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FA-2015-RES-894 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
Los expedientes CUDAP–FAD: 19264/15 y 19431/15 en los que personal de esta Unidad Académica tramita licencia por enfermedad de largo tratamiento; atento a lo informado en cada caso por la Dirección General de Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo y por la Dirección de Personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 46° inciso c) del Decreto Nacional N° 1246/15, en el artículo 93° del Decreto Nacional N° 366/06 y por ordenanza N° 4/96-R,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia por enfermedad de largo tratamiento, con goce íntegro de haberes, al personal que a continuación se detalla, en el cargo y por el período que en cada caso se indica: ASTARGO, Luis Alberto – Legajo N° 14545 – cargo Categoría 4 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, efectivo – SESENTA (60) días corridos, desde el TRES (3) de octubre hasta el UNO (1) de diciembre de 2015. RASTELLI, Silvia Rosalba – Legajo N° 15955 – cargo Categoría 4 Agrupamiento Administrativo, efectivo – VEINTE (20) días corridos, desde el TREINTA (30) de setiembre hasta el DIECINUEVE (19) de octubre de 2015. JARDEL, Víctor Enrique – Legajo N° 18721 – cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino – VEINTINUEVE (29) días corridos, desde el NUEVE (9) de octubre hasta el SEIS (6) de noviembre de 2015.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 894
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FA-2015-RES-893 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP–FAD: 18116/15 en el que el Mgter. Luis Alberto SARALE, el Prof. Arturo Eduardo TASCHERET y el Sr. Roberto SALIM solicitan autorización para llevar a cabo una Charla-debate sobre “Cultura, política y derechos humanos. Rupturas y continuidades ante el cambio de gobierno”, Tema: Políticas y Derechos Culturales, gestión de espacios públicos culturales, en esta Unidad Académica.
CONSIDERANDO:
Que este evento es impulsado por el Proyecto Universidad y Memoria (Resol.nº 4646/14-SPU) en el que participan miembros de esta Unidad Académica y de Ciencias Políticas y Sociales.
Que esta actividad se inserta analógicamente en el marco de las acciones que desarrolla esta Unidad Académica para favorecer la ampliación y profundización de una cultura de respeto, promoción y protección de los derechos humanos desde una perspectiva pertinente a los objetivos educativos de la institución.
Que esta charla-debate a cargo del prestigioso escritor Dr. Eduardo JOZAMI, el Director de Cultura de Godoy Cruz, Sr. Diego GARECA; Lic. León REPETUR de la Fundación COPLA y el Mgter. Luis Alberto SARALE, está dirigida a todo público, especialmente a equipos de gabinete, Directores de Carreras, Jefes de Unidad de Apoyo Docente, extensionistas y Centros de Estudiantes.
El informe favorable de la Secretaría de Extensión.
Por ello, atento a lo dispuesto por resolución N° 117/15–C.D.,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la realización de la Charla-debate sobre “Cultura, política y derechos humanos. Rupturas y continuidades ante el cambio de gobierno”, Tema: Políticas y Derechos Culturales, gestión de espacios públicos culturales, a cargo del Dr. Eduardo JOZAMI; Sr. Diego GARECA, Lic. León REPETUR y Mgter. Luis Alberto SARALE, llevada a cabo en el Edificio de Docencia de esta Unidad Académica.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 893
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FA-2015-RES-892 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 18834/15 en el que la egresada María Sol CURTO tramita la extensión del diploma de LICENCIADA EN ARTES PLÁSTICAS.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 5/6 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 10/81-R., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN ARTES PLÁSTICAS a la egresada María Sol CURTO (D.N.I. N° 32812241) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el UNO (1) de enero de 1987, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 10/81-R., con fecha de egreso VEINTIOCHO (28) de mayo de 2015 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 892
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FA-2015-RES-891 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 15897/15 en el que la egresada Elena Maria BUONAMICO tramita la extensión del diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 7/8 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada Elena Maria BUONAMICO (D.N.I. N° 33488994) nacida en la provincia de Córdoba, República Argentina, el VEINTITRÉS (23) de setiembre de 1988, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 80/05-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de agosto de 2015 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 891
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FA-2015-RES-890 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 17459/15 en el que la egresada Pamela Estefanía HÜBBE tramita la extensión del diploma de LICENCIADA EN ARTES PLÁSTICAS.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 5/6 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 10/81-R., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN ARTES PLÁSTICAS a la egresada Pamela Estefanía HÜBBE (D.N.I. N° 32761733) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIECIOCHO (18) de mayo de 1987, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 10/81-R., con fecha de egreso VEINTISIETE (27) de marzo de 2015 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 890
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FA-2015-RES-889 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 16308/15 en el que la egresada María Belén TAMARIT tramita la extensión del diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 5/6 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada María Belén TAMARIT (D.N.I. N° 31130865) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTITRÉS (23) de noviembre de 1984, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 80/05-C.S., con fecha de egreso QUINCE (15) de mayo de 2015 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 889
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FA-2015-RES-888 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 17779/15 en el que la egresada Constanza FERRER tramita la extensión del diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 5/6 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 65/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN TEATRO a la egresada Constanza FERRER (D.N.I. N° 34068701) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIECIOCHO (18) de abril de 1989, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 65/05-C.S., con fecha de egreso TREINTA Y UNO (31) de octubre de 2014 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 888
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FA-2015-RES-887 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 19321/15 en el que el egresado Víctor Manuel AGÜERO tramita la extensión del diploma de LICENCIADO EN GESTIÓN Y PRODUCCIÓN TEATRAL.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra a fs. 7/8 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 25/04-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN GESTIÓN Y PRODUCCIÓN TEATRAL al egresado Víctor Manuel AGÜERO (D.N.I. Nº 25662427) nacido en la provincia de Salta, República Argentina, el TRECE (13) de noviembre de 1976, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 25/04-C.S., con fecha de egreso VEINTITRÉS (23) de setiembre de 2015 y extender el certificado que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 887
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FA-2015-RES-886 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 17778/15 en el que la egresada Inés Alicia LHEZ tramita la extensión del diploma de LICENCIADA EN ARTES PLÁSTICAS.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 6/7 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 10/81-R., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN ARTES PLÁSTICAS a la egresada Inés Alicia LHEZ (D.N.I. N° 21740273) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTE (20) de julio de 1970, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 10/81-R., con fecha de egreso TREINTA (30) de junio de 2011 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 886
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FA-2015-RES-885 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 18835/15 en el que la egresada Analía Gloria GAYÁ tramita la extensión del diploma de LICENCIADA EN ARTES PLÁSTICAS.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra a fs. 5/6 del mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 10/81-R., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN ARTES PLÁSTICAS a la egresada Analía Gloria GAYÁ (D.N.I. N° 22136364) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el UNO (1) de agosto de 1971, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza N° 10/81-R., con fecha de egreso ONCE (11) de diciembre de 2014 y extender el certificado que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 885
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FA-2015-RES-884 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-F.A.D.: 11751/15 en el que consta el pedido de adscripción de la alumna María Pía BAEZA a la cátedra “Historia del Diseño II”, en las Carreras de Diseño.
CONSIDERANDO:
Que la alumna María Pía BAEZA cumple con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Que una vez realizado el coloquio que estipula la mencionada ordenanza, el informe de la Profesora Titular es favorable.
La opinión de la Dirección de Carreras de Diseño y de Secretaría Académica.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la adscripción de la alumna María Pía BAEZA (Registro N° 23128 – D.N.I. Nº 35879828) a la cátedra “Historia del Diseño II”, en las Carreras de Diseño, durante el ciclo lectivo 2015.
ARTÍCULO 2°.- La alumna María Pía BAEZA deberá realizar su adscripción de acuerdo con lo prescripto por la ordenanza N° 9/09-C.D.
ARTÍCULO 3°.- La presente autorización sólo valida el inicio de la adscripción. Su culminación y aprobación será dispuesta con la emisión de la resolución correspondiente y la entrega del certificado que así lo acredite.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 884
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FA-2015-RES-883 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-F.A.D.: 12302/15 en el que consta el pedido de adscripción de la alumna Paula Sofía MINOTTO a la cátedra “Historia del Diseño II”, en las Carreras de Diseño.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Paula Sofía MINOTTO cumple con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Que una vez realizado el coloquio que estipula la mencionada ordenanza, el informe de la Profesora Titular es favorable.
La opinión de la Dirección de Carreras de Diseño y de Secretaría Académica.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la adscripción de la alumna Paula Sofía MINOTTO (Registro N° 23190 – D.N.I. Nº 36768120) a la cátedra “Historia del Diseño II”, en las Carreras de Diseño, durante el ciclo lectivo 2015.
ARTÍCULO 2°.- La alumna Paula Sofía MINOTTO deberá realizar su adscripción de acuerdo con lo prescripto por la ordenanza N° 9/09-C.D.
ARTÍCULO 3°.- La presente autorización sólo valida el inicio de la adscripción. Su culminación y aprobación será dispuesta con la emisión de la resolución correspondiente y la entrega del certificado que así lo acredite.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 883
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FA-2015-RES-882 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-F.A.D.: 13081/15 en el que consta el pedido de adscripción de la alumna María Eugenia MURCIA a la cátedra “Historia del Diseño II”, en las Carreras de Diseño.
CONSIDERANDO:
Que la alumna María Eugenia MURCIA cumple con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Que una vez realizado el coloquio que estipula la mencionada ordenanza, el informe de la Profesora Titular es favorable.
La opinión de la Dirección de Carreras de Diseño y de Secretaría Académica.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la adscripción de la alumna María Eugenia MURCIA (Registro N° 23199 – D.N.I. N° 36592039) a la cátedra “Historia del Diseño II”, en las Carreras de Diseño, durante el ciclo lectivo 2015.
ARTÍCULO 2°.- La alumna María Eugenia MURCIA deberá realizar su adscripción de acuerdo con lo prescripto por la ordenanza N° 9/09-C.D.
ARTÍCULO 3°.- La presente autorización sólo valida el inicio de la adscripción. Su culminación y aprobación será dispuesta con la emisión de la resolución correspondiente y la entrega del certificado que así lo acredite.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 882
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FA-2015-RES-881 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-F.A.D.: 3135/15 en el que consta el pedido de adscripción de la alumna Alina Aranzazu Susana RODRÍGUEZ HUALPA a la cátedra “Técnicas Vocales III”, en las Carreras de Artes del Espectáculo.
CONSIDERANDO:
Que la alumna Alina Aranzazu Susana RODRÍGUEZ HUALPA cumple con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Que una vez realizado el coloquio que estipula la mencionada ordenanza, el informe de la Profesora Titular es favorable.
La opinión de la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaría Académica.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la adscripción de la alumna Alina Aranzazu Susana RODRÍGUEZ HUALPA (Registro N° 20890 – D.N.I. N° 32480592) a la cátedra “Técnicas Vocales III”, en las Carreras de Artes del Espectáculo, durante el ciclo lectivo 2015.
ARTÍCULO 2°.- La alumna Alina Aranzazu Susana RODRÍGUEZ HUALPA deberá realizar su adscripción de acuerdo con lo prescripto por la ordenanza N° 9/09-C.D.
ARTÍCULO 3°.- La presente autorización sólo valida el inicio de la adscripción. Su culminación y aprobación será dispuesta con la emisión de la resolución correspondiente y la entrega del certificado que así lo acredite.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 881
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FA-2015-RES-880 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-F.A.D.: 12462/15 en el que consta el pedido de adscripción de la alumna María José ZEPEDA a la cátedra “Historia del Arte y la Cerámica IV”, en las Carreras de Cerámica.
CONSIDERANDO:
Que la alumna María José ZEPEDA cumple con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Que una vez realizado el coloquio que estipula la mencionada ordenanza, el informe de la Profesora Titular es favorable.
La opinión de la Dirección de Carreras de Cerámica y de Secretaría Académica.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la adscripción de la alumna María José ZEPEDA (Registro N° 13135 – D.N.I. N° 21688738) a la cátedra “Historia del Arte y la Cerámica IV”, en las Carreras de Cerámica, durante el ciclo lectivo 2015.
ARTÍCULO 2°.- La alumna María José ZEPEDA deberá realizar su adscripción de acuerdo con lo prescripto por la ordenanza N° 9/09-C.D.
ARTÍCULO 3°.- La presente autorización sólo valida el inicio de la adscripción. Su culminación y aprobación será dispuesta con la emisión de la resolución correspondiente y la entrega del certificado que así lo acredite.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 880
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FA-2015-RES-879 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-F.A.D.: 3871/15 en el que consta el pedido de adscripción del alumno Santiago Francisco BORREMANS a la cátedra “Técnicas Vocales III”, en las Carreras de Artes del Espectáculo.
CONSIDERANDO:
Que el alumno Santiago Francisco BORREMANS cumple con los requisitos establecidos por la ordenanza N° 9/09-C.D.
Que una vez realizado el coloquio que estipula la mencionada ordenanza, el informe del Profesor Titular es favorable.
La opinión de la Dirección de Carreras de Artes del Espectáculo y de Secretaría Académica.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la adscripción del alumno Santiago Francisco BORREMANS (Registro N° 16426 – D.N.I. N° 29375612) a la cátedra “Técnicas Vocales III”, en las Carreras de Artes del Espectáculo, durante el ciclo lectivo 2015.
ARTÍCULO 2°.- El alumno Santiago Francisco BORREMANS deberá realizar su adscripción de acuerdo con lo prescripto por la ordenanza N° 9/09-C.D.
ARTÍCULO 3°.- La presente autorización sólo valida el inicio de la adscripción. Su culminación y aprobación será dispuesta con la emisión de la resolución correspondiente y la entrega del certificado que así lo acredite.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 879
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FA-2015-RES-878 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 17998/15 en el que la egresada Auriane Aliénor FIGUEIREDO FERNÁNDEZ solicita adscripción a la cátedra “Vestuario y Caracterización”, en las Carreras de Artes del Espectáculo.
CONSIDERANDO:
Los informes producidos, la opinión del Profesor Titular de la cátedra y de Secretaría Académica.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la adscripción de la egresada Auriane Aliénor FIGUEIREDO FERNÁNDEZ (P.A.A. 210440) a la cátedra “Vestuario y Caracterización”, en las Carreras de Artes del Espectáculo, durante los años 2015–2016 (dos ciclos lectivos).
ARTÍCULO 2°.- La egresada Auriane Aliénor FIGUEIREDO FERNÁNDEZ deberá realizar su adscripción según lo prescripto por la ordenanza N° 11/09-C.D. y su modificatoria ordenanza N° 12/13-C.D.
ARTÍCULO 3°.- La presente autorización sólo valida el inicio de la adscripción. Su culminación y aprobación será dispuesta con la emisión de la resolución correspondiente y la entrega del certificado que así lo acredite.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 878
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FA-2015-RES-877 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 2400/14 conteniendo las actuaciones referidas a la adscripción de la Prof. Natalia Jaquelina PAZ a la cátedra “Didáctica de la Música” en las Carreras Musicales.
CONSIDERANDO:
Que la Prof. PAZ por cuestiones de salud se ha visto imposibilitada de cumplir con las exigencias de la adscripción en el segundo año de la misma.
Que el inc. c) de la Disposiciones Generales, de la ordenanza Nº 11/09C.D. y su modificatoria ordenanza Nº 12/13-C.D. establece cómo proceder en estos casos.
Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
EL VIDEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Tener por concedida licencia a la Prof. Natalia Jaquelina PAZ (D.N.I. Nº 26.041.879), en la adscripción a la cátedra “Didáctica de la Música” en las Carreras Musicales, que fuera autorizada por resolución Nº 137/14-F.A.D. por el término de TRES (3) meses a partir del TREINTA Y UNO (31) de agosto de 2015.
ARTÍCULO 2º.- Prorrogar la adscripción mencionada en el artículo precedente siempre que no exceda el término de SEIS (6) meses a partir del TREINTA Y UNO (31) de agosto de 20015.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 877
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FA-2015-RES-876 18/11/2015 (Carga: 18/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
Que el suscrito se encontrará fuera de la Provincia de Mendoza a partir del día 19 de noviembre de 2015.
CONSIDERANDO:
Que por resolución N° 751/15-F.A.D se dejó al Señor Vicedecano a cargo la atención de los asuntos inherentes al Decanato en ausencia por enfermedad del Señor Decano.
Que la resolución N° 51/15–C.D. designa al Consejero Titular, por los Profesores Titulares, Asociados, Eméritos y Consultos, Arturo Eduardo TASCHERET en primer lugar para sustituir al Decano o Vicedecano en caso de vacancia definitiva o transitoria para el período 2014 – 2018, en cumplimiento con lo estipulado en el artículo 38° del Estatuto Universitario.
Por ello,
EL VICEDECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO A CARGO DEL DECANATO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dejar a cargo del Decanato al Prof. Arturo Eduardo TASCHERET a partir del DIECINUEVE (19) de noviembre de 2015 y mientras dure la ausencia del suscrito.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 876
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CD-2015-RES-266 18/11/2015 (Carga: 19/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 20160/15 en el que se solicita la renovación de contrato del señor Cristian Andrés RODRIGUEZ para cubrir un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, D.N. Nº 366/06, con funciones de apoyo académico, en el marco de las disposiciones de la ordenanza Nº 43/07-C.S.
CONSIDERANDO:
Que la solicitud se fundamenta en impostergables necesidades de servicio, intertanto se provee por concurso efectivo.
Que a fs. 3 consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio del señor RODRIGUEZ, en cumplimiento del art. 2º inc. b) del Anexo I de la ordenanza Nº 43/07-C.S.
Que, a fs. 4, la Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente e informa que el concurso efectivo respectivo se tramita por pieza administrativa identificada como EXP-FAD Nº 14752/14.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión del 17 de noviembre de 2015,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Solicitar al señor Rector la contratación del señor Cristian Andrés RODRIGUEZ (Legajo 30.851- CUIL Nº 20-31282485-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para cumplir funciones de auxiliar administrativo en las Carreras de Diseño dependiente de la Dirección General Administrativa, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2016, en el marco de las disposiciones de la ordenanza Nº 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2º.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Apartado Depend. o
Subdepen-dencia
Financiamiento Fuente de
Programa
Macroactividad Subprograma o
Proyecto
Actividad
Obra
Finalidad
Función
Porcentual Participación
10 00 11 37 08 00 02 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación
Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Escalafón 230 Nacional Nº 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Administrativo
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 266
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PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Cristian Andrés RODRIGUEZ (CUIL Nº 20-312824850), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en la calle Estrada 851- Dpto. 18 – Guaymallén - Mendoza, se celebra el presente contrato:---------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1º.- OBJETO: EL CONTRATADO cumplirá funciones de auxiliar administrativo en las Carreras de Diseño dependiente de la Dirección General Administrativa en la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º.- DURACION: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2016. -------------------------------
ARTÍCULO 3º.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1º, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, D.N. Nº 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.--------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCION: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.--------------------------
ARTÍCULO 6º.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.-------------------------------------
ARTÍCULO 7º.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2015-RES-265 18/11/2015 (Carga: 19/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 20161/15 en el que se solicita la renovación de contrato del señor Eduardo Claudio FARÍAS para cubrir un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, del escalafón establecido por el Decreto Nacional Nº 366/06, con funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, en el marco de las disposiciones de la ordenanza Nº 43/07C.S.
CONSIDERANDO:
Que la solicitud se fundamenta en impostergables necesidades de servicio, que por sus características no pueden esperar a ser cubiertas por el régimen de concurso para la selección de personal de planta permanente.
Que a fs. 3 consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio del señor FARÍAS, en cumplimiento del art. 2º inc. b) del Anexo I de la ordenanza Nº 43/07-C.S. y a fs. 4, la Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente a dicho cargo.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión del 17 de noviembre de 2015,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Eduardo Claudio FARÍAS (Legajo 32.381 - CUIL Nº 20-27648933-0) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2016, en el marco de las disposiciones de la ordenanza Nº 43/07C.S.
ARTÍCULO 2º.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Apartado Depend. o
Subdepen-dencia
Financiamiento Fuente de
Programa
Macroactividad Subprograma o
Proyecto
Actividad
Obra
Finalidad
Función
Porcentual Participación
10 00 11 37 08 00 02 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación
Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Escalafón 230 Nacional Nº 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 265
lo
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Eduardo Claudio FARÍAS (CUIL Nº 20-27648933-0), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en el Bº SPUNC - Manz. A – Lote 5 - Casa 2 - Villanueva - Guaymallén Mendoza, se celebra el presente contrato:-------------------------------------------------
ARTÍCULO 1º.- OBJETO: EL CONTRATADO cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.--------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º.- DURACION: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2016. -------------------------------
ARTÍCULO 3º.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1º, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. Nº 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.-----------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCION: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.--------------------------
ARTÍCULO 6º.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.-------------------------------------
ARTÍCULO 7º.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
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CD-2015-RES-264 18/11/2015 (Carga: 19/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 20712/15 en el que se solicita la renovación de contrato del señor Alejandro Enrique MORALES para cubrir un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales del escalafón establecido por Decreto Nacional Nº 366/06 para desempeñar funciones de Carpintero, dependiente de la Dirección de Servicios y Mantenimiento, en los distintos edificios de esta Facultad, en el marco de las disposiciones de la ordenanza Nº 43/07-C.S.
CONSIDERANDO:
Que la solicitud se fundamenta en impostergables necesidades de servicio, intertanto se resuelve el concurso efectivo sustanciado en pieza administrativa identificada como EXP-FAD Nº 14755/14.
Que a fs. 3 consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio del señor MORALES, en cumplimiento del artículo 2º inc. b) del Anexo I de la ordenanza Nº 43/07-C.S. y a fs. 4, Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo acordado en sesión del día 17 de noviembre de 2014,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Alejandro Enrique MORALES (Legajo Nº 31.519 – CUIL Nº -20-17743484-2) para cubrir un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones de Carpintero dependiente de la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero, intertanto se resuelve el respectivo concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2016 , en el marco de las disposiciones de la ordenanza Nº 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2º.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Apartado Dependencia o
dependencia Sub
o Financiamient Fuente de
Programa
d Macroactivida Subprograma o
Proyecto
Actividad
Obra
Finalidad
Función
Porcentual Participación
10 00 11 37 08 00 02 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla:
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Escalafón 230 Nacional Nº 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 264
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PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Alejandro Enrique MORALES (CUIL Nº 20-177434842) en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en la calle Tierra del Fuego 4921- Bº San Pablo – Algarrobal- Las Heras - Mendoza, se celebra el presente contrato:---------------------------------------
ARTÍCULO 1º.- OBJETO: EL CONTRATADO cumplirá funciones de Carpintero, dependiente de la Dirección de Servicios y Mantenimiento, en los distintos edificios de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo-------------------------
ARTÍCULO 2º.- DURACION: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se resuelve el respectivo concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2016. -------------------------
ARTÍCULO 3º.- RETRIBUCION: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1º, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. Nº 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.-----------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCION: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.-------------------------
ARTÍCULO 6º.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese solo hecho, este contrato.--------------------------
ARTÍCULO 7º.- RESCISION: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.--------------------------------------------------------------------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el...................……………………………............................
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CD-2015-RES-263 18/11/2015 (Carga: 19/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 20159/15 en el que se solicita la renovación de contrato del señor Leandro Agustín ARGÜELLO para cubrir un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón establecido por Decreto Nacional Nº 366/2006, con funciones de auxiliar administrativo en las Carreras de Artes Visuales y Cerámica dependiente de la Dirección General Administrativa, en el marco de las disposiciones de la ordenanza N° 43/07-C.S.
CONSIDERANDO:
Que la solicitud se fundamenta en impostergables necesidades de servicio, intertanto se provea mediante concurso efectivo.
Que a fs. 3/4 consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio del señor ARGÜELLO, en cumplimiento del artículo 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y a fs. 5 Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente e informa que el concurso efectivo respectivo se tramita por pieza administrativa identificada como CUDAP-FAD: 14752/14.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo acordado en sesión del día 17 de noviembre de 2015,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Leandro Agustín ARGÜELLO (Legajo 31605 – CUIL N° 20-35516259-2) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para cumplir funciones de auxiliar administrativo en las Carreras de Artes Visuales y Cerámica dependiente de la Dirección General Administrativa, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2016, en el marco de las disposiciones de la ordenanza N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 02 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción
Finalidad 3 Servicios Sociales
Función 4 Educación y Cultura
Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación
Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo
Resol. N° 263
Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño
Inciso 1 Gastos en Personal
Partida Principal 12 Personal Temporario
Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo
Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (DN N° 366/06 P.E.N.)
Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Administrativo
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 263
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Leandro Agustín ARGÜELLO (CUIL N° 20-35516259-2), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en la calle Barrio Cirsubdoz III-Mza. A-Casa 2–Las Heras-Mendoza, se celebra el presente contrato:-----------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: EL CONTRATADO cumplirá funciones de auxiliar administrativo en las Carreras de Artes Visuales y Cerámica dependiente de la Dirección General Administrativa de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2016. --------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón establecido por Decreto Nacional N° 366/2006, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.--------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.---------------------------
ARTÍCULO 6°.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.--------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
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CD-2015-RES-262 18/11/2015 (Carga: 19/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 20157/15 en el que se solicita la renovación de contrato de la señora Tania BRAJAK para cubrir un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón establecido por Decreto Nacional N° 366/06, con funciones de auxiliar administrativo en el Departamento de Ingresos y Estadísticas dependiente de la Secretaría Académica de esta Facultad, en el marco de las disposiciones de la ordenanza N° 43/07-C.S.
CONSIDERANDO:
Que la solicitud se fundamenta en impostergables necesidades de servicio, intertanto se provea mediante concurso efectivo.
Que, a fs. 3 consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora Tania BRAJAK, en cumplimiento del art. 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y a fs. 4 Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente e informa que el concurso efectivo respectivo se tramita por pieza administrativa identificada como CUDAP-FAD: 14750/14.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión del 17 de noviembre de 2015,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora Tania BRAJAK (Legajo 31638 – CUIL N° 27-24893789-6) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para cumplir funciones de auxiliar administrativo en el Departamento de Ingresos y Estadísticas dependiente de la Secretaría Académica de esta Facultad desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2016, en el marco de las disposiciones de la ordenanza N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 02 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura
Resol. N° 262
Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón de Personal no Docente de Universidades Escalafón 230 Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Administrativo
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 262
lo
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señora Tania BRAJAK (CUIL N° 27-24893789-6), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en la calle Los Aromos 1915–Lujan de Cuyo - Mendoza, se celebra el presente contrato.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones de apoyo académico en el Departamento de Ingresos y Estadísticas dependiente de la Secretaría Académica de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.----------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2016. ------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, Decreto Nacional N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada a la CONTRATADA.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.---------------------------
ARTÍCULO 6°.- LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.--------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a la CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------------------------------------------------------------------ En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………..............................................
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CD-2015-RES-261 18/11/2015 (Carga: 19/11/2015) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente CUDAP-FAD: 20158/15 en el que se solicita la renovación de contrato del señor Pablo Miguel NAFRA para cubrir un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón establecido por Decreto Nacional N° 366/2006, con funciones de auxiliar administrativo dependiente de la Secretaría Académica de esta Facultad, en el marco de las disposiciones de la ordenanza N° 43/07-C.S.
CONSIDERANDO:
Que la solicitud se fundamenta en impostergables necesidades de servicio, intertanto se provea mediante concurso efectivo.
Que a fs. 3 consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio del señor NAFRA, en cumplimiento del artículo 2° inc. b) del Anexo I de la ordenanza N° 43/07-C.S. y a fs. 4 Secretaría Económico-Financiera certifica el crédito presupuestario correspondiente e informa que el concurso efectivo respectivo se tramita por pieza administrativa identificada como CUDAP-FAD: 14750/14.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y a lo acordado en sesión del día 17 de noviembre de 2015,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Pablo Miguel NAFRA (Legajo N° 31035 – CUIL N° 20-23901274-5) para cubrir un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, con funciones de auxiliar administrativo dependiente de la Secretaría Académica de esta Facultad desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2016 en el marco de las disposiciones de la ordenanza N° 43/07-C.S.
ARTICULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub- Fuente de Programa Sub-programa Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación o Apartado Dependencia Financiamiento o Porcentual Macroactividad
10 00 11 37 08 00 02 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande la presente contratación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura
Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional Escalafón 230 N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Categoría 7 Agrupamiento Administrativo Agrupamiento
ARTICULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 261
ecm
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por el señor Rector, Ing. Agr. Daniel Ricardo PIZZI, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Pablo Miguel NAFRA (CUIL N° 20-23901274-5), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en B° Parque Norte M-P C-2 – Las Heras - Mendoza, se celebra el presente contrato:--------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.- OBJETO: EL CONTRATADO cumplirá funciones de auxiliar administrativo dependiente de la Secretaría Académica de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.- DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2016. --------------------------------
ARTÍCULO 3°.- RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón establecido por Decreto Nacional nº 366/2006, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.--------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.- MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se lo contrata.---------------------------
ARTÍCULO 6°.- EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese solo hecho, este contrato.--------------------------------------
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.------------------------------------------------------------------------------------ En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el……………………………………………………………………………………..
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