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FA-2025-RES-282 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 16692/25 caratulado: “CAV- Programa FORMARTE - S/ Docentes propuestos para Cargo Profesor Adjunto (S)”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras Artes Visuales encomienda a la Prof. Verónica Analía AGUIRRE cumplir sus tareas docentes en el área disciplinaria enmarcada en el “Proyecto Apoyo a las Carreras de Arte FORMARTE- Fortalecimiento de la Planta Docente”; funciones que corresponden al cargo de Profesor Adjunto con dedicación Simple, para el dictado las asignaturas “Taller de Rotación I y II: Pintura” que se dictan en las mencionadas Carreras.
Que como antecedente dicho Programa surge a partir del Acta suscripta entre el Ministerio de Educación, la Secretaria de Políticas Universitarias (SPU) dependiente de la Dirección Nacional de Programas de Ciencias y Vinculación Tecnológica y el Consejo Interuniversitario Nacional, consistente en establecer los lineamientos y desarrollo de las distintas iniciativas de fortalecimiento de las Universidades Nacionales de Gestión pública, a partir del diseño de políticas públicas tendientes a la consolidación de los cuerpos docentes de las instituciones que permitan alcanzar mayores niveles de calidad en los procesos de enseñanza y aprendizaje.
Que el Proyecto de Apoyo a las Carreras de Arte “FORMARTE” fue creado para apoyar a las carreras artísticas de nivel universitario que promuevan el mejoramiento de la enseñanza y producción artística vinculado a la formación académica y, a su vez, estimular el intercambio entre instituciones.
Que, la Dirección de Personal informa que la Prof. AGUIRRE registra la siguiente situación de revista en esta dependencia: Profesor Adjunto con dedicación Semiexclusiva, interino, para cumplir funciones en las asignaturas “Visión I y II” y “Visión I y II (Optativa)” de las Carreras de Artes Visuales.
Los informes producidos por la Secretaria Académica y Dirección General Administrativa, respecto al encuadre y descripción del “Proyecto FORMARTE Fortalecimiento de la Planta Docente”.
Que la Secretaria Administrativa-Financiera en su informe señala la existencia del cargo y asignación de recursos financieros contemplados para tal fin.
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de sus atribuciones,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente personal docente universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres: AGUIRRE, Verónica Analía Documento Único: 27402570 C.U.I.L. o C.U.I.T.: 27–27402570–6 Legajo N°: 30.864
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo Denominación del Cargo: Profesor Adjunto Dedicación: Simple Condición: Interino
Término de la designación Desde el: UNO (1) de julio de 2025 Hasta el: TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025
Espacios Curriculares 1) “Taller de Rotación I y II: Pintura”
Denominación de la Unidad Académica Facultad: de Artes y Diseño Subdependencia: Carreras de Artes Visuales
Campo de formación 1) Proyecto de Apoyo a las Carreras de Arte “FORMARTE-Fortalecimiento de la Planta Docente”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Artes Plásticas Especialidad: 9 9 “Taller de Rotación I y II: Pintura”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual
834 Licenciatura en Artes Plásticas 33.33%
6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales 33.33%
6465 Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte 33.34%
Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar el presente gasto en personal a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática Dependencia Sub- Fuente de Sub – Participación Programa Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado dependencia Financiamiento programa Porcentual 10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 100,00 Total de la distribución programática 100 %
ARTÍCULO 5°.- Imputar el gasto que demande la presente designación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Dependencia 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 812 Profesor Adjunto con dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo propuesto.
ARTICULO 7º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 282
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FA-2025-RES-281 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 8254/25 caratulado: “Coronel, Tatiana Mariquena S/ Solicitud de Diploma de Profesora de Grado Universitario en Teatro”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por las ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO a la egresada Tatiana MARIQUENA CORONEL (D.N.I Nº 35.936.416) nacida en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el DIECISIETE (17) de mayo de 1991, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por las ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso DIECISIETE (17) de diciembre de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 281
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FA-2025-RES-280 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 13989/25 caratulado: “Guardia, Rocío Belén S/ Solicitud de Diploma de Profesora de Grado Universitario en Teatro”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por las ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO a la egresada Rocío Belén GUARDIA (D.N.I Nº 33.433.459) nacida en la Provincia de Buenos Aires, República Argentina, el TRES (3) de diciembre de 1987, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por las ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso CINCO (5) de marzo de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 280
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FA-2025-RES-279 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 8241/25 caratulado: “Búmbalo Lucero, Selene S/ Solicitud de Diploma de Profesora de Grado Universitario en Teatro”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por las ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO a la egresada Selene BÚMBALO LUCERO (D.N.I Nº 42.794.560) nacida en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el DIEZ (10) de julio de 2000, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por las ordenanzas Nº 65/05-C.S. y 66/05-C.S., con fecha de egreso DIECIOCHO (18) de febrero de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 279
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FA-2025-RES-278 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 10648/25 caratulado: “Vazquez, Dámaris Jael S/ Solicitud de Diploma de Profesora de Grado Universitario en Música”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 68/05-C.S. y 70/14-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN MÚSICA a la egresada Dámaris Jael VAZQUEZ (D.N.I. Nº 32.350.354) nacida en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTICUATRO (24) de abril de 1985, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 68/05-C.S. y 70/14-C.S., con fecha de egreso el DIEZ (10) de marzo de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 278
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FA-2025-RES-277 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 8243/25 caratulado: “Amores, Antonela Abigail S/ Solicitud de Diploma de Profesora de Grado Universitario en Música”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 68/05-C.S. y 70/14-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN MÚSICA a la egresada Antonela Abigail AMORES (D.N.I. Nº 40.787.397) nacida en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el DOCE (12) de diciembre de 1997, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 68/05-C.S. y 70/14-C.S., con fecha de egreso el DOS (2) de diciembre de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 277
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FA-2025-RES-276 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 10631/25 caratulado: “Díaz Capello, Carlos Sebastián S/ Solicitud de Diploma de Licenciado en Música Popular con Orientación en Percusión”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 119/03-C.S. y 128/03-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN MÚSICA POPULAR CON ORIENTACIÓN EN PERCUSIÓN al egresado Carlos Sebastián DÍAZ CAPELLO (D.N.I. Nº 33.008.329) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIECINUEVE (19) de abril de 1987, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 119/03-C.S. y 128/03-C.S., con fecha de egreso UNO (1) de abril de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 276
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FA-2025-RES-275 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 10644/25 caratulado: “Ochova, Eugenia Lucia S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Escenográfica”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 12/1998-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA ESCENOGRÁFICA a la egresada Eugenia Lucia OCHOVA (D.N.I. Nº 41.004.397) nacida en Provincia de Mendoza, República Argentina, el OCHO (8) de marzo de 1998, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 12/1998C.S., con fecha de egreso SEIS (6) de diciembre de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 275
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FA-2025-RES-274 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 4243/25 caratulado: “Grizas, Michel Martin S/ Solicitud de Diploma de Diseñador Industrial con Orientación en Productos”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 11/1983–R. y 111/2004-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL CON ORIENTACIÓN EN PRODUCTOS al egresado Michel Martin GRIZAS (D.N.I. N° 92.575.692) nacido en Canadá, el VEINTIOCHO (28) de agosto de 1977, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 11/1983–R. y 111/2004-CS, con fecha de egreso VEINTISÉIS (26) de setiembre de 2005 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 274
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FA-2025-RES-273 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 8250/25 caratulado: “Cobos, Luciano Jesús S/ Solicitud de Diploma de Diseñador Industrial”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL al egresado Luciano Jesús COBOS (D.N.I. N° 42.318.665) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DOCE (12) de diciembre de 1999, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso DIECINUEVE (19) de diciembre de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 273
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FA-2025-RES-272 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 15027/25 caratulado: “Saldeña, Joaquín S/ Solicitud de Diploma de Diseñador Industrial”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL al egresado Joaquín SALDEÑA (D.N.I. N° 41.884.934) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el TREINTA Y UNO (31) de mayo de 1999, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de abril de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 272
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FA-2025-RES-271 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 13997/25 caratulado: “Miccoli Buteler, Luciana Maria S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Industrial”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Luciana María MICCOLI BUTELER (D.N.I. N° 42.974.560) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIEZ (10) de noviembre de 2000, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso TRECE (13) de marzo de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 271
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FA-2025-RES-270 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 8251/25 caratulado: “Ciocca Gomero, Carla Elisa S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Industrial”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Carla Elisa CIOCCA GOMERO (D.N.I. N° 40.661.297) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el TRECE (13) de setiembre de 1997, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso TRECE (13) de marzo de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 270
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FA-2025-RES-269 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 13991/25 caratulado: “Lauro, Julián S/ Solicitud de Diploma de Diseñador Gráfico”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR GRÁFICO al egresado Julián LAURO (D.N.I. N° 43.152.798) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el SIETE (7) de enero de 2001, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso CINCO (5) de marzo de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 269
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FA-2025-RES-268 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 8255/25 caratulado: “Lopez, Romina Natalia S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Gráfica”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Romina Natalia LOPEZ (D.N.I. N° 37.963.251) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIEZ (10) de diciembre de 1993, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso DIECISIETE (17) de diciembre de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 268
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FA-2025-RES-267 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 10635/25 caratulado: “Morales, Micaela Lourdes S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Gráfica”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Micaela Lourdes MORALES (D.N.I. N° 38.756.469) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el SEIS (6) de diciembre de 1994, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso ONCE (11) de marzo de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 267
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FA-2025-RES-266 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 15155/25 caratulado: “Pagano, María de los Angeles S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Gráfica”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Maria de los Angeles PAGANO (D.N.I. N° 42.668.933) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el ONCE (11) de mayo de 2000, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso DIECISIETE (17) de diciembre de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 266
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FA-2025-RES-265 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 8264/25 caratulado: “Sunnah LLanos, Belén Nadia S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Gráfica”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Belén Nadia SUNNAH LLANOS (D.N.I. N° 43.270.264) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIECINUEVE (19) de febrero de 2001, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso DIECISIETE (17) de diciembre de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 265
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FA-2025-RES-264 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 14000/25 caratulado: “Morán, Andrea Fernanda S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Gráfica”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Andrea Fernanda MORÁN (D.N.I. N° 39.533.435) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTICINCO (25) de marzo de 1996, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso DIECISIETE (17) de diciembre de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 264
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FA-2025-RES-263 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 8249/25 caratulado: “Amici Heredia, Agustina Daniela S/ Solicitud de Diploma de Diseñadora Gráfica”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Agustina Daniela AMICI HEREDIA (D.N.I. N° 42.477.543) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIECISIETE (17) de febrero de 2000, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso CINCO (5) de marzo de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 263
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FA-2025-RES-262 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 8253/25 caratulado: “Giovannini, Florencia S/ Solicitud de Diploma de Profesora de Grado Universitario de Historia del Arte”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 95/06-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO DE HISTORIA DEL ARTE a la egresada Florencia GIOVANNINI (D.N.I. Nº 93.744.629) nacida en Florida, Estados Unidos, el VEINTIDOS (22) de febrero de 1994, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 95/06-C.S., con fecha de egreso VEINTE (20) de febrero de 2025 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 262
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FA-2025-RES-261 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 10633/25 caratulado: “Garcia Zalazar, Guido Emanuel S/ Solicitud de Diploma de Licenciado en Artes Plásticas”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 10/81-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN ARTES PLÁSTICAS al egresado Guido Emanuel GARCIA ZALAZAR (D.N.I. Nº 32.159.391) nacido en la provincia de San Luis, República Argentina, el OCHO (8) de julio de 1986, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 10/81C.S., con fecha de egreso el DIECINUEVE (19) de diciembre de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 261
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FA-2025-RES-260 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 8263/25 caratulado: “Medero Sanchez, Mauro Sebastián S/ Solicitud de Diploma de Licenciado en Arte Dramático”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 23/99-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN ARTE DRAMÁTICO al egresado Mauro Sebastián MEDERO SÁNCHEZ (D.N.I. Nº 41.661.290) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTITRES (23) de enero de 1999, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 23/99-C.S., con fecha de egreso el DOS (2) de diciembre de 2024 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 260
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FA-2025-RES-259 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 40045/23 caratulado: “DIGITALIZACIÓN- Exp. COMDOC 3436-2018 SAYANCA, María Azul s-Adscripción 2018 - Egresada”
CONSIDERANDO:
Que la egresada SAYANCA solicitó inicialmente a su adscripción una licencia por el término de SEIS (6) meses y una ampliación por el mismo período; en el cual agotado ese lapso dicha egresada no se presentó a cumplir con el segundo año de su adscripción.
Por ello y a lo dispuesto en el inciso f) de las disposiciones generales contenidas en el Anexo Único de la ordenanza N° 11/09-C.D. y su modificatoria ordenanza Nº 12/13-C.D.,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Cancelar la adscripción de la egresada María Azul SAYANCA (D.N.I. N° 30968423)) en la cátedra “Historia del Arte y la Cerámica I”, de las Carreras de Cerámica, para los Ciclos Lectivos 2018-2019, quien fuera autorizada mediante resolución Nº 323/18-FAD.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 259
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CD-2025-RES-119 25/06/2025 (Carga: 25/06/2025) |
MENDOZA, 25 de junio de 2025
VISTO:
El expediente electrónico Nº 15794/25 caratulado: “CCER - Dirección de Carreras de Cerámica s/ Actualización de Plan de Estudios PGU Cerámica 2025”.
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Carreras de Cerámica eleva los fundamentos y lineamientos para llevar a cabo la reforma del Plan de Estudio de la carrera Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística, en el marco establecido mediante Ord. Nº 7/22– C.D.
Que el presente análisis estadístico ofrece información sobre las tasas de ingreso, egreso y rendimiento académico del Grupo de Carreras de Cerámica.
Que dichos datos revelan una situación alarmante a pesar de un número considerable de ingresantes, de los cuales el 6% de los estudiantes logra graduarse en el tiempo estipulado por el Plan de Estudio.
Que esta baja tasa de egreso constituye una señal inequívoca de que el diseño curricular actual no está cumpliendo con las expectativas ni las necesidades de los estudiantes. Por este motivo, es fundamental una revisión integral de la oferta académica del Profesorado, buscando optimizar los procesos de enseñanza-aprendizaje y facilitar la graduación de calidad de nuestros alumnos.
Que en relación a lo antes analizado y teniendo en cuenta los bajos índices de ingreso y egreso y la prolongación de la duración de la carrera, que supera en general los cuatro años establecidos, se concluye que estos son indicadores claros de la necesidad de reformular el Plan de Estudio vigente ya que manifiesta claramente cómo se lentifica y complejiza la trayectoria de los/as estudiantes en la carrera y por ende su posterior egreso.
Que, por otra parte, las cargas horarias totales y parciales deben ser observadas en profundidad y en relación a cambios operados en la praxis que nos indican la necesidad de visibilizarse en el Plan de Estudio. Todo ello, en pos de sostener la calidad educativa, actualizada y acorde al contexto actual y un sujeto del aprendizaje distinto.
Que, el vertiginoso avance de las tecnologías y las transformaciones profundas que ha experimentado el campo del arte y la cerámica en los últimos años, demandan una renovación pedagógica.
Que la pandemia de COVID-19 aceleró este proceso, poniendo de manifiesto la importancia de desarrollar competencias digitales y habilidades para el aprendizaje autónomo.
Que estos cambios deben reflejarse en las nuevas propuestas curriculares y los planteos de perfiles profesionales acordes a los nuevos escenarios laborales, los cuales deben integrar competencias relativas al desarrollo tecnológico como es la alfabetización digital con aval académico.
Que, por último, es necesario alinear los planes de estudio con los lineamientos curriculares vigentes, los cuales promueven la adopción de sistemas de créditos, la movilidad estudiantil y la oferta de espacios curriculares optativos que ofrezcan un recorrido general y también particular a cada estudiante. Estas características permiten personalizar los trayectos formativos y brindar a los estudiantes una mayor autonomía en la construcción de su perfil profesional.
Que la Secretaria Académica avala la justificación para la reforma del Plan de Estudio de las Carreras de Cerámica, en el marco de la Ord. 7/22-CD.
Por ello, atento con lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y con lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 3 de junio de 2025,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Aprobar la propuesta de justificación para la reforma del Plan de Estudio de la carrera Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística de las Carreras de Cerámica, realizada en el marco establecido mediante Ord. Nº 7/22–C.D., de acuerdo con los fundamentos expresados en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCION N° 119
ANEXO ÚNICO
PLAN DE ESTUDIO DEL PROFESORADO EN CERÁMICA, FAD, UNCuyo Justificación para avanzar sobre la actualización del Plan de Estudio de la carrera Profesorado de Grado Universitario de Cerámica Artística aprobado por Ord. Nº 40/05–C.S. La carrera tiene una duración de 4 años y una carga horaria de 2.900 horas, requiere un abordaje urgente a los fines de revisar y actualizar la oferta académica. Este período excede ampliamente uno de los principales considerandos fijados por la ordenanza N° 7 (FADUNCuyo, 2022), donde se proponen los lineamientos para la reforma, actualización y construcción colectiva de planes de estudio de la Facultad de Artes y Diseño: cito …“Que muchos de los planes de estudio de la FAD tienen más de una década, por lo que se encuentran desactualizados y fragmentados institucionalmente”… Por tal motivo y a los fines de relevar información tanto normativa, como de aplicación, desarrollo y análisis del impacto de los mismos en la actualidad, se ofrece a disposición de las Autoridades algunos puntos que consideramos sustanciales: 1- Antecedentes En el período histórico posterior a la segunda guerra mundial no ingresaban al país productos cerámicos desde Europa. La política del gobierno nacional, debido a esta problemática, se centró en la creación de escuelas de cerámica, para preparar a profesionales capacitados/as y competentes en este tipo de manufactura. El Ministro de Justicia e Instrucción Pública de la Nación Dr. Jorge E. Coll le solicita al Sr. Fernando Arranz, de nacionalidad española, que impulse la creación de Escuelas Nacionales en nuestro país. La primera en ser creada fue la de Buenos Aires. La misma, Escuela de Cerámica Nº 1 de Buenos Aires fue fundada en 1940 por el maestro Fernando Arranz. En sus inicios, se llamó Escuela Industrial Nacional de Cerámica. La segunda fue en la provincia de Córdoba. Esta Escuela se crea sobre la base de un taller fundado por Don Fernando Arranz, es la primera Escuela en la especialidad. Funcionaba en los predios colindantes al Parque Sarmiento. En 1942 se inaugura la Escuela de Cerámica en Mendoza, dependiente de la Academia Nacional de Bellas Artes de la Universidad Nacional de Cuyo. En esta primera etapa, en la Escuela de Cerámica de Mendoza, dentro de esta educación formal, se desarrollaba con formato de taller, basado fundamentalmente en la producción de objetos cerámicos de estilo europeo de tradición valenciana. Esta producción era de carácter utilitario y seriado, y no se manufacturaban objetos artísticos. La condición de ingreso solicitada era haber finalizado los estudios primarios, por lo que la formación correspondía a un nivel secundario especializado. El proceso de creación y constitución de la Escuela de Cerámica nació condicionado por el tipo de formación dentro de un sistema mixto artesanal/industrial y de orientación práctica. Otro punto a tener en cuenta es que la dependencia de la Academia Nacional de Bellas Artes ejercía influencia especialmente en la decoración de los productos cerámicos. En la década de 1940 se realizaron sucesivas modificaciones en los Planes de Estudio para estructurar y sistematizar nuevos enfoques educativos. Por ejemplo, en el año 1945 se otorgaban, con tres años de estudio, el título de Artesano en Cerámica y con dos años más, se obtenía título de Técnico con Especialidad en Decoración y Técnico Industrial. En la década de 1950 se producen cambios profundos en la Escuela de Cerámica con la gestión directiva del arquitecto César Jannello. Las modificaciones se centraron en la investigación y el diseño. Otro aporte estuvo a cargo del profesor José Carrieri quien introdujo el género escultórico en el área artística.
Anexo Único – Hoja 2. El hecho de que la formación cerámica tenía nivel secundario no resultaba atractivo para su cursado, los aspirantes se inclinaban por ingresar a la Carrera de Artes Plásticas que otorgaba título universitario. Ya en 1951 se creó una nueva carrera de tres años con el título de Ceramista. En el año 1968 la Escuela de Cerámica fue trasladada a los galpones de la Universidad Nacional de Cuyo, ubicados en el Centro Universitario. En 1969 se estableció como requisito de ingreso poseer estudios secundarios completos. De esta manera se asignó a los estudios de cerámica la categoría de Nivel Superior. Fueron suprimidas las carreras de Técnico Ceramista y Ceramista Decorador y se propusieron nuevos títulos: Licenciado en Cerámica (4 años de estudios) y Profesor en Cerámica (5 años de estudios). Con esta transformación se jerarquizaría la carrera. Recién en el año 1970 la carrera pasó a pertenecer al nivel de grado, con las exigencias de abarcar los tres ejes fundamentales: lo académico, la investigación y la extensión. Así mismo, los nuevos títulos que se otorgaron fueron: Licenciado en Cerámica y Profesor de Cerámica, incluyéndose en este caso el cursado de las asignaturas pedagógicas, lo que permitió ampliar la inserción laboral de los egresados/as. Esta apertura de formación académica también posibilitó la creación del título intermedio de Ceramista. En el caso de la titulación de Profesor de Cerámica se incluyeron las asignaturas pedagógicas, lo que permitió ampliar la inserción laboral de los/as egresados/as. Es así como, en el año 1981, con la reformulación de Planes de Estudio, se produce una innovación en la educación formal del campo Cerámico, creándose las carreras de grado que otorgan los siguientes títulos: LICENCIADO EN CERÁMICA ARTÍSTICA, PROFESOR EN CERÁMICA ARTÍSTICA y LICENCIADO EN CERÁMICA INDUSTRIAL. Esta configuración de ofertas académicas serían las que permanecen hasta hoy, como las tres titulaciones que ofrece el grupo de Carreras de Cerámica. Cabe destacar, en 1984, el Profesor Luis Quesada, desempeñaba la función de Decano Normalizador de la Facultad de Artes y en el mes de septiembre instituyó a la Escuela de Cerámica como grupo de carreras autónomo al grupo de carreras de Artes Visuales. La trayectoria que se relata, constituye la historia de la carrera del profesorado del grupo de carreras de Cerámica y sus modificaciones históricas. En el Plan de Estudio de la Carrera Profesorado de Grado Universitario de Cerámica Artística, en la Ordenanza Nº40/2005 a partir de las transformaciones del Sistema Educativo Nacional y Provincial de ese momento, en todos los niveles, ciclos y modalidades, se hace necesario brindar una formación docente que contemple los lineamientos establecidos en la Ley Federal de Educación N° 24.195, la Ley de Educación Superior N° 24.521, las resoluciones reglamentarias del Consejo Federal de Cultura y Educación, la Ley Provincial de Educación N° 6970 y las resoluciones de la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Mendoza. Las mismas establecen y aprueban los diseños curriculares jurisdiccionales de todos los ciclos y niveles, incluyendo la Formación de Docentes y la normativa de la Universidad Nacional de Cuyo referida a la creación de carreras. Sobre los planteos antes expuestos, se conformó una comisión de docentes, y se consultaron Planes de Estudio de Formación Docente de esta Universidad y de otras Universidades Nacionales. Así se reformuló la denominación de la carrera, la que pasa a llamarse Profesorado de Grado Universitario de Cerámica Artística, y el título, Profesor de Grado Universitario de Cerámica Artística. Respecto de los espacios curriculares y cargas horarias: se incorporan en el Plan de Estudio mencionado asignaturas y se varía la carga horaria de algunas asignaturas del plan anterior
Anexo Único – Hoja 3. llegando a un total de 2900 horas. El diseño curricular tuvo como propósito que, al finalizar la Carrera, el profesional estuviera en condiciones de: desarrollar capacidades y competencias, habilidades y destrezas, en el manejo de los procesos cerámicos, según los sistemas de producción artesanal y artístico, incluyendo otros tipos de materiales, soportes y herramientas acordes a la expresión, comunicación y cualidades estéticas; en interacción e interrelación con el entretejido histórico-social-cultural y ético estético. Otro de los propósitos fue identificar las principales problemáticas y desafíos de la enseñanza de la Cerámica Artística, en los distintos niveles, ciclos y modalidades del Sistema Educativo, en Educación Artística (regímenes especiales) y Educación No Formal, adecuándose al contexto regional y con apertura universal, entre otras, los mismos expuestos en la misma Ordenanza. Cabe hacer mención que mediante ordenanza N° 7/05-C.D., la Facultad de Artes y Diseño solicita se derogue la ordenanza N° 10/81-R. en lo que se refiere al Profesorado de Cerámica Artística. Por otra parte, en el Artículo 2° de la Ord. N° 1/05-C.D. solicita autorización para que el Consejo Directivo regule la fijación del régimen de promoción, correlatividades, distribución curricular por año, régimen de cursado (anual, semestral u otro), así como otros aspectos reglamentarios vinculados al desarrollo de la carrera que fuera aprobada. Así mismo, el Consejo Superior de la UNCUYO ordena en el Artículo 1° Ratificar la ordenanza N° 1/2005 del Consejo Directivo de la Facultad de Artes y Diseño, que como Anexo I forma parte de la norma, por la cual se aprueba el Plan de Estudio de la Carrera Profesorado de Grado Universitario de Cerámica. En el proceso de implementación la Facultad de Artes y Diseño, a través de una Ordenanza de su Consejo Directivo regulará la fijación del régimen de promoción, correlatividades, distribución curricular por año, régimen de cursado (anual, semestral u otro), así como otros aspectos reglamentarios vinculados al desarrollo de la carrera Artística. Por último, en el
ARTÍCULO 3° se ordena derogar la Ordenanza N° 10/81-R., en lo referente a la Carrera de Profesorado en Cerámica Artística de la Facultad de Artes y Diseño. En el mismo ANEXO ÚNICO sobre el PROFESORADO DE GRADO UNIVERSITARIO DE CERÁMICA ARTÍSTICA se inscribe el desarrollo del Plan de Estudio y su documentación curricular sobre la base del Carácter del Título: universitario, con una duración de cuatro (4) años y una carga horaria mínima de 2.900 horas reloj, Plan que actualmente está vigente. Existen algunos Planes de Estudio, aprobados por resolución ministerial que no han sido implementado como oferta académica. Se citan a continuación: ● Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Industrial - Ciclo de Profesorado Ord. 14 y 15/2007 y Anexo Único, con tramitación a través del expediente 10-024-S/07. En la misma se especifica como condición de inscripción acreditar el título de Licenciado/a en Cerámica Industrial, de la Facultad de Artes y Diseño, perteneciente a la Universidad Nacional de Cuyo. La duración temporal de la oferta académica es de 3 semestres (1 y ½ año) ● Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística - Ciclo de Profesorado Ord. 13/2007 y su Anexo Único, con tramitación a través del expediente N° 10-497-D/07 de la Facultad de Artes y Diseño, perteneciente a la Universidad Nacional de Cuyo. En la misma se especifica como condición de inscripción acreditar el título de Licenciado/a en Cerámica Industrial, de la Facultad de Artes y Diseño, perteneciente a la Universidad Nacional de Cuyo. La duración temporal de la oferta académica es de 3 semestres (1 y ½ año). Sobre la misma ordenanza del Ciclo de Profesorado en Cerámica Artística, es importante mencionar que en la Ordenanza 40/05 C.S. de la Universidad Nacional de Cuyo sobre el Plan de estudio se indica derogar progresivamente la discontinuidad del Profesorado con duración de 4 años.
Anexo Único – Hoja 4. 2- Relevos estadísticos del Grupo de Carreras de Cerámica. Sobre la base del análisis de los Planes de Estudio antes mencionados y su implementación, se relevan las estadísticas que muestran información, desde el año 2013 al 2024, sobre ingreso, trayectorias y egreso de los/as estudiantes: Profesorado de Grado Universitario 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 Promedio Total de Cerámica Artística Ingreso 6 8 4 0 10 2 4 7 5 14 8 8 6 76 RAN 8 7 11 11 11 11 11 11 16 20 21 21 13 154 2-3 materias 11 11 11 9 8 7 7 4 5 3 5 5 7 86 4-5 materias 5 5 3 2 1 4 0 2 3 2 3 4 3 33 6 o más 2 4 1 1 0 1 2 0 2 0 0 5 1 18 Cantidad de 32 35 30 23 30 25 24 24 31 39 42 47 30 422 Estudiantes Egresados 0 3 4 5 2 1 1 0 3 0 0 2 2 21
Profesorado de Grado Universitario de Cerámica 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 Promedio Artística Ingreso 19% 23% 13% 0% 33% 8% 17% 29% 16% 36% 19% 17% 19% RAN 25% 20% 37% 48% 37% 44% 46% 46% 52% 51% 62% 44% 42% 2-3 materias 34% 31% 37% 39% 27% 28% 29% 17% 16% 8% 12% 14% 25% 4-5 materias 16% 14% 10% 9% 3% 16% 0% 8% 10% 5% 7% 6% 9% 6 o más 6% 11% 3% 4% 0% 4% 8% 0% 6% 0% 0% 2% 4% Cantidad de Estudiantes 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% Egresados 0% 9% 13% 22% 7% 4% 4% 0% 10% 0% 2% 4% 6%
El presente análisis estadístico ofrece información sobre las tasas de ingreso, egreso y rendimiento académico del Grupo de Carreras de Cerámica. Los datos revelan una situación alarmante: a pesar de un número considerable de ingresantes, sólo el 6% de los estudiantes logra graduarse en el tiempo estipulado por el plan de estudio. Esta baja tasa de egreso constituye una señal inequívoca de que nuestro diseño curricular actual no está cumpliendo con las expectativas ni las necesidades de nuestros estudiantes. Por este motivo, consideramos fundamental una revisión integral de la oferta académica del Profesorado, buscando optimizar los procesos de enseñanza-aprendizaje y facilitar la graduación de calidad de nuestros alumnos. En relación a lo antes analizado y teniendo en cuenta los bajos índices de ingreso y egreso y la prolongación de la duración de la carrera, que supera en general los cuatro años establecidos, podemos concluir que estos son indicadores claros de la necesidad de reformular el plan de estudio vigente ya que manifiesta claramente cómo se lentifica y complejiza la trayectoria de los/as estudiantes en la carrera y por ende su posterior egreso. Sumado a ello, las cargas horarias totales y parciales deben ser observadas en profundidad y en relación a cambios operados en la praxis que nos indican la necesidad de visibilizarse en el Plan de Estudio. Todo ello, en pos de sostener la calidad educativa, actualizada y acorde al contexto actual y un sujeto del aprendizaje distinto. En segundo lugar, el vertiginoso avance de las tecnologías y las transformaciones profundas que ha experimentado el campo del arte y la cerámica en los últimos años, demandan una renovación pedagógica. La pandemia de COVID-19 aceleró este proceso, poniendo de manifiesto la importancia de desarrollar competencias digitales y habilidades para el Resol. Nº 119
Anexo Único – Hoja 5. aprendizaje autónomo. Estos cambios deben reflejarse en las nuevas propuestas curriculares y los planteos de perfiles profesionales acordes a los nuevos escenarios laborales, los cuales deben integrar competencias relativas al desarrollo tecnológico como es la alfabetización digital con aval académico. Por último, es necesario alinear los planes de estudio con los lineamientos curriculares vigentes, los cuales promueven la adopción de sistemas de créditos, la movilidad estudiantil y la oferta de espacios curriculares optativos que ofrezcan un recorrido general y también particular a cada estudiante. Estas características permiten personalizar los trayectos formativos y brindar a los estudiantes una mayor autonomía en la construcción de su perfil profesional.
3- Sobre los espacios curriculares y cargas horarias Un análisis de los mismos evidencia que los espacios curriculares han sido modificados en sus cargas horarias y trayectos (cuatrimestrales o anuales). Consideramos que las cargas horarias son excesivas en algunos casos y en otras que son anuales se han cuatrimestralizado, lo que evidencia que sus descriptores no son acordes al tiempo y horas que se han establecido en el Plan de estudio vigente. Como ejemplo citamos espacios como Psicología del Desarrollo, Problemática Educativa, Didáctica y Currículum con 120 horas cada una, que se dictan como espacios cuatrimestrales. En el caso de los espacios denominados Talleres Cerámicos como Modelado y Color Cerámico I, II, III de 270 horas y Taller Cerámico de Investigación Educativa con 260 horas de cuarto año, los cuales manifiestan un exceso de carga horaria, incluso a punto de poder ser comparado con un trayecto de posgrado como una especialización, para la cual el mínimo de horas es de 200. Los casos mencionados son algunos sobre los cuales se debe trabajar y reformular, al tiempo que actualizar sus saberes y competencias, adecuándose a los cambios que el mundo contemporáneo y sus campos de conocimientos lo requieren, tanto en el ámbito artístico como en el educativo, los cuales, además, demandan una formación integral y flexible que permita a nuestros egresados/as enfrentar los desafíos del mercado laboral y contribuir al desarrollo cultural de nuestra sociedad. Sobre la lectura de propuestas de espacios curriculares, de los descriptores y formatos de enseñanza, también se evidencian carencias en cuanto a definiciones y trayectos formativos respecto de todo el campo educativo sobre el cual se habilita la titulación y las especificidades que ese campo laboral tiene y debe ser considerado como territorios formativos particulares. Así mismo considerar el desarrollo de capacidades /competencias es insoslayable a la hora de pensar el perfil de estudiante, como el de egresado y vincular las mismas al complejo y rico mundo laboral y social en el cual se insertan desde su perfil profesional Un análisis exhaustivo de los planes de estudio vigentes, en especial el profesorado, revela una serie de problemáticas que obstaculizan la formación de profesionales competentes y actualizados: Antigüedad: el plan de estudio actual, aprobado en 2008, no refleja los avances en el campo de la cerámica ni las nuevas tendencias pedagógicas. Los cambios profundos de nuestra época que impactan en el sistema educativo, se constituyen en una preocupación, debido a la permanencia por casi veinte años del mismo plan de estudio, no adecuándose a las necesidades y problemáticas actuales. Bajos índices de egreso: la estructura curricular actual, con un sistema de correlatividades rígido y una carga horaria excesiva en algunos semestres, desmotiva a los estudiantes y prolonga la trayectoria estudiantil en la carrera. Esto indica un desgranamiento importante de personas que iniciaron su formación motivados por su profesionalización y en el camino abandonaron sus proyectos formativos.
Anexo Único – Hoja 6. Las prácticas educativas no han sido actualizadas en relación al contexto socio-histórico ni a las normativas vigentes. La formación de docentes de cerámica es un desafío permanente, como práctica de mediación cultural, reflexiva y crítica que se caracteriza por la capacidad para contextualizar las intervenciones de enseñanza a fin de encontrar diferencias y mejorar las posibilidades del proceso. El lenguaje cerámico necesita de una intervención pedagógica personalizada y a la vez colectiva donde el futuro profesor/a construye desde la mediación de saberes, acompañando en la construcción de conocimientos, de procedimientos y de experiencias sobre la cerámica. Ser docente hoy implica asumir la realidad desde el encuentro y la construcción propia en un mundo mediatizado; el mundo de las imágenes está a la orden del día, el uso de las plataformas, la inmediatez, el lenguaje recortado y otras formas de enseñar que nos desafían constantemente. La actualización del plan de estudio permitirá la reconversión de los saberes según la realidad actual en el contexto de educación transitado. Inscripciones en dos carreras de cerámica al mismo tiempo. Otra dificultad que se presenta es la poca claridad del perfil, y por ello los aspirantes se inscriben, muchas veces, a más de una carrera al mismo tiempo. Por ejemplo, profesorado y licenciatura en cerámica artística, lo que implica generalmente, retraso y confusión en los cursados, lo que lleva a solicitar equivalencias en cátedras comunes porque no se inscriben correctamente y no conocen el plan de estudio y el cursado de ambas carreras. Las trayectorias compartidas no permiten avanzar en forma correcta superponiendo cursados y optando o dejando una de las carreras, ocasionando así rendimiento negativo y una trayectoria lenta. Optativas rígidas con opciones que no están enfocadas al perfil planteado al Plan de Estudio. Carreras sin implementación de sistema de créditos Según nueva resoluciones ministeriales y ordenanzas vigentes de la UNCuyo.
4- Sobre perfiles de egreso y campos de formación. Para reflexionar sobre este punto resulta interesante analizar el perfil que se propone en el actual Plan de Estudio de la Carrera de PGU en Cerámica Artística de la FAD-UNCuyo y los desafíos del lenguaje cerámico contemporáneo y su enseñanza. Una mirada en profundidad del actual Plan de Estudio nos permite identificar el perfil que se buscaba alcanzar. Los planes postulan de manera general la necesidad de adquirir conocimientos vinculados a disciplinas científicas, técnicas y humanísticas y la aptitud para su integración interdisciplinaria que permitan alcanzar una comprensión crítica de la realidad. A partir de ello se aportan algunas observaciones que pueden servir de base para la revisión/actualización del Plan de Estudio vigente: El capital de conocimientos construidos sobre el lenguaje artístico y sus ejes formativos, serían la base sustancial sobre el andamiaje del aprender a aprender, para poder transitar posteriormente el aprender a enseñar. Así mismo se observa que en el Plan de Estudio del PGU en Cerámica Artística aparecen espacios curriculares en el campo de la formación pedagógica y de las prácticas educativas. Ejemplo: Análisis de las Formas, lo cual resta espacio para la formación del perfil docente y no corresponde a dicho campo formativo. En cuanto al ejercicio del dictado hacia el interior de las cátedras, se evidencia en un mismo espacio/tiempo el dictado de cátedras de distintos Planes de Estudio, cohabitando en cursadas comunes, siendo que los perfiles de egresados son distintos, incluso los descriptores de los espacios curriculares y tiempos de cursado. Todo ello, complejiza el dictado de las clases y la coherencia que debemos garantizar a los/as estudiantes en la oferta académica.
Anexo Único – Hoja 7. 5- Sobre los nuevos sujetos de aprendizajes, necesidades y aportes de los estudiantes En cualquier grupo humano, la diversidad es la norma y no la excepción, ya que somos diversos desde nuestros orígenes familiares, nuestra condición socioeconómica y cultural, nuestra lengua materna, nuestra diversidad física, etc. A ello se suman acontecimientos globales y cambios de enfoques sobre los sujetos y sus formas de aprender, que interpelan los sistemas educativos y sus prácticas. Poniendo en foco la importancia de identificar y valorar al sujeto del aprendizaje y sus cualidades diversas en la contemporaneidad, se desplaza el interés de lugar, es decir, el foco del problema ya no es el problema de aprender solo responsabilidad del estudiante, sino también del docente, por ejemplo, el sujeto que no aprende porque no puede acceder al material o requiere mediaciones. Observar y analizar el material, los recursos didácticos, la propuesta pedagógica, el formato de enseñanza entre otros, posibilitará atender a la diversidad de un sujeto distinto en el contexto contemporáneo. Estos aspectos permitirán construir un plan de estudio que ofrezca diferentes formas de acceder al conocimiento, de aprender a aprender y aprender a enseñar. Como hemos mencionado, el interés primario es conocer el lenguaje artístico y sus cualidades como campo de conocimientos, esto será la base para construir su perfil docente el cual nos permitirá acompañar procesos en complejidad creciente e identificar características que anticipen recursos acerca de sus procesos de aprendizaje.
6- Sobre necesidades, demandas y expectativas de la sociedad En el proceso de análisis y revisión de las ofertas formativas de las Unidades Académicas de la Universidad Nacional de Cuyo, es imperativo realizar nuestro propio análisis y adecuaciones en cuanto a normativas vigentes, como el mejoramiento de nuestras ofertas, concordantes con el Plan de Gestión actual y las demandas que nuestros claustros y la sociedad en su conjunto nos indican. Por ello consideramos estar acorde al contexto y las realidades que han mutado en los tiempos actuales, sobre lo cual tenemos intención de accionar y buscar superar propuestas anteriores.
7- Sobre necesidades y requerimientos laborales y profesionales Sobre el reconocimiento de los escenarios laborales actuales y sus características, podemos mencionar un amplio y diverso territorio laboral para nuestros/as egresados/as. El mismo transita todos los niveles educativos y las particularidades que de ellos devienen, los cuales no están identificados en el Plan de Estudio en vigencia. Los territorios laborales, sus particulares formas institucionales y de sujetos del aprendizaje, hacen meritorio las adecuaciones pertinentes a dicho territorio. Los/as docentes cuentan con formaciones generales y adecuaciones de los programas, que han buscado actualizar la formación docente, pero es pertinente explicitar y jerarquizar en el Plan de Estudio los trayectos formativos, entendiendo que tanto las instituciones, como sus niveles formativos y los sujetos del aprendizaje actuales, merecen ser visibilizados y ajustados en la escritura de la oferta académica. Un ejemplo de ello es la ausencia de formación docente para el territorio diverso que incluye educación especial, no formal, técnica y con diversas organizaciones no gubernamentales, territorio apto para el desempeño laboral docente. Resol. Nº 119
Anexo Único – Hoja 8. Considerando el Plan de Estudio de la Carrera Profesorado de Grado Universitario de Cerámica Artística vigente, se debe trabajar, especialmente en el perfil del/la egresado/a; ya que el mismo no contempla, por ejemplo, la incorporación del uso de las nuevas tecnologías en los procesos de enseñanza-aprendizaje, aunque en la praxis algunos espacios curriculares cuentan con aula virtual activa. La integración de nuevas tecnologías en la enseñanza está transformando el ámbito educativo, ofreciendo herramientas y métodos innovadores que enriquecen la experiencia de aprendizaje. Estas tecnologías pueden transformar la manera en que se imparten las clases, proporcionando experiencias de aprendizaje más interactivas, personalizadas y accesibles salvando distancias y otras circunstancias, que garanticen el acceso a la formación superior universitaria. Es pertinente mencionar que los/as docentes en muchos casos dictan el mismo espacio curricular en distintas carreras, por lo cual sería necesario articular y dar coherencia a todas estas variables, y diseñar procesos educativos fluidos y visiblemente superadores. En tal sentido, los Profesorados requieren de manera impostergable una actualización, atendiendo no sólo a las normativas vigentes, sino a los enfoques que la Ley Nacional de Educación N°26206/06 y todas las normativas que de ella emanan, las cuales indican la necesidad de actualizar el campo de construcción de conocimientos disciplinar, como así también las pedagogías, didácticas y trayectos formativos de nuestros futuros profesionales de la educación. Los mismos se encuentran diseñados sobre una estructura rígida y paradigmas que responden a un contexto social y cultural anacrónico. En conclusión, la actualización de los planes de estudio de la carrera de Cerámica se presenta como una necesidad impostergable para garantizar la calidad de la formación, la empleabilidad de nuestros egresados y la relevancia de nuestra oferta académica en un contexto en constante cambio. Por lo expuesto, solicitamos a la Secretaría Académica y por su intermedio al Consejo Directivo, autorice el proceso de revisión y actualización del Plan de Estudio del Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística. Normativas y Materiales consultados: - Informes y documentación sobre trayectorias estudiantiles provistas por Dirección de Alumnos y TRACES-SAPOE. - Ley Nacional de Educación N° 26206. Aprobada por el Congreso de la Nación Argentina, el 14 de diciembre de 2006 - Ley de Educación Superior N° 24.521. HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN ARGENTINA. Sanción 20-07-1995 - Mieras, E. (2022) “Inclusión de estudiantes universitarios con discapacidad. Factores que influyen su rendimiento académico” Tesis de Maestría (Cap. 6) - Facultad de Educación UNCUYO. - Planes de Estudio de otras Unidades Académicas de la UNCUYO y otras Universidades. - Ordenanza 075/2016 Rectorado UNCUYO. Sobre lineamientos y ejes para la actualización y/o creación de carreras de pre grado y de grado de la Universidad Nacional de Cuyo. - Ordenanza 7/2022 CD. Facultad de Artes y Diseño. Universidad Nacional de Cuyo. - Resoluciones del Consejo Federal de Educación, especialmente referidas a la Educación Artística. http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/cf_resoluciones.html
Anexo Único – Hoja 9. - Resolución 3556/2019. Diseño Curricular para la Educación Primaria. Dirección de Planificación y Evaluación de la Calidad Educativa. Dirección General de Escuelas. Provincia de Mendoza - Resoluciones y Diseños Curriculares de Educación Secundaria de la Provincia de Mendoza. Dirección General de Escuelas Subsecretaría de Planeamiento y Evaluación de la Calidad Educativa Dirección de Planificación de la Calidad Educativa 2015 - Res. 0645/2015 Dirección General de Escuelas, Provincia de Mendoza. - Res. 1096/2015. Dirección General de Escuelas, Provincia de Mendoza. Diseños Curriculares – Educación Secundaria Orientada. Disponible en https://www.mendoza.edu.ar/category/disenos-curriculares/dcp-secundario-orientado/ - Res. 2127/2015 Dirección General de Escuelas, Provincia de Mendoza. Diseños Curriculares – Educación Secundaria Orientada en Artes. Disponible en https://www.mendoza.edu.ar/wp-content/uploads/2016/02/DCP-SECUNDARIOBACHILLER-EN-ARTE.pdf - Resolución y Diseño Curricular - Educación Secundaria Orientada – Bachiller en Arte con Especialidad. Disponible en https://www.mendoza.edu.ar/wpcontent/uploads/2016/02/DCP-SECUNDARIO-BACHILLER-EN-ARTE-CON-ESPEC.pdf - Resolución N° 24/07 CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN Lineamientos Curriculares Nacionales para la Formación Docente Inicial del INFD. Disponible en http://profesoradolaborde.com.ar/images/cms/24_07_anexo01_ltpcx_14899.pdf
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