administrativas de la carrera tendrán una vigencia de CUATRO (4) años. Cumplido el período y teniendo en cuenta los mecanismos de evaluación de desempeño de sus funciones establecidos por la carrera, excepcionalmente el Comité Académico podrá solicitar, de manera fundada, un periodo más de designación.
Artículo 21. Dirección. La Dirección de la carrera doctoral será otorgada a un/a profesor/a de la FAD que integre, además, el Cuerpo Docente estable del Doctorado. El/la director/a deberá poseer formación de posgrado equivalente a la ofrecida por la carrera y acorde con los objetivos de esta o una formación equivalente demostrada por su trayectoria como investigador/a, docente o profesional pertinente a la carrera.
Podrá incluirse, justificada la necesidad, la designación de un/a Codirector/a, quien deberá cumplir los mismos requisitos que para ser Director/a y será el/la reemplazante natural del Director/a en caso de ausencia.
Artículo 22. Funciones. Son funciones de la Dirección: a) supervisar las acciones vinculadas con la carrera, b) convocar al Comité Académico para el tratamiento de las actuaciones pertinentes que se sometan a su consideración y presidir estas reuniones, c) dirigir el dictado de las asignaturas y el sistema de evaluación referidas tanto a los/las estudiantes como al cuerpo docente, d) sugerir modificaciones y mejoras, e) supervisar y rubricar actuaciones administrativas, f) representar a la carrera y g) ejercer cualquier otra función que indique el presente Reglamento y/o que se requiera por indicación de las autoridades de la Facultad de Artes y Diseño.
Artículo 23. Coordinación. La Coordinación Académica del Doctorado será otorgada a un/a profesor/a y/o egresada/o de la Facultad de Artes y Diseño.
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 8
Artículo 24. Funciones. Son funciones de la Coordinación Académica:
a) asistir a la Dirección en la coordinación y supervisión de las acciones vinculadas con la carrera, b) coordinar la tarea tanto de la Dirección, como del Comité Académico, con relación a la gestión administrativa, c) asistir a los/as docentes en sus necesidades y requerimientos en el desarrollo de las actividades curriculares, d) supervisar el material didáctico enviado por los/as docentes antes de ponerlo a disposición de los/as estudiantes, e) monitorear el cumplimiento de las actividades programadas y f) toda otra función que le encomiende el Comité Académico, la Dirección de la Carrera y la Secretaría de Investigación y Posgrado.
Artículo 25. Comité Académico. El Comité Académico estará integrado por cinco (cinco) de miembros y será presidida por el/la Director/a del Doctorado. Los cargos serán otorgados a quienes integren el plantel docente de la Facultad de Artes y Diseño, a miembros de la Universidad Nacional de Cuyo o de universidades externas. Los mismos deberán poseer formación de posgrado equivalente a la ofrecida por la carrera y acorde con los objetivos de esta o, si el caso lo amerita, una formación equivalente demostrada por su trayectoria como investigador/a, docente o profesional. En caso de empate, el/la Director/a del Doctorado tendrá doble voto.
Artículo 26. Funciones. Son funciones del Comité Académico
a) brindar asistencia técnica en el desarrollo y seguimiento de la carrera a modo de contribuir a la optimización de los recursos vinculados con ella, b) realizar la autoevaluación de la carrera, en conjunto con la Secretaría de Investigación y Posgrado, y hacer sugerencias para el plan de mejoras luego de la auto-evaluación y/o a solicitud de las autoridades de acreditación, c) determinar el otorgamiento de mérito equivalente del Cuerpo Docente y en los casos establecidos en el presente Reglamento, d) proponer al tribunal docente que integrará la Comisión de Calificación en la Prueba de Calificación e) dictaminar respecto de la continuidad de los/as estudiantes cuando su desempeño académico resulte negativo en los casos que establezca la reglamentación, f) dictaminar sobre la posibilidad de convalidar por equivalencia asignaturas cursadas y aprobadas en otras carreras de posgrado de la Facultad de Artes y Diseño y/o en otras Unidades Académicas de la UNCuyo, universidades nacionales o extranjeras, g) sesionar cada vez que sea necesario, a instancias de la Dirección de la carrera y, como mínimo, UNA (1) vez por semestre; las decisiones serán tomadas por mayoría de sus miembros y h) determinar la trayectoria de estudiantes recursantes, previo informe de su situación académica informada por la Secretaría de Investigación y Posgrado de la FAD
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 9 i) resolver todo lo relativo al funcionamiento de la carrera que no se encontrase previsto en este Reglamento. j) aprobar el tema y Director/a propuesto por cada estudiante en su Proyecto de Trabajo de Tesis, k) supervisar el cumplimiento de los mecanismos de orientación y seguimiento de los/as estudiantes,
Artículo 27. Administración. La Administración será responsabilidad de la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño
Artículo 28. Funciones. Son funciones de la Administración:
a) evaluar el Curriculum Vitae de cada aspirante, atendiendo a su formación de grado y su experiencia académica y profesional, b) solicitar al aspirante información accesoria para ilustrar sus antecedentes curriculares, en caso de considerarlo necesario, c) recomendar el otorgamiento de reducción arancelaria en caso de encontrarse contemplada dentro de los supuestos previstos por la normativa vigente de la Universidad Nacional de Cuyo d) establecer la nómina de aspirantes admitidos/as a la carrera, e) supervisar y rubricar las actuaciones que le correspondan y designar a quién sustituirá al responsable que por imposibilidad sobreviniente o fuerza mayor no haya podido rubricar en su oportunidad y f) resolver todas las cuestiones que se planteen vinculadas con la gestión, en especial lo relativo a las readmisiones, gestionar y analizar los pedidos de las solicitudes de prórroga y toda otra que haga al buen funcionamiento del Doctorado y que no sea de competencia de otro órgano de la carrera.
Artículo 29. Cuerpo Docente. El Cuerpo Docente estable de la carrera estará integrado, en su conjunto, por al menos un CINCUENTA Y UNO por ciento (51%) de docentes pertenecientes al plantel de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo. Excepcionalmente, dicho porcentaje podrá flexibilizarse por razones fundadas. El restante CUARENTA Y NUEVE por ciento (49%), podrá estar integrado por docentes invitados/as que asuman eventualmente parte o todo el dictado de una actividad curricular. Deberán poseer formación de posgrado equivalente a la ofrecida por la carrera y acorde con los objetivos de esta o, si el caso lo amerita, una formación equivalente demostrada por su trayectoria como investigador/a, docente o profesional.
Serán considerados como: a) Profesor/a responsable: a quien tiene la responsabilidad académica del dictado regular y reglamentario de la actividad curricular de la asignatura que está a su cargo, b) Profesor/a: a quien se incluye en el cuerpo docente estable y colabora con el/la profesor/a responsable en el dictado regular y reglamentario de la asignatura a su cargo c) Profesor/a invitado/a: a quien asuma eventualmente el dictado de una actividad curricular por invitación del/la profesor/a responsable con el visto bueno de la Dirección de la carrera o por su invitación. Los/as mismos/as deben cumplir con las funciones que les asignen los/as profesores/as responsables.
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 10
Artículo 30. Funciones. Son funciones del Cuerpo Docente:
a) completar y mantener actualizada la ficha docente ante CONEAU, y enviar a la Secretaría de Investigación y Posgrado de la FAD, una presentación resumida para poner a disposición de los/as estudiantes, b) organizar el dictado de la asignatura y disponer la dedicación requerida para una adecuada atención de los/as estudiantes, c) confeccionar y actualizar los programas, guías, apuntes, manejo de aula virtual y toda otra modalidad didáctica, incluyendo la bibliografía básica obligatoria y complementaria, ajustada al Plan de Estudio. d) garantizar el dictado de la asignatura de la manera más provechosa para los/as estudiantes, pudiendo invitar a otros/as profesores/as a colaborar, e) realizar el seguimiento y evaluación de estudiantes, como así también las tareas co-programáticas inherentes a la carrera, f) colaborar como evaluador/a de los Trabajos Finales sobre temas vinculados a su especialidad y g) cumplir en general con todas aquellas obligaciones que, no estando expresamente enunciadas, surgen de la propia modalidad de la actividad docente y de los objetivos propuestos en la carrera.
CAPÍTULO V. DE LA PERMANENCIA EN LA CARRERA
Artículo 31. Requisitos de los/as estudiantes regulares. Los/as estudiantes, para permanecer en la carrera, deben:
a) cumplir con las obligaciones establecidas por los/as profesores/as, aprobar las asignaturas obligatorias y cumplir con cualquier otra actividad de seguimiento que establezca la carrera, b) cumplir con las obligaciones establecidas por el/la Director/a de la Tesis, c) cumplir con las obligaciones arancelarias correspondientes a la carrera y abonar una matrícula anual con el monto que se fije por las autoridades correspondientes, desde el año siguiente al que finalizaron el cursado curricular regular y hasta que entreguen en la Secretaría de Investigación y Posgrado su Tesis terminada. Posteriormente se iniciará el trámite de conformación del tribunal para su evaluación y posible defensa. En el caso en que se admitan prórrogas para la presentación de la Tesis, el/la estudiante deberá matricularse cada año hasta que presente la misma y justificará por escrito adecuadamente los motivos que sustentan el pedido que será analizado por el Comité Académico junto a la Secretaría de Investigación y Posgrado de la FAD.
Artículo 32. Evaluaciones durante el cursado. En el caso de las asignaturas obligatorias, luego del cursado, los/as doctorandos/as deberán presentar los trabajos solicitados para su aprobación, dentro de un plazo máximo de SESENTA (60) días desde su cursado. El/la profesor/a responsable tiene un plazo máximo de TREINTA (30) días hábiles desde el momento en que recibió el trabajo para emitir su calificación.
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Anexo Único- Hoja 11
La calificación de los mismos será: aprobado, devuelto con observaciones (en cuyo caso se fijará una fecha para la nueva presentación que podrá tener un plazo de hasta UN (1) mes como máximo), o no aprobado. La no presentación se computará como no aprobado. En caso de que la calificación final sea no aprobada, el/la estudiante podrá recursar la asignatura en el dictado siguiente, debiendo abonar los aranceles que correspondan. Si la calificación es nuevamente no aprobada se elevará su legajo al Comité Académico para que dictamine respecto de la continuidad del/la estudiante.
Artículo 33. Solicitud de ver su examen. Los/as estudiantes tienen derecho a que los exámenes les sean exhibidos únicamente por el/la profesor/a responsable, por la Coordinación Académica o por la Dirección de la carrera, lo cual podrán solicitar dentro de los siete (7) días hábiles de haber sido notificados/as del resultado respectivo, a fin de que se fije una reunión presencial o por videollamada.
CAPÍTULO VI. DE LA PRESENTACIÓN Y DEFENSA DE LA TESIS
Artículo 34. La Tesis. Debe ser una propuesta original y significativa al progreso del conocimiento académico, científico o tecnológico desarrollados sobre la base de una rigurosa metodología académica, científica o tecnológica y realizados bajo la dirección de un/a director/a y eventualmente con un/a codirector/a, preferentemente de la Universidad Nacional de Cuyo.
Artículo 35. Modalidad de Tesis. La modalidad de la propuesta de tesis deberá ser fundamentada a partir de los objetivos, el perfil específico de la carrera y el proyecto presentado por el/la doctorando/a y su director/a, que será sometida a la aprobación del Comité Académico.
La carrera de Doctorado en Diseño puede culminar con un trabajo disciplinar o transdisciplinar e individual y escrito. Podrá tener el formato de tesis monográfica tradicional e incorporar en forma articulada trabajos previamente publicados de autoría del doctorando/a.
Artículo 36. Requisito sustancial. La Tesis debe evidenciar el dominio de un tema o área determinada dentro del campo profesional de la carrera. La culminación del doctorado implica alcanzar niveles de excelencia y constituir un aporte original al área del conocimiento pertinente. Se deberá evidenciar el manejo conceptual, metodológico y técnico propio de la actividad de investigación científica, académica y/o tecnológica y demostrar solvencia teórica y práctica.
Artículo 37. Plazos. El desarrollo del doctorado comenzará a computarse desde la fecha en que la Dirección de la Carrera aprueba el tema y al/la Director/a propuesto/a hasta la presentación de la Tesis. El plazo deberá ser cumplido en no más de CUATRO (4) años.
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 12
Artículo 38. Prórroga. En casos debidamente justificados, se otorgará una prórroga de hasta UN (1) año. El trámite de solicitud de prórroga debe formalizarse mediante la presentación, antes del vencimiento del plazo (cuatro años), de una nota firmada en la que se expongan los motivos que la fundamentan debiendo acompañar, siempre que corresponda, la documentación que resulte necesaria. Asimismo, debe contar con el aval de su Director/a.
Artículo 39. Presentación de la Tesis. La Tesis deberá ser presentada/ enviada a través de trámites electrónicos de la FAD, dentro del plazo establecido, junto con: a) una nota personal, debidamente firmada, en la que indica que presenta su Tesis para su evaluación. Los mismos deberán reunir los requisitos formales previstos e indicados por el Comité Académico b) adjuntar un libre deuda de la carrera, c) presentar la Tesis en formato digital, PDF. Se aclara que, si la presentación es en formato digital y el/la evaluador/a solicita otro tipo de soporte para su visualización, se le notificará al estudiante
Artículo 40. Tesis o Trabajo Final. Disponibilidad de copias. Aprobada la Tesis, quedará una copia digital para sumar el repositorio académico digital de la Secretaría de Investigación y Posgrado. El mismo se solicitará en formato PDF y/o en el formato que dispongan los técnicos que mejor garantice la integridad de la Tesis presentada. A su vez, el doctorando deberá presentar un ejemplar debidamente encuadernado para que se incorpore a la Biblioteca de la FAD donde quedará disponible para ser consultado.
Artículo 41. Tesis. Cambio de tema. El/la estudiante podrá cambiar el tema de la Tesis por razones fundadas. Para formalizar este trámite deberá presentar una nota personal y una nueva propuesta con el correspondiente aval de su Director/a. Se seguirá el trámite establecido para la presentación de la primera propuesta. El plazo para la presentación de la Tesis será establecido acorde a la fecha de aprobación del tema y del/la Director/a propuesto/a al momento de su inscripción definitiva en la carrera y no el del nuevo tema.
Artículo 42. Tesis. Cambio de título. El/la estudiante puede realizar ajustes en el título de Tesis propuesto, sin necesidad de realizar trámite alguno, siempre que no impliquen cambios sustanciales en el mismo.
Artículo 43. Requisitos formales. En el caso de la Tesis debe estar escrita en español y cumplir con los requisitos formales y específicos fijados por la reglamentación vigente, explicitada en el Anexo II, aprobado por la FAD.
Artículo 44. Admisión formal. Presentada la Tesis, el Comité Académico tiene un plazo de TREINTA (30) días para examinar el cumplimiento general de los recaudos formales establecidos en la reglamentación. Si fueran incumplidos, la Tesis será devuelta al/la estudiante con las observaciones del caso. El/la estudiante tendrá un plazo de UN (1) mes como máximo para presentarlo nuevamente una vez cumplimentadas las observaciones efectuadas. Extraordinariamente, se le podrá conceder una prórroga por un plazo máximo de UN (1) mes más, si la solicita antes de que venza dicho plazo con fundamento.
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 13
Artículo 45. Conformación del Tribunal Evaluador. Admitida formalmente la presentación de la Tesis, el Comité Académico designará la conformación del tribunal compuesto por tres evaluadores/as doctores/as titulares y un suplente. Se prevé que un/a de sus integrantes provenga de la Comisión de Calificación que formó parte de la Prueba de Calificación. Los/as jurados/as se designarán en función al tema de la Tesis, si el caso lo amerita, podrá ser parte del tribunal un/a investigador/a, docente o profesional, con una formación equivalente demostrada por su trayectoria.
Artículo 46. Recusación. Designado el tribunal evaluador se notificará al/la estudiante quien, dentro de los tres días hábiles de notificado/a, podrá recusar con expresión de causa, por nota presentada al Comité Académico. El mismo, tendrá tres días hábiles para revisar la recusación y deliberar su veredicto en función de los argumentos propuestos. En caso de rechazo de la impugnación, se dará cause al tribunal evaluador propuesto por el Comité Académico.
Artículo 47. Dictamen del Tribunal Evaluador. Dentro de los QUINCE (15) días de haber quedado firme la designación del tribunal evaluador se les enviará una copia de la Tesis para su lectura y la emisión de un dictamen por escrito según formato sugerido por el Comité Académico. El plazo de entrega del dictamen será de SESENTA (60) días a contar desde que recibió la Tesis. Vencido el plazo, el/la evaluador/a que no haya enviado su dictamen quedará desafectado/a de su designación, procediéndose a designar a un/a evaluador/a suplente.
Artículo 48. Notificación. El/la estudiante será notificado/a sobre el resultado del dictamen emitido por los/las evaluadores/as. Cuando el jurado se expida mayoritariamente en favor de aprobar el manuscrito de tesis, el/la doctorando/a estará en condiciones de defender su Tesis en forma oral y pública. En caso de que la Tesis sea observada, el/la estudiante tendrá un plazo máximo de TRES (3) meses para realizar las modificaciones correspondientes, luego de lo cual la Tesis se enviará nuevamente al mismo tribunal para su consideración.
Artículo 49. Defensa. La defensa se realizará ante un tribunal evaluador y en acto público. El/la doctorando/a dispondrá de CUARENTA (40) minutos para formular el planteo de su trabajo de Tesis y responder a eventuales objeciones formuladas por los miembros del jurado. La calificación del tribunal será inapelable.
El derecho a la defensa deberá ser previamente abonado según los montos establecidos por el Comité Académico
Artículo 50. Calificación. La Tesis será calificada según la siguiente escala: No Aprobado, Bueno, Muy Bueno, Distinguido y Sobresaliente con mención de publicación.
Artículo 51. Responsabilidad por opiniones vertidas por los/las estudiantes. Las opiniones vertidas por los/as estudiantes antes o después de la aprobación de sus Tesis, en cualquier publicación derivada de las mismas, son de exclusiva responsabilidad del/la autor/a y no comprometen a la Facultad de Artes y Diseño ni a la Universidad Nacional de Cuyo.
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 14
CAPÍTULO VII. DE LA PROPUESTA DE SEGUIMIENTO DE LA CARRERA Y DEL/LA DOCTORANDO/A
Artículo 52. Propuesta de seguimiento curricular. La Secretaría de Investigación y Posgrado podrá solicitar anualmente informes al Comité Académico sobre el seguimiento curricular de la carrera. En ellos se incluirán aspectos tales como: a) evaluaciones de calidad y pertinencia de la estructura curricular propuesta y de los contenidos formativos implicados en la misma. b) informes sobre la actualización de soportes tecnológicos de la carrera para actividades vinculadas a recursos e intercambio de material según lo requieran las asignaturas. c) evaluaciones sobre la actualización y el acceso a la bibliografía específica. d) informes sobre actividades de los Centros de Investigación de la Facultad de Artes y Diseño (CIFAD) que incluyan líneas de investigación pertinentes a las áreas prioritarias de la carrera. e) previsiones realizadas para evaluar el parecer de los/las estudiantes y los/las docentes con el desarrollo de la carrera. f) informes referidos al desarrollo académico de los/las docentes que participen de la carrera.
Artículo 53. Seguimiento de estudiantes. La supervisión académica de los/las estudiantes y graduados/as está a cargo de la Dirección y del Comité Académico, quienes podrán sugerir las medidas que consideren necesarias. La Secretaría de Investigación y Posgrado arbitrará los medios para colaborar con el seguimiento de los/las estudiantes como parte del procedimiento de autodiagnóstico y mejoramiento de la actividad de Posgrado. Con relación a las metodologías de seguimiento curricular de los/las doctorandos/as se incluirán aspectos como:
a) informe de avance anual b) tutorías e instancias de acompañamiento c) reuniones periódicas del Comité Académico del Doctorado para fortalecer la continuidad de las trayectorias de los/las doctorandos/as d) prueba de calificación y la incorporación de observaciones realizadas durante los informes de avance anuales.
Artículo 54. Requisitos formales de presentación de Proyecto de Tesis. En la instancia de inscripción se deberá presentar un proyecto escrito de un máximo de CINCO (5) carillas, con las siguientes características: título, objetivos, fundamentación, antecedentes, actividades, metodología y referencias bibliográficas. Diseño temático de asignaturas a cursar en el tramo semiestructurado priorizando las áreas estratégicas propuestas por la carrera doctoral.
En cuanto a lo formal, el proyecto de Tesis deberá presentarse con las siguientes características: hoja tamaño A4, letra arial, tamaño 11, interlineado a espacio y medio, cronograma de actividades y uso de normas APA vigentes.
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 15
Artículo 55. Informe Anual de avance de Tesis. Apellido y nombre del/la doctorando/a: Título del proyecto de tesis: Director/a: Codirector/a (si corresponde): Año de ingreso a la carrera: Número de Informe:
Informe: máximo de una carilla. Deberá resumir de un modo claro y de fácil comprensión los objetivos, las metodologías utilizadas, los resultados (máximo 300 palabras) y algunas conclusiones parciales o finales derivadas del trabajo (máximo DOSCIENTAS 200 palabras). 2. Presentaciones a Congresos, Jornadas o reuniones científicas (desde su inscripción a la carrera y relacionadas con el tema de Tesis). 3. Publicaciones desde su inscripción a la carrera y relacionadas con el tema de Tesis. 4. Cursos realizados, pasantías y seminarios desde su inscripción y relacionadas con el tema de Tesis. Deberá especificar el número de horas de los cursos y si fue evaluado, con el fin de ser acreditados en el tramo semiestructurado. 5. Otras actividades relacionadas con el trabajo de Tesis (cursos, talleres o seminarios dictados, actividad docente, dirección de becarios, dirección de estudiantes, idiomas, etc.) 6. Grado de avance de la Tesis (en este ítem deberá estimar qué porcentaje de la Tesis cree que ha ejecutado, según el plan inicial y bajo el formato indicado en el Art. 54 del presente reglamento). 7. Dificultades encontradas que permitan justificar algunos retrasos en el avance de la Tesis que impliquen cambios en el plan original (Máximo CIEN (100) palabras). 8. Cambios en relación al plan original, con su debida justificación. 9. Aval del/la directora/a (en este ítem, el/la director/a deberá expresar en no más de 100 palabras, la evaluación de su desempeño). 10. Posterior a la Prueba de Calificación, la incorporación de sugerencias o no y su debida fundamentación. Los informes de avances deberán ser presentados a los efectos de ser evaluado ante el Comité Académico. Recuerde que la información presentada tiene carácter de declaración jurada.
Artículo 56. Presentación de Tesis. La presentación de la Tesis deberá tener una extensión no inferior a DOSCIENTAS (200) páginas y no mayor a TRESCIENTOS CINCUENTA (350) páginas. La misma deberá respetar las siguientes características:
a) hoja tamaño A4 b) fuente Arial 11 c) margen izquierdo 3,5 cm.; demás márgenes 2,5 cm. d) interlineado a espacio y medio e) numeración correlativa f) notas al pie de página g) normas APA vigentes.
Ord. N° 10
Anexo Único- Hoja 16
Artículo 57. Aspectos económicos. La carrera de posgrado es arancelada. Por tanto, todo lo que implique su cursado deberá abonarse de acuerdo con los montos definidos por el Comité Académico, como también el derecho a la defensa de la Tesis.
Artículo 58. Todo lo que no esté previsto en el presente Reglamento será resuelto por el Comité Académico con el aval de la Secretaría de Investigación y Posgrado y/o el Consejo Directivo de la Facultad de Artes y Diseño.
ORDENANZA N° 10
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FA-2024-RES-564 25/10/2024 (Carga: 25/10/2024) |
MENDOZA, 25 de octubre de 2024
VISTO:
El trámite electrónico Nº 36187/24 caratulado: “María Sol Pérez S/ Solicitud acreditación de “cursos optativos”, para continuar con los trámites correspondientes de egreso, por la Carrera: Diseño Escenográfico. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 309/99-C.D. establece el procedimiento a seguir para la acreditación de materias y cursos optativos.
Los informes producidos por la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna María Sol PÉREZ (Registro N° 23004) CIENTO OCHO (108) horas en calidad de Cursos Optativos, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Arte Dramático de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 564
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FA-2024-RES-563 25/10/2024 (Carga: 25/10/2024) |
MENDOZA, 25 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 35236/24 caratulado: “Solicitud de asignación de Función Crítica para Carina Osorio y Patricia Benito”.
CONSIDERANDO:
Que el adicional solicitado para la Prof. Carina Paola OSORIO será para cumplir, transitoriamente, las funciones de Directora de Carreras de Cerámica de esta Facultad, debido a la licencia presentada por la funcionaria Prof. Patricia Eugenia COLOMBO, quien actualmente posee esa tarea encomendada.
Que paralelamente, se gestiona un incremento del Adicional a la docente Patricia Virginia BENITO, asignado oportunamente mediante resolución N° 302/24-FAD.
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Por ello, atento a lo informado por la Secretaria Administrativo-Financiera y Dirección de Personal,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” a favor de la Lic. Carina Paola OSORIO (Leg. N° 29.638 – CUIL n° 27-25292191-0) por el monto mensual de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000), para cumplir, transitoriamente, las funciones de Directora de Carreras de Cerámica de esta Facultad, desde el UNO (1) de setiembre, mientras dure licencia de la Prof. Patricia Eugenia COLOMBO y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 2°.- Incrementar el “Adicional por Carácter Crítico de la Función” asignado oportunamente a la Prof. Patricia Virginia BENITO (Legajo 35.626 – CUIL N° 2730424149-3) por un monto mensual de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL ($225.000), desde el UNO (1) de octubre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 3°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 4°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 563
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FA-2024-RES-562 25/10/2024 (Carga: 25/10/2024) |
MENDOZA, 25 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico N° 35183/24 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL - Prórroga ORTIZ, Ciro Omar - 15/09/24 al 22/10/24”.
CONSIDERANDO: Que por resolución Nº 275/23-CD, se prorrogó la designación interina, en el marco de la Opción Permanencia, al Prof. Ciro Omar ORTIZ en el cargo de Jefe de Trabajos Práctico con dedicación Semiexclusiva, para cumplir funciones en el “Taller de Computación” de las Carreras Diseño, desde el 01/01 hasta el 14/09/24.
Que por otra parte, dicha continuidad se encontraba supeditada a la vigencia del Certificado de Aptitud Psicofísica; el que fue presentado por el docente con fecha hasta el 4 de octubre de 2025.
Que el Prof. ORTIZ a pesar de haber cumplido los 70 años el día 1 de octubre de 2024 (fecha en que corresponde dar de baja por término de “Opción de permanencia”), por un error involuntario, hizo efectiva prestación de servicio hasta el 22 de octubre del corriente.
Que si bien la normativa dispuesta por Ord. 82/09-CS en su Art. 8 (última parte) prevé que: “…Cesará indefectiblemente al día siguiente de haber cumplido los SETENTA (70) años de edad o a la fecha que obtenga su haber jubilatorio, lo que ocurra primero, no requiriéndose intimación previa alguna.”; correspondería, excepcionalmente y en carácter restrictivo, prorrogar la designación del docente por el periodo comprendido del 15/09 hasta el 22/10/24. El informe producido por Dirección de Personal.
Por ello y ante la inminencia suscitada por el cierre de liquidación de haberes del corriente mes, el Decanato de esta Facultad conforme a sus facultades, solicita prorrogar la designación excepcional del mencionado docente mediante el mecanismo AdReferéndum. LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO AD-REFERÉNDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar, excepcionalmente, la designación interina del Prof. Prof. Ciro Omar ORTIZ (Legajo Nº 15.260 – CUIL Nº 20-11177289-5) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, para cumplir funciones en el “Taller de Computación” de las Carreras Diseño de esta Facultad, desde el QUINCE (15) de setiembre hasta el VEINTIDÓS (22) de octubre de 2024.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos, corresponden a los consignados en los Legajos Electrónicos Únicos de las designaciones efectuadas anteriormente, que constan en los informes de Dirección Económico–Financiera de esta Facultad.
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 562
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CD-2024-RES-217 24/10/2024 (Carga: 24/10/2024) |
MENDOZA, 24 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 28634/24 en el que se tramita la justificación del bajo rendimiento académico negativo de los alumnos de esta Facultad, durante el Ciclo Lectivo 2023.
CONSIDERANDO:
Que la ordenanza Nº 24/07–C.S, en su artículo 15 establece que “cuando para justificar la falta de rendimiento académico se invoquen causas que hayan obstaculizado el normal desarrollo de su actividad académica y fueren debidamente acreditadas, la procedencia estas será resuelta, en cada caso particular, por el Consejo Directivo respectivo”.
El destacado trabajo exhaustivo realizado por las integrantes del Servicio SAPOE/TRECES a través de citación, entrevistas personales /grupales y compromiso de los alumnos que presentaron notas de pedido de justificación de bajo rendimiento.
Los informes y sugerencias emitidas por la Dirección de Alumnos y la opinión favorable de la Secretaria Académica de esta Facultad.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en sesión del día 24 de septiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Justificar el rendimiento académico negativo a los alumnos de esta Facultad, durante el Ciclo Lectivo 2023, que se detallan a continuación: CARRERAS DE ARTES DEL ESPECTÁCULO: ARCE, Pablo Nicolás (Legajo Nº 28003 – D.N.I. Nº 31429565) BARI GONZALEZ, Aldana Camila (Legajo Nº 26074 – D.N.I. Nº 40104370) BUSTOS, Daniela Belén (Legajo Nº 24941 – D.N.I. Nº 38907849) CARLETTI, Franco Matías (Legajo Nº 27482 – D.N.I. Nº 41084515) CASTRO CARRIZO, Carolina del Valle (Legajo Nº 16947 – D.N.I. Nº 30242670) CUSSI, Lucia Belén (Legajo Nº 27531 – D.N.I. Nº 43270209) DIAZ Camila Lourdes (Legajo Nº 25611 – D.N.I. Nº 39239239) DOMINGUEZ Ivana Belén (Legajo Nº 24811 – D.N.I. Nº 37267082) FLORES CACERES, María Teresa (Legajo Nº 16434 – D.N.I. Nº 30536783) GONZALEZ BUSTOS, Mara Luisina (Legajo Nº 22732 – D.N.I. Nº 34916033) GUARDIA, Rocio Belén (Legajo Nº 20978 – D.N.I. Nº 33433459) LAGOS SANHUEZA, Mayra Agustina (Legajo Nº 25297 – D.N.I. Nº 36965264) LUCERO MALTESE, Jován (Legajo Nº 26519 – D.N.I. Nº 41660716) MEMBRIVE, Patricia Lorena (Legajo Nº 12173 – D.N.I. Nº 24382007) MOYANO, Romina Mayra (Legajo Nº 22678 – D.N.I. Nº 31804871) ORTIZ BANDES, Hernan Javier (Legajo Nº 22735 – D.N.I. Nº 31318607) OVIEDO ASSENZA Mariángeles (Legajo Nº 26627 – D.N.I. Nº 41795446) SALINAS VERÓN, Lucas Julián (Legajo Nº 25754 – D.N.I. Nº 38756332)
CARRERAS DE ARTES VISUALES: ABAD, Hilda Candice (Legajo Nº 16460 – D.N.I. Nº 92499576) ACHO, Ester Teresa (Legajo Nº 26953 – D.N.I. Nº 26923460) ALANIZ, Verónica Alejandra (Legajo Nº 24567 – D.N.I. Nº 36393653) ALFARO, Ana Carolina (Legajo Nº 24797 – D.N.I. Nº 37486746) ANDRADA CARRASCO, Aien Ludmila (Legajo Nº 28818 – D.N.I. Nº 44471450) AREZO, Luciana Belén (Legajo Nº 24229 – D.N.I. Nº 35926042) ARGUELLO, Victoria Ailin (Legajo Nº 26956 – D.N.I. Nº 42244176) BERNUEZ JIMENEZ, Pablo Lucas (Legajo Nº 22940 – D.N.I. Nº 30242024) BORONI, Cintia (Legajo Nº 26986 – D.N.I. Nº 29446952) BRITTOS ARPAJOU Brenda Fabiana (Legajo Nº 25052 – D.N.I. Nº 38760604) BRIZUELA PERNICCI, Lautaro Fernán (Legajo Nº 29019 – D.N.I. Nº 44403702) CHAVEZ, Facundo Miguel (Legajo Nº 26960 – D.N.I. Nº 36607202) CONTRERA, Cintia Mabel (Legajo Nº 28869 – D.N.I. Nº 24633777) CUEVAS LOPEZ, Pedro Enrique (Legajo Nº 16367 – D.N.I. Nº 93041527) DE JONG PALOMBARINI, Bruno Agustín F (Legajo Nº 22399 – D.N.I. Nº 34068150) DEL PÓPOLO, María Elena (Legajo Nº 26362 – D.N.I. Nº 42010502) DIAZ, Carolina Micaela (Legajo Nº 26928 – D.N.I. Nº 40370729) DI CÉSARE, Valentina (Legajo Nº 27849 – D.N.I. Nº 37623451) DI MARCO, Leandro Omar (Legajo Nº 24548 – D.N.I. Nº 32169441) ESQUIVEL, Caterina Giuliana (Legajo Nº 25995 – D.N.I. Nº 41366678) GARCÍA YERUMINI, Germán (Legajo Nº 26337 – D.N.I. Nº 39241351) GOMEZ, Pablo (Legajo Nº 25576 – D.N.I. Nº 23840587) GUIRADO, Carmen Rosa (Legajo Nº 14810 – D.N.I. Nº 25484561) GUZZO, Matías (Legajo Nº 28841 – D.N.I. Nº 46665242) HEREDIA, Francisco (Legajo Nº 25578 – D.N.I. Nº 38473649) JANCO SUCULLANI, Rina Doris (Legajo Nº 28279 – D.N.I. Nº 33517057) KAHLE, Emilia Edith (Legajo Nº 27227 – D.N.I. Nº 41252320) LAUDADIO, María Paz (Legajo Nº 24276 – D.N.I. Nº 38207054) LEIVA, Gabriela Alejandra (Legajo Nº 29046 – D.N.I. Nº 34160581) LEYTES, Marcela Bibiana (Legajo Nº 47 – D.N.I. Nº 20545804) MANRIQUE, Pedro Alejandro (Legajo Nº 26206 – D.N.I. Nº 40104922) MÁRQUEZ EULA, Ailin Micaela (Legajo Nº 28866 – D.N.I. Nº 42967770) MARTIN, Estefanía Laura (Legajo Nº 26342 – D.N.I. Nº 40919356) MARTINEZ NICOSIA, María Clara (Legajo Nº 19436 – D.N.I. Nº 32039738) MONTOYA LUCATO, Ailin Rocio (Legajo Nº 26400 – D.N.I. Nº 40559485) MORALES, Andrea Valentina (Legajo Nº 26588 – D.N.I. Nº 41366538) MORENO, Angela Carolina (Legajo Nº 25431 – D.N.I. Nº 25624178) MOSQUEIRA, Luz del Mar (Legajo Nº 27597 – D.N.I. Nº 42274200) NAVA, Tomás Alan (Legajo Nº 26345 – D.N.I. Nº 41444228) NESOSSI, Carolina (Legajo Nº 25437 – D.N.I. Nº 37513075) OCHOA, Silvia Alejandra (Legajo Nº 28278 – D.N.I. Nº 25964783) PENZ PACHECO, María Luz (Legajo Nº 25094 – D.N.I. Nº 39952534) PORRAS, Mireya (Legajo Nº 25586 – D.N.I. Nº 5766457) RIOS NAVARRO, María Fernanda (Legajo Nº 24559 – D.N.I. Nº 34324340) RIPORTELLA, Marta Alejandra (Legajo Nº 6498 – D.N.I. Nº 16278083) RIVERO, Julieta Florencia (Legajo Nº 23386 – D.N.I. Nº 40219079) RIZZI, Virginia Susana (Legajo Nº 27232 – D.N.I. Nº 28893301) ROJAS CID, Carlos Darío (Legajo Nº 28337 – D.N.I. Nº 92438153) SEPULVEDA MARCHESINI, Mauro (Legajo Nº 23757 – D.N.I. Nº 37194794) SILICATO, Ariadna Anabel (Legajo Nº 20849 – D.N.I. Nº 32879460) SOTO, Maribel Andrea (Legajo Nº 26355 – D.N.I. Nº 36592060) TELLO, María Luisa (Legajo Nº 26950 – D.N.I. Nº 10509083) TORRES, Aldana Cristina (Legajo Nº 26357 – D.N.I. Nº 40787602) ZAPPETTINI, Verónica Florencia (Legajo Nº 24591 – D.N.I. Nº 37007743) ZERPA, Rosalia Talia (Legajo Nº 26984 – D.N.I. Nº 40370193)
CARRERAS DE CERÁMICA: CORIA, Cecilia Alejandra (Legajo Nº 23569 – D.N.I. Nº 33967506) LUCERO, Paz Sol (Legajo Nº 27241 – D.N.I. Nº 42064248) OLGUIN, María Luisa (Legajo Nº 27750 – D.N.I. Nº 23283111) PALERO, Irene (Legajo Nº 22475 – D.N.I. Nº 35512432)
CARRERAS DE DISEÑO: ALONSO, Daniela Estefanía (Legajo Nº 27324 – D.N.I. Nº 42863024) BAIGORRIA, María Cecilia (Legajo Nº 18048 – D.N.I. Nº 31037357) BURNIEGO, Paola Alejandra (Legajo Nº 13091 – D.N.I. Nº 24637280) CABALLERO, Celeste Karen (Legajo Nº 27640 – D.N.I. Nº 43215225) CHIARAMONTE, Ana Clara (Legajo Nº 24454 – D.N.I. Nº 38475951) ESTEBAN, Ignacio (Legajo Nº 24060 – D.N.I. Nº 35515019) FERNANDEZ MONDACA, Pedro Javier (Legajo Nº 27171 – D.N.I. Nº 42793094) FLORES, María Pia (Legajo Nº 26439 – D.N.I. Nº 39235423) GALLAR, Nicolás Javier (Legajo Nº 22548 – D.N.I. Nº 35514626) GATTI NASRALA, Karen Daiana (Legajo Nº 24018 – D.N.I. Nº 36963994) GUAYCO, Analia Belén (Legajo Nº 18903 – D.N.I. Nº 32085679) HIPÓLITO, Eliana Celina (Legajo Nº 24023 – D.N.I. Nº 34063973) LEZAN, Carolina Verónica (Legajo Nº 22569 – D.N.I. Nº 31429542) LÓPEZ CORROZA, Evelyn Micaela (Legajo Nº 28422 – D.N.I. Nº 40560125) MEDINA, Mariela Noemi (Legajo Nº 27360 – D.N.I. Nº 30019576) MERCADO, Irina Abigail (Legajo Nº 26757 – D.N.I. Nº 41368423) OLIVERA, Sergio Nicolás (Legajo Nº 23440 – D.N.I. Nº 37268953) ORO, Hector Daniel (Legajo Nº 17178 – D.N.I. Nº 18354709) PACHECO MOLINA, Paula Fabiana (Legajo Nº 23789 – D.N.I. Nº 37000441) PARRINO, Rebeca (Legajo Nº 24488 – D.N.I. Nº 36416573) PAZ COSTANTINO, Sofía Inés (Legajo Nº 25199 – D.N.I. Nº 39378668) PEREYRA, Paula Sofía (Legajo Nº 25199 – D.N.I. Nº 39378668) PESSINO BUSAJM, Candela (Legajo Nº 27207 – D.N.I. Nº 42518601) REINOSO, Dana Noel (Legajo Nº 25516 – D.N.I. Nº 36225732) RODRIGUEZ, Abril Virginia (Legajo Nº 26823 – D.N.I. Nº 39991292) RODRIGUEZ, Julieta (Legajo Nº 25899 – D.N.I. Nº 40919485) ROJAS BAEZ, Roxana Paola (Legajo Nº 27390 – D.N.I. Nº 6999469) SALAS, Ana Laura (Legajo Nº 19632 – D.N.I. Nº 32807221) SALCEDO, Florencia Abril (Legajo Nº 27395 – D.N.I. Nº 42750894) SIFON, Natalia Andrea (Legajo Nº 14977 – D.N.I. Nº 25666740) SOZZI, Nadia Gabriel (Legajo Nº 23546 – D.N.I. Nº 37135663) TOSAL, Daiana Sabrina (Legajo Nº 24508 – D.N.I. Nº 37269658)
CARRERAS MUSICALES: ANZE, Jairo Brian (Legajo Nº 27127 – D.N.I. Nº 41752988) ARANDA, José Daniel (Legajo Nº 18242 – D.N.I. Nº 13387310) BOSCHI, Cesar Eduardo (Legajo Nº 25834 – D.N.I. Nº 13453704) CASSINO, Sebastián (Legajo Nº 23586 – D.N.I. Nº 30178831) CHAVEZ RONDON, Jorge Andrés (Legajo Nº 25680 – D.N.I. Nº 95489881) COSTANZA, Fabricio Gabriel (Legajo Nº 24379 – D.N.I. Nº 33591953) DIAZ, German Santiago (Legajo Nº 26284 – D.N.I. Nº 38585917) FAVOLE, Liz Georgina (Legajo Nº 22845 – D.N.I. Nº 35622590) LEDDA VICENTE, Mariana Lorena (Legajo Nº 15710 – D.N.I. Nº 28341668) LOPEZ, Laura Analía (Legajo Nº 17344 – D.N.I. Nº 29540554) LOSADA, Agustina Andrea (Legajo Nº 23899 – D.N.I. Nº 36417711) MAGGIONI, Florencia Anabela (Legajo Nº 26693 – D.N.I. Nº 37780815) MANCHENTO, Paloma (Legajo Nº 24891 – D.N.I. Nº 39534820) MARTIN, Leandro Ignacio (Legajo Nº 19351 – D.N.I. Nº 32448220) MONTIVERO, María Jazmín (Legajo Nº 22278 – D.N.I. Nº 34807740)
PALACIO, Fernando Agustin (Legajo Nº 26251 – D.N.I. Nº 39089013) ROSALES, María Florencia (Legajo Nº 26295 – D.N.I. Nº 41417522) ROSALES FUNES, Ayrton Sergio Emmanuel (Legajo Nº 25821 – D.N.I. Nº 37811898) ROSSINI, Marco Valentín (Legajo Nº 25369 – D.N.I. Nº 39381326) SERRA BARBOSA, Alejandro Rodrigo (Legajo Nº 26254 – D.N.I. Nº 28647448) TOBAR, Israel Macario Moises (Legajo Nº 23597 – D.N.I. Nº 28757103) UGRIN, Gabriel (Legajo Nº 23664 – D.N.I. Nº 31124215) VALVERDE, Guillermo Esteban (Legajo Nº 21177 – D.N.I. Nº 21840806) VEGA VALERA, José Osvaldo (Legajo Nº 23673 – D.N.I. Nº 94634041) VENTURA, David Cristian (Legajo Nº 21827 – D.N.I. Nº 31505606)
ARTICULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 217
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FA-2024-RES-561 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 34104/24 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL FAD- RENUNCIA CONDICIONADA DESDE 01/11/24 PROFESORA ALEJANDRA BERMEJILLO”
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se agrega el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 44/22-R, en donde la Prof. Alejandra Edith BERMEJILLO solicita, a partir del 1 de noviembre de 2024 la respectiva renuncia condicionada, conforme con lo establecido en el Decreto Nacional N° 8820/62, en los cargos detallados en el mismo.
Que además corre agregado el Formulario Nº 2 de la Ordenanza Nº 44/22-R, en donde la Dirección de Personal de esta Facultad informa la situación de revista de la docente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 9º por la ordenanza Nº 32/16-R y su modificatoria Ord. Nº 4/22-R.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la Renuncia Condicionada conforme a los términos establecidos en el Decreto Nacional Nº 8820/62, del siguiente personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE
APELLIDO Y NOMBRES BERMEJILLO, Alejandra Edith
D.N.I. 13806747
CUIT/CUIL 27–13806747–0
LEGAJO 25389
Cargos en donde se solicita la renuncia condicionada: CARGO 1 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos
Dedicación Semiexclusiva
Condición Efectivo
Nº de Resolución de designación Resol. N° 117/2017–C.S.
Término de la última designación
Desde 01/12/2016
Hasta -------
Espacio/s Curricular/es
1) Canto I, II, III y IV
2) Instrumento A y B
CARGO 2 2. Descripción del cargo
Denominación del cargo Jefe de Trabajos Prácticos
Dedicación Simple
Condición Interino
Nº de Resolución de designación Resol. N° 259/2023–C.D.
Resol Nº 561
3. Término de la última designación
Desde 01/01/2024
Hasta 31/12/2024
Espacio/s Curricular/es
1) Interpretación I Canto B
Denominación de la Unidad Académica
Dependencia o Facultad Facultad de Artes y Diseño
Subdependencia Carreras Musicales
Fecha de la Renuncia Condicionada
DÍA UNO (1)
MES NOVIEMBRE
AÑO 2024
ARTÍCULO 2º.- La docente continuará desempeñándose en sus tareas habituales, con la percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunique que ha sido otorgado el beneficio previsional.
ARTÍCULO 3º.- La docente que hubiera cumplido la edad para cesar en sus funciones de acuerdo al nivel de enseñanza en el que se desempeña, y que se encontrare bajo Renuncia Condicionada, seguirá prestando servicios hasta tanto obtenga su beneficio jubilatorio, con la única condición de haber iniciado el correspondiente trámite previsional, caso contrario cesará automáticamente. Por tanto, en estos casos no corresponderá solicitar la continuidad laboral.
ARTÍCULO 4º.- Remitir a la Dirección de Seguridad Social dependiente de la Dirección General de Personal del Rectorado UNA (1) copia digital de la presente resolución, conjuntamente con el expediente mencionado en el Visto.
ARTÍCULO 5°.-La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 561
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FA-2024-RES-560 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nros. 29002/24 y 29078/24, en los que constan los pedidos de autorización y aprobación de adscripción de alumnos/as de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que los/las alumnos/as cumplen con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Los informes producidos, la opinión de los Profesores Titulares de las cátedras y de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Tener por autorizadas las adscripciones realizadas por alumnos/as de las Carreras de Artes del Espectáculo de esta Facultad, de acuerdo con las especificaciones que se mencionan a continuación: CARRERAS DE ARTES DEL ESPECTÁCULO DOCUMENTO APELLIDO Y NOMBRE/D CÁTEDRA OBSERVACIONES 42.913.556 DEPUTAT SLUKICH, Antón “ANÁLISIS DEL Ciclo Lectivo: 2021 HECHO TEATRAL” 44.878.305 DE LA VEGA, Camila “ANÁLISIS DEL Ciclo Lectivo: 2022 HECHO TEATRAL”
ARTÍCULO 2°.- Tener por aprobadas las adscripciones realizadas por los alumnos/as de las Carreras de Artes del Espectáculo que se mencionan en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°.- Otorgar a cada interesado/a el certificado de aprobación correspondiente a su adscripción.
ARTÍCULO 4 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 560
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FA-2024-RES-559 23/10/2024 (Carga: 23/10/2024) |
MENDOZA, 23 de octubre de 2024
VISTO:
El expediente electrónico Nº 17155/24 caratulado: “LÓPEZ, Germán S/Solicitud de aprobación para añadir a la Prof. GRECO, María Emilia como co-directora de la Tesina. Carreras Musicales – FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el alumno Germán Andrés LÓPEZ solicita la incorporación de Co-Director de su Seminario Tesis.
La aceptación por parte de la docente que estará a cargo de la codirección del mismo.
Los informes producidos por Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar al alumno Germán Andrés LÓPEZ (Registro Nº 27138) de las Carreras de Musicales, la incorporación de la Co-Directora Mgter. María Emilia GRECO en su Tesina titulada: “Propuesta interpretativa de la ‘‘Truco Suite’’ de Máximo Diego Pujol, basada en la influencia de los géneros rioplatenses”, junto con la dirección del Dra. Laura Beatriz GUEMBE.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 559
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