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CD-2020-RES-026 18/06/2020 (Carga: 18/06/2020) |
MENDOZA, 18 de junio de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 1728/20, donde obran los antecedentes relacionados con la CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INTERNOS 2020-2021, elaborado por la Secretaría de Investigación y Posgrado en forma conjunta con el Consejo Asesor de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño.
CONSIDERANDO:
Que la presente convocatoria está destinada a fomentar el desarrollo de proyectos de investigación internos de carácter disciplinar e interdisciplinar, orientados a promover la producción de conocimientos científico tecnológicos y artísticos relacionados con el acervo cultural y patrimonial en todas sus manifestaciones artísticas.
Que se busca promover el desarrollo científico-tecnológico-productivo vinculado a los diferentes campos de conocimiento aplicado (tales como el diseño, la cerámica industrial o las industrias culturales) que cuentan con capacidad para generar procesos de innovación creativos y soluciones alternativas a diferentes problemáticas regionales, así como el fortalecimiento de la investigación vinculada con el mejoramiento de la calidad educativa.
Que la referida propuesta se fundamenta en la necesidad de estimular la participación y la formación de docentes, investigadores nóveles, graduados y estudiantes avanzados en el ámbito de la investigación.
Que el programa se orienta a potenciar propuestas de investigación interdisciplinar que tiendan a la satisfacción de nuevas inquietudes, que respondan a las demandas de los graduados y los estudiantes avanzados.
Que uno de los objetivos estratégicos de la Secretaría de Investigación y Posgrado es promover la formación integral de profesionales que sean capaces de desarrollar, transferir e intercambiar conocimientos, prácticas y tecnologías acordes con las demandas y necesidades sociales.
Que la propuesta ha sido elaborada por la Secretaría de Investigación y Posgrado y su Consejo Asesor de Investigación y Posgrado.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Resol. N° 26
Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Posgrado y lo acordado por este Cuerpo en sesión del día 16 de junio de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Aprobar la CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INTERNOS 2020-2021 elaborado por la Secretaría de Investigación y Posgrado y el Consejo Asesor de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño.
ARTÍCULO 2°- Las características, fechas, modalidad de participación y los formularios respectivos, de esta convocatoria obran en el Anexo Único de la presente resolución que consta de ONCE (11) hojas.
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 4°- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 26
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ANEXO ÚNICO CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INTERNOS 2020-2021
ARTÍCULO 1: OBJETIVOS La convocatoria está dirigida a fomentar el desarrollo de proyectos de investigación de carácter disciplinar e interdisciplinar orientados a promover la producción de conocimientos científico, tecnológicos y artísticos relacionados con el acervo cultural y patrimonial en todas sus manifestaciones artísticas, el desarrollo científico – tecnológico – productivo vinculado a los diferentes campos de conocimiento aplicado (tales como el diseño, la cerámica industrial o las industrias culturales) que cuentan con capacidad para generar procesos de innovación creativos y soluciones alternativas a diferentes problemáticas regionales y el fortalecimiento de la investigación vinculada con el mejoramiento de la calidad educativa. En particular en la presente convocatoria se valorarán positivamente las propuestas que busquen soluciones creativas para acompañar el proceso comunitario de reinserción social y los efectos post-pandemia, así como aquellos que contribuyan al desarrollo de tecnologías o procesos tecnológicos orientados a la satisfacción de necesidades asociadas al ámbito de la salud o el mejoramiento del proceso de enseñanzaaprendizaje en contextos virtuales. Se promoverá la participación de investigadores nóveles cuyas propuestas tiendan a la satisfacción de nuevas inquietudes, que surgen de los graduados y los estudiantes avanzados.
ARTÍCULO 2: DURACIÓN Los proyectos seleccionados tendrán una duración de UN (1) año, comprendido en el periodo del UNO (1) de setiembre de 2020 al TREINTA Y UNO (31) de agosto de 2021.
ARTÍCULO 3: TIPOS DE PROYECTOS Y MONTOS: La convocatoria cubre dos modalidades, orientados a Investigadores Nóveles e Investigadores Formados: Investigadores nóveles: docentes y auxiliares de docencia con menos de 10 años de antigüedad y categorizados o no categorizados. Para esta modalidad se prevé otorgar hasta quince (15) proyectos de PESOS DIECIOCHO MIL ($18.000) pesos anuales cada uno. Investigadores formados: docentes y auxiliares de docencia con más de 10 años de antigüedad categorizados o no categorizados. Para esta modalidad se prevé otorgar hasta SIETE (7) proyectos de PESOS DIECIOCHO MIL ($18.000) anuales cada uno.
ARTÍCULO 4: PLAZOS DE LA CONVOCATORIA La convocatoria se extiende del VEINTINUEVE (29) de junio al QUINCE (15) de agosto de 2020.
ARTÍCULO 5: PRESENTACIÓN FORMAL La solicitud y el formulario respectivo deben presentarse en formato digital dirigido al correo electrónico: investigacionyposgrado@fad.uncu.edu.ar . Se debe adjuntar fotocopia del Documento del Director del Proyecto, aval académico y patrimonial de la dirección de carrera a la que pertenece el/la directora/a del proyecto (con firma digital). Tener en cuenta que el correcto llenado del formulario y, en general, la calidad de su presentación son factores que facilitan la evaluación del proyecto.
Resol. N° 26
Anexo Único – hoja 2
ARTÍCULO 6: CRITERIOS DE EVALUACIÓN Todos los proyectos serán evaluados por una Comisión Evaluadora ad hoc designada para tal fin por el Consejo Directivo de la Facultad, a propuesta del CAIP (Consejo Asesor de Investigación y Posgrado) de la FAD a fin de obtener su aprobación. Se evaluará favorablemente la formación de equipos interdisciplinarios. La Evaluación de los Proyectos de Investigación presentados, considera los siguientes ítems: Antecedentes del/a director y codirector/a (hasta 15 p – 10 y 5 respectivamente) Antecedentes del equipo de investigación (hasta 15 p) Plan de trabajo: fundamentación, claridad de los objetivos, pertinencia, metodología y factibilidad (hasta 40 p) Formación de recursos humanos (hasta 15 p) Vinculación y transferencia (hasta 15 p) Para la aprobación de los proyectos se deberán reunir un puntaje mínimo de SESENTA (60) puntos.
ARTÍCULO 7: DEL EQUIPO DE INVESTIGACIÓN Director/a: podrán dirigir proyectos los docentes y auxiliares de docencia de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo. El o la Director/a solamente podrá dirigir un solo proyecto de esta convocatoria, y no podrá participar en más de DOS (2) de esta convocatoria. Quienes dirijan proyectos en esta convocatoria no podrán dirigir simultáneamente proyectos de la SIIP con el mismo objeto.
Codirector/a: Los proyectos deberán contar con un/a Co-Director/a, que en ausencia del Director (una vez que el proyecto haya sido aprobado para su financiamiento), asumirá la responsabilidad del mismo. Se podrá ser CoDirector/a de un solo proyecto a la vez. Es condición ineludible de esta convocatoria que los equipos de trabajo incluyan la participación de al menos dos estudiantes avanzados y un egresado de la FAD.
ARTÍCULO 8: DE LAS OBLIGACIONES DE LOS DIRECTORES DE PROYECTOS Los/as directores/as de los proyectos seleccionados y financiados deberán presentar un informe parcial de avance académico y una rendición de cuentas parcial, luego de transcurrido los seis meses del comienzo del proyecto, según las indicaciones oportunamente solicitadas por la Secretaría de Investigación y Posgrado de la FAD. La falta de presentación en término, observación o desaprobación de informes de avance de un proyecto financiado o avalado, sin la correspondiente justificación, implicará para el Director/a, Co-Director/a e integrantes, perder el derecho a presentarse en la próxima convocatoria de proyectos de investigación internos de la FAD, la suspensión del subsidio en el caso que corresponda, o a la devolución de los fondos asignados. La falta de presentación en término de rendiciones de cuentas solicitadas sin la correspondiente justificación o la incurrencia en fraude, implicará para el Director/a y/o Co-Director/a perder el derecho a presentarse en la próxima convocatoria, la suspensión del subsidio en el caso que corresponda, la devolución de los fondos asignados o al inicio de las acciones penales correspondientes. Resol. N° 26
Anexo Único- Hoja 3
REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL PROYECTO a. IDENTIFICACION DEL PROYECTO Director/a Codirector/a Integrantes Tipo de proyecto (Investigadores nóveles o Investigadores formados). Ubicación Académica: identifique el nombre de la Unidad que llevará a cabo la investigación. Ej.: Facultad, Grupo de Carreras. Denominación del Proyecto: la denominación de su proyecto identificará en adelante su investigación, por lo que debe ser formulada con claridad y precisión y no podrá modificarse en el futuro. Considere esta denominación en relación con el proyecto mayor o línea de investigación a que pertenece el presente proyecto. Palabras Clave: consigne las palabras o grupos de palabras claves de la denominación que permitan identificar claramente el proyecto. Ordénelas teniendo en cuenta la importancia decreciente que tenga significación en el proyecto. Resumen Técnico: el resumen técnico tiene por objetivo la aprehensión sintética de su proyecto. Haga una síntesis de los objetivos, la hipótesis de trabajo, la metodología y las actividades de transferencia.
b. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO: Estado actual de conocimientos sobre el tema. Realice un balance actualizado de los conocimientos y grado de desarrollo del tema propuesto en el orden nacional e internacional. (Indicar bibliografía) Formulación y fundamentación del problema a investigar Explicite el o los objetivos. Explique la hipótesis de trabajo o presupuestos. Metodología: describa el proceso metodológico, especifique la estrategia que implementará y las técnicas que utilizará. Resultados esperados: de acuerdo con los objetivos propuestos, indique los resultados que puede lograr en función de las contribuciones que significará en cuanto al conocimiento, a la formación de recursos humanos, al desarrollo social, económico y cultural, etc. Cronograma de Actividades. Detalle las diferentes actividades y señale sus tiempos en meses. c. TRANSFERENCIA Y BENEFICIARIOS: Indique posibles formas de transferencia de los resultados y posibles beneficiarios. d. EQUIPO DE TRABAJO: Detallar el rol de los integrantes del grupo de trabajo (investigador, personal técnico, becario, estudiante, graduado, personal de apoyo académico, etc.) y a que claustro pertenece. e. AVAL ACADÉMICO Y AUTORIZACIÓN DEL RESPONSABLE PATRIMONIAL: Es necesario obtener y presentar el aval firmado (digitalmente) del Director de Carreras en que llevará a cabo la investigación o en caso de fuerza mayor, del Decano de la Facultad. Resol. N° 26
Anexo Único – hoja 4
f. DECLARACIÓN JURADA: Se recibirán sólo proyectos que vengan acompañados de la declaración jurada firmados digitalmente por el Director/a del proyecto presentado. g. CURRICULUM VITAE: Los integrantes del equipo de investigación deberán presentar su curriculum vitae abreviado actualizado. En caso que el Director tenga a cargo becarios deberá identificarlo y especificar los temas que éstos investigan.
h. DATOS DEL PROYECTO EN INGLÉS: A los efectos de poder confeccionar un catálogo de los proyectos de investigación que permita su difusión a nivel internacional, así como disponer del mismo en la página web de nuestra Facultad; se solicita la denominación del proyecto, las palabras clave y el resumen en idioma inglés.
RESOLUCIÓN N° 26
FORMULARIOS
Universidad Nacional de Cuyo Facultad de Artes y Diseño Secretaría de Investigación y Posgrado Proyectos Internos 2019- 2020
Resol. N° 26
Resol. N° 26
Resol. N° 26
Resol. N° 26
Resol. N° 26
ADJUNTAR CURRICULUM VITAE (abreviado en no más de tres carillas) sólo en formato digital
RESOLUCIÓN N° 26
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CD-2020-RES-025 18/06/2020 (Carga: 18/06/2020) |
MENDOZA, 18 de junio de 2020
VISTO:
El expediente E-CUY: 997/20 caratulado: “Asesor Estudiantil S/ Programa anual de becas 2020, cronograma de convocatoria y comisión evaluadora – FAD”.
CONSIDERANDO:
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad y por consiguiente el confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referéndum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Que por otra parte, en relación a lo tramitado en las presentes actuaciones se hace saber que por resolución N° 20/20-C.D. se aprobó el Cronograma del “Programa Anual de Becas 2020 FAD” y se designaron a los miembros del Consejo Directivo que actuaron en la Comisión Evaluadora para la distribución del Programa Anual de Becas FAD 2020.
Que se incorporan las Actas Finales presentada por la Comisión Evaluadora en la que se establece la distribución y los fondos destinados para cada modalidad de becas.
Por ello y atento a acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria virtual del día 16 de junio de 2020,
Resol. N° 25
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Aprobar lo actuado por la Comisión Evaluadora que intervino para la distribución y adjudicación de los fondos destinados al Programa Anual de Becas FAD 2020.
ARTÍCULO 2°.- Adjudicar a los alumnos de esta Facultad las Becas de Ayuda Económica por el término de SIETE (7) meses y de Conectividad I, por el término de CINCO (5) meses, en los montos y cantidades que en cada caso se indica, cuyo pago se efectuará a través de la Secretaría de Bienestar Universitario, según los detalles contenidos en el Anexo I de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Adjudicar a los alumnos de esta Facultad las Becas de Conectividad II por el término de CINCO (5) meses y de Materiales, por el término de SIETE (7) meses, en los montos y cantidades que en cada caso se indica, cuyo pago se efectuará a través de la Secretaría de Económico-Financiera, según los detalles contenidos en el Anexo II de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- Establecer, en caso de producirse vacantes, el orden de mérito de estudiantes suplentes, la que se sucederá al primer suplente inmediato que haya postulado para cada modalidad de beca, conformes los detalles contenidos en el Anexo III de la presente resolución.
ARTICULO 5º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 25
ANEXO I ACTA FINAL DE EVALUACIÓN BECAS DE AYUDA ECONÓMICA Y DE CONECTIVIDAD I Observadas la totalidad de las postulaciones correspondientes, se procede a realizar las sumas de puntaje y contemplar las declaraciones particulares que no formaron parte del formulario obteniendo el siguiente orden de mérito:
SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO MODALIDAD MONTO MENSUAL DURACION CANTIDAD TOTAL Beca de Ayuda $2.500 SIETE (7) meses QUINCE (15) $262500 Económica Beca de Conectividad I $1500 CINCO (5) meses CUARENTA Y SIETE (47) $352500 TOTAL $615000
Orden de mérito de los estudiantes postulantes a Becas de Ayuda Económica Titulares N° Apellido y Nombre DNI 1 SALINAS GALLARDO, Luciana Paola DNI: 39768687 2 ARCE, Pablo Nicolás DNI: 31429565 3 AMORES, Antonela Abigail DNI: 40787397 4 BASCETA Olmos, Daiana Gisel DNI:36814904 5 CASTRO, Micaela Nahir DNI:40558358 6 ALFARO, Abel DNI:36168748 7 CARDOZO, María Zulma DNI:30270979 8 ROMERO GELVEZ, Carlos Emanuel DNI:34063462 9 CHISARI, Carolina de Lourdes DNI:29974368 10 RAMÍREZ, Fernando Ariel DNI:27842017 11 VILAJA RODRÍGUEZ, Juan Rene DNI:94864167 12 GUEVARA CALLIRGOS, María Fernanda DNI:43213285 13 BENITO, Melisa Belén DNI:38475761 14 TOCONAS, Elena DNI:35877465 15 NIETO GUTIÉRREZ, Cristian Emmanuel DNI:34748598
Orden de mérito de los estudiantes postulantes a Becas de Conectividad Titulares N° Apellido y Nombre DNI 1 AGÜERO, Ariel Sebastián DNI: 33944704 2 GUZZANTE QUADRI, Tomás DNI:39531407 3 RODRÍGUEZ, Mayra DNI:43278780 4 MEDINA, Mariela Noemí DNI:30019576 5 FERNÁNDEZ, Gianfranco DNI:41365394 6 ANDRADA, Jeremías Vladimir DNI:39242345 7 POSADAS, Priscila Elizabeth DNI:41486023 8 QUIROGA, Andrea Lourdes DNI:28225511 9 SOSA, Julieta Andrea DNI:38101124 10 CARERI Ferrando DNI:42307015 11 HEREDIA, Francisco DNI:38473649
Resol. N° 25
Anxo I- Hoja 2
N° Apellido y Nombre DNI 12 ROJAS, Nicole Ayelén DNI: 42750044 13 PERALTA, Joaquín Nicolás DNI:41418469 14 FERRER MANGONI, María Del Cielo DNI:40070792 15 PUEBLA, Celeste Micaela DNI:41363571 16 MARINO MARIN, Michay Exequiel DNI:33972813 17 DELGADILLO MARTINEZ, Florencia Brisa DNI:44437011 18 CANGIANI BELTRÁN, Alan David DNI:34917681 19 SANDOVAL, Guillermo Alejandro DNI:42100077 20 SOSA GUERRAZ, Matías Facundo DNI:40972529 21 SOLIS BARRERA, Camila Jimena DNI:37623825 22 ROZA ARRIGO, Giovanna Agustina DNI:39767627 23 PEREYRA ECHENIQUE, José Raúl DNI:42509753 24 DI LORENZO, Norberto Ariel DNI:24520116 25 SOSA RODRI, Daiana Soledad DNI:34886450 26 ROJAS, Milena Ariadna DNI:42506623 27 CÓRDOBA SEGHESSO, Axel David DNI:37080298 28 MONTENEGRO MUÑOZ, Nadin Sabrina DNI:36837904 29 HERMANN, Barbara Lucia DNI:39054550 30 MARTÍNEZ, Lana Ella DNI:41819541 31 QUISPE MIRANDA, Mariela Antonella DNI:43418796 32 CONTRERAS GONZALEZ, Franco Martín DNI:39017988 33 LEROLLE HOLGUIN, Suander Aliosca DNI:95781441 34 SERÚ, Verónica Belén DNI:41443291 35 ARACENA HILARION, Ezequiel Fernando DNI:37965098 36 ZAINA, Agustina Amanda DNI:40002232 37 TORRES, Aldana Cristina DNI:40787602 38 YÁÑEZ, Gabriel DNI:33517712 39 MEDALLA AGÜERO, Maria Ximena DNI:37925256 40 VIERA SALAZAR, Joel Omar DNI:95519885 41 ROMERO, Ivan DNI:37905786 42 GUTIERREZ ALFARO, Oriana DNI:41112017 43 CHAVEZ TIRADO, Claudia Natalia DNI:34872767 44 FILIAGGI, Lourdes Mariana DNI:35861689 45 ABALLAY, Joana Estefanía DNI:36837850 46 CUENCA, Julieta Ailen DNI:37625096 47 FERNÁNDEZ, María Vanessa DNI:33320002
RESOLUCIÓN N° 25
ANEXO II ACTA FINAL DE EVALUACIÓN BECAS DE CONECTIVIDAD II y DE MATERIALES Observadas la totalidad de las postulaciones correspondientes, se procede a realizar las sumas de puntaje y contemplar las declaraciones particulares que no formaron parte del formulario obteniendo el siguiente orden de mérito:
SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO MODALIDAD MONTO DURACION CANTIDAD TOTAL MENSUAL Beca de Conectividad II $1500 CINCO (5) meses TREINTA Y TRES (33) $247500 Becas de Materiales $1000 SIETE (7) meses DIECINUEVE (19) $133000 TOTAL $380500
Orden de mérito de los estudiantes postulantes a Becas de Conectividad II Titulares
N° Apellido y Nombre DNI 1 ASSIS, Wall DNI: 45946198 2 FERNÁNDEZ, Andrés Emanuel DNI:39842709 3 ARANA CASTILLO, Angie Paola DNI:95298187 4 CASTRO, Jhovana DNI:94937373 5 LINARES MANRIQUEZ, Maria Josefina DNI:42168400 6 CASTRO CARRIZO, Carolina Del Valle DNI:30242670 7 VILTE, Camila Agustina DNI:39199305 8 SARTORIO, Ailín DNI:41643982 9 QUISPE, Nicolás Agustín DNI:41795038 10 ARANDA, Daniela Belén DNI:33462743 11 TRAMONTINA, Alejandra DNI:33276265 12 TORRES Gonzalez, Cristian Sebastián DNI:38757152 13 DA ROSA, Jonatan Adriel DNI:33688137 14 ACUÑA Araujo, Miguel Ismael DNI:38909442 15 DURAN, Damaris Rebeca DNI:42506004 16 FERRARA, Denisse Gisela DNI:19037453 17 RODRIGUEZ, Evelin Lourdes DNI:38910092 18 ACOSTA, Camila DNI:41030333 19 SILVESTRI, María Ayelén DNI:42318891 20 ACEVEDO, Martina Victoria DNI:41644341 21 DÍAZ SPINELLO, Joel DNI:40465353 22 LASPINA, Anel Ashley DNI:93393554 23 LUJÁN, Nadia Brenda Giuliana DNI:38758666 24 SOSA, Micaela Antonela Abigail DNI:42914219 25 BARROSO, Maira Micaela DNI:42913660
Resol. N° 25
Anxo II- Hoja 2
N° Apellido y Nombre DNI 26 CASSINO, Sebastián DNI:30178831 27 MADRID, Laura Virginia DNI:27874848 28 AGUIRRE, Evelyn Janet DNI:38910831 29 ARANDA DUMIT, Mariela Virginia DNI:39799756 30 MENSEGUES TORDECILLA, María José DNI:43278399 31 MORENO, Valentin Maximiliano DNI:41030186 32 ACEDO, Brenda Ailen DNI:42793968 33 DALPOZZO GOLBANO, Pamela Jéssica DNI:35664690
Orden de mérito de los estudiantes postulantes a Becas de Materiales Titulares N° Apellido y Nombre DNI 1 SANCHEZ, Ricardo Yoel DNI: 37966186 2 CACERES, Iván Alexis DNI:39602337 3 MORALES MAZZOCA, Camila DNI:40466081 4 ETCHEMENDY SUAREZ, Abril DNI:42167623 5 TOBAR MÉNDEZ, Karen Ailén DNI:44405813 6 VEDIA CONDORY, Jesica Daniela DNI:42913108 7 PIRIZ Altamira, Agustina Ailen DNI:41770628 8 DALMAU RECHTI, Azul Yasmin DNI:38415822 9 CASTRO, Andrea Fernanda DNI:38334167 10 MÉNDEZ MIRANDA, Isaac Elias DNI:95772284 11 CORREA, Melisa Magalí DNI:40940139 12 PUEBLA GORDILLO, Agustina Ailén DNI:42914498 13 VILLALOBOS, Sabrina Marianela DNI:41230264 14 GARCÍA, Cintia Ludmila DNI:43118765 15 BUZZIO FERNANDES, Sharon DNI:42974139 16 FERREYRA TULA, Victoria Irina DNI:38416197 17 ACOSTA CARI, Jonathan Joel DNI:42714581 18 PENZ PACHECO, María luz DNI:39952534 19 GODOY, Tania Micaela DNI:41230585
RESOLUCIÓN N° 25
ANEXO III ACTA FINAL DE EVALUACIÓN DE POSTULANTES SUPLENTES EN CASO DE VACANTES Se establecen el siguiente orden de mérito de estudiantes suplentes según sus postulaciones. En caso de producirse vacantes, le sucederá el primer suplente inmediato que haya postulado a dicha categoría de beca: SUPLENTES
Beca Ayuda Beca de Beca de N° Apellido Nombre DNI Económica Conectividad Materiales
MARTINEZ Yohana Belen 36126672 X X X
CHOQUE ARÉVALO Johana Elisa 35072434 X
TOSAL Daiana Sabrina 37269658 X
LEZICA Lucía Carolina 34576394 X
MEDERO SÁNCHEZ Mauro Sebastián 41661290 X X X
VAZQUEZ Carla Melina 36121420 X
GUTIERREZ Camila Eliana 37513388 X
ROJAS LEIVA Lucia Daiana 37513171 X X X
ALCANO Ayelén Natalí 40272577 X X
10. TRAMONTINA X X TORTAJADA Pablo Nicolas 31288207
11. BIRITOS Guadalupe 38911517 X X
12. TORRES ASTORGA Eugenia Celina 42713480 X X
13. SANCHEZ FERNÁNDEZ Valentina Tamara 43376897 X X X
14. ORTEGA Paula Ailin 39081981 X X X
15. LAGOS SANHUEZA Mayra Agustina 36965264 X
16. GREGATO Belén Mercedes. 43667881 X X
17. BIBILONI Juan Manuel 36859243 X X X
18. ESCALANTE Vanina Betsabe 37738398 X X
19. CARMONA Guillermina 43270489 X X
20. CORNEJO Camila Abigail 41029539 X
Resol. N° 25
Anxo III- Hoja 2
21. QUINTERO FLOREZ Silvia Daniela 95254043 X X X
22. CONTRERAS SALINAS Maria Gabriela 36587929 X
23. SIMIONATO GILBERT Giuliano 42794401 X X
24. CALDERÓN Julieta Marianela 43748489 X X
25. SALAZAR Tamara Roxana 40068186 X
26. VERA Daniela Rocio 39398126 X
27. GERMANÓ Gabriel 34016128 X
28. YURIE Amira 39678594 X
29. COLETTO Ivana Soledad 33967746 X X X
30. MONTENEGRO Lucas Javier 35628028 X X X
31. CASTRO ELIAS Marina Belen 38581736 X X X
32. ARANCIBIA Kevin Matias 38907417 X X
33. DA ROSA Julián Axel 35885102 X
34. ZAPPETTINI Verónica Florencia 37007743 X X X
35. SALOMÓN VANELLA Emir Orlando 40272074 X X
36. IBAÑES Evelyn Janet 39678561 X X X
37. QUIROGA BULLAUDE Milton Leandro 41030242 X
38. CIRIO María 40259659 X
39. SUAREZ Marcelo Alejandro 43636412 X
40. QUEVEDO Karen Dalma 41606328 X X X
41. ARAYA GALLARDO Maria Gabriela 95771164 X
42. RODRIGUEZ Diego Yamil 32931938 X
43. GONZALEZ SILVA Brian Eslem 35513778 X
44. VILTE RUIZ Fernando Gabriel 41296871 X X X
45. ROSALES María Florencia 41417522 X
Resol. N° 25
Anxo III- Hoja 3
46. MUÑOZ Caterina Marlene 35880121 X
47. LUQUEZ Luciana Jaqueline 42713710 X X
48. ROSSELOT María Morena 42863982 X
49. LACERNA Facundo Agustín 43684128 X X X
50. FERNÁNDEZ Lucas Abel 38758877 X
51. CORIA Jimena Carolina 28152780 X
52. AGOSTINI Antonella 38475816 X X X
53. JEREB CORIA Vicente 44009281 X
54. WEILER DICONTO Ismael Agustin 42750934 X
55. PALERMO CHIRINO Lucila Eugenia 42167024 X X X
56. PONCE Gimena Lilian 36162495 X
57. MALDONADO Rocío Eugenia 31812257 X X
58. KAHLE Emilia Edith 41252320 X
59. MAGALLANES GARCÍA Franco Ezequiel 44139089 X X X
60. FONTANET Michel 40902587 X
61. LOSADA Agustina Andrea 36417711 X
62. VERGNE JATUFF Catalina 37526052 X
63. BUSTOS Ricardo Agustin 41967489 X X
64. ROMERO Martina Ailen 94124604 X X X
65. CRUZ MENDOZA Ailen Martina 42265992 X
66. GONZALEZ Natalia Vanina 28540662 X X X
67. BUSTOS Daniela Belén 38907849 X X
68. OCARANZA AMBI Rocio Soledad 37650680 X X X
69. CAVIER Francisco Ramón 39677220 X X
70. FERNÁNDEZ TRULLEN María Teresita 43942137 X
Resol. N° 25
Anxo III- Hoja 4
71. CASTAGNOLO LOPEZ Lua 43353996 X
72. CHAVEZ RONDON Jorge Andres 95489881 X
73. LARA Lucas Facundo 40318469 X
74. NUÑEZ RAMIREZ Camila Paz 95503485 X
75. ZALAZAR Nicolás Leonel 40371767 X X X
76. BARRERA ARBONA Florencia Aldana 39798609 X
77. VELAZQUEZ Lisette Jacqueline 43543785 X X X
78. MARAÑÓN RUIZ María Milagros 40002639 X X
79. MARAÑÓN RUIZ María Magdalena 41885421 X X
80. MORENO Natalia Estefanía 36962021 X
81. SALINAS VERÓN Lucas Julián 38756332 X
82. PALOMINOS ALVARADO Diego Nicolás 95093054 X
83. ORTUBIA Carla Estefania 42469359 X
84. JULIAN Maria Elena 41083841 X X X
85. MASSACESI BARRACO Rocío Ailén 40940129 X X
86. JUAREZ Micaela Patricia 41770748 X
87. GONZALEZ Agostina Pilar 43636680 X X
88. GÓMEZ DALESIO Nicolás Jesús 40271279 X
89. DAGNE CISTERNA Denise Ailen 42714534 X
90. LUCERO FERREYRA Ailin Rocio 43545477 X
91. BENEITE COSTARELLI Sol Valentina 41155428 X X
92. GRISOLÍA SÁNCHEZ Agostina 41481969 X X
93. ALCOJOR Pablo Adrian 39533604 X
94. PAGLIAFORA Micaela 40220834 X
95. LO VALVO Paloma 40370699 X
Resol. N° 25
Anxo III- Hoja 5
96. HERRERA SAGUÍ Amparo 40272114 X
97. QUIROGA Yamila Nahir 39019776 X X
98. LOBO DÍAZ María Paula 36986546 X X X
99. PAILLAPI MÉRIDA Micaela Karen 41366919 X X
100. Ricardo Juan X OROZCO LUCONI Francisco 37520852
101. ZULETA Enzo Agustin 30637324 X
102. VAZQUEZ GUTOFF Ailen Denis 42403999 X X X
103. VEGA Rodrigo Alberto 36417610 X
104. PALORMO SOTO Gianfranco 39382705 X X
105. María De Los X PERALTA Ángeles 39767733
106. ARGUMEDO Daniela Maitén 34068163 X
107. SOSA GABRIELLI Camila 42265849 X
108. MUÑOZ FAÚNDEZ Almendra Elalaith 95635269 X X
109. GIRON Maria Victoria 42751622 X
110. SCACCIANTE Lisandro Iván Mario 40560464 X
111. PIVAC RODRIGUEZ Jonathan 36230096 X X X
112. PUENTE Camila Ornella 41418292 X X
113. VILLALBA Marina Ailén 41251918 X
114. NUÑEZ Emiliano Ivan 43636822 X
115. JIMENEZ ALVAREZ Sol 42712501 X
RESOLUCIÓN N° 25
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CD-2020-RES-024 18/06/2020 (Carga: 18/06/2020) |
MENDOZA, 18 de junio de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 1727/20 en el que se eleva la propuesta para llevar a cabo una “Pausa en la modalidad virtual” para toda la comunidad de la Facultad de Artes y Diseño, entre los días 22 y 26 de junio del presente.
CONSIDERANDO:
Que, con el fin de garantizar el inicio del Ciclo Lectivo 2020, nos vimos inmersos en un escenario virtual inesperado, al que fuimos llevados por la pandemia del COVID 19, instaurando metodologías virtuales con el fin de mantener latente el fin con el que fue creada la Universidad: La Educación Superior.
Que fue necesario crear formas de comunicación y de trabajo virtual inexistentes en nuestra comunidad, comprometiendo “recursos y dispositivos, conectividad, de los ambientes de nuestras casas, de las dinámicas familiares cotidianas para el trabajo y para el aprendizaje”.
Que es menester dar un respiro a esta vorágine de actividades que se han implementado y han invadido de manera “habitual” nuestras vidas.
Que la pausa en esta modalidad y en todas las instancias servirá para analizar cada paso dado en pos del bien institucional, su revisión, reflexión, desconexión y proyección para docentes, estudiantes, personal de apoyo académico y miembros de la gestión.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Resol.nº 24
Por ello, atento a lo aconsejado por las Comisiones del Consejo Directivo en sesión del día 16 de junio de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la realización de una “Pausa en la modalidad virtual” para toda la comunidad de la Facultad de Artes y Diseño, entre los días VEINTIDÓS (22) y VEINTISÉIS (26) de junio del presente, para analizar cada paso dado en pos del bien institucional, su revisión, reflexión, desconexión y proyección para docentes, estudiantes, personal de apoyo académico y miembros de la gestión, con el fin de promover el descanso y la recreación necesarias para continuar desarrollando estrategias para este incierto porvenir.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 24
LO/lo
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FA-2020-RES-168 12/06/2020 (Carga: 12/06/2020) |
MENDOZA, 12 de junio de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 1558/20 en el que se tramita la designación de la Prof. María Eugenia DE LA ROSA en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, interino, para el dictado de la asignatura “Problemática Educativa” que se dictan en los profesorados de todas las Carreras de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Que es menester la designación de la Prof. María Eugenia DE LA ROSA, ya que la mencionada docente se encuentra cumpliendo las obligaciones del presente cargo de manera virtual desde el día 1 de junio del presente.
Que de acuerdo al informe de la Dirección de Personal, la Prof. DE LA ROSA está designada en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva para desempeñar las funciones inherentes al cargo en el que se la designa, por lo que deberá darse de baja al mismo. Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto a) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..”
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de junio de 2020, el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, remplazante, a la Prof. María Eugenia DE LA ROSA (Legajo Nº 25.432) para desempeñar funciones en la asignatura “Problemática Educativa” que se dictan en los profesorados de todas las Carreras de esta Facultad.
ARTÍCULO 2º.-Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres DE LA ROSA, María Eugenia Documento Único 22.189.273 CUIL o CUIT 27-22189273-4 Legajo N° 25.432
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Adjunto Dedicación simple Condición interino
Término de la designación Desde UNO (1) de junio de 2020 Hasta TREINTA (30) de noviembre de 2020
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Problemática Educativa”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 5 Ciencias Sociales
Subdisciplina: 5 1 Docencia en otros niveles
Especialidad: 9 9 “Problemática Educativa”
ARTÍCULO 4°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Descripción de la Carrera Participación Porcentual 6422 Profesorado de Grado Universitario en Diseño- Ciclo de Profesorado 10% 6466 Profesorado de Grado Universitario en Música- Ciclo de Profesorado 10% Profesorado de Grado Universitario en Escenografía-Ciclo de 10% Profesorado 6463 Profesorado de Grado Universitario en Teatro, 10% 6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales, 10% 6465 Profesorado de Grado Universitario de Historia del Arte, 10% 6462 Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Artística, 10% Profesorado de Grado Universitario en Cerámica Industrial 10% 6469 Profesorado de Grado Universitario en Música, 10% 6476 Profesorado de Grado Universitario de Teorías Musicales 10% Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 5°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 01 00 3 4 20% 10 00 11 37 03 00 02 00 3 4 20% 10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 30% 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 10% 10 00 11 37 03 00 05 00 3 4 20% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 812 Profesor Adjunto con Dedicación Simple
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a las presentes actuaciones y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 8º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 9º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 168
LO/lo
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FA-2020-RES-167 12/06/2020 (Carga: 12/06/2020) |
MENDOZA, 12 de junio de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E-CUY N° 1259/20 en el que se tramita la designación de la Prof. Joana Celeste ORTEGA en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interino, para cumplir funciones en la asignatura “Dibujo I” que se dictan en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que la designación de la Prof. ORTEGA se encuentra enmarcada en el Artículo 2, pauta C) de la ordenanza N° 2/20-C.D. la establece que: “Casos que no encuadren en opción A y B : el/la Decano/a podrá designar a un/a egresado/a o profesional que cumpla con el perfil requerido para el cargo..”.
Que este pedido surge ante la necesidad de garantizar la actividad educativa de la mencionada asignatura, producida por la reciente renuncia del cargo que desempeñaba interinamente la Prof. María Inés FERRARESE.
Que Dirección de Personal informa que la Prof. ORTEGA actualmente no registra situación de revista en esta Facultad, de modo que se ha dado cumplimiento con la obligación de comunicar el ALTA temprana ante la AFIP.
Los informes producidos por Secretaria Académica y de Secretaria Económico-Financiera, en la que esta última informa que cuenta con la vacante necesaria para atender a lo solicitado.
Que, por otra parte, teniendo en cuenta los Decretos de Necesidad y Urgencia emitidos por la Presidencia de la Nación en relación al aislamiento social, preventivo, obligatorio y que aún continúan vigentes, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres ORTEGA, Joana Celeste Documento Único 30.176.468 CUIL o CUIT 27-30176468-0 Legajo N° 33.765
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Condición Interino
Término de la designación Desde UNO (1) de junio de 2020 Hasta TREINTA (30) de noviembre de 2020
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras: Artes Visuales y Artes del Espectáculo
Espacio/s Curricular/es 1) “Dibujo I”
ARTÍCULO 2°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Dibujo
Especialidad: 9 9 “Dibujo I”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales 25% 834 Licenciatura en Artes Plásticas 25%
881 Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas 25%
2411 Diseño Escenográfico 25% Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 02 00 3 4 25.00 10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 75.00 Total de la distribución programática 100%
Resol. N° 167
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 813 Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a las presentes actuaciones y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTICULO 7º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 167
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FA-2020-RES-166 12/06/2020 (Carga: 12/06/2020) |
MENDOZA, 12 de junio de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E-CUY N° 1485/20 en el que se tramita la designación de la Prof. Verónica Analía AGUIRRE en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, remplazante, para cumplir funciones en las asignaturas de “Taller de Rotación: Pintura” que se dictan en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que la designación de la Prof. AGUIRRE se encuentra contemplado conforme al Art. 2, pauta C) de la ordenanza N° 2/20-C.D. que establece la delegación “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..”.
Que, ante la necesidad de garantizar la actividad educativa de las asignaturas afectadas, es que se encomienda dichas funciones a la mencionada docente.
Que Dirección de Personal en su informe destaca que la Prof. AGUIRRE actualmente no revista situación de revista en esta Facultad y que además la presente designación surge en remplazo de la profesora titular del cargo, Prof. Olga Herminia CAMPASSI, quien se encuentra tramitando por Expte. CUDAP E-CUY: 1262/20 la reducción de dedicación sobre el cargo que revista.
Los informes producidos por Secretaria Académica, Dirección de Concursos y de Secretaria Económico-Financiera.
Que, por otra parte, teniendo en cuenta los Decretos de Necesidad y Urgencia emitidos por la Presidencia de la Nación en relación al aislamiento social, preventivo, obligatorio y que aún continúan vigentes, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres AGUIRRE, Verónica Analía Documento Único 27.402.570 CUIL o CUIT 27-27402570-6 Legajo N° 30.864
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Semiexclusiva Condición Remplazante (Titular Prof. Olga CAMPASSI)
Término de la designación Desde UNO (1) de junio de 2020 mientras dure la reducción de dedicación de la titular del cargo y no más allá del Hasta TREINTA (30) de noviembre de 2020
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras: Artes Visuales y Artes del Espectáculo
Espacio/s Curricular/es 1) “Taller de Rotación I y II: Pintura” 2) “Taller de Rotación: Pintura” 3) “Taller I: Pintura” (Optativa Grupo I)
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades
Subdisciplina: 4 8 Artes Plásticas
“Taller de Rotación I y II: Pintura”, “Taller de Rotación: Pintura” y “Taller I: Especialidad: 9 9 Pintura” (Optativa Grupo I)
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales 20% 834 Licenciatura en Artes Plásticas 20%
6465 Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte 20%
881 Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas 20%
2411 Diseño Escenográfico 20% Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
Resol. N° 166
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 808 Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a las presentes actuaciones y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTICULO 7º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 166
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FA-2020-RES-165 12/06/2020 (Carga: 12/06/2020) |
MENDOZA, 12 de junio de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E-CUY N° 1484/20 en el que se tramita la designación de la Prof. Olga Herminia CAMPASSI en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva, remplazante, para cumplir funciones en las asignaturas de “Taller de Rotación: Pintura” que se dictan en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que la designación de la Prof. CAMPASSI se encuentra enmarcada en la ordenanza N° 2/20–C.D. artículo 2° opción A) “Asignaturas que poseen estructura de cátedra o Área curricular: el/la Decano/a podrá designar a un/a docente por promoción jerárquica interna”. Que este pedido surge de la promoción jerárquica del Prof. Juan Cristian SCHOBINGER GUGELMEIER; titular que desempeña el cargo objeto de la presente designación y ante la necesidad de garantizar la actividad educativa de las asignaturas afectadas.
Que Dirección de Personal en su informe destaca que la Prof. CAMPASSI está tramitando por vía separada, según expediente CUDAP E-CUY 1262/2020, la reducción transitoria de dedicación del cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Exclusiva a Semiexclusiva, a partir del 01/06/2020.
Los informes producidos por Secretaria Académica y de Secretaria Económico-Financiera en la que está última informa que el cargo necesario para atender a lo solicitado surge de la licencia sin goce del Prof. SCHOBINGER GUGELMEIER, desde la efectiva prestación de servicios, mientras dure la licencia y no a más allá del 30/11/2020.
Que, por otra parte, teniendo en cuenta los Decretos de Necesidad y Urgencia emitidos por la Presidencia de la Nación en relación al aislamiento social, preventivo, obligatorio y que aún continúan vigentes, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera. Por ello, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE: Resol. Nº 165
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres CAMPASSI, Olga Herminia Documento Único 14.528.726 CUIL o CUIT 27-14528726-5 Legajo N° 23.765
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Adjunto Dedicación Semiexclusiva Condición Remplazante (Titular Prof. SCHOBINGER GUGELMEIER)
Término de la designación Desde UNO (1) de junio de 2020 mientras dure la licencia por incompatibilidad del titular del cargo y no más allá del Hasta TREINTA (30) de noviembre de 2020
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras: Artes Visuales y Artes del Espectáculo
Espacio/s Curricular/es 1) “Taller de Rotación I y II: Pintura” 2) “Taller de Rotación: Pintura” 3) “Taller I: Pintura” (Optativa Grupo I)
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades
Subdisciplina: 4 8 Artes Plásticas “Taller de Rotación I y II: Pintura”, “Taller de Rotación: Pintura” y “Taller I: Especialidad: 9 9 Pintura” (Optativa Grupo I)
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales 20% 834 Licenciatura en Artes Plásticas 20%
6465 Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte 20%
881 Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas 20%
2411 Diseño Escenográfico 20% Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
Resol. N° 165
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 807 Profesor Adjunto con Dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a las presentes actuaciones y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTICULO 7º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 165
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FA-2020-RES-164 12/06/2020 (Carga: 12/06/2020) |
MENDOZA, 12 de junio de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E-CUY N° 1486/20 en el que se tramita la designación del Prof. Juan Cristian SCHOBINGER GUGELMEIER en el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, interino, para el dictado de las asignaturas de “Taller de Rotación: Pintura” que se dictan en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que la designación del Prof. SCHOBINGER GUGELMEIER se encuentra enmarcada en la ordenanza N° 2/20–C.D. artículo 2° opción A) “Asignaturas que poseen estructura de cátedra o Área curricular: el/la Decano/a podrá designar a un/a docente por promoción jerárquica interna”. Que este pedido surge ante la necesidad de garantizar la actividad educativa de las asignaturas afectadas, producida por la reciente jubilación del titular del cargo, Prof. Eduardo Alberto GONZALEZ.
Que, Dirección de Personal destaca en su informe que el mencionado docente registra situación de revista en esta dependencia y que además por expediente CUDAP E-CUY 1422/2020 se encuentra tramitando la licencia por incompatibilidad para acceder al cargo objeto de la presente designación.
Que además dicho docente percibe un Adicional por Carácter Crítico de la Función para cumplir funciones en las mismas asignaturas del presente cargo.
Los informes producidos por Secretaria Académica y de Secretaria Económico-Financiera.
Que, por otra parte, teniendo en cuenta los Decretos de Necesidad y Urgencia emitidos por la Presidencia de la Nación en relación al aislamiento social, preventivo, obligatorio y que aún continúan vigentes, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera. Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE: Resol. Nº 164
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres SCHOBINGER GUGELMEIER, Juan Cristian Documento Único 14.428.155 CUIL o CUIT 20-14428155-2 Legajo N° 29.862
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva Condición Interno
Término de la designación Desde UNO (1) de junio de 2020 y mientras el cargo se provea mediante concurso y no más allá del Hasta TREINTA (30) de noviembre de 2020
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras: Artes Visuales y Artes del Espectáculo
Espacio/s Curricular/es 1) “Taller de Rotación I y II: Pintura” 2) “Taller de Rotación: Pintura” 3) “Taller I: Pintura” (Optativa Grupo I)
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades
Subdisciplina: 4 8 Artes Plásticas
“Taller de Rotación I y II: Pintura”, “Taller de Rotación: Pintura” y “Taller I: Especialidad: 9 9 Pintura” (Optativa Grupo I)
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales 20% 834 Licenciatura en Artes Plásticas 20%
6465 Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte 20%
881 Licenciatura en Historia de las Artes Plásticas 20%
2411 Diseño Escenográfico 20% Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
Resol. N° 164
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 805 Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a las presentes actuaciones y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTICULO 7º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 164
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FA-2020-RES-163 12/06/2020 (Carga: 12/06/2020) |
MENDOZA, 12 de junio de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 1261/20 en el que se tramita la designación de la Prof. Graciela Viviana AMADÍO en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interina, para cumplir funciones en las asignaturas “Tipografía II Editorial” y “Tipografía III Expresiva” que se dictan en la carrera de Diseño Gráfico de las Carreras de Diseño de esta Facultad.
CONSIDERANDO: Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria. Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional. Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo). Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Que la Directora de las Carreras de Diseño solicita el traslado provisorio de un cargo Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple que se encuentra vacante de la asignatura “Técnicas de Maquetería”, perteneciente a primer año de la carrera de Diseño Industrial y que transitoriamente se utilice para cubrir las necesidades de las asignaturas: “Tipografía II - Editorial” y “Tipografía III – Expresiva” ambas cuatrimestrales, pertenecientes a segundo y tercer año de la carrera de Diseño Gráfico, respectivamente.
Que es menester la designación de la Prof. Graciela Viviana AMADÍO, ya que la mencionada docente se encuentra cumpliendo las obligaciones del presente cargo de manera virtual desde el día 1 de junio del presente.
Que de acuerdo al informe de la Dirección de Personal, la Prof. AMADÍO percibe un Adicional por Carácter Crítico para desempeñar las funciones inherentes al cargo en el que se la designa, por lo que deberá darse de baja al mismo.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto b) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..” Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO (1) de junio de 2020, el “Adicional por Carácter Crítico de la Función” otorgado a la Prof. Graciela Viviana AMADÍO (Legajo Nº 29.166) para desempeñar funciones en las asignaturas “Tipografía II Editorial” y “Tipografía III Expresiva” que se dictan en la carrera de Diseño Gráfico de las Carreras de Diseño de esta Facultad, de acuerdo a lo estipulado en la resolución nº 867/19-FAD.
ARTÍCULO 2º.-Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres AMADÍO, Graciela Viviana Documento Único 14.985.228 CUIL o CUIT 27-14985228-5 Legajo N° 29.166
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación simple Condición interino
Término de la designación Desde UNO (1) de junio de 2020 Hasta TREINTA (30) de noviembre de 2020
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Tipografía II Editorial” 2) “Tipografía III Expresiva”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología
Subdisciplina: 2 0 Ingeniería Industrial
Especialidad: 9 9 “Tipografía II Editorial” - “Tipografía III Expresiva”
ARTÍCULO 4°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Descripción de la Carrera Participación Porcentual
127 Diseñador Gráfico 100% Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 5°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 813 Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a las presentes actuaciones y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 8º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 9º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 163
LO/lo
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FA-2020-RES-162 12/06/2020 (Carga: 12/06/2020) |
MENDOZA, 12 de junio de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 1361/20 en el que se tramita la designación del Prof. Alejandro LÓPEZ SALDAÑA en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación semiexclusiva, remplazante, para cumplir funciones en las asignaturas: “Tecnología de los Materiales y Procesos Estructurales” y “Tecnología y Expresión de los Materiales” que se dictan en las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Que es menester la designación del Prof. LÓPEZ SALDAÑA, ya que el mencionado docente se encuentra cumpliendo las obligaciones del presente cargo de manera virtual desde el día 1 de junio del presente.
Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal, por expediente E-CUDAP-CUY Nº 1418/20 se tramita la licencia por incompatibilidad por cargo de mayor jerarquía del Prof. IGLESIAS, en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación semiexclusiva, interino, en las cátedras objeto de la presente designación.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto c) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..”
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 2º.-Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres LÓPEZ SALDAÑA, Alejandro Documento Único 19.049.519 CUIL o CUIT 20-19049519-2 Legajo N° 30.497
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Ayudante de Primera Dedicación semiexclusiva Condición Remplazante (Titular Prof. Alejandro Luis IGLESIAS)
Término de la designación Desde UNO (1) de junio de 2020 Hasta TREINTA (30) de noviembre de 2020 (intertanto dure la licencia por incompatibilidad del Titular)
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes Visuales
Espacio/s Curricular/es 1) “Tecnología de los Materiales y Procesos Estructurales” 2) “Tecnología y Expresión de los Materiales”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: CódigosDescripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 8 Artes Plásticas “Tecnología de los Materiales y Procesos Estructurales”, “Tecnología y Especialidad: 9 9 Expresión de los Materiales”
ARTÍCULO 4°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte del Plan de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan Descripción de la Carrera Participación Porcentual
834 Licenciado en Artes Plásticas 33,33 % 33,33 % 6464 Profesor de Grado Universitario en Artes Visuales 33,33 % 881 Licenciado en Historia de las Artes Plásticas 33,34 % Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 5°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 809 Ayudante de Primera con Dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos agregada a las presentes actuaciones y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 8º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 9º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 162
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FA-2020-RES-161 12/06/2020 (Carga: 12/06/2020) |
MENDOZA, 12 de junio de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 1456/20en el que se tramita la designación del Prof. Alejandro Luis IGLESIAS en el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, interina, para el dictado de las asignaturas “Tecnología de los Materiales y Procesos Estructurales” y “Tecnología y Expresión de los Materiales” que se dicta en las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional. Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo). Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera. Que es menester la designación del Prof. IGLESIAS, ya que el mencionado docente se encuentra cumpliendo las obligaciones del presente cargo de manera virtual desde el día 1 de junio del presente, teniendo en cuenta la jubilación de los docentes Carlos BRAJAK, en el año 2018 y la de la Prof. Susana Nancy DRAGOTTA, a principios de este año, quienes ocupaban los cargos de Titular y Adjunto de dichas asignaturas.
Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal, por expediente E-CUDAP-CUY Nº 1418/20 se tramita la licencia por incompatibilidad del Prof. IGLESIAS, en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación semiexclusiva efectivo, en las cátedrasobjeto de la presente designación. Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto a) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas..” Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
Resol. N° 161
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 2º.-Designar al Personal Docente Universitario, según se detalla a continuación: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres IGLESIAS, Alejandro Luis Documento Único 22.059.691 CUIL o CUIT 20-22059691-6 Legajo N° 24.814
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación semiexclusiva Condición interino
Término de la designación Desde UNO (1) de junio de 2020 Hasta TREINTA (30) de noviembre de 2020
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes Visuales
Espacio/sCurricular/es 1) “Tecnología de los Materiales y Procesos Estructurales” 2) “Tecnología y Expresión de los Materiales”
ARTÍCULO 3°.-Losespacios curricularesmencionados en el artículo 1° pertenecen a: CódigosDescripción Disciplina: 6 Humanidades
Subdisciplina: 4 8 Artes Plásticas “Tecnología de los Materialesy Procesos Estructurales”, “Tecnología y Especialidad: 9 9 Expresión de los Materiales”
ARTÍCULO 4°.- Losespacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte del Plan de Estudio de losTítulos que a continuación se detallan Descripción de la Carrera Participación Porcentual
834 Licenciado en Artes Plásticas 33,33 % 33,33 % 6464 Profesor de Grado Universitario en Artes Visuales 33,33 % 881 Licenciado en Historia de las Artes Plásticas 33,34 % Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 5°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual 10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 100.00 Total de la distribución programática 100%
Resol. N° 161
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 805 Profesor Titular con Dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo con la declaraciónjurada de cargos agregada a las presentes actuaciones y con lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se lo designa.
ARTÍCULO 8º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 9º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 161
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CD-2020-RES-023 12/06/2020 (Carga: 16/06/2020) |
MENDOZA, 12 de junio de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP E-CUY N° 1262/20 en el que la Prof. Olga Herminia CAMPASSI tramita la reducción de dedicación Exclusiva a Semiexclusiva sobre el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos, efectivo, de las asignaturas “Análisis de las Formas” y “Taller de Rotación I y II: Pintura” y “Taller de Rotación: Pintura” que se cursan en las Carreras de Artes Visuales y de Cerámica de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido surge de la promoción jerárquica de la Prof. CAMPASSI en el cargo de Profesor Adjunto (SE), reemplazante, para el dictado de los espacios curriculares “Taller de Rotación I y II: Pintura” de la Licenciatura en Artes Plásticas y Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales y “Taller de Rotación: Pintura” del Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte.
Que asimismo se aclara que es necesario tramitar la reducción de dedicación sobre el cargo que revista la docente, en carácter efectivo, para acceder a la promoción jerárquica detallada en el párrafo anterior.
Que, por otra parte, teniendo en cuenta los Decretos de Necesidad y Urgencia emitidos por la Presidencia de la Nación en relación al aislamiento social, preventivo, obligatorio y que aún continúan vigentes, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Los informes producidos por Dirección de Personal y de los contenidos normativos dispuestos por Ordenanza N° 37/86-C.S.
Lo aconsejado por las Comisiones de Consejo y a lo acordado en Sesión Plenaria virtual del día 9 de junio de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Reducir transitoriamente de “Exclusiva” a “Semiexclusiva” la dedicación de la Prof. Olga Herminia CAMPASSI (CUIL n° 27-14528726-5 Legajo N° 23.765) desde el UNO (1) de junio hasta el TREINTA (30) de noviembre de 2020, sobre el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos, efectivo, con el que cumplirá funciones en la asignatura “Análisis de las Formas” que se dicta en las Carreras de Artes Visuales y de Cerámica de esta Facultad, en razón a los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 23
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CD-2020-ORD-004 11/06/2020 (Carga: 11/06/2020) |
MENDOZA, 11 de junio de 2020
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY 1355/20 en el que Secretaría Académica eleva el proyecto de “Acompañamiento en las Trayectorias Estudiantiles: Tutorías Voluntarias”, propuesto por el equipo TRACES (Trayectorias Estudiantiles), la Coordinación de Ingreso y la Asesoría Estudiantil de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que por el aislamiento social obligatorio y preventivo debido a la pandemia COVID-19 el sistema universitario afronta un gran desafío y tiene la tarea de generar condiciones de igualdad de oportunidades, fortaleciendo el vínculo pedagógico con las y los estudiantes para el logro de aprendizajes sustanciales en cada carrera a través del cursado no presencial que surge como alternativa en este contexto focalizando en la población estudiantil que cursa primer año.
Que en el marco de dicha pandemia y el escenario actual, los y las estudiantes ingresantes a primer año necesitan un acompañamiento personalizado y espacios de contención institucional para sentirse parte de la FAD en sus procesos administrativos y académicos.
Que es fundamental generar condiciones y marcos regulatorios que promuevan las trayectorias académicas de las y los estudiantes en este Ciclo Lectivo a través de medidas de excepción que contemplen tanto decisiones de política académica, medidas organizativas como también recomendaciones en vistas a consolidar criterios institucionalmente promovidos desde la Secretaría Académica de esta Facultad.
Que se toma como punto de partida el relevamiento de estudiantes realizado por TRACES (Trayectorias Académicas Estudiantiles) y Asesoría Estudiantil, las acciones llevadas a cabo desde la Coordinación de Ingreso, así como también la identificación de población estudiantil en situación de vulnerabilidad abordada por la Coordinación de Derechos Humanos, Género y Discapacidad.
Que es necesario dar continuidad a acciones de acompañamiento generadas durante el Curso de Ingreso y sostenerlas en el recorrido académico del primer año en todas las carreras de la FAD.
Que es necesario institucionalizar la participación de estudiantes avanzados en programas o proyectos académicos que se desarrollan en esta Unidad Académica.
Que es importante que tales proyectos académicos puedan incluir en sus acciones de tutorías, actividades de orientación, apoyo y acompañamientos voluntarios.
Ord. N° 4
Que además es preciso definir la figura del Tutor Voluntario, delimitando explícitamente sus obligaciones y derechos.
Que en virtud de la experiencia institucional se considera necesario por un lado, brindar la posibilidad de que los acompañamientos que se inician en las tutorías, puedan continuar en el tiempo en coordinación con el proyecto marco TRACES y por otro, el reconocimiento de esta participación en el proyecto.
Que la demanda real de generar la figura del Tutor Voluntario surge de la relación entre la población estudiantil y el escaso número de tutores pares del proyecto TRACES.
Que, hasta el momento, hay un vacío normativo que encuadre la participación de estudiantes como tutores voluntarios en los proyectos institucionales, que permita la selección y designación como parte de equipos de trabajo en el marco de proyectos académicos que promuevan el desarrollo de las potencialidades de la formación profesional integral.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo aconsejado por las Comisiones de Consejo y a lo acordado en sesión virtual del día 2 de junio de 2020,
Ord. N° 4
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- Implementar el Proyecto de “Acompañamiento en las Trayectorias Estudiantiles: Tutorías Voluntarias”, propuesto por el equipo TRACES (Trayectorias Estudiantiles), Coordinación de Ingreso y Asesoría Estudiantil de esta Facultad, en virtud de lo expresado en los Considerandos precedentes, según las características contenidas en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente ordenanza emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas.
ORDENANZA Nº 4
ANEXO ÚNICO Proyecto de Acompañamiento en las Trayectorias Estudiantiles: Tutores Voluntarios Responsables del Proyecto: María Belén Martín (Coordinadora TRACES), Adriana María Piezzi (Coordinadora Ingreso), Pablo Sebastián Morón (Asesor Estudiantil) Objetivos del Proyecto: - Fortalecer espacios de formación e integración como estudiante de la Facultad de Artes y Diseño en el tramo inicial de las carreras que complementen y refuercen las acciones del Proyecto TRACES. - Identificar y abordar las situaciones problemáticas detectadas en relación a la dimensión administrativa, normativa, pedagógica, comunicacional que pudieran obstaculizar el desempeño y la continuidad de las trayectorias estudiantiles. - Abordar integral y preventivamente el acompañamiento de las y los estudiantes en el contexto excepcional de cursado no presencial. - Incentivar la participación de estudiantes avanzados en actividades propuestas por la Facultad de Artes y Diseño que puedan completar su formación académica. Características de las tutorías voluntarias Las actividades de tutorías y acompañamiento voluntarios tendrán una carga horaria máxima de seis (6) horas semanales, con una duración de diez (10) meses durante el ciclo lectivo. Estas actividades serán coordinadas por el equipo TRACES de la Facultad, contemplando una formación inicial, el seguimiento y la evaluación de las acciones desarrolladas en el marco del proyecto. Las y los tutores trabajarán activamente con las situaciones académicas integrales de las y los estudiantes de primer año, priorizando el acompañamiento académico y el establecimiento de redes de atención y contención en la situación especial que estamos viviendo. En todos los casos, la premisa es la confidencialidad, el trato respetuoso y la colaboración con profesionales de TRACES así como también la articulación con la Asesoría Estudiantil y la Coordinación de Derechos Humanos, Género y Discapacidad. Responsabilidades y obligaciones de las partes: De los/las tutores voluntarios/as Acompañar a las y los estudiantes en sus inicios de la vida universitaria. Dar a conocer normativa universitaria y servicios de la Universidad Nacional de Cuyo y de la Facultad de Artes y Diseño. Promover estrategias y recursos que favorezcan el desempeño académico y la ambientación a la vida universitaria.
Ord. N° 4
Anexo Único – hoja 2
Acompañar al equipo de TRACES en cuanto a detección y seguimiento de estudiantes que presenten inconvenientes para sostener su actividad académica teniendo en cuenta las diversas situaciones y/o problemáticas que pueden surgir.
De los responsables del proyecto (TRACES – Ingreso) Acompañar en el inicio de las tutorías. Planificar estrategias y acciones. Coordinar y acompañar el desarrollo de las tutorías. Resolver los problemas que se presenten y/o buscar los canales apropiados para su resolución. Derivar a las áreas de atención profesional de la Facultad, de la Universidad y/o del medio, según las características de las situaciones que puedan surgir. Brindar instancias de formación continua de las y los estudiantes tutores. Sistematizar y analizar los datos recolectados por los y las estudiantes tutores voluntarios. Coordinar encuentros periódicos (mensuales) entre estudiantes tutores voluntarios y el equipo TRACES. Participantes o postulantes: Esta tarea está enmarcada en el proyecto Traces de la FAD y tiene como objetivo fortalecer las trayectorias estudiantiles mediante espacios de acompañamiento pedagógico-institucional, presenciales o virtuales, focalizadas en los tramos inicial, medio y final y con abordajes disciplinares, interdisciplinares y transversales. Podrán participar como tutores y tutoras voluntarios, estudiantes avanzados de todas las carreras de grado de la Facultad de Artes y Diseño. Requisitos para postulantes: Ser estudiante activo y avanzado de cualquiera de las Carreras de la Facultad de Artes y Diseño, acreditado con certificado de alumno regular, historia académica y tener rendimiento académico positivo. Contar con los medios virtuales adecuados para sostener el acompañamiento en el contexto actual de pandemia por COVID-19. Conocer la oferta académica que brinda la FAD.
Selección de postulantes a.- Convocatoria La Secretaría Académica de la Facultad de Artes y Diseño realizará convocatoria abierta a inscripción de postulantes a ser tutor/s voluntario/a en actividades académicas destinadas prioritariamente a estudiantes de primer año.
Ord. N° 4
Anexo Único – hoja 3
La convocatoria contendrá información precisa sobre este proyecto, requisitos a cumplir, documentación a presentar, criterios de evaluación, características y objetivos de las tutorías voluntarias (carga horaria, responsabilidades, modalidad), plazos de presentación, evaluación y elevación de los resultados. Dicha convocatoria se hará de forma pública durante al menos una semana con la colaboración en su difusión de la Asesoría Estudiantil y el Centro de Estudiantes.
b.- Inscripción Los y las aspirantes se inscriben cumplimentando formulario en línea, en el tiempo y modalidad definida en la convocatoria, presentando la documentación correspondiente. c.- Comité de selección El Comité de Selección estará conformado por la Coordinación de Traces y Coordinación de Ingreso en tanto responsables del proyecto, por Asesoría Estudiantil y un/a representante de Secretaría Académica. d.- Análisis de antecedentes y entrevista El Comité de selección analizará los formularios de inscripción y realizará las entrevistas a los y las postulantes indagando sus expectativas, disposición, disponibilidad y posibles aportes al programa. En el caso de no poder realizar entrevista personal (pudiendo adoptar la modalidad virtual), la selección se realizará a partir del formulario, donde quedará explicitado el interés, las expectativas y los compromisos con el rol de tutor/a voluntario/a. e.- Publicación de resultados El resultado de la selección será publicado por las vías institucionales de la Facultad en un tiempo no mayor a una semana. f- Evaluación y acreditación de las actividades desarrolladas La Secretaría Académica, a través de la coordinación del equipo Traces evaluará los resultados del presente proyecto así como también la posibilidad de continuidad del mismo más allá de este contexto de pandemia. La Secretaría Académica será responsable de certificar la participación en el proyecto, a través del reconocimiento de un máximo de 60 horas para estudiantes que puedan acreditar en sus planes de estudio (Ej. optativas de Artes del Espectáculo, Música, etc). Para llevar a cabo dicha acreditación será requisito el informe de las acciones desarrolladas por el/la interesado/a y su validación por parte de la coordinación del proyecto (Traces).
ORDENANZA Nº 4
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FA-2020-RES-160 28/05/2020 (Carga: 31/05/2020) |
MENDOZA, 28 de mayo de 2020
VISTO:
Las NOTAS CUDAP–CUY Nº 3096/20 y 3869/20 en las que el personal de esta Unidad Académica tramita licencia por enfermedad de largo tratamiento, atento a lo informado por la Dirección General de Higiene, Seguridad y Medicina del Trabajo y por la Dirección de Personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 93º del Decreto Nacional Nº 366/06, en el artículo 46º c) del Decreto Nacional 1246/15-PEN (CCT) y ordenanza Nº 32/16-R.
CONSIDERANDO:
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera. Por ello, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia por enfermedad de largo tratamiento, con goce íntegro de haberes al personal que a continuación se detalla, en el cargo y por el período que en cada caso se indica, todo ello conforme a lo dispuesto en el en el artículo 93º del Decreto Nacional Nº 366/06, en el artículo 46º c) del Decreto Nacional 1246/15-PEN (CCT) y ordenanza Nº 32/16-R.:
ZERVOS, Nicolás Rafael – Legajo Nº 23.399 - en el Adicional por Mayor Dedicación, interino – DOS (2) días - desde el CUATRO (4) hasta el CINCO (5) de enero de 2020.
JARDEL, Víctor Enrique – Legajo Nº 18.721 -Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, efectivo – SESENTA (60) días - desde el QUINCE (15) de febrero al CATORCE (14) de abril de 2020.
Resol. N° 160
– Legajo Nº 19.100 – Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, efectivo – TREINTA (30) días – desde el DIECISÉIS (16) de febrero al DIECISÉIS (16) de marzo de 2020.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 160
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FA-2020-RES-159 28/05/2020 (Carga: 31/05/2020) |
MENDOZA, 28 de mayo de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 26344/19 caratulado: “Elba OLALLA s/Solicitud de Licencia por Razones Particulares. Desde el 01/02/20 hasta el 31/07/20.”
CONSIDERANDO:
Que a fs. 6, obra el informe de licencia por razones particulares de la solicitante arriba mencionada suscripto por la Dirección de Personal de esta Facultad.
Que en dicho informe se expresa “...que el cargo no está siendo remunerado desde la fecha estipulada en el presente trámite”.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello y conforme con lo establecido en el artículo 49° Punto II, inc. b) Anexo II del Decreto Nacional N° 1246/15 y en la ordenanza N° 32/16-R.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia sin goce de haberes, por razones particulares, a la Prof. Elba María Teresa OLALLA (Legajo N° 28.896- CUIL Nº 27-22376584-5) desde el UNO (1) de febrero hasta el TREINTA Y UNO (31) de julio de 2020, en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, efectivo, para desempeñar funciones de Pianista Acompañante cátedra: Interpretación IV Canto, Vientos y Percusión de las Carreras de Musicales de esta Facultad, en razón a lo expuesto en los Considerandos de la presente resolución.
Resol.N º 159
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 159
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FA-2020-RES-158 28/05/2020 (Carga: 31/05/2020) |
MENDOZA, 28 de mayo de 2020
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 26295/19 caratulado: “MEDINA, Mariela Noemí s/Solicitud de Licencia Estudiantil – Diseño Gráfico - FAD”
CONSIDERANDO:
Que la alumna Mariela Noemí MEDINA, ha cumplimentado la solicitud de Licencia Estudiantil, invocando la causal de intervención quirúrgica de alta, media o baja complejidad, como así también los informes de Asesoría Estudiantil y de Secretaría Académica, que avalan dicho pedido. Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria. Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., anexo I, artículo 5, inciso e,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder Licencia Estudiantil, por razones de intervención quirúrgica de alta, media o baja complejidad, a la alumna Mariela Noemí MEDINA (Legajo N° 27.360 – DNI Nº 30.019.576) desde el VEINTE (20) de noviembre de 2019 hasta el DIECISÉIS (16) de enero de 2020, de acuerdo a lo establecido en la Ord. Nº 18/18-C.S., anexo I, artículo 5, inciso e.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 158
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FA-2020-RES-157 28/05/2020 (Carga: 31/05/2020) |
MENDOZA, 28 de mayo de 2020
VISTO:
La NOTA CUDAP–CUY Nº 1602/20, caratulada: “RÍOS ROMÁN, Ivania s/ solicitud cambio de Dirección de Tesis – Lic. en Música, esp. Flauta Traversa.”
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de la profesora que estará a cargo de la Dirección de la misma.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la alumna Ivania RÍOS ROMÁN (Registro N° 25.123) de la Licenciatura en Flauta, el cambio de Titular de la dirección de su Tesina, que estará a cargo de la Prof. María Emilia GRECO y la Co-Dirección de la Prof. Luciana Natalia ORELLANA LANÚS.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 157
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FA-2020-RES-156 28/05/2020 (Carga: 28/05/2020) |
MENDOZA, 28 de mayo de 2020
VISTO:
El expediente E-CUY: 1260/20 caratulado: “Asesor Estudiantil s/ Solicitud de resolución de "Becas de Paquetes de Datos: UNCUYO reconecta". Para los alumnos de la FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el DNU N° 260/2020 amplió oportunamente la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el Coronavirus COVID-19.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N” 297/2020 se dispuso el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, en los términos que indica dicho decreto, desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año, pudiéndose prorrogar ese plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.
Que a través del DNU N° 325/2020 se decidió prorrogar la medida de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” dispuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 hasta las 24 horas del día 12 de abril de 2020.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 355/2020 se determinó prorrogar la medida de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 325/2020 hasta las 24 horas del día 26 de abril de 2020.
Que por el DNU N° 408 de fecha 26 de abril de 2020 (B.O. 26.04.20) se decretó la prórroga del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” hasta las 24 horas del 10 de mayo de 2020, inclusive.
Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 459 de fecha 10 de mayo de 2020 —publicado en el Boletín Oficial— se ha decretado, nuevamente, la prórroga del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” hasta e/ 24 de mayo de 2020, inclusive.
Que conforme las medidas dispuestas por dicha disposición oficial que se conceptualiza de "orden público" (Artículo 10 DNU 408/2020), corresponde prorrogar las medidas dispuestas por esta Universidad mediante las Resoluciones Nros. 231/2020-R., 298/2020-R., 325/2020-R., 350/2020-R. y 485/2020-R., "Ad-Referéndum" del Consejo Superior.
Que con tales fines, se suspendió preventivamente el cursado presencial pasando a cursado virtual en todas las carreras de la Universidad Nacional de Cuyo.
Que conjuntamente con la Secretaría de Bienestar Universitario de la Universidad Nacional de Cuyo se trabajó sobre las necesidades de los/las estudiantes, detectando los casos de mayor vulnerabilidad y buscando soluciones concretas que propiciara los cursados virtuales a través de la campaña “UNCUYO reconecta”.
Resol. N° 156
Que con el fin de recavar datos con respecto al cursado virtual, modos de acceder a las propuestas (dispositivos) y problemáticas referidas a los procedimientos administrativos se realizó el relevamiento de "Conectividad Estudiantil" entre el área de Traces/SAPOE y la Asesoría Estudiantil. Aquellos estudiantes que manifestaron: no poseer internet (Wifi, o Ethernet), sólo internet desde telefonía celular o no contar con dispositivos electrónicos en condiciones óptimas fueron derivados a la Secretaría de Bienestar Universitario.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otórguese el beneficio denominado “Beca de Paquetes de Datos: UNCUYO reconecta” que consistirá en un monto de Pesos QUINIENTOS ($ 500-) por mes por Estudiante, por el plazo de los meses de Mayo, Junio y Julio de 2020 a los Alumnos incluídos en la Nómina que figura en el Anexo Único de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2 - La Beca a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución, es incompatible con ser Beneficiario de otras Becas otorgadas por la Secretaría de Bienestar de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 3 –El gasto que demande el pago del beneficio a que se refiere el Artículo 1º, será atendido con partidas del programa de Desarrollo de Bienestar Universitario, subprograma 1 “Estímulo y Apoyo Estudiantil” de la Secretaría de Bienestar Universitario.
ARTICULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCION N° 156
ANEXO ÚNICO
APELLIDO NOMBRE DNI EMPRESA CELULAR
AGUERO Ariel Sebastián 33944704 Movistar 2615995986
ALARCÓN SASSAROLI Chiara 41643261 Tuenti 2613666510
ARANA CASTILLO Angie Paola 95298187 Claro 2613830221
ARANDA DUMIT Mariela Virginia 39799756 Claro 2615916595
ARIAS Juan Ignacio 44122909 Claro 2604303392
ASSIS Wall 911749 Movistar 2615532174
BASCETA OLMOS Daiana Gisel 36814904 Tuenti 2612516452
BURGOS GUEVARA Rocio Candela 43682784 Claro 2615128858
CACERES Ivan Alexis 39602337 Movistar 2612551097
CALVO Victoria 43212825 Movistar 2615520338
CANGIANI BELTRÁN Alan David 34917681 Tuenti 2616907190
CASERIOMAZZELLA Eliana Belén 33968163 Claro 2615978025
CASTILLA Gonzalo Martín 40543470 Claro 2616986907
CHAMVI RUIZ Santiago Cristian 41752262 Personal 2613434352
CÓNSOLI Antonella 38475401 Claro 2634357301
CUELLO AUSINAGA Florencia Aylen 39996236 Movistar 2622698298
DIAZ María Elena 39086134 Movistar 2615108688
DOMÍNGUEZ María Constanza 44057475 Movistar 2612159174
FARINA AGUILERA Mara Noemí 41702440 Movistar 2634543098
FIGUEROA FERNÁNDEZ Ignacio 42173184 Claro 3816576687
FONTANET Michel 40902587 Tuenti 3815133199
GALDEANO Stella Maris 23386495 Movistar 2615701320
GIORDANO Jorge Nicolás 34872742 Claro 2612477801
GOMEZ Natalia 25508627 Movistar
GONZALEZ Raúl Alejandro Pedro 35616512 Tuenti 2616391621
GRANADOS Gabriel Alejandro 23184888 Claro 2613067210
GUTIERREZ Camila Eliana 37513388 Movistar 2616104270
GUTIERREZ ALFARO Oriana 41112017 Movistar 2613448719
LEONMAINERI Juan Martín 42751935 Movistar 2634549307
LIZARZABURU PONTÓN Michelle Dominique 95912023 Movistar 2616146953
LOMBARDO Gabriela 38473324 Claro 2616405418
Resol. N° 156
Anexo Único- Hoja 2
LOMBARDO Daniela 35553221 Claro 2613725475
LUQUEZ MARCIANESI Luciana Jaqueline 42713710 Claro 2615638853
MANGANELLI Carmen Patricia 17246121 Movistar 4688737
MARTINEZ Lana 41819541 Claro 2617084400
MARTÍNEZ Elvira Magdalena 40742194 Movistar 2616101762
MAZA Jonathan Fabián 36999329 Movistar 2615871108
MINI Emilio 38592525 Claro 2641540000
MONTENEGRO MUÑOZ Nadin Sabriba 36837904 Personal 2616421412
MORENO Valentín Maximiliano 41030186 Movistar 2616599802
MORENO INIESTA Valentina 44139958 Claro 2616041383
OROZCO LUCONI Ricardo 37520852 Claro 2615922173
ORTIZ IERMOLI Mara Raquel 40822953 Movistar 2616614534
PAEZ Sergio Adrián 36910379 Personal 2613359608
PAILLAPI MÉRIDA Micaela Karen 41366919 Movistar 2613390108
QUINTERO FLÓREZ Silvia Daniela 95254043 Claro 2612647068
QUIROGA Andrea Lourdes 28225511 Claro 2614660769
RAMIRO BUSTOS Florencia Paz 41417151 Claro 2616584659
ROCHA ESPINOZA Emiliano Agustín 40963131 Movistar 2616531149
RODRIGUEZ Sol Melina 41589827 Claro 2616101048
ROJAS LEIVA Lucia Daiana 37513171 Personal 2616463620
SANCHEZ FERNÁNDEZ Valentina Tamara 43376897 Claro 2644678891
SARMIENTO Amery 92745513 Movistar 2616100368
SARTORIO Ailín 41643982 Claro 2615017172
SILVA Majo 39844179 Tuenti 2612521137
SOSA Julieta 38101124 Movistar 2614172621
TAGLIO Julio Hernán 36591505 Claro 2634632286
TAMIOZZO OLIVA Sofía Tamiozzo 37517143 Movistar 2614675159
TORRES Aldana Cristina 40787602 Claro 2615179333
TRAMONTINA Alejandra 33276265 Movistar 2616151896
VEGA Víctor 94238015 Tuenti 26100000
VEGA VALERA José Osvaldo 94634041 Tuenti 2616825438
VELIZ Florencia 42914975 Claro 2616688885
Resol. N° 156
Anexo Único- Hoja 3
VERNA Melina Abril 42318029 Tuenti 2634396351
VILAJA RODRIGUEZ Juan Rene 94864167 Personal 2622447988
WOODS SOTO Iara Belén 39021996 Movistar 2616103490
ZAINA Agustina Amanda 40002232 Claro 2617205615
ZAPALLAR Luana Guadalupe 44309702 Movistar 2613351879
ZAVALA ACIAR Dana Rocio 42913048 Claro 2612070605
ZULETA Enzo Agustín 30637324 Claro 3874880880
RESOLUCIÓN N° 156
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FA-2020-RES-155 28/05/2020 (Carga: 31/05/2020) |
MENDOZA, 28 de mayo de 2020
VISTO:
Los expedientes CUDAP–CUY Nº 4811/19, 5995/19 y 5997/19 que contienen las actuaciones referidas a las adscripciones de alumnos en las distintas cátedras de las Carreras de Artes del Espectáculo.
CONSIDERANDO:
Que los alumnos no han podido completar las adscripciones por diferentes motivos según lo informado a fs. 5, en cada caso, por la Titular de la asignatura.
Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desaprobar las adscripciones de los alumnos que se mencionan a continuación, en las cátedras de las Carreras de Artes del Espectáculo durante el año 2019, de acuerdo al siguiente detalle: REGISTRO D.N.I. APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA 25.747 40.220.218 DÍAZ, Andrés Agustín Práctica Escénica II 26.199 40.907.385 SIMIONATO, Sergio Damián Práctica Escénica II 26.173 39.377.551 SOTO, María Florencia Actuación III
Resol. N° 155
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 155
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FA-2020-RES-154 28/05/2020 (Carga: 31/05/2020) |
MENDOZA, 28 de mayo de 2020
VISTO:
Los expedientes CUDAP–CUY Nº 4693/19 y 5168/19 que contienen las actuaciones referidas a las adscripciones de alumnos en las distintas cátedras de las Carreras de Diseño.
CONSIDERANDO:
Que los alumnos no han podido completar las adscripciones por diferentes motivos según lo informado, en cada caso, por los Titulares de las cátedras involucradas ( fs. 5).
Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desaprobar las adscripciones de los alumnos que se mencionan a continuación, en las cátedras de las Carreras de Diseño durante el año 2019, de acuerdo al siguiente detalle: REGISTRO D.N.I. APELLIDO Y NOMBRE CÁTEDRA 25.846 41.365.873 ANDÍA, Agustina Teresa Modelos y Prototipos 24.467 38.582.468 LÓPEZ, Clara Ilustración
Resol. N° 154
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 154
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FA-2020-RES-153 28/05/2020 (Carga: 31/05/2020) |
MENDOZA, 28 de mayo de 2020
VISTO: El expediente CUDAP–CUY Nº 3686/18 que contiene las actuaciones referidas a la adscripción de la egresada Ornella Magalí TURCO a la cátedra “Tipografía I - Básica” en las Carreras de Diseño.
CONSIDERANDO: Que la D.G. Ornella Magalí TURCO no ha podido completar la mencionada adscripción por razones de trabajo, según lo informado a fs. 11, por el Titular de la asignatura. Lo aconsejado por Secretaría Académica. Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria. Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento a las disposiciones generales contenidas en el Anexo Único de la Ord. N° 11/09-C.D. y su modificatoria Ord. Nº 12/13-C.D.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Cancelar la adscripción de la D.G. Ornella Magalí TURCO (D.N.I. N° 35.841.265) en la cátedra “Tipografía I - Básica” en las Carreras de Diseño autorizada, entre otros, por resolución Nº 306/18-F.A.D.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 153
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FA-2020-RES-152 28/05/2020 (Carga: 31/05/2020) |
MENDOZA, 28 de mayo de 2020
VISTO: El expediente CUDAP–CUY Nº 2630/19 que contiene las actuaciones referidas a la adscripción del alumno Lucas Julián SALINAS VERÓN a la cátedra “Técnicas Corporales II” en las Carreras de Artes del Espectáculo.
CONSIDERANDO: Que el alumno Lucas Julián SALINAS VERÓN no ha podido completar la mencionada adscripción por motivos de cursado de su carrera, según lo informado a fs. 5, por el Titular de la asignatura. Lo aconsejado por Secretaría Académica. Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria. Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual. Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Cancelar la adscripción del alumno Lucas Julián SALINAS VERÓN (Registro N° 25.754 – D.N.I. N° 38.756.332) en la cátedra “Técnicas Corporales II” en las Carreras de Artes del Espectáculo autorizada, entre otros, por resolución Nº 190/19-F.A.D.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 152
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FA-2020-RES-151 28/05/2020 (Carga: 31/05/2020) |
MENDOZA, 28 de mayo de 2020
VISTO: El expediente CUDAP–CUY Nº 4692/19 que contiene las actuaciones referidas a la adscripción de la alumna Melina Trinidad AHUMADA a la cátedra “Análisis de las Formas” en las Carreras de Artes Visuales.
CONSIDERANDO: Que la alumna Melina Trinidad AHUMADA no ha podido completar la mencionada adscripción por motivos de salud, según lo informado a fs. 5 (vta.), por el Titular de la asignatura. Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Cancelar la adscripción de la alumna Melina Trinidad AHUMADA (Registro N° 26.058 – D.N.I. N° 40.560.220) en la cátedra “Análisis de las Formas” en las Carreras de Artes Visuales autorizada, entre otros, por resolución Nº 618/19-F.A.D.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 151
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FA-2020-RES-150 28/05/2020 (Carga: 31/05/2020) |
MENDOZA, 28 de mayo de 2020
VISTO:
La NOTA CUDAP–CUY Nº 2153/20 en la que se solicita autorización para la dirección de “TESINA” de la alumna Cyntia Tamara FRANCHINI de la Licenciatura en Canto, que se cursa en las Carreras Musicales de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Lo solicitado y la aceptación por parte de la profesora que estará a cargo del mismo.
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó mediante resolución nº 323/20 la emisión de dichos documentos, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización de la “Tesina” a la alumna de las Carreras Musicales de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Alumna: Cyntia Tamara FRANCHINI - Registro N° 23.858 Seminario: “Interpretación de las Cantatas de Bárbara Strozzi” Directora: Lic. Luciana ORELLANA LANÚS Carrera: Licenciatura en Canto
Resol. N° 150
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 150
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CD-2020-RES-022 28/05/2020 (Carga: 1/06/2020) |
MENDOZA, 28 de mayo de 2020
VISTO:
Las resoluciones 87/20, 89/20, 90/20, 91/20, 92/20, 93/20, 94/20, 95/20, 96/20, 97/20, 98/20, 99/20 y 103/20 dictadas por el Decano Ad-Referéndum del Consejo Directivo.
CONSIDERANDO:
Que teniendo en cuenta el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 emitido por la Presidencia de la Nación en el que se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 de marzo y que continúa vigente debido a las sucesivas prórrogas efectuadas hasta la actualidad, nos vemos en la necesidad de emitir actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria.
Que, con el fin de garantizar la actividad educativa, se lleva a cabo el presente trámite de manera excepcional, teniendo en cuenta la actual Emergencia Sanitaria, y el consiguiente confinamiento domiciliario por Cuarentena decretado por el Gobierno Nacional.
Que ya se encuentra en plena implementación la readecuación de las modalidades, adaptando las mismas de manera virtual.
Que el Rectorado Ad-Referéndum del Consejo Superior, autorizó la emisión de dichos documentos mediante resolución nº 323/20, cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, los cuales tendrán los mismos efectos y caracteres del acto administrativo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 19549 (Ley de Procedimiento Administrativo).
Que en el artículo 5º de la citada norma se expresa que, si bien “la presente resolución se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por sus autoridades en soporte papel”, hasta tanto concluya la presente emergencia sanitaria, por lo que se considera que los actos administrativos emitidos digitalmente por esta Facultad serán reproducidos de la misma manera.
Por ello y atento a lo acordado en Sesión Plenaria virtual del día 19 de mayo de 2020,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ratificar las resoluciones que a continuación se detallan, las que fueran dictadas por el Decano Ad-Referéndum de este Cuerpo:
Resolución N°87/20-FAD: Prorrogar las designaciones interinas y con carácter de remplazante del personal Docente de todas las Carreras de esta Unidad Académica, cubiertos por ordenanza N° 4/15-C.D., por los períodos que en cada caso se indica, según lo consignados en los Anexos I, II, III, IV, V y VI.
Resol. N° 22
Resolución N°89/20-FAD: Designar al Prof. Maximiliano CASTRO en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos (S), remplazante, para cumplir funciones en la asignatura "Dibujo III" que se dictan en las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, por el período comprendido desde UNO (1) de abril mientras dure la licencia por incompatibilidad del titular del cargo (Prof. Fernando GUEVARA) y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre 2020. Resolución N°90/20-FAD: Designar al Prof. Fernando Sebastián GUEVARA en el cargo de Profesor Titular con dedicación simple, interino, para dictar la asignatura “Dibujo III” que se dicta en las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, por el período comprendido desde UNO (1) de abril siempre que antes no sea cubierto por concurso y hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre 2020.
Resolución N°91/20-FAD: Designar a la Prof. Zaida Regina GIL TARABAY en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación simple, remplazante, para cumplir funciones en la asignatura “Psicología del Desarrollo” que se dicta en los distintos Grupos de Carreras de esta Facultad, por el período comprendido desde el UNO (1) de abril mientras dure la licencia por incompatibilidad del titular del cargo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre 2020.
Resolución N°92/20-FAD: Designar a la Prof. Verónica Analía AGUIRRE en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva, en carácter de remplazante, para el dictado de las asignaturas de “Taller de Rotación: Pintura” que se dictan en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo de esta Facultad, por el período comprendido desde el UNO (1) de abril mientras dure la licencia por razones particulares del titular del cargo y no más allá del TREINTA (30) de abril de 2020.
Resolución N°93/20-FAD: Designar al Prof. Ricardo Enrique REYNAUD en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva, interino, para el dictado de las asignaturas de "Escultura” que se dictan en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo de esta Facultad, desde el UNO (1) de abril siempre que antes no sea cubierto por concurso y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre 2020.
Resolución N°94/20-FAD: Designar a la Prof. Adriana Nancy ARENAS en el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, interino, para el dictado de la asignatura “Didáctica y Curriculum” que se dicta en los distintos Grupos de Carreras de esta Facultad, desde el UNO (1) de abril siempre que antes no sea cubierto por concurso y no más allá del hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre 2020.
Resolución N°95/20-FAD: Designar a la Prof. Elsa Cristina BENITO en el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, interino, para el dictado de la asignatura “Diseño Gráfico I” de la carrera de Diseño Gráfico, que se dicta en las Carreras de Diseño de esta Facultad, desde UNO (1) de abril hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre 2020 (siempre que antes no sea provisto por concurso efectivo).
Resol. N° 22
Resolución N°96/20-FAD: Designar a la Prof. Marcela Beatriz CAMBA en el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, interino, para el dictado de las asignaturas de la cátedra “Escultura” que se cursa en las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, desde UNO (1) de abril hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020 (siempre que antes no sea provisto por concurso).
Resolución N°97/20-FAD: Designar al Prof. Claudio Enrique CICCHINELLI en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, interino, para cumplir funciones en la asignatura “Diseño Gráfico I” de la carrera de Diseño Gráfico, que se dicta en las Carreras de Diseño de esta Facultad, desde UNO (1) de abril hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020 (siempre que antes no sea provisto por concurso interino).
Resolución N°98/20-FAD: Designar al Prof. Gabriel Adolfo FERNÁNDEZ en el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, interino, para el dictado de las asignaturas de la cátedra “Escultura” que se cursa en las Carreras de Artes Visuales y Artes del Espectáculo de esta Facultad, desde el UNO (1) de abril hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020 (siempre que antes no sea provisto por concurso).
Resolución N°99/20-FAD: Designar a la Prof. María Beatriz PERLBACH en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, remplazante, para cumplir funciones en la asignatura “Medios de Comunicación” que se dicta en las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad, desde UNO (1) de abril mientras dure la licencia por incompatibilidad del Titular del cargo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020.
Resolución N°103/20-FAD: Designar a la Prof. Alicia Alejandra TAPIA en el cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para el dictado de la asignatura “Italiano” que se dicta en las Carreras Musicales y de Artes Visuales de esta Facultad, desde el UNO (1) de abril hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2020.
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 22
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