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FA-2026-RES-435 3/07/2026 |
MENDOZA, 3 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 23322/26 caratulado: “MOLINA, Yolanda Inés S/ Solicitud inicio del trámite de Tesina. Carreras Musicales FAD”.
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de la docente que estará a cargo del mismo.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección de “Tesina” a la alumna de las Carreras Musicales de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumna: Yolanda Inés MOLINA (Registro N° 13250)
Seminario: “Recursos para la interpretación del Tango en el contrabajo”
Directora: Dra. Alejandra SÁEZ Carrera: Licenciatura en Contrabajo
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 435
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FA-2026-RES-434 3/07/2026 |
MENDOZA, 3 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 23964/26 caratulado: “BADINI, Carla S/ Solicitud aprobación para iniciar formalmente el proceso de escritura de la Tesina. Carreras Musicales FAD”.
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de los docentes que estarán a cargo del mismo.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección de “Seminario Tesis” a la alumna de las Carreras Musicales de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumna: Carla Micaela BADINI FEMENI (Registro N° 28167)
Seminario: “La tonada en otras voces”
Director: Prof. Arturo Eduardo TASCHERET Co-Directora Prof. Alejandra Susana MARENGO Carrera: Licenciatura en Música Popular (Teclado-Canto)
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 434
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FA-2026-RES-433 3/07/2026 |
MENDOZA, 3 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 24114/26 caratulado: “Ezequiel Bordón S/ Solicitud aprobación para iniciar formalmente el proceso de escritura de Tesina. Carreras Musicales FAD”.
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte del docente que estará a cargo del mismo.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección de “Tesina” al alumno de las Carreras Musicales de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumno: Daniel Ezequiel BORDON (Registro N° 24222)
Seminario: “Recursos estilísticos del tango aplicados al saxofón”
Director: Prof. Pablo Miguel SALCEDO Carrera: Licenciatura en Instrumento (Saxofón)
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 433
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FA-2026-RES-432 3/07/2026 |
MENDOZA, 3 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 23680/26 en el que se tramita la baja del D.I. Jerónimo Emiliano FORMICA en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, reemplazante, para cumplir funciones en el espacio curricular asignatura “Diseño de Productos Final” de las Carreras de Diseño, a partir del 1 de julio de 2026.
CONSIDERANDO:
Que el D.I. Jerónimo Emiliano FORMICA se encuentra designado, en carácter de reemplazante, en el cargo y funciones mencionadas en el VISTO, mediante resolución n° 324/25-CD.
Que, por otro lado, dicha solicitud obedece a que el mencionado docente ha efectivizado por concurso en el cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Diseño de Productos III" de la carrera de Diseño Industrial, de las Carreras de Diseño de esta Facultad, dispuesto por la resolución N° 156/26-C.S.; por lo que dicha designación implica un exceso de carga horaria del docente, en virtud de lo dispuesto por la ordenanza Nº 28/00-C.S.
Que por lo antes mencionado y con el fin de evitar posibles incompatibilidades, se tramita la presente baja.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el Art. n° 10 de la Ord. n° 44/22R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de julio de 2026, al D.I. Jerónimo Emiliano FORMICA (Legajo Nº 32837 – CUIL N° 20-25443167-3) en el cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, reemplazante, para cumplir funciones en el espacio curricular asignatura “Diseño de Productos Final” de las Carreras de Diseño, quien fuera designado mediante resolución n° 324/25-CD.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 432
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FA-2026-RES-431 3/07/2026 |
MENDOZA, 3 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 23326/26 caratulado: “CARR DE CERÁMICA/ S/Solicitud de autorización y acompañamiento institucional para jornada de bienvenida de estudiantes de Cerámica”.
CONSIDERANDO:
Que las Carreras de Cerámica todos los años organizan una jornada de bienvenida destinada a estudiantes de primer año, con el objetivo de propiciar un espacio cercano y de intercambio orientado a favorecer el conocimiento mutuo y el acompañamiento en el inicio del recorrido académico en la Facultad.
Que, las actividades se organizan de manera conjunta con estudiantes, docente y directivos.
Que en este ciclo se organizó la realización de una escultura colectiva y su posterior cocción en horno de pozo con la participación de los espacios curriculares “Taller Cerámico III”, “Historia del Arte y la Cerámica IV” y “Técnica y Práctica Cerámica”.
Que el encuentro prevé un intercambio y diferentes presentaciones, orientado a que las y los estudiantes ingresantes conozcan la carrera, al equipo docente y los distintos espacios institucionales, mediante dinámicas lúdicas.
El informe favorable de la Secretaría Académica de esta Facultad.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la realización de las actividades desarrolladas en la Jornada de Bienvenida a los alumnos de las Carreras de Cerámicas, que se llevó a cabo el día SIETE (7) de mayo de 2026 en las instalaciones de los Talleres de acuerdo a lo detallado en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 431
ANEXO ÚNICO PROYECTO PEDAGÓGICO: Del arte mobiliar a la cerámica: experimentación material y simbólica en la Prehistoria Asignaturas: Historia del Arte y la Cerámica I/ Historia de la Cerámica II Responsables: Prof. Valentina Prieto - Profesora Titular Dra. María Julia Godoy - Jefa de Trabajos Prácticos Profesor invitado: Prof. José Fernando Aguayo - Profesor Adjunto Taller de Color Cerámico Año académico: 2026 Actividad formativa de cierre y bienvenida a estudiantes de primer año 1. Fundamentación teórica y pedagógica del proyecto El proyecto Del arte mobiliar a la cerámica: experimentación material y simbólica en la Prehistoria se inscribe de manera directa en los contenidos, enfoques y competencias definidos en los programas de las asignaturas Historia del Arte y la Cerámica I e Historia de la Cerámica II, particularmente en el Eje 1: Cerámica Prehistórica: orígenes simbólicos y técnicos, que constituye el núcleo fundacional del recorrido histórico de la cerámica en ambas propuestas curriculares. Dicho eje propone un abordaje de la cerámica prehistórica que no la concibe como un objeto aislado ni como un simple antecedente técnico, sino como una práctica simbólica integrada a la vida social, en estrecha relación con el cuerpo, el gesto, el entorno y la experiencia colectiva. Desde este posicionamiento, la actividad propuesta no funciona como un "ejercicio práctico" agregado, sino como una traducción pedagógica del eje, que permite a las y los estudiantes experimentar materialmente aquello que el programa plantea a nivel conceptual. En el Paleolítico, las manifestaciones de arte rupestre sitúan el símbolo en el espacio de la cueva. Las imágenes se producen en ámbitos no domésticos, de acceso restringido, y susu sentido se construye en relación con el recorrido corporal, la materialidad de la roca y la experiencia ritual colectiva. Tal como señalan Clottes y Lewis-Williams (2001), estas imágenes no deben interpretarse como obras estéticas en sentido moderno, sino como prácticas simbólicas situadas, inseparables de su contexto espacial y social. Este primer momento resulta fundamental para comprender por qué, en la actividad propuesta, no se busca una obra "para mostrar", ni una producción orientada a la exhibición estética. Del mismo modo que el arte rupestre no se produce para ser contemplado como objeto autónomo, la pieza cerámica que realizan las y los estudiantes se concibe como un objeto con sentido, vinculado al proceso y a la experiencia, y no como resultado formal cerrado. El arte mobiliar introduce un desplazamiento central en este recorrido: el símbolo deja de estar anclado exclusivamente al espacio de la cueva y comienza a materializarse en objetos portátiles, pequeños y manipulables, cercanos al cuerpo. Venus paleolíticas, bastones perforados y plaquetas grabadas evidencian que el sentido simbólico se vuelve transportable, circula y acompaña la vida cotidiana, ritual o social. Este pasaje fundamenta directamente varias decisiones de la actividad: la escala reducida de la pieza (máximo 11 cm), su carácter portátil y manipulable, y el hecho de que se trate de una única pieza, pensada desde la proximidad corporal. No se propone realizar una vasija doméstica ni una forma funcional moderna, sino un objeto cerámico con sentido simbólico, en continuidad con la lógica del arte mobiliar. El tamaño, la técnica manual y la ausencia de torno no son elecciones arbitrarias, sino decisiones pedagógicas coherentes con las prácticas prehistóricas estudiadas. Desde esta perspectiva, la cerámica neolítica, y en particular la cerámica cardial y la cerámica de la cuenca del Danubio, se comprende como una prolongación de las prácticas simbólicas del arte mobiliar, ahora integradas a un nuevo soporte material y a un nuevo contexto social: el ámbito doméstico.
Resol. N° 431
Anexo Único- Hoja 2
Las marcas impresas, incisiones y ritmos gestuales que caracterizan estas producciones no funcionan como decoración ornamental, sino como huellas del hacer, inscripciones directas del gesto sobre la materia. Por esta razón, en la actividad se solicita que las intervenciones sobre la superficie se realicen mediante impresiones e incisiones simples, priorizando la repetición del gesto y evitando recursos decorativos modernos. No se trata de "embellecer" la pieza, sino de experimentar cómo el gesto deja marca, y cómo esa marca construye sentido en relación con el objeto y con quien lo produce. Tal como señalan García Rosselló y Clop García (2019), la cerámica prehistórica debe leerse como un proceso social y técnico, donde cada objeto remite a decisiones, prácticas y saberes compartidos. En la misma línea, García González, Contreras y Dorado-Alejos (2018) destacan que estas producciones no pueden comprenderse si se separa la técnica del contexto social y simbólico. Esta concepción fundamenta que la actividad priorice el proceso por sobre el resultado, y que la evaluación se centre en la experimentación, la reflexión y el registro del trabajo, y no en la calidad formal de la pieza terminada. La elección de culminar la actividad con una quema en horno de pozo responde a esta misma lógica. Las primeras tecnologías cerámicas se caracterizan por un control técnico relativo, construido empíricamente y de manera colectiva. La quema temprana no busca uniformidad ni previsibilidad absoluta, sino la transformación de la materia mediante el fuego. Guerra Doce y Delibes (2021) señalan que esta variabilidad no constituye un error, sino una condición constitutiva de las prácticas cerámicas tempranas. Desde el punto de vista pedagógico, el horno de pozo permite a las y los estudiantes experimentar una relación con el fuego en la que el control no es total, desplazando la expectativa de resultado perfecto y reforzando la comprensión del proceso como instancia de aprendizaje. Asimismo, la quema colectiva refuerza el carácter social y comunitario de la cerámica prehistórica, en la que la producción no se concibe como acto individual aislado. Es importante señalar que la pieza que se lleva a la quema no se produce de manera improvisada, sino que forma parte de un proceso de trabajo previo, desarrollado a lo largo de las clases. Las y los estudiantes vienen trabajando la pieza en diálogo con los contenidos del Eje 1, reflexionando sobre forma, gesto y sentido simbólico, de modo que la quema funciona como culminación material y simbólica del recorrido pedagógico. En este sentido, la actividad no busca reproducir modelos arqueológicos ni simular el pasado, sino habilitar una experiencia situada, que permita comprender la cerámica prehistórica como una historia larga del gesto y del símbolo, donde la materia media entre pensamiento, cuerpo y comunidad. De este modo, el proyecto consolida una comprensión crítica, histórica y situada del campo cerámico desde el inicio de la trayectoria académica.
Articulación con los perfiles de las carreras El proyecto se articula con los perfiles de formación de las distintas carreras vinculadas al campo cerámico -Licenciatura en Cerámica Artística, Licenciatura en Cerámica Industrial y Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística- atendiendo a la diversidad de trayectorias, intereses y proyecciones profesionales de las y los estudiantes. Tal como se explicita en los programas, se espera que las y los estudiantes desarrollen una comprensión crítica y contextualizada de la cerámica antigua, que les permita integrar saberes históricos a prácticas artísticas, industriales, investigativas y docentes situadas. En este marco, la propuesta no busca homogeneizar prácticas ni producir resultados estandarizados, sino habilitar una experiencia común, desde la cual cada estudiante pueda vincular los contenidos históricos con su propio perfil formativo.
Resol. N° 431
Anexo Único- Hoja 3
En las Licenciaturas, el proyecto fortalece la lectura de la cerámica como lenguaje cultural, técnico y simbólico; en el Profesorado, aporta herramientas para pensar estas producciones desde una perspectiva didáctica, capaz de ser transmitida y resignificada en contextos educativos. Esta orientación responde a las competencias generales y específicas definidas en los programas, que promueven la integración de historia del arte, arqueología y antropología simbólica desde una mirada plural y reflexiva. 3. Descripción de la actividad La actividad propone la producción de una pieza cerámica de pequeño formato, realizada íntegramente a mano, sin torno, inspirada en el arte mobiliar prehistórico. La escala reducida de la pieza (hasta 11 cm) se vincula con el carácter portátil propio de los objetos estudiados, y el proceso de trabajo se centra en: la exploración del gesto y la marca como formas primarias de inscripción simbólica; la reflexión sobre la relación cuerpo-materiaentorno; 3 la comprensión de la superficie cerámica como espacio de construcción de sentido. Es importante señalar que la pieza cerámica no se realiza de manera aislada ni improvisada para la quema, sino que forma parte de un proceso de trabajo previo, desarrollado a lo largo de las clases. Las y los estudiantes ya vienen trabajando sobre la pieza, reflexionando sobre la forma, el gesto y el sentido simbólico en diálogo con los contenidos del Eje 1 del programa. En este sentido, la pieza se encuentra preparada para la quema, entendida como la instancia final de un recorrido pedagógico sostenido. No se persigue una producción acabada en términos técnicos modernos, sino una experiencia de experimentación pedagógica, en la que el proceso, la reflexión y el registro del trabajo adquieren un valor central, en coherencia con las estrategias metodológicas de aula-taller definidas en los programas. 4. La quema en horno de pozo: sentido histórico, técnico y pedagógico La actividad culmina con una quema colectiva en horno de pozo, incorporada como una instancia pedagógica central del proyecto. Esta modalidad se vincula directamente con el enfoque del Eje 1: Cerámica Prehistórica: orígenes simbólicos y técnicos, que pone en relieve el carácter experimental, colectivo e incierto de las primeras tecnologías cerámicas. Desde una perspectiva histórica y arqueológica, la cocción temprana se caracteriza por la ausencia de un control técnico sistemático tal como se lo entiende en contextos posteriores. Las primeras experiencias de quema no respondían a parámetros estables de temperatura, atmósfera o tiempo, sino a un conocimiento empírico, construido a partir de la observación, la repetición del gesto y la experiencia compartida. En este sentido, Guerra Doce y Delibes (2021) señalan que las primeras producciones cerámicas no buscaban estandarización ni regularidad formal, sino la transformación de la materia, aceptando la variabilidad y la imprevisibilidad del fuego como parte constitutiva del proceso. El horno de pozo permite recuperar esta lógica temprana de producción, en la que el control no es absoluto, sino relativo, situado y colectivo. El fuego actúa como un agente que no puede ser dominado por completo, sino acompañado, observado y gestionado de manera conjunta. Esta condición resulta clave para comprender las prácticas cerámicas prehistóricas no como técnicas cerradas, sino como procesos abiertos, atravesados por decisiones, ensayo y error, y saberes compartidos. Desde el punto de vista pedagógico, esta experiencia habilita una reflexión crítica sobre la noción moderna de control técnico y perfección formal. Al trabajar con un dispositivo que no garantiza resultados uniformes, se desplaza el foco desde el objeto final hacia el proceso, reforzando una concepción del aprendizaje coherente con los criterios formativos del programa: valorar la experimentación, la observación y la reflexión por sobre la obtención de un resultado "correcto".
Resol. N° 431
Anexo Único- Hoja 4
Asimismo, la quema en horno de pozo refuerza el carácter colectivo de las prácticas cerámicas tempranas. A diferencia de otros dispositivos de cocción individualizados, esta modalidad exige organización grupal, toma de decisiones compartidas y participación activa de todos los involucrados. De este modo, la quema 4 se convierte en una experiencia comunitaria que permite pensar la cerámica prehistórica como una práctica social y ritual, y no como una producción individual aislada. En este marco, la quema no se concibe como un mero cierre técnico de la actividad, sino como una instancia de aprendizaje en sí misma, en la que se integran los contenidos históricos, técnicos y simbólicos trabajados a lo largo del proyecto. El horno de pozo funciona así como un dispositivo pedagógico que permite experimentar en el presente las condiciones materiales y conceptuales abordadas en el estudio de la Prehistoria. 5. Objetivos del proyecto Articular los contenidos del Eje 1: Cerámica Prehistórica desde una experiencia teóricopráctica situada. Comprender el pasaje del símbolo del espacio de la cueva al objeto portátil. Reconocer la cerámica prehistórica como documento cultural integral. Experimentar el gesto, la marca y la materia como formas de conocimiento histórico. Valorar el proceso, la experimentación y la reflexión, por sobre la producción de resultados estandarizados. 6. Sentido institucional y solicitud de aval La actividad se plantea como una instancia de cierre formativo del abordaje de la Prehistoria y, al mismo tiempo, como una experiencia de bienvenida que permite a las y los estudiantes ingresar al campo cerámico desde una práctica situada, coherente con los contenidos, enfoques y estrategias metodológicas de las asignaturas involucradas. Esta doble condición -cierre y comienzo- otorga a la propuesta un valor pedagógico e institucional particular, al articular el recorrido académico con una experiencia significativa de integración a la vida universitaria. Desde el punto de vista institucional, los el proyecto contribuye a fortalecer la coherencia entre programas, las prácticas docentes y las experiencias formativas que se ofrecen a las y los estudiantes, reforzando una concepción de la enseñanza de la cerámica como campo histórico, simbólico y cultural. Asimismo, la actividad favorece el sentido de pertenencia a la carrera y a la Facultad, al promover una experiencia colectiva que vincula a estudiantes y docentes en torno a una práctica común, históricamente situada y conceptualmente fundamentada. En este marco, se prevé solicitar Aval Institucional Académico, con el objetivo de que la Facultad respalde formalmente la calidad pedagógica, la pertinencia disciplinar y la coherencia del proyecto con los programas vigentes y los perfiles formativos de las carreras. El aval solicitado reconoce la propuesta como una experiencia académica relevante, en tanto integra contenidos curriculares, producción material experimental y reflexión histórica, y se inscribe plenamente en los objetivos formativos de la Unidad Académica. 5 El Aval Institucional Académico solicitado expresa el reconocimiento institucional de una actividad que, por su carácter transversal, formativo y de proyección académica, trasciende la dinámica habitual del aula y aporta a la consolidación de una identidad académica compartida en el campo de la cerámica, fortaleciendo en las y los estudiantes una comprensión situada del campo disciplinar desde el inicio de su trayectoria formativa. En el contexto actual de la educación superior en Argentina, esta propuesta reafirma el valor de la Universidad Nacional de Cuyo y de la Facultad de Artes y Diseño como espacios de formación crítica, producción de conocimiento y construcción colectiva de sentido, y pone en relieve el rol del conjunto de las Carreras de Cerámica (Licenciaturas y Profesorado) como comunidad académica que comparte saberes, prácticas y responsabilidades formativas en torno a la cerámica como lenguaje cultural, histórico y socialmente situado.
Resol. N° 431
Anexo Único- Hoja 5
PROYECTO PEDAGÓGICO La pieza como eje ritual y pedagógico Cocción de la escultura colectiva en horno de pozo como acto de cierre y transmisión (Volumen II) Asignaturas participantes: Taller Cerámico III Historia del Arte y la Cerámica IV Técnica y Práctica Cerámica III Historia de la Cerámica I Participantes del proyecto Docentes responsables • MARQUET, María Clara • LÓPEZ SALDAÑA, Alejandro • PRIETO, Valentina • GODOY, María Julia • SUCH, Esteban Gabriel • BARRERA GUISASOLA, María Jazmín Egresado adscripto / Profesor invitado (Volumen II) ● AGUAYO MUÑOZ, José Fernando – Egresado adscripto. Participa asimismo como Profesor Adjunto de Taller de Color Cerámico invitado en el Volumen II del proyecto, acompañando el proceso pedagógico y técnico en instancias específicas vinculadas a su especialidad Estudiantes participantes • BURGARELLI ANNINO, Ana Katherina • IMPA, Valentina Celeste • PIÑERO MULERO, Daniela Yamila • WENDT PATIÑO, Julieta Cecilia • LENCINAS, María Candela • HERRERAS NEIRA, Lucía • BUSTOS GUILLEN, Juliá • OLGUÍN, Carolina • CAMPOS, Margarita Cristina • GONZÁLEZ, Paola Mariana • ARCE, Thomas • CAMPOS, Miriam Beatriz • VILLARREAL, Mariela • LAPORTE, Claudia Patricia • BRITTOS ARPAJOU, Camila Fernanda • BRITTOS ARPAJOU, Brenda Fabiana • VÁSQUEZ MIRANDA, Agustín Nehuén • DÍAZ MATURANA, Claudia Inés • BARRIOS, Flavia Albana • OLAVE, Yohana Roxana • CRISTOFANELLI, Oriana Lucía • ROSALES, Marcela Alejandra Reconocimiento Deseamos que se incluya en la documentación un reconocimiento especial a Mirta GONZÁLEZ, por su generoso acompañamiento y por representar a la Comunidad Huarpe Polonio González Pastequiu, cuya presencia otorgó al encuentro un sentido más profundo, arraigado y vivo.
Anexo Único – Hoja 6
Introducción y marco general El presente proyecto pedagógico propone una experiencia integral de enseñanza– aprendizaje en torno a la cerámica entendida como práctica material, simbólica y ritual, articulando saberes históricos, artísticos y técnicos desde una perspectiva situada. Concebido como Volumen II de la experiencia Escultura Ritual Colectiva desarrollada durante el año 2025, este proyecto profundiza y amplía el marco teórico, metodológico y pedagógico de aquella instancia inicial, consolidándola como una propuesta de largo alcance dentro de las asignaturas Historia del Arte y la Cerámica IV e Historia de la Cerámica I, cátedras que comparten el mismo cuerpo de estudiantes dentro de la carrera de Cerámica. La cocción en horno de pozo de una escultura colectiva de gran formato se plantea no sólo como un cierre técnico del proceso, sino como un acontecimiento pedagógico y ritual, capaz de articular memoria, comunidad, territorio y transmisión intergeneracional. En este sentido, el proyecto se inscribe en una pedagogía que comprende al arte como experiencia transformadora y al conocimiento como construcción colectiva, situada y encarnada. Antecedentes: Volumen I y continuidad del proceso Durante el año 2025 se desarrolló el proyecto Escultura Ritual Colectiva como Volumen I de esta experiencia, en el marco del Proyecto Intercátedra de las Carreras de Cerámica de la Facultad de Artes y Diseño (UNCuyo). La instancia central de aquel volumen fue la presentación pública de la obra colectiva y la cocción en horno de pozo de las piezas que conformaban un cosmograma, activadas ceremonialmente con motivo del Día del Ceramista. Dicho proceso fue concebido como un dispositivo intercátedra, integrando equipos docentes y estudiantiles que participaron activamente en todas las etapas del trabajo: investigación conceptual e histórica, diseño simbólico del cosmograma, producción material, preparación del horno, activación ritual y registro del proceso. Los y las estudiantes no solo participaron materialmente de la experiencia, sino que se involucraron en un proceso pedagógico de fuerte raigambre simbólica y ritual, directamente vinculado a los contenidos trabajados en las cátedras. En este marco, el cosmograma operó como un dispositivo de pensamiento, organización espacial y construcción simbólica. Lejos de una función decorativa, el cosmograma funcionó como una estructura de ordenamiento del mundo, articulando nociones de centro, orientación, relación entre planos y temporalidad ritual. Tal como señala Teresa Gisbert, en las cosmovisiones andinas este tipo de estructuras permiten materializar visual y espacialmente una concepción relacional del universo, donde los objetos participan activamente en la producción de sentido (Gisbert, 1980; 1999). En diálogo con ello, Serge Gruzinski sostiene que las imágenes y disposiciones simbólicas en las culturas americanas no representan el mundo, sino que lo organizan y lo activan (Gruzinski, 2003). Del mismo modo, el horno de pozo fue trabajado no solo como tecnología de cocción, sino como una matriz simbólica asociada a la Madre Tierra. El acto de enterrar las piezas y devolver la arcilla a la tierra activa una lógica de retorno al origen: el pozo se configura simbólicamente como vientre, tumba y espacio de transformación. Denise Arnold señala que, en las prácticas cerámicas andinas, la cocción en pozo se inscribe dentro de una relación ritual con la Pachamama, donde la tierra no solo recibe la pieza, sino que la vuelve a gestar mediante el fuego (Arnold, 1995). La obra central, concebida como pieza de gran formato y eje simbólico del conjunto, quedó deliberadamente sin cocción. Esta decisión no respondió a un estado inconcluso, sino a una definición conceptual y pedagógica: preservar la pieza mayor en estado crudo permitió sostener abierto el ciclo ritual y proyectar su transformación para una instancia posterior.
Anexo Único – Hoja 7
De este modo, el proceso asumió una temporalidad extendida, propia de las prácticas rituales, donde el sentido se construye a lo largo del tiempo y en comunidad. Fundamentación teórica y conceptual La cerámica no puede ser comprendida únicamente desde parámetros formales o técnicos. Se trata de un lenguaje complejo, profundamente imbricado en las cosmovisiones de los pueblos originarios de América. En estas tradiciones, la materia no es concebida como inerte, sino como un cuerpo vivo, portador de energía, memoria y potencia simbólica. Alfredo López Austin señala que la arcilla participa de una lógica vital en la que modelar implica establecer una relación entre cuerpo humano, territorio y fuerzas del mundo (López Austin, 1989; 1996). El acto de modelar, cocer, enterrar u ofrendar una pieza cerámica constituye, así, un conjunto de gestos cargados de sentido ritual. La cocción representa un momento de transformación irreversible: un pasaje ritual en el que la materia atraviesa una experiencia de muerte y renacimiento mediada por el fuego. El horno de pozo condensa estas dimensiones simbólicas, articulando tierra, fuego, aire y materia en un espacio limitado donde la pieza es transformada y consagrada como cuerpo cerámico. La recuperación de estas tecnologías ancestrales en el ámbito universitario no implica una reproducción arqueológica, sino su activación crítica y pedagógica, permitiendo comprender la cerámica como práctica situada, histórica y simbólicamente cargada. Fundamentación pedagógica e institucional Desde una perspectiva pedagógica, el proyecto se inscribe en una educación experiencial y situada, que concibe a los y las estudiantes como sujetos activos en la construcción del conocimiento. El trabajo colectivo, la articulación intercátedra y la experiencia ritual compartida habilitan formas de aprendizaje no lineales ni exclusivamente discursivas. Victor Turner sostiene que el ritual no es un evento aislado, sino un proceso que produce sentido, identidad y transmisión de conocimiento entre generaciones (Turner, 1988). En este proyecto, la ritualidad se constituye como una herramienta pedagógica fundamental, donde la experiencia compartida fortalece la construcción de memoria, pertenencia y comunidad. En el marco de la universidad pública argentina, esta propuesta reafirma valores centrales: el conocimiento como bien común, la producción colectiva del saber, el respeto por las culturas originarias y el vínculo profundo entre universidad y territorio. La cocción ritual se entiende como una apuesta formativa, donde lo técnico, lo simbólico y lo afectivo se integran en una experiencia significativa. Objetivos Objetivo general ● Desarrollar una experiencia pedagógica integral que articule Historia del Arte y la Cerámica IV e Historia de la Cerámica I, práctica cerámica y simbolismo ritual, mediante la cocción en horno de pozo de una escultura colectiva como rito de bienvenida institucional. Objetivos específicos ● Completar el ciclo ritual iniciado en 2025 mediante la cocción de la escultura central. ● Profundizar la comprensión de la cerámica como práctica cultural, simbólica y ritual. ● Introducir a estudiantes ingresantes en tecnologías cerámicas ancestrales desde una mirada crítica y contemporánea. ● Fortalecer el vínculo intergeneracional entre estudiantes y cátedras. ● Consolidar prácticas pedagógicas basadas en la experiencia, la colectividad y la reflexión.
Anexo Único – Hoja 8
Cierre El Volumen II de la experiencia Escultura Ritual Colectiva culmina cerrando un ciclo pedagógico, simbólico y formativo iniciado el año anterior en el marco de las asignaturas Historia del Arte y la Cerámica IV e Historia de la Cerámica I, y lo hace desde una concepción del aprendizaje que excede los límites temporales del cursado formal. Si bien los y las estudiantes que participaron activamente del Volumen I ya han promocionado las asignaturas, eligieron conscientemente dar continuidad y cierre a esta instancia, entendiendo que el proceso iniciado no concluía con la evaluación académica, sino que requería un tiempo ritual propio para su plena realización. Esta decisión revela una comprensión profunda del proyecto como proceso extendido, donde el sentido se construye en el tiempo, en la reiteración del gesto, en la espera y en el cierre compartido. Para muchos de los y las estudiantes involucrados/as —quienes se encuentran próximos/as a culminar sus estudios—, la cocción final de la pieza central constituye una instancia de pasaje, un gesto de síntesis entre lo aprendido, y lo vivido. En este marco, la bienvenida a estudiantes de primer año adquiere un significado que trasciende lo inaugural: no se trata de un acto aislado de recepción, sino de una acción pedagógica de transmisión intergeneracional, donde quienes transitan sus últimos tramos de la carrera asumen la responsabilidad simbólica de legar saberes, experiencias y sentidos a quienes comienzan su recorrido. El fuego compartido, la palabra, la espera y el cierre ritual de la obra constituyen así una forma de enseñanza que no se inscribe exclusivamente en el discurso, sino en la experiencia encarnada y colectiva. La cocción en horno de pozo de la escultura colectiva no solo transforma una obra material, sino que activa una comunidad de aprendizaje, reafirma la cerámica como lenguaje de transformación y consolida una pedagogía basada en la relación entre cuerpo, materia, territorio y memoria. En esta experiencia, la práctica artística se vuelve inseparable de la reflexión histórica, la ritualidad y el compromiso colectivo, configurando una forma de enseñanza situada, crítica y sensible. En el marco de la universidad pública, el proyecto reafirma valores fundamentales: el conocimiento entendido como bien común, la producción colectiva del saber, el respeto y relectura crítica de las tradiciones culturales americanas y la formación artística como espacio de construcción de sentido, pertenencia e identidad. El Volumen II no clausura el proyecto, sino que lo inscribe como antecedente vivo, como memoria activa y como posibilidad de continuidad futura. De este modo, la experiencia se afirma no solo como cierre de una obra, sino como acto pedagógico pleno, donde pasado y presente, ritual y formación académica, técnica y simbolismo, se articulan en una práctica que deja huella tanto en la materia como en quienes la atraviesan. La escultura cocida se ofrece finalmente no solo como objeto, sino como testimonio de un proceso compartido, de un tiempo habitado y de una comunidad que se reconoce en el hacer, en el cuidado y en la transmisión del saber. Referencias bibliográficas ● Arnold, D. (1995). La casa de adobe y la Pachamama. La Paz: HISBOL. ● Gisbert, T. (1980). Iconografía y mitos indígenas en el arte. La Paz: Gisbert y Cía. ● Gisbert, T. (1999). El paraíso de los pájaros parlantes. La Paz: Plural. ● Gruzinski, S. (2003). La colonización de lo imaginario. México: Fondo de Cultura Económica. ● López Austin, A. (1989). Cuerpo humano e ideología. México: UNAM. ● López Austin, A. (1996). Los mitos del tlacuache. México: UNAM. ● Turner, V. (1988). The Anthropology of Performance. New York: PAJ Publications
RESOLUCIÓN Nº 431
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FA-2026-RES-430 2/07/2026 |
MENDOZA, 2 de julio de 2026
VISTO:
Los expedientes electrónicos Nos 23958/26 y 23960/26 en los que la estudiante Sofía Daniela BONILLA MATTIUSSO solicita licencia estudiantil en diferentes períodos, en el marco de la Ord. Nº 18/18-C.S.
CONSIDERANDO:
Que dicha estudiante ha cumplimentado con la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de “Razones Particulares”, como así también se emiten los informes favorables de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por razones de “Razones Particulares" a la estudiante Sofía Daniela BONILLA MATTIUSSO (Registro N° 30443 – DNI Nº 48395035) de la carrera Diseño Gráfico, de acuerdo con lo estipulado por Ord. Nº 18/18-C.S., Anexo I, artículo 5, inciso l, durante los siguientes periodos: • Los días VEINTINUEVE (29) de junio y el UNO (1) de julio de 2026 • Los días DIECINUEVE (19) y VEINTIUNO (21) de agosto de 2026
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 430
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FA-2026-RES-429 2/07/2026 |
MENDOZA, 2 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 18660/26 caratulado: “PENA, Marina S/Equivalencia - Carreras Musicales -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la estudiante Marina PENA solicita equivalencia en la asignatura “Piano Complementario” de la carrera de Licenciatura en Viola. Por otro lado, dicho pedido resulta viable ya la Srta. PENA es egresada de la carrera de Profesorado de Grado Universitario en Música y en su analítico registra aprobadas, entre otras, las asignaturas “Instrumento I, II, III y IV (Piano)”.
La opinión favorable de la Profesora Titular de la asignatura involucrada y de la Dirección de Carreras Musicales.
El informe emitido por la Dirección de Alumnos.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia a la alumna Marina PENA (DNI Nº 31221151) en la asignatura “Piano Complementario” de la carrera Licenciatura en Viola de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 429
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FA-2026-RES-428 2/07/2026 |
MENDOZA, 2 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 23839/26 caratulado: “Jorge Ignacio de la Rosa S/ Solicitud aprobación para iniciar formalmente el proceso de escritura de Tesina. Carreras Musicales FAD”.
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de la Docente que estará a cargo del mismo.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la Dirección de “Seminario Tesis” al alumno de las Carreras Musicales de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumno: Juan Ignacio DE LA ROSA (Registro N°12760)
Seminario: “El rol de las orquestas infantiles y juveniles en contexto de vulnerabilidad social: el caso de la Orquesta Infantil y Juvenil Barrio La Gloria, en el marco de políticas culturales y educativas en Argentina”
Directora: Prof. Aldana Laura CONTARDI Carrera: Licenciatura en Música Popular (Vientos)
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 428
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FA-2026-RES-427 2/07/2026 |
MENDOZA, 2 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 23975/26 caratulado: “DIRECCIÓN DE PERSONAL- BAJA POR JUBILACIÓN - BUCCOLINI, María Mónica”.
CONSIDERANDO:
Que la Prof. BUCCOLINI presenta su renuncia por jubilación en los siguientes cargos: Profesor Adjunto con dedicación Semiexclusiva de carácter Efectivo, para el dictado del espacio curricular “Diseño de Productos III”, (en licencia por incompatibilidad- cargo Mayor Jerarquía); Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva de carácter Efectivo para cumplir funciones en la asignatura “Diseño de Productos Final”; Ayudante de Primera con dedicación Simple de carácter Efectivo, para cumplir funciones en la asignatura “Introducción al Diseño” y Profesor Titular con dedicación Semiexclusivo de carácter Interino, para desempeñar funciones en el espacio curricular “Diseño de Productos III”, todos en las Carreras de Diseño.
Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el Art. N° 10 de la Ord. N° 44/22-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja por jubilación, a partir del UNO (1) de julio de 2026, a la Prof. María Mónica BUCCOLINI (Legajo Nº 22962 – CUIL Nº 27-12783502-6) en los cargos desempeñados en las Carreras de Diseño que se detallan a continuación: • Profesor Adjunto con dedicación Semiexclusiva, Efectivo, para el dictado del espacio curricular “Diseño de Productos III”, (en licencia por incompatibilidad- cargo Mayor Jerarquía) • Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, Efectivo, para cumplir funciones en la asignatura “Diseño de Productos Final”; • Ayudante de Primera con dedicación Simple, Efectivo, para cumplir funciones en la asignatura “Introducción al Diseño” • Profesor Titular con dedicación Semiexclusivo, Interino, para desempeñar funciones en el espacio curricular “Diseño de Productos III”.
ARTÍCULO 2º.- Expresar nuestro agradecimiento a la Prof. María Mónica BUCCOLINI por los servicios prestados a esta Unidad Académica.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 427
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FA-2026-RES-426 2/07/2026 |
MENDOZA, 2 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 23391/26 en el que se tramita la prórroga del Suplemento por Mayor Responsabilidad asignado a la Tec. Univ. Susana Beatriz VILLARRUEL correspondiente al cargo categoría 4 del Agrupamiento Administrativo, a partir del 4 de julio del 2026.
CONSIDERANDO:
Que dicha solicitud se fundamenta principalmente en la necesidad de asegurar la continuidad del normal funcionamiento de las tareas y responsabilidades inherentes al Departamento de Concursos dependiente de la Dirección de Personal, desempeñadas por la Sra. VILLARRUEL.
Que por otor lado, se aclara que si bien la Sra. Susana Beatriz VILLARRUEL ha alcanzado la edad de cese estatutario, a la fecha no han culminado los trámites necesarios para la percepción de sus haberes jubilatorios, por lo que resulta necesario propiciar la presente prórroga a fin de garantizar la continuidad de las funciones asignadas y la adecuada prestación del servicio hasta tanto se resuelva en forma definitiva su situación.
Que la asignación de funciones de mayor jerarquía se encuentra enmarcada en el Art. 72 del Dcto. 366/06 (Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No docente de Universidades Nacionales).
Los informes emitidos por Dirección de Personal y de Secretaria Administrativo-Financiero.
Que por último, ante la inminencia suscitada por el cierre de liquidación de haberes del corriente mes y la falta de reunión plenaria para aprobar lo solicitado, la Comisión de Asuntos No Docentes autoriza, en el marco de sus facultades, la prosecución de la presente prórroga mediante el mecanismo Ad-Referéndum.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO AD-REFERÉNDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar el Suplemento por Mayor Responsabilidad, asignado transitoriamente a la Tec. Univ. Susana Beatriz VILLARRUEL (Legajo Nº 27986 – CUIL Nº 27–13996070–5) correspondiente a la diferencia de un cargo Categoría 5 (efectivo) del Agrupamiento Administrativo y un cargo Categoría 4 del mismo Agrupamiento, para desempeñar funciones en el Departamento de Concursos dependiente de la Dirección de Personal de esta Facultad, desde el CUATRO (4) de julio hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2026; o hasta que el cargo sea cubierto por concurso efectivo, lo que ocurra primero.
Resol. n° 426
ARTÍCULO 2º.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso I – Gastos en Personal – del Presupuesto Ordinario de esta Facultad – Ejercicio 2026.
ARTÍCULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 426
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CD-2026-RES-155 2/07/2026 |
MENDOZA, 2 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 16882/26 caratulado: “Mariana Palomo - Eugenia Sosa S/ Presentación Propuesta Proyecto – Curso: Musicografía Braille: etapa inicial. Carreras Musicales FAD”.
CONSIDERANDO:
Que las profesoras Yésica Mariana PALOMO y María Eugenia SOSA, solicitan autorización para llevar a cabo el curso denominado “Musicografía Braille: etapa inicial” que se desarrollará entre los días 31 de agosto y 25 de setiembre del corriente año, en las instalaciones del Edificio de Carreras Musicales.
Que, la Dirección de Carreras Musicales considera que el curso tiene un alto valor académico e inclusivo para las carreras, ya que brinda herramientas esenciales de accesibilidad universal aplicadas a la notación musical, fortaleciendo el compromiso de la institución con la integración.
Que la presente actividad cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Extensión y Articulación Social.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 16 de junio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del Curso denominado “Musicografía Braille: etapa inicial” a cargo de las docentes Yésica Mariana PALOMO y María Eugenia SOSA y se llevará a cabo entre los días TREINTA Y UNO (31) de agosto y VEINTICINCO (25) de setiembre del corriente año, en las instalaciones del Edificio de Carreras Musicales, de acuerdo con el detalle mencionado en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 155
ANEXO ÚNICO FORMULARIO MODELO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS A) Tipo de actividad (marcar con una X la opción que más se ajuste a la propuesta) X CURSO CURSILLO CICLO CONGRESO
TALLER O ORKSHOP ENCUENTRO COLOQUIO SEMINARIO
SIMPOSIO JORNADAS CLÍNICAS TALLER
MATERIA OPTATIVA OTRO:
B) Nombre de la actividad Musicografía Braille: etapa inicial
C) Responsable Esta será la persona de contacto de la Secretaría de Extensión y A.S. Nombre completo E-mail
Yésica Mariana PALOMO marianapalomo@gmail.com
Equipo participante Nombre completo E-mail
María Eugenia SOSA marujasosa@gmail.com
D) Fecha de inicio y finalización Inicio: viernes 21 de agosto de 2026 - Fin: viernes 25 de septiembre de 2026
E) Horarios Viernes de 09:00 A 10:20
F) Carga horaria total (horas reloj presenciales y no presenciales; horas cátedra presenciales y no presenciales) 12 horas cátedra.
G) Lugar/es donde se realizará la actividad (nombre, dirección, especificaciones) Edificio de Carreras Musicales. Aula 23
H) Destinatarios/as ACTIVOS OYENTES ESTUDIANTES X DOCENTES X EGRESADOS/AS X PERSONAL APOYO ACADÉM. X JUBILADOS/AS EXTERNOS/AS
I) Modalidad/es X TEÓRICA X PRÁCTICAS X PRESENCIAL VIRTUAL MIXTA
J) Cupo máximo y mínimo (en caso de corresponder)
Resol. N° 155
Anexo Único- Hoja 2
K) Canon (indicar en pesos, diferenciado por claustro y condición de activo u oyente) ACTIVOS OYENTES ESTUDIANTES --- DOCENTES --- EGRESADOS/AS --- PERSONAL APOYO ACADÉM. --- JUBILADOS/AS
EXTERNOS/AS
L) Descripción de los recursos requeridos (debe coincidir con los incluidos en el presupuesto. Discriminar los ya obtenidos, los que se solicitan a la FAD y los que deben aportar las personas y/o entidades participantes) IMPORTANTE: Para el caso de propuestas musicales que requieran sonido, incluir la planta necesaria.
Recursos: Pizarras, punzones, hojas bibliografía específica:
M) Programa según el tipo de actividad.
FUNDAMENTACIÓN Teniendo en cuenta la Ley De Educación Superior 24.521, y su modificación 27.204, que garantiza el acceso con igualdad de oportunidades a todos los estudiantes a la educación superior, es que consideramos de suma importancia, difundir en esta primera etapa las nociones básicas del funcionamiento del Sistema Braille en relación a la lectoescritura musical por tratarse del único sistema de lectoescritura para personas ciegas. Consideramos necesario que los estudiantes y profesores fundamentalmente de Lenguaje Musical, Instrumento y o Armonía tengan algún conocimiento acerca del sistema de musicografía braille para salvar distancias y poder ayudar más cómodamente a estudiantes ciegos que pudieran cursar en cualquier modalidad del sistema educativo. El sistema braille data de mediados del S XIX. Fue inventado por el francés Louis Braille, luego de que se intentaran varias pruebas fundamentalmente basadas en la lectoescritura en tinta hecha en relieve. Esto nunca dio 3 resultados por lo que en 1829 Louis Braille presenta el sistema braille inventado por él basándose en un intento anterior de un sistema de puntos que tampoco había dado los mejores resultados, y luego volvió a presentarlo ya más completo incluyendo los signos de la notación musical, matemática etc, en 1837. Esto nos habla de un sistema de lectoescritura musical que data de casi 200 años y que es ampliamente utilizado por las personas ciegas que necesiten aprenderlo. Creo que por ser mucho menor el número de estudiantes ciegos en relación al resto en la universidad es que hay un cierto desconocimiento al respecto y es el deber si se trabaja para la real inclusión de todos los estudiantes, difundir sobre todo para quienes como lo son los estudiantes ciegos, lo van a utilizar durante todos sus estudios y su desempeño profesional. METODOLOGÍA: Se trabajaría en clases grupales. En primer lugar, aprendiendo signos básicos de musicografía. Realizando trabajos individuales y grupales en clase -Consulta de bibliografía específica que quedará en la institución para uso de los profesores y alumnos -Consulta por email o algún medio durante la semana. -Dictados y lectura de musicografía Braille entre compañeros. OBJETIVOS GENERALES: 1- Reconocer a través de la lectura y escritura Braille los signos y elementos musicales: Musicografía Braille: usuarios directos (Alumnos no videntes). 2- Reconocer a través de la lectura y escritura Braille los signos y elementos musicales: Musicografía Braille, para poder dictar o transcribir partituras.) 4 3- Conocer los medios actuales tecnológicos para transcribir partituras al sistema braille. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: 1. Vincular el alfabeto braille con los primeros signos de musicografía. 2. Aprender los signos básicos de la lectoescritura de la música en braille. 3. Visualizar diferencias (uso de claves, etc) con la notación en tinta de la música. 4. Escribir en braille y leer partituras sencillas.
RESOLUCIÓN N° 155
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CD-2026-RES-154 2/07/2026 |
MENDOZA, 2 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 18459/26 caratulado: “María Soledad Soria Verónica Analía Aguirre S/ Propuesta de actividad denominada Laboratorio de experimentación tecnopoética: cuerpo, movimiento y visualidades generativas, a desarrollarse en el marco del Centro de Investigación en Prácticas Escénicas Contemporáneas (CIPEC).”
CONSIDERANDO:
Que en el marco de las actividades propuestas por el CIFAD “Centro de Investigación en Prácticas Escénicas Contemporáneas (CIPEC)” se eleva el seminario denominado “Laboratorio de experimentación tecnopoética: cuerpo, movimiento y visualidades generativas” destinado a estudiantes, docentes y egresados de carreras de grado de la FAD-UNCuyo vinculadas a las artes escénicas, las artes visuales y la producción audiovisual.
Que dicho laboratorio propone un espacio de experimentación situada en torno a las relaciones entre cuerpo, movimiento y visualidades generativas mediadas por tecnologías interactivas.
La opinión favorable de la Secretaría de Investigación y Posgrado.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado en sesión plenaria del día 16 de junio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización del seminario de investigación denominado “Laboratorio de experimentación tecnopoética: cuerpo, movimiento y visualidades generativas” a cargo de la Lic. Verónica Analía AGUIRRE, Prof. Viviana Elina CARRIERI y del Prof. Pablo Darío LONGO y se llevará a cabo durante el mes de julio del corriente en esta Facultad, de acuerdo con el detalle mencionado en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2 °- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 154
ANEXO ÚNICO
CIFAD de pertenencia: Centro de Investigación en Prácticas Escénicas Contemporáneas (CIPEC) – FAD – UNCuyo 1.1 Denominación del curso/actividad propuesta: Laboratorio de experimentación tecnopoética: cuerpo, movimiento y visualidades generativas 2. Equipo docente Responsable a cargo: Aguirre, Verónica Analía (veronicaaaguirre@gm.fad.uncu.edu.ar) Integrantes del equipo: Carrieri, Viviana Elina (vivianacarrieri@yahoo.com.ar) Longo, Pablo (longo.sombras@gmail.com) Se prevé la incorporación de estudiantes colaboradores/as de la FAD en el transcurso de la actividad. 3. Fecha probable de dictado: jueves de 10:00 a 13:00 horas, a partir del 23 de julio de 2026. Hasta finalizar el cuatrimestre. 4. Perfil de los/las participantes: Estudiantes, docentes y egresades de carreras de grado de la FAD-UNCuyo vinculadas a las artes escénicas, las artes visuales y la producción audiovisual. No se requiere experiencia previa con tecnologías interactivas ni con programación. Se requiere disponibilidad para la exploración performativa y el trabajo corporal situado. 5. Cupo: Mínimo: 6 participantes. Máximo: 12 participantes. El número de participantes por sesión queda determinado técnicamente por la capacidad de captación simultánea del sensor Kinect v2 (máximo seis cuerpos por sesión). Pero pueden algunos interactuar y otros estar en la parte técnica, configurando las visuales. 6. Carga horaria propuesta (horas reloj): semanales Modalidad Carga teórica Carga práctica Total Presencial 4 hs 8 hs 12 hs No presencial — — — Total 4 hs 8 hs 12 hs
Fundamentación y objetivos El laboratorio propone un espacio de experimentación situada en torno a las relaciones entre cuerpo, movimiento y visualidades generativas mediadas por tecnologías interactivas. Parte de la constatación de que los dispositivos digitales de detección de movimiento tienden a operar bajo una lógica instrumental que reduce la experiencia corporal a flujos de datos cuantificables, y se propone explorar condiciones alternativas de diseño tecnopoético capaces de habilitar formas de co-presencia relacional y cocreación visual. La actividad se inscribe simultáneamente en la investigación doctoral de la responsable —cuya tesis, radicada en el Doctorado en Artes y Tecnoestéticas de la UNTREF y titulada Co-presencia tecnopoética y co-creación visual, tiene como campo empírico el laboratorio universitario de la FAD— y en las líneas de investigación del CIPEC, con vocación de continuidad institucional más allá del período doctoral. El laboratorio constituye, en ese sentido, un dispositivo de producción de conocimiento compartido que articula investigación, creación y pedagogía. Objetivos: explorar las configuraciones de interacción corporal y visual que emergen en sesiones performativas mediadas por un dispositivo tecnopoético basado en Kinect v2 y TouchDesigner; contrastar dos modalidades de mediación —individual y relacional— para analizar sus efectos diferenciales sobre las dinámicas corporales y los procesos de co-creación visual; generar un espacio de experimentación abierto a la comunidad de la FAD que articule investigación-creación, práctica performativa y reflexión sobre las condiciones tecnológicas de la experiencia escénica contemporánea.
Resol. N° 154
Anexo único- Hoja 2
Contenidos El laboratorio se organiza en torno a dos ejes temáticos articulados. El primero aborda las relaciones entre tecnologías de detección de movimiento, cuerpo y experiencia estética: funcionamiento del sensor Kinect v2 y sus condiciones de captación corporal; el entorno de programación visual TouchDesigner como espacio de transducción entre gesto físico y visualidad generativa; la noción de encorsetamiento corporal como efecto estructural de los sistemas de captura; y las condiciones materiales del dispositivo como parte constitutiva de la experiencia. El segundo eje aborda las condiciones de copresencia y co-creación en la experiencia performativa mediada: modalidades de mediación individual y relacional y sus efectos sobre las dinámicas corporales; sincronía respiratoria y movimiento compartido como variables de generación visual en la modalidad relacional; noción de visualidad generativa como acontecimiento colectivo y emergente; y registro y documentación de la experiencia performativa como práctica reflexiva. 9. Metodología propuesta El laboratorio adopta un enfoque de investigación-creación en artes. Cada sesión de tres horas se estructura en tres momentos: una instancia inicial de activación corporal y contextualización conceptual breve (aproximadamente 30 minutos); un período central de experimentación con el dispositivo tecnopoético en tiempo real (aproximadamente dos horas); y un cierre reflexivo colectivo orientado a compartir percepciones sobre la experiencia (aproximadamente 30 minutos). Las sesiones se desarrollan los jueves de 10:00 a 13:00 horas a partir del 23 de julio de 2026. La primera sesión cumple una función de presentación del dispositivo y exploración libre por parte de los/las participantes, y opera simultáneamente como instancia de calibración técnica y espacial del sistema. Las sesiones siguientes profundizan la exploración del dispositivo. La organización en modalidades de mediación individual y relacional —prevista para el tramo final del ciclo, aproximadamente a partir de octubre de 2026— se definirá una vez que el sistema esté programado y los/las participantes cuenten con experiencia corporal acumulada con el dispositivo. 10. Actividades prácticas previstas Cada sesión contempla: exploración libre del dispositivo por parte de los/las participantes; propuestas de acción colectiva diseñadas por la responsable del laboratorio orientadas a activar las variables de interacción del sistema; registro audiovisual continuo de las sesiones; y elaboración de una bitácora reflexiva por parte de la responsable. Los/las participantes no realizan tareas de registro: su participación es exclusivamente performativa y exploratoria, para también aprender las posibilidades del dispositivo y aplicarlo a sus prácticas. 11. Modalidad de evaluación La actividad no contempla evaluación en sentido académico tradicional. La Secretaría de Investigación y Posgrado emitirá certificados de participación a quienes asistan a un mínimo de 5 sesiones. La responsable presentará al cierre del ciclo un informe de actividades al CIPEC con sistematización de los principales hallazgos del proceso.
Resol. N° 154
Anexo único- Hoja
12. Cronograma Sesión Fecha Contenido 1 Jueves 23/07/2026 Primera sesión: presentación del dispositivo y exploración libre 2 Jueves 30/07/2026 Exploración del dispositivo 3 Jueves 06/08/2026 Exploración del dispositivo 4 Jueves 13/08/2026 Exploración del dispositivo 5 Jueves 20/08/2026 Exploración del dispositivo 6 Jueves 27/08/2026 Exploración del dispositivo 7 Jueves 03/09/2026 Exploración del dispositivo 8 Jueves 10/09/2026 Exploración del dispositivo 9 Jueves 17/09/2026 Exploración del dispositivo 10 Jueves 24/09/2026 Sesiones de mediación (organización a definir según programación del sistema) 11 Jueves 01/10/2026 Sesiones de mediación 12 Jueves 08/10/2026 Sesiones de mediación 13 Jueves 15/10/2026 Sesiones de mediación 14 Jueves 22/10/2026 Sesiones de mediación 15 Jueves 29/10/2026 Sesiones de mediación 16 Jueves 5/11/2026 Sesiones de mediación 17 Jueves 12/11/2026 Sesiones de mediación 18 Jueves 19/11/2026 Cierre del ciclo Nota: La organización en sesiones de mediación individual y relacional se definirá una vez iniciado el laboratorio y programado el sistema interactivo. Las sesiones exploratorias iniciales tienen por objeto calibrar el dispositivo y generar experiencia corporal colectiva con el sistema antes de iniciar el ciclo comparativo.
13. Bibliografía propuesta Bardet, M. (2021). Perder la cara. Cactus. Bishop, C. (2025). Atención trastornada. Caja Negra. Causa, E. (2009). Laboratorio de arte y tecnología. Informe MediaLab CCEBA. Ceriani, A. (2018). Génesis y actualidad de la escena tecnológica de Buenos Aires (1996– 2016). Tesis doctoral, UNLP. Kozak, C. (2012). Tecnopoéticas argentinas: Archivo blando de arte y tecnología. Caja Negra. Manning, E. (2025). El gesto menor. Cactus. Rolnik, S. (2019). Esferas de la insurrección. Tinta Limón. Simondon, G. (2007). El modo de existencia de los objetos técnicos. Cactus.
14. Información adicional y requisitos específicos El laboratorio requiere para su desarrollo un espacio libre de mobiliario fijo, con posibilidad de oscuridad parcial (telones o persianas), superficie de proyección plana de al menos 3×2 metros —o posibilidad de tensar tela blanca al fondo— , acceso a corriente eléctrica y condiciones de temperatura adecuadas para el funcionamiento de equipos electrónicos. Se solicita prioritariamente el aula teatro de la FAD; en caso de no estar disponible para alguna de las fechas del ciclo, se solicita la asignación de otro espacio que reúna las condiciones antes descritas. El equipamiento disponible incluye: sensor Kinect v2 con SDK correspondiente, notebook con TouchDesigner Non-Commercial instalado, seis micrófonos inalámbricos individuales y proyector ViewSonic de 3000 lúmenes / 800×600 píxeles. Se solicita respetuosamente la posibilidad de acceder en préstamo institucional a un proyector de resolución mínima de 1280×720 píxeles (HD) durante el ciclo de sesiones, a fin de optimizar la calidad de las visualidades generativas.
RESOLUCIÓN N° 154
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CD-2026-RES-153 2/07/2026 |
MENDOZA, 2 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 18140/26 caratulado: “SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO S/modificación Comité Académico Asesor Doctorado en Artes”.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Investigación y Posgrado eleva formalmente la renuncia presentada por la Dra. Magdalena DÍAZ ARAUJO como miembro del Comité Académico Asesor del “Doctorado en Artes”. Asimismo, propone en su reemplazado a la Dra. Constanza CORREA LUST, docente e investigadora de las Carreras de Artes del Espectáculo.
Que el Comité Académico Asesor reunidos en sesión del día 30 de marzo de 2026, toman conocimiento y aceptan la renuncia presenta por la Dra. DÍAZ ARAUJO; asimismo sugieren la incorporación de otro miembro internacional, proponiendo al destacado profesor investigador Dr. Alejandro Gerardo ORTIZ BULLE GOYRI, docente de la Universidad Autónoma Metropolitana y de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado en sesión plenaria del día 16 de junio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la Dra. Magdalena DÍAZ ARAUJO como miembro del Comité Académico Asesor de “Doctorado en Artes”.
ARTÍCULO 2°.- Incorporar al Comité Académico Asesor de la Carrera “Doctorado en Arte” al destacado profesor investigador Dr. Alejandro Gerardo ORTIZ BULLE GOYRI, docente de la Universidad Autónoma Metropolitana y de la Universidad Nacional Autónoma de México.
ARTÍCULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 153
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CD-2026-RES-152 2/07/2026 |
MENDOZA, 2 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 18351/26 caratulado: “Secretaría Invest. y Posgrado s/ pedido merito equivalente para Diplomatura en Diseño U/x U/i. Experiencia de usuario y diseño de interfaces”.
CONSIDERANDO:
Que el Comité Académico Asesor de la Diplomatura en Diseño UX/UI analiza que los Diseñadores Gráficos: Marcos Adrián SOSA EULA, Marina VERDÚ y Silvana Eleonora CORVALÁN poseen un destacado desempeño profesional en el área de UX (Experiencia de Usuario), campo en el que han desarrollado una amplia trayectoria laboral.
Que, al mismo tiempo el Comité señala que, a la fecha, no existen en la región ofertas de posgrado en dicha especialidad, circunstancia que imposibilita la obtención de un título de posgrado específico en el área.
Que, en virtud de ello, dadas las experiencias desarrolladas y la producción profesional de los mencionados agentes resultan posibles de ser reconocidos con mérito equivalente; que los habilita para el ejercicio de la docencia en esta Diplomatura.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 16 de junio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar Mérito equivalente a los siguientes docentes para desempeñarse como docentes en la Diplomatura “Diseño Ux/Ui. Experiencia de usuario y diseño de interfaces”, aprobada por Resol. Nº 287/23–C.D.: • DG. Marcos Adrián SOSA EULA- DNI Nº 31816634 • DG. Marina VERDÚ- DNI Nº 35076845 • DG. Silvana Eleonora CORVALÁN - DNI Nº 32352276
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 152
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CD-2026-RES-151 2/07/2026 |
MENDOZA, 2 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 16999/26 caratulado: “SECRETARIA DE INVES. Y POSG. s/ solicitud mérito equivalente DI Roxana Mariel GARBARINI - Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales”.
CONSIDERANDO:
Que el Comité Académico Asesor de la Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales advierte que la Diseñador Industrial Roxana Mariel GARBARINI no posee título de posgrado, cuya condición resulta necesaria y habilitante para ser miembro titular del comité que estará a cargo de la evaluación del trabajo final de la maestranda Laura María MARINO.
Que, por su parte dicho Comité evaluó los antecedentes de la DI GARBARINI y la misma posee una amplia formación en posgrado e investigación con una destacada experiencia profesional en su campo laboral; lo que resolvieron otorgar la calidad de mérito equivalente con la finalidad de poder integrar el tribunal evaluador.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 16 de junio de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar Mérito equivalente a la DI. Roxana Mariel GARBARINI (DNI Nº 23104503) para conformar el Comité Evaluador del trabajo final de la maestranda Laura MARINO en la carrera Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 151
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CD-2026-RES-150 1/07/2026 |
MENDOZA, 1 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 35659/25 caratulado: “DECANATO S/Conv. Conc. PAA - Ord. 91-23 -Cerrado General - Cat. 3 - Tramo Mayor- Administrativo Jefe/a Dpto. Artes del Esp.”.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se efectúa en el marco de la ordenanza N° 91/2023-C.S., por la cual se aprobó la “Reglamentación del Régimen de Concursos para cubrir Cargos Vacantes del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo”.
Que el Consejo Superior de la Universidad dictó la resolución N° 402/26, por la cual se autoriza la convocatoria del presente concurso, de acuerdo con los datos detallados en el instructivo previsto en la Circular N° 4/2024- Rectorado.
Los informes producidos por la Secretaría Administrativa–Financiera de esta Unidad Académica y de Dirección General de Presupuesto de Rectorado de la Universidad Nacional de Cuyo.
Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes; lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del 4 de noviembre de 2025 y las fechas propuestas por el Departamento de Concursos de esta Unidad Académica.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 91/23–C.S.,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a Concurso Cerrado General de Antecedentes, Entrevista Personal, Prueba de Oposición y Plan de Actividades, para cubrir, con carácter efectivo, UN (1) cargo Categoría 3 – Tramo Mayor– del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar las funciones de Jefe/a del Departamento Operativo de las Carreras de Artes del Espectáculo dependiente de Dirección General Administrativa de esta Facultad, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo Único de la presente resolución, que consta de TRES (3) hojas, de conformidad con los establecido en la ordenanza N° 91/23-C.S. y que fueron aprobados por resolución N° 402/26-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Difundir el presente llamado a concurso durante DIEZ (10) días hábiles, en el período comprendido desde el VEINTICUATRO (24) de agosto al CUATRO (4) de setiembre de 2026 (artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 91/23-C.S.).
ARTÍCULO 3°.- Fijar como período de inscripción desde el SIETE (7) al ONCE (11) de setiembre de 2026, inclusive (5 días hábiles). Los interesados deberán registrar su inscripción de manera virtual a través del siguiente formulario Web https://forms.gle/aX9HgdX2FKtQRjq99 El formulario de inscripción estará habilitado desde las 08:00 del día de apertura hasta las 12:00 (mediodía) del día de cierre.
El/la postulante declarará en su inscripción un correo electrónico y aceptará la notificación electrónica a todos los efectos concursales, en el marco de las Ordenanzas Nros. 30/2016 y 26/2020-CS.
La documentación deberá adjuntarse en formato PDF y su inscripción tendrá carácter de declaración jurada. Asimismo, para mayor información podrá comunicarse a través del correo institucional del Departamento de Concursos (concursos@gm.fad.uncu.edu.ar)
No se admitirá documentación con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción. (Artículo 9°, Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.)
ARTÍCULO 4°.- Los aspirantes deberán completar la solicitud de inscripción en el formulario web habilitado al efecto con la siguiente información: Apellido y nombres del postulante; Lugar y fecha de nacimiento; Número y tipo de Documento Nacional de Identidad, teléfono y correo electrónico en la cual se efectuarán las correspondientes notificaciones; Curriculum Vitae con carácter de declaración jurada, probanzas (carpeta de antecedentes) en formato pdf; título del nivel Secundario o polimodal completo, preferentemente Título Universitario afín con las funciones y Plan de Actividades que se propone desarrollar en el caso de obtener el cargo que se concursa. Todo ello de acuerdo con lo establecido en el Artículo 9, Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.
ARTÍCULO 5°.- Establecer que la prueba de oposición, a la que se hace referencia en el artículo primero de la presente resolución, se llevará a cabo en el lugar, día y hora que determine el Jurado, integrado según el listado detallado en el Anexo Único de la presente resolución, conforme con las atribuciones conferidas en el Artículo 13° inciso b) del Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.
ARTÍCULO 6°.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto al detallado en el Anexo Único de la presente resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en el orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 7°.- Remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, mediante el respectivo Trámite iniciado por SUDOCU, a fin de difundirlo en la página web de la Universidad, en virtud de lo establecido en el Artículo 8º - penúltimo párrafo – del Anexo I de la Ord. Nº 91/23-C.S.
ARTÍCULO 8°.- Convocar, mediante notificación fehaciente, que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, al Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (ATUNCU) a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante.
ARTÍCULO 9°.- Disponer que la notificación del Acta de Determinación de Aspirantes y Acta Final establecidas en el Artículo 13° del Anexo I de la Ordenanza N° 91/2023-C.S., se realizará electrónicamente en el domicilio electrónico constituido al efecto.
ARTÍCULO 10°.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente llamado a concurso comunicándose al correo electrónico mesaentradasfad@gmail.com (Mesa de Entradas de la Facultad de Artes y Diseño) o bien ingresando a la página Web https://fad.uncuyo.edu.ar/ (Concursos Personal de Apoyo Académico).
ARTÍCULO 11°.- A los efectos de la tramitación del presente concurso se tendrán en cuenta las normas establecidas en la ordenanza N° 91/2023-C.S., en virtud de la cual se aprobó la “REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONCURSOS PARA CUBRIR CARGOS VACANTES DEL PERSONAL NO DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO”, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales celebrado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Federación Argentina de Trabajadores de las Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional N° 366/06.
ARTÍCULO 12°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 13°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 150
ANEXO ÚNICO
LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADEMICO Ordenanza nº 91/2023 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño b) Unidad Organizativa: Secretaría Administrativo-Financiera c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección General Administrativa Departamento Operativo Carreras Artes del Espectáculo 2) Datos del Concurso: a) Clase de Concurso: Cerrado General b) Metodología de Evaluación: Antecedentes, Entrevista Personal, Prueba de Oposición y Plan de Actividades
3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Mayor 5) Categoría: 3 (TRES) 6) Detalles del Cargo: a) Denominación del cargo: Jefe/a del Dpto. Operativo Carreras Artes del Espectáculo b) Funciones específicas: ● Proporcionar toda información concerniente a disposiciones y normativas vigentes. ● Entender en la recepción, identificación, registro y clasificación de la documentación ingresada. ● Asistir a la Dirección de Carreras en el inicio y sustanciación de concursos docentes. ● Organizar mesas de exámenes, espacios áulicos, carga de notas y comisiones de cursado. ● Redactar notas y proveídos relativos a las funciones del sector. ● Realizar toda actividad necesaria y suficiente para la consecución de la misión de la Dirección General Administrativa. ● Elaborar los informes solicitados y brindar asistencia tanto a la Dirección de Carreras como a la Secretaría Administrativo Financiera. ● Capacitar al personal del Departamento en procedimientos administrativos, normativa vigente y en el uso de los Sistemas de Información Universitarios (SIU). ● Resguardar los bienes del patrimonio físico asignados a la unidad organizativa. 7) Cantidad de Cargos: 1(uno) 8) Horario de desempeño previsto: de lunes a viernes de 08:00 a 15:00. 9) Remuneración del cargo: a consignar al momento de la convocatoria 10) Bonificaciones especiales: no posee 11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: Los interesados deberán registrar su inscripción de manera virtual a través del siguiente formulario Web https://forms.gle/aX9HgdX2FKtQRjq99 El formulario de inscripción estará habilitado desde las 08:00 del día de apertura hasta las 12:00 (mediodía) del día de cierre.
Resol. N° 150
Anexo Único- Hoja 2
12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso: a) Jurados Titulares APELLIDO Y NOMBRE LEGAJO DNI CATEGORÍA AGRUPAMIENTO CARGO QUE OCUPA
Directora Gral. Administrativa SANTOS, Mariana 19544 18079976 1 Administrativo - FAD ACOSTA MANRIQUE, Dir. de Gestión Académica 24102 23387643 3 Administrativo Marcela Raquel Facultad de Odontología CADUTO, Sonia Eusebia Dir. de Asuntos Académicos 18316 17640478 2 Administrativo Francisca FAD
b) Jurados Suplentes APELLIDO Y NOMBRE LEGAJO DOCUMENTO CATEGORÍA AGRUPAMIENTO CARGO QUE OCUPA
MOVIO, Sandra Patricia 20931 18012974 3 Administrativo Jefa Mesa de Entradas - FAD
CASTELLI, Gustavo 20205 16555371 2 Administrativo CICUNC Andrés
BRAJAK, Tania 31638 24893789 3 Administrativo Jefa de Dpto. de Ingreso - FAD
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones de Ingreso”, artículo 21º del Decreto Nacional nº 366/06. Artículo 21º: Para ingresar como trabajador de una Institución Universitaria nacional se requieren las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente y no estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos público. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aún cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena.
14) Condiciones Generales ● Título Secundario o Polimodal 15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante):
● Preferentemente Título Terciario o Universitario afín con las funciones ● Conocimiento de reglamentaciones de incumbencia de la carrera. ● Predisposición para el buen trato y respeto hacia autoridades, alumnos, docentes y personal de apoyo académico. ● Capacidad para el desempeño autónomo, resolución de conflictos, creatividad y pensamiento crítico. ● Habilidad para la toma de decisiones. ● Disposición para el trabajo en equipo. ● Capacidad para resolver problemas desde una perspectiva de género. ● Actitud proactiva. ● Compromiso con la institución y la calidad de los procedimientos. ● Experiencia en el manejo del sistema de expedientes SIU-SUDOCU y SIU-GUARANI. ● Conocimientos tecnológicos y ofimáticos adecuados al cargo.
Resol. N° 150
Anexo Único- Hoja 3
16) Temario General: • Estatuto Universitario • Ley N°24521 de Educación Superior – Título I - Título II, Capítulo 1 – Título IV, Capítulos 1 y 2. • Ley N°26485 – Ley de protección integral a las mujeres y Ley Micaela N°27499. • Decreto Nacional N°1246/15 – Convenio Colectivo de Trabajo para Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales: Capítulo VII: Licencias, Justificaciones y Franquicias • Ordenanza N°112/03 C.S. Estructura Orgánico-Funcional de la Facultad de Artes y Diseño. • Res. 682/17 C.S.: Protocolo de Intervención Institucional ante Denuncias por Situaciones de Violencias Sexistas en el ámbito de la UNCuyo. • Ord. N°5/19 C.D. Reglamentación Académica. • Ord. N°28/00 C.S. Presencialidad y disponibilidad para el cumplimiento de las dedicaciones docentes. • Ord. N°23/10 C.S. y sus modificatorias Ord. N°39/10 C.S. y Ord. N°58/23 C.S. Reglamento de Concursos para cubrir, con carácter de Efectivo, los cargos de Profesores Universitarios en las Categorías de titular, asociado y adjunto. • Ord. N°32/95 CD: Reglamento de Concursos para la Designación de Auxiliares de Docencia con Carácter Efectivo (o la que se encuentre vigente al momento de la convocatoria). • Ord. N°1/20 C.D, y su modificatorias Ord. N° 6/23 C.D. y 10/25 C.D.; Reglamento concursos cargos docentes interinos en el ámbito de la FAD (o la que se encuentre vigente al momento de la convocatoria). • Ord. N°2/20 C.D. Procedimiento selección cargos docentes por lapsos breves (o la que se encuentra vigente al momento de la convocatoria) • Ord. N°11/09 C.D. Reglamento de Adscripción para Egresados. • Ord. N°09/09 C.D. Reglamento de Adscripción de Alumnos. • Condiciones Ingreso Carreras de Artes del Espectáculo (incluidas en las Condiciones de Admisibilidad). • Títulos y asignaturas de las Carreras de Artes del Espectáculo que otorga la Facultad de Artes y Diseño vigentes al llamado de concurso.
RESOLUCION Nº 150
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CD-2026-RES-149 1/07/2026 |
MENDOZA, 1 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 35655/25 caratulado: “Convocatoria Concurso PAA - Ord. 91-23 -Cerrado General - Tramo Mayor-Cat. 3 -Jefe Departamento de Servicios del Edif. de Música”.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se efectúa en el marco de la ordenanza N° 91/2023-C.S., por la cual se aprobó la “Reglamentación del Régimen de Concursos para cubrir Cargos Vacantes del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo”.
Que el Consejo Superior de la Universidad dictó la resolución N° 401/26, por la cual se autoriza la convocatoria del presente concurso, de acuerdo con los datos detallados en el instructivo previsto en la Circular N° 4/2024- Rectorado.
Los informes producidos por la Secretaría Administrativa–Financiera de esta Unidad Académica y de Dirección General de Presupuesto de Rectorado de la Universidad Nacional de Cuyo.
Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes; lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del 4 de noviembre de 2025 y las fechas propuestas por el Departamento de Concursos de esta Unidad Académica.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 91/23–C.S.,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a Concurso Cerrado General de Antecedentes, Entrevista Personal, Prueba de Oposición y Plan de Actividades, para cubrir, con carácter efectivo, UN (1) cargo Categoría 3 – Tramo Mayor– del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para cumplir funciones de Jefe/a del Departamento de Servicios del Edificio de Carreras Musicales dependiente de Dirección de Servicios y Mantenimiento de esta Facultad, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo Único de la presente resolución, que consta de TRES (3) hojas, de conformidad con los establecido en la ordenanza N° 91/23-C.S. y que fueron aprobados por resolución N° 401/26-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Difundir el presente llamado a concurso durante DIEZ (10) días hábiles, en el período comprendido desde el VEINTISIETE (27) de julio al SIETE (7) de agosto de 2026 (artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 91/23-C.S.).
ARTÍCULO 3°.- Fijar como período de inscripción desde el DIEZ (10) al CATORCE (14) de agosto de 2026, inclusive (5 días hábiles). Los interesados deberán registrar su inscripción de manera virtual a través del siguiente formulario Web https://forms.gle/MuFjzYGvZXAq9hLv8 El formulario de inscripción estará habilitado desde las 08:00 del día de apertura hasta las 12:00 (mediodía) del día de cierre.
El/la postulante declarará en su inscripción un correo electrónico y aceptará la notificación electrónica a todos los efectos concursales, en el marco de las Ordenanzas Nros. 30/2016 y 26/2020-CS.
La documentación deberá adjuntarse en formato PDF y su inscripción tendrá carácter de declaración jurada. Asimismo, para mayor información podrá comunicarse a través del correo institucional del Departamento de Concursos (concursos@gm.fad.uncu.edu.ar)
No se admitirá documentación con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción. (Artículo 9°, Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.)
ARTÍCULO 4°.- Los aspirantes deberán completar la solicitud de inscripción en el formulario web habilitado al efecto con la siguiente información: Apellido y nombres del postulante; Lugar y fecha de nacimiento; Número y tipo de Documento Nacional de Identidad, teléfono y correo electrónico en la cual se efectuarán las correspondientes notificaciones; Curriculum Vitae con carácter de declaración jurada, probanzas (carpeta de antecedentes) en formato pdf; título del nivel Secundario o polimodal completo, preferentemente Título Universitario afín con las funciones y Plan de Actividades que se propone desarrollar en el caso de obtener el cargo que se concursa. Todo ello de acuerdo con lo establecido en el Artículo 9, Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.
ARTÍCULO 5°.- Establecer que la prueba de oposición, a la que se hace referencia en el artículo primero de la presente resolución, se llevará a cabo en el lugar, día y hora que determine el Jurado, integrado según el listado detallado en el Anexo Único de la presente resolución, conforme con las atribuciones conferidas en el Artículo 13° inciso b) del Anexo I de la Ord. N° 91/23-C.S.
ARTÍCULO 6°.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto al detallado en el Anexo Único de la presente resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en el orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 7°.- Remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, mediante el respectivo Trámite iniciado por SUDOCU, a fin de difundirlo en la página web de la Universidad, en virtud de lo establecido en el Artículo 8º - penúltimo párrafo – del Anexo I de la Ord. Nº 91/23-C.S.
ARTÍCULO 8°.- Convocar, mediante notificación fehaciente, que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, al Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (ATUNCU) a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante.
ARTÍCULO 9°.- Disponer que la notificación del Acta de Determinación de Aspirantes y Acta Final establecidas en el Artículo 13° del Anexo I de la Ordenanza N° 91/2023-C.S., se realizará electrónicamente en el domicilio electrónico constituido al efecto.
ARTÍCULO 10°.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente llamado a concurso comunicándose al correo electrónico mesaentradasfad@gmail.com (Mesa de Entradas de la Facultad de Artes y Diseño) o bien ingresando a la página Web https://fad.uncuyo.edu.ar/ (Concursos Personal de Apoyo Académico).
ARTÍCULO 11°.- A los efectos de la tramitación del presente concurso se tendrán en cuenta las normas establecidas en la ordenanza N° 91/2023-C.S., en virtud de la cual se aprobó la “REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONCURSOS PARA CUBRIR CARGOS VACANTES DEL PERSONAL NO DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO”, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales celebrado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Federación Argentina de Trabajadores de las Universidades Nacionales, homologado por Decreto Nacional N° 366/06.
ARTÍCULO 12°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 13°.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 149
ANEXO ÚNICO
LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADEMICO Ordenanza nº 91/2023 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño b) Unidad Organizativa: Secretaría Administrativo-Financiera c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección de Servicios y Mantenimiento 2) Datos del Concurso: a) Clase de Concurso: Cerrado General b) Metodología de Evaluación: Antecedentes, Entrevista Personal, Prueba de Oposición y Plan de Actividades
3) Agrupamiento: Mantenimiento, Producción y Servicios Generales 4) Tramo: Mayor 5) Categoría: 3 (TRES) 6) Detalles del Cargo: a) Denominación del cargo: Jefe Departamento de Servicios del Edificio de Música. b) Funciones específicas: ●Organizar y supervisar los servicios de intendencia del edificio. ●Coordinar y dar seguimiento a los servicios de limpieza, seguridad, acondicionamiento de locales y aulas, ventilación e iluminación de todos los sectores. ● Supervisar y coordinar al personal de intendencia, limpieza, seguridad y mantenimiento. ● Gestionar junto con la Dirección de Servicios y Mantenimiento la provisión de insumos de limpieza e higiene, administrando su uso eficiente. ● Organizar las acciones de vigilancia, apertura y cierre del edificio, y la custodia de sus bienes. ● Organizar las acciones necesarias para el cuidado de los bienes del patrimonio físico asignados, informando al Departamento de Bienes Patrimoniales y Suministros sobre roturas y/o bajas. ● Verificar el correcto funcionamiento de los sistemas y equipos del edificio. ● Proponer planes de mantenimiento preventivo de instalaciones eléctricas, sanitarias, de climatización y edilicias. ● Coordinar y supervisar reparaciones urgentes o programadas con la Dirección de Mantenimiento y Servicios. ● Colaborar en la elaboración y ejecución de planes de emergencia, evacuación y simulacros. ● Programar y coordinar las acciones necesarias que aseguren el adecuado desarrollo de las actividades académicas, de apoyo académico, artísticas y de extensión realizadas en el edificio. ● Promover prácticas de eficiencia energética, uso racional del agua, manejo responsable de residuos y cuidado del entorno edilicio. ● Programar, organizar y controlar los servicios de mensajería y despacho. ● Elaborar los informes solicitados y brindar asistencia tanto a la Dirección de Mantenimiento y Servicios como a la Secretaría Administrativo-Financiera. ● Desarrollar las tareas que resulten necesarias, conforme a lo establecido en el artículo 12 del Decreto Nacional 366/06. 7) Cantidad de Cargos: 1(uno) 8) Horario de desempeño previsto: de lunes a viernes de 07:00 a 14:00. 9) Remuneración del cargo: a consignar al momento de la convocatoria 10) Bonificaciones especiales: no posee
Resol. N° 149
Anexo Único- Hoja 2
11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: Los interesados deberán registrar su inscripción de manera virtual a través del siguiente formulario Web https://forms.gle/MuFjzYGvZXAq9hLv8 El formulario de inscripción estará habilitado desde las 08:00 del día de apertura hasta las 12:00 (mediodía) del día de cierre.
12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso: a) Jurados Titulares Nº DE APELLIDO Y NOMBRE Nº DOCUMENTO CATEGORÍA AGRUPAMIENTO CARGO QUE OCUPA LEGAJO
Mantenimiento, producción y Jefe Edificio Gobierno. SPANO, Ciro 34041 33022433 3 Servicios FAD Generales. Mantenimiento, producción y Jefe Edificio Docencia. ABDO, Alfredo David 19066 16588898 3 Servicios FAD Generales. Dir. Mantenimiento y SCACCIANTE, Miguel Fabián 19832 17743432 2 Administrativo Servicios FCM
b) Jurados Suplentes Nº DE APELLIDO Y NOMBRE Nº DOCUMENTO CATEGORÍA AGRUPAMIENTO CARGO QUE OCUPA LEGAJO
Jefe Dpto. Redes y MONTERO, Jorge Roberto 21510 14667812 3 Técnico Telecomunicaciones Mantenimiento, producción y Jefe Dpto. Plomería OLMEDO, Leonardo Adrián 25867 25356918 3 Servicios Rectorado Generales Mantenimiento, producción y MIRANDA, Guillermo Alberto 16861 14149435 3 Jefe Dto. de Servicios. FCE Servicios Generales
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones de Ingreso”, artículo 21º del Decreto Nacional nº 366/06. Artículo 21º: Para ingresar como trabajador de una Institución Universitaria nacional se requieren las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente y no estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos público. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aún cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena.
14) Condiciones Generales ● Título Secundario o Polimodal
Resol. N° 149
Anexo Único- Hoja 3
15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante): ● Preferentemente Título Terciario o Universitario afín con las funciones ● Predisposición para el buen trato y respeto hacia las autoridades, alumnos, docentes y personal de apoyo académico. ● Buena disposición para la resolución de problemas surgidos del servicio cotidiano normal y eventualmente, para la resolución de emergencias. ● Predisposición para el trabajo en equipo. ● Capacidad para resolver problemas con una perspectiva de género ● Actitud proactiva ● Certificar conocimientos sobre “Primeros Auxilios”, y/o “Técnicas de Resucitación “, a los efectos de asistir ante cualquier tipo de emergencias médicas, manejo de DEA (desfibrilador automático). ● Compromiso con la institución. ● Experiencia en el manejo del sistema de expedientes SIU-SUDOCU. ● Manejo avanzado de herramientas de almacenamiento y colaboración en línea (gestión de archivos, carpetas compartidas y trabajo colaborativo en tiempo real). ● Conocimientos generales en el manejo informático (procesadores de textos, planillas de cálculo y correo electrónico)
16) Temario General: • Estatuto Universitario • Ley N°24521 de Educación Superior – Título I - Título II, Capítulo 1 – Título IV, Capítulos 1 y 2 • Ley N°26485 – Ley de protección integral a las mujeres y Ley Micaela N°27499 • Ley N°24.557 sobre Riesgos del Trabajo A.R.T. • Ley N°19.587 y Decreto Nº 351/79 sobre Higiene y Seguridad. • Ordenanza N°112/03 C.S. (Estructura Orgánico-Funcional de la Facultad de Artes y Diseño). • Res. N°145/2025 C.S. Protocolo para la inclusión de estudiantes con Discapacidad en la UNCUYO • Res. N°682/17 C.S. Protocolo de Intervención Institucional ante denuncias de situaciones de violencias sexistas en el ámbito de la Universidad Nacional de Cuyo, o el vigente al momento de la convocatoria (o la que se encuentre vigente al momento de la convocatoria). • Circular N°3/13 FAD. Instructivo Sobre el Modo de Proceder ante las Contingencias Meteorológicas. • Ordenanza N°09/17 C.D. Plan de Contingencias FAD. • Ordenanza N°1/24 D. Protocolo ante activación de alarmas (o la que se encuentre vigente al momento de la convocatoria). • Títulos de las Carreras de Música que otorga la Facultad de Artes y Diseño vigentes al llamado de concurso.
RESOLUCION Nº 149
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CD-2026-ORD-005 1/07/2026 |
MENDOZA, 1 de julio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 17191/26 caratulado: “Dirección de Alumnos. S/Propuesta derogación Ord. 01/13 CD Cursado paralelo Licenciaturas de Música y Ciclo de Profesorado”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Alumnos eleva las argumentaciones por las cuales resultan viable la derogación de la ordenanza Nº 1/13–C.D; en líneas generales expresa que la aplicación de dicha normativa distorsiona las bases estructurales de las respectivas Licenciaturas (en Instrumento) que contempla las Carreras Musicales.
Que la ordenanza Nº 1/13–C.D. prevé que los alumnos inscriptos en las Licenciaturas en Violín, Viola, Violoncello, Contrabajo, Arpa, Flauta, Oboe, Clarinete, Fagot, Trompa, Trompeta, Trombón, Saxofón, Percusión, Piano, Guitarra, Órgano, Dirección Coral, Canto, Composición Musical (Ord. Nos. 29/99–C.S. y 84/10–C.S., y en Música Popular (Ord. 128/03–C.S.) puedan cursar en forma paralela el Profesorado de Grado Universitario en Música–Ciclo de Profesorado. Entendiendo como tal que para obtener el título de Profesor deben recibirse previamente en la Licenciatura respectiva.
Que, por su parte, la secretaria Académica en análisis de lo planteado, refuerza la solicitud expresando que la normativa vigente ha generado alteraciones en la trayectoria formativa del estudiantado, permitiendo el ingreso al Ciclo de Profesorado con un nivel de avance mínimo en las Licenciaturas, lo cual compromete la necesaria formación disciplinar previa, requerida para la formación docente.
Que actualmente se observan situaciones que afectan la coherencia administrativa y académica, como la posibilidad de aprobar instancias finales del Profesorado antes de haber concluido la Licenciatura, lo que contradice la lógica formativa establecida en el propio régimen y obliga a efectuar ajustes administrativos posteriores.
Que, la implementación de la Ord. Nº 01/13–C.D. se aparta de las condiciones establecidas en el Plan de Estudio original (Ord. Nº 25/05–C.D.), el cual contempla como requisito de ingreso al Profesorado la condición de egresado de las carreras de Licenciatura, garantizando así una adecuada base disciplinar para la formación docente.
Que, desde una perspectiva institucional, resulta fundamental resguardar la calidad académica de los títulos otorgados, asegurando que la formación pedagógica se sustente en competencias artísticas y disciplinares consolidadas.
Que la derogación propuesta no sólo restablece el espíritu original del plan de estudio vigente, sino que también fortalece la articulación entre formación disciplinar y formación docente, contribuyendo a mejorar la calidad educativa y la organización académica.
Por ello atento con lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y con lo dispuesto en sesión del día 16 de junio de 2026,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- Derogar la ordenanza Nº 1/13–C.D. por los fundamentos expresados en los CONSIDERANDOS de la presente norma.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas del Consejo Directivo.
ORDENANZA N° 5
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FA-2026-RES-425 30/06/2026 |
MENDOZA, 30 de junio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 5660/24 caratulado: “Solicitar conv conc efectivo un (1) cargo de Prof. Titular (SE) "Diseño de Productos III", Carr. Diseño Industrial - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 2º de la resolución Nº 156/26–C.S. se designa, en condición efectivo, al D.I. Jerónimo Emiliano FORMICA en el cargo y funciones que refieren al concurso convocado por Resol. n° 70/25-CD.
Que por otro lado, esta Facultad deberá establecer la fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del mencionado docente a efectos de la eficacia de la designación efectuada, de acuerdo con lo expresado en el artículo 4º de la resolución Nº 156/26–C.S.
Que por último, teniendo en cuenta la efectivización obtenida por el D.I. FORMICA, se informa que mediante Expte. Electrónico n° 23680/26 se tramita la adecuación a la situación de revista de este con el fin de evitar posibles incompatibilidades respecto al cargo interino, con funciones en carácter de reemplazante, que registra; todo ello en cumplimiento con lo estipulado en el Artículo 7º –Inciso c)– de la Ley nº 19549 (Procedimientos Administrativos).
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Establecer, el UNO (1) de julio de 2026, como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios del D.I. Jerónimo Emiliano FORMICA (Legajo Nº 32837 – CUIL N° 20-25443167-3) en el cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, para el dictado de la asignatura "Diseño de Productos III" de la carrera de Diseño Industrial, de las Carreras de Diseño de esta Facultad, de conformidad con lo establecido por el Art. 4° de la resolución N° 156/26-C.S.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 425
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FA-2026-RES-424 30/06/2026 |
MENDOZA, 30 de junio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 19073/26 caratulado: “SEC ACADÉMICA S/ Autorización e Implementación Nuevas Encuestas Estudiantiles a partir del Ciclo Lectivo 2026 - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que, la implementación de la nueva encuesta estudiantil para el corriente ciclo académico, resulta de un proceso colaborativo de trabajo y consulta a docentes y alumnos de la FAD, y será implementada a través de los sistemas de gestión SIU.
Que la presente iniciativa tiene como objetivo conocer la opinión de las y los estudiantes sobre el desempeño docente, así como también recoger sugerencias que permitan mejorar la propuesta pedagógica de cada espacio curricular, contribuyendo al fortalecimiento de los procesos de enseñanza y aprendizaje en nuestra institución.
Que, asimismo, se prevé la aplicación de dos instancias diferenciadas de relevamiento: por un lado, encuestas dirigidas a Docentes Titulares, Asociados y Adjuntos, y por otro, encuestas específicas destinadas a Auxiliares Docentes, a fin de adecuar la evaluación a las particularidades de cada rol.
Por ello y de acuerdo con lo estipulado en el artículo 6º de la ordenanza Nº 3/20–C.D.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la implementación de la nueva encuesta estudiantil correspondiente al ciclo académico 2026, que se detalla en el Anexo Único de la presente norma.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 424
ANEXO ÚNICO ENCUESTA PARA DOCENTES
Anexo Único – Hoja 2
Anexo único – Hoja 3
ENCUESTA PARA AUXILIARES DE DOCENCIA
Anexo único – Hoja 4
RESOLUCIÓN Nº 424
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FA-2026-RES-423 30/06/2026 |
MENDOZA, 30 de junio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 28424/23 caratulado: “María Paula Encrenaz S/ Solicitud resolución de aprobación para realizar la investigación final y la redacción del trabajo de tesina, Licenciatura en Artes Visuales”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna María Paula ENCRENAZ se encuentra en condiciones de rendir la asignatura “Seminario de Licenciatura” de la carrera de Licenciatura en Artes Plásticas.
Lo propuesto por la Dirección de Carreras de Artes Visuales, en cuanto a la constitución del Jurado y fecha de examen.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Constituir la Comisión Examinadora Especial de “Seminario de Licenciatura”, integrada por los siguientes profesores: Presidente: Mgter. Alejandro Luis IGLESIAS; Vocales: Prof. Mariela HERRERA y Mgter. Verónica Analía AGUIRRE; Suplente: Prof. Maximiliano CASTRO, encargados de evaluar a la alumna María Paula ENCRENAZ (Registro N° 25573) el día CINCO (5) de agosto de 2026 a las 17:00, en el Edificio de Talleres.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 423
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CD-2026-RES-148 30/06/2026 |
MENDOZA, 30 de junio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 31649/25 caratulado: “CARRERAS DE DISEÑO S/Nota de Convocatoria a Concurso Interino “AYUDANTE DE PRIMERA” (S) “TÉCNICAS DE MAQUETERÍA” (Diseño Industrial) Ord 1/20-CD.FAD".
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 52 consta el Acta de Cierre de inscripción en la que figuran como inscriptos los siguientes postulantes: Lautaro Hernán PINCHEIRA y María Lorena QUIROGA.
Que iniciada la etapa de la sustanciación del mencionado concurso, la Comisión Asesora designada para atender en dicho concurso se expidió mediante Acta Final contenida a fs. 70/73, estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1°- Lautaro Hernán PINCHEIRA (68,45 puntos), 2°- María Lorena QUIROGA (41,7 puntos).
Que de acuerdo con el procedimiento concursal, se ha dado cumplimiento con las notificaciones y plazos correspondientes y no se han presentado impugnaciones a la decisión del Jurado.
Que en consecuencia, la Dirección de Personal a fs. 84 informa que el D.I. Lautaro Hernán PINCHEIRA, revistaba hasta el 1 de abril de 2026, en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación Simple, interino, para cumplir funciones en el espacio curricular “Técnicas de Maquetería” de la carrera de Diseño Industrial, de acuerdo a la baja por renuncia dispuesta mediante resolución N° 177/26-FAD.
Que por otro lado, dada la consecuente renuncia expresada por el docente PINCHEIRA en las idénticas funciones respecto al cargo objeto del presente concurso y que el mismo ha manifestado verbalmente su voluntad de no ocupar las funciones concursadas; correspondería, en tal sentido, designar a la docente segunda orden de méritos, Prof. María Lorena QUIROGA.
Que por lo antes expuesto, se informa que la Prof. QUIROGA no registra situación de revista en esta dependencia. Asimismo, la agente ha realizado los exámenes preocupacionales o de ingreso y ha obtenido el certificado de Aptitud psicofísico. Por último, Dirección de Personal comunicó en ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) el ALTA de la efectiva prestación de servicios, a partir del 01/07/26.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y lo acordado en Sesión Plenaria del día 21 de abril de 2026.
Resol. N° 148
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora convocada mediante resolución N° 227/25-CD, para proveer con carácter interino, UN (1) cargo de Ayudante de Primera con dedicación Simple, para cumplir funciones en la asignatura “Técnicas de Maquetería” que se dicta en la carrera de Diseño Industrial de esta Facultad; estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1°- Lautaro Hernán PINCHEIRA (68,45 puntos), 2°- María Lorena QUIROGA (41,7 puntos).
ARTÍCULO 2°.- Designar a la postulante María Lorena QUIROGA, segunda en el Orden de Méritos, en razón al fundamento expresado en el 5to. Considerando de la presente.
Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres QUIROGA, María Lorena Documento Único 26838432 CUIL o CUIT 23-26838432-4 Legajo N° 36744
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Ayudante de Primera Dedicación Simple Condición Interino
Término de la designación Desde UNO (1) de julio de 2026 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2026
Denominación de la Unidad Académica Facultad Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curriculares 1) “Técnicas de Maquetería”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina 2 Ingeniería y Tecnología
Subdisciplina 2 0 Ingeniería Industrial
Especialidad 9 9 “Técnicas de Maquetería”
ARTÍCULO 4°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla:
Código de Descripción de la Carrera Participación Títulos Porcentual 153 Diseñador Industrial 100% Porcentaje total 100%
Resol. N° 148
ARTÍCULO 5°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Sub– Dependencia Fuente de Participación Depen- Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Financiamiento Porcentual dencia 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 814 Ayudante de Primera con Dedicación Simple
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 8°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 148
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FA-2026-RES-422 29/06/2026 |
MENDOZA, 29 de junio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 17589/26 caratulado: “ROSAS, Sergio Eduardo S/Solicitud apoyo cocción- pasta para mural cerámico dentro del marco del Encuentro Latinoamericano de Ceramistas. Barro Calchaquí. San Carlos. Salta.”.
CONSIDERANDO:
Que el Mgter. Sergio Eduardo ROSAS eleva la propuesta de invitación para participar del Encuentro Latinoamericano de Ceramistas Barro Calchaquí 2026, que tendrá lugar en la localidad de San Carlos, Valles Calchaquíes, provincia de Salta, Argentina, del 20 al 25 de julio del presente año.
Que, en el marco de esta edición, se prevé la realización de un mural destinado a una institución pública, vinculado a la conmemoración de los 40 años de la Escuela de Educación Técnica N° 3157 de San Carlos. En tal sentido, se extiende dicha invitación para participar en la donación y realización de dicha obra, promoviendo el trabajo colectivo con estudiantes y la comunidad.
Que dicho Encuentro cuenta con un cronograma que incluye muestras, charlas, talleres, ciclos musicales, conversatorios, propuestas para las infancias y otras actividades artísticas y educativas, libres y gratuitas.
La opinión favorable de Dirección de Carreras de Cerámica y de Secretaría de Extensión y Articulación Social.
Por ello y atento a lo atribuciones conferidas por 01/23-CD y su modificatoria Ord. Ord. 6/25 CD,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la realización de las actividades programadas para el Encuentro Latinoamericano de Ceramistas Barro Calchaquí 2026, que se llevará a cabo en la localidad de San Carlos, Valles Calchaquíes, provincia de Salta, Argentina, desde el VEINTE (20) al VEINTICINCO (25) de julio del corriente año, de acuerdo con los detalles mencionados en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 422
ANEXO ÚNICO
Resol. N° 422
Anexo Único- Hoja 2
RESOLUCIÓN Nº 422
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FA-2026-RES-421 29/06/2026 |
MENDOZA, 29 de junio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 17980/26 caratulado: “GRUSZKA Irina S/Presentación de Ciclo de Conciertos de flauta a realizarse en el Centro Patrimonial y Artístico Cristóforo Colombo”
CONSIDERANDO:
Que la Prof. Irina Ethel Gruszka eleva la propuesta para llevar a cabo un Ciclo de Conciertos denominado: "Flautas en Concierto", a realizarse en el Centro Patrimonial y Artístico Cristóforo Colombo de Godoy Cruz.
Que la presente actividad cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Carreras Musicales y de Secretaría de Extensión y Articulación Social.
Por ello y atento a lo atribuciones conferidas por 01/23-CD y su modificatoria Ord. Ord. 6/25 CD,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización de Ciclo de Conciertos denominado: "Flautas en Concierto", que se llevará a cabo en el Centro Patrimonial y Artístico Cristóforo Colombo de Godoy Cruz, durante el mes de junio del corriente, de acuerdo con los detalles mencionados en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 421
ANEXO ÚNICO
RESOLUCIÓN N° 421
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FA-2026-RES-420 29/06/2026 |
MENDOZA, 29 de junio de 2026
VISTO:
El expediente electrónico Nº 17977/26 caratulado: “SAEZ, Alejandra S/Materclass de piano del Maestro Sven Birch.”
CONSIDERANDO:
Que la propuesta consiste en la realización de una Masterclass de piano dictado por el Maestro Sven Birch, la misma tendrá un abordaje técnico-interpretativo del repertorio pianístico universal para los alumnos de piano de Carreras Musicales.
Que dichas clases proponen como objetivos generales desarrollar el análisis del texto musical dirigido hacia la ejecución; incorporar herramientas conceptuales para la interpretación musical, propiciando el desarrollo de sentido
crítico sobre las interpretaciones validadas; generar una actividad concreta que profundice el acercamiento a la música; generar situaciones de presentación en vivo para fomentar el hábito de la asistencia a conciertos; apreciar las producciones propias y ajenas, desarrollando espíritu crítico y potenciar la audición y disfrute de la música.
Que la presente actividad cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Extensión y Articulación Social.
Por ello y atento a lo atribuciones conferidas por 01/23-CD y su modificatoria Ord. Ord. 6/25 CD,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar el dictado de las Clases Magistrales denominadas “Abordaje del repertorio universal para piano de tradición escrita” dictado por el Maestro Sven Birch, que se llevó a cabo los días ONCE (11) y DOCE (12) de junio de 2026 en el Edificio de Carreras Musicales de esta Facultad, de acuerdo con los detalles mencionados en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 420
ANEXO ÚNICO
RESOLUCIÓN N° 420
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