Digesto
|
14341 Normativas
Últimas emisiones
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
CD-2021-RES-097 19/10/2021 (Carga: 19/10/2021) |
MENDOZA, 19 de octubre de 2021
VISTO: El expediente CUDAP–CUY Nº 7464/21 caratulado: “LÓPEZ DUPERTUIS, Laura Verónica s/solicitud de Convocatoria CEREP cov-de Concursos Especiales s/Resol.265/20 C.S. cargo Profesor Asociado (SE) asignatura: "Diseño Gráfico Final" Carreras de Diseño- FAD”
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV). Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Area de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado sólo para los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S. Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 23/10 C.S. Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa de la Prof. Laura Verónica LÓPEZ DUPERTUIS se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Resol. N.º 97
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 24 de agosto de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Profesor Asociado con dedicación semiexclusiva, para el dictado de la asignatura “Diseño Gráfico Final” que se cursan en las Carreras de Diseño de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación: desde el VEINTISIETE (27) al TREINTA Y UNO (31) de octubre de 2021. Inscripción: desde el UNO (1) al TRES (3) de noviembre de 2021; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.ar la documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad, Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por el/los postulante/s: los días CUATRO (4) y CINCO (5) de noviembre de 2021, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.ar en horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Las expectativas de logro y los descriptores de la mencionada asignatura son:
Resol. N.º 97
DISEÑO GRÁFICO FINAL Expectativas de logro: Desarrollar proyectos que sinteticen la experiencia y los conocimientos adquiridos en el transcurso de toda la carrera, con alta complejidad contextual, alto grado de innovación y profesionalismo, con consideración de la factibilidad productiva regional Autogestionar el proyecto, en lo referente a todo el proceso, especialmente en la toma de decisiones y autoevaluación. Vincular la experiencia académica con la realidad profesional. Profundizar el desarrollo de una actitud crítica ante los posibles enfoques de la propuesta de diseño y su pertinencia respecto de los requerimientos a satisfacer. Reflexionar acerca del Diseño Gráfico como factor integrante de la dinámica sociocultural. Acrecentar una visión ética de la profesión con responsabilidad social. Descriptores: Desarrollo de proyectos de comunicación visual que, por la complejidad de los requerimientos a satisfacer, constituyan sistemas. El tema del trabajo será formulado por el alumno, de acuerdo con las incumbencias profesionales de la carrera La doble condición de trabajo académico, y de experiencia vinculada al ejercicio profesional exige desarrollo de proyecto con un alto grado de innovación. La innovación como consecuencia del manejo de los recursos semánticos y/o sintácticos, del aprovechamiento de las variables funcionales, tecnológicas y económicas, y de la inserción contextual de la propuesta
FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES: Los aspirantes deberán poseer formación académica y experiencia relacionada al espacio curricular que se concursa: “DISEÑO GRÁFICO FINAL”. Además, deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma. Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación al perfil profesional que se pretende formar en la carrera de Diseño Gráfico, según inciso 4 Anexo Único de la Ordenanza Nº 2/06- C.S para el plan de estudio de la carrera, en el cual se explicita:
PERFIL DEL TÍTULO: El Diseñador Gráfico, formado a nivel de grado universitario, tiene conocimientos, competencias y habilidades propios de este profesional, sobre la base del presente Plan de Estudio que comprende: 1. Conocimientos sobre: a) Factores humanos, socioculturales, semánticos y perceptuales, involucrados en el proceso de comunicación b) Factores socioculturales que determinan las necesidades, capacidades e intereses de los destinatarios del proyecto.
Resol. N.º 97
c) Factores tecnológicos, materiales y procesos productivos que posibilitan la producción del Diseño Gráfico. d) Factores legales y reglamentarios involucrados. e) Principios económicos del mercado y de las organizaciones empresariales. f) Aspectos jurídicos y éticos que requiere el desempeño profesional. g) La teoría y la práctica del diseño desde un enfoque metodológico que considera la actividad proyectual del diseño gráfico en relación interdisciplinaria con otras áreas y disciplinas afines h) El proceso proyectual del Diseño Gráfico. i) La factibilidad operativa, técnica funcional, productiva y económica de objetos de comunicación visual. 2. Aptitud para una visión holística del Diseño Industrial mediante la integración interdisciplinaria de aspectos socioculturales, científicos, técnicos y tecnológicos 3. Competencias básicas en técnicas de representación. 4. Competencias específicas en técnicas de comunicación proyectual, bi y tridimensionales, adecuadas al Diseño Industrial. FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: El docente a cargo de la cátedra deberá cumplir las funciones establecida en el Art.63 del Anexo único de la Ordenanza Nº 5/2019 - CD - FAD, según se detallan a continuación:
El Profesor Asociado constituye la jerarquía académica que sigue a la del Profesor Titular. Tiene todas las obligaciones establecidas por la presente reglamentación para los profesores titulares con quienes colabora en la coordinación y ejecución de las actividades del sector académico correspondiente. Funciones de Profesor Asociado: Acordar con el Profesor Titular la planificación anual de la cátedra, tendiendo al mejoramiento continuo de la enseñanza y a la formación de docentes e investigadores. Colaborar anualmente con la elaboración del programa de la asignatura. Dictar clases teóricas y prácticas que acordara con el Profesor Titular en el plan de enseñanza programado para el ciclo lectivo Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado Actuar en comisiones en las que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo. Colaborar en actividades de posgrado, extensión o dirigidas a graduados en las que se requiera su participación mediando solicitud de autoridad universitaria competente
Resol. N.º 97
Realizar actividades de investigación científica, técnica o artística, conforme al plan anual de labor de la cátedra y los lineamientos propuestos por la Facultad y Universidad a tal efecto. Asistir a las reuniones con su equipo de cátedra con objetivos de optimizar la gestión de enseñanza. Ocuparse de la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra según lo acordado con el Profesor Titular. Realizar en conjunto con el Profesor Titular y adjunto la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra Ocuparse de las tareas relacionadas a la elaboración de exámenes parciales, recuperatorios y finales y su posterior evaluación según lo acordado con el Profesor Titular y el adjunto de la cátedra
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso:
MIEMBROS TITULARES:
Prof. Titular, Efectivo, jubilado “Diseño Gráfico Final”. Facultad de Artes y Diseño – Universidad Nacional de DI Edgardo José Ventura CASTRO Cuyo.
DG Claudia Alejandra MARINARO Prof. Titular Regular de “Diseño Gráfico II y Tecnología I” - Universidad Nacional de Misiones
Especialista en el área: Prof. Taller Nivel 4° Año Investigación Aplicada, Taller de Título Universidad de Valparaíso - Chile D.G. Luz Eugenia NÚÑEZ LOYOLA
MIEMBROS SUPLENTES:
DI. Silvina Marcia GONZÁLEZ Prof. Titular, Efectiva “Introducción al Diseño”. Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
DCV Patricio Héctor NADAL Prof. Titular Regular “Taller de Diseño Gráfico IV” - Universidad Nacional de Misiones
Especialista en el área: D.I. Eduardo Antonio ABARCA Docente Especialista en Diseño Estratégico - Universidad de Valparaíso - Chile LUCERO
ARTÍCULO 5°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 10º considerando de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N.º 97
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2021-RES-096 19/10/2021 (Carga: 19/10/2021) |
MENDOZA, 19 de octubre de 2021
VISTO: El expediente CUDAP–CUY Nº 7407/21 caratulado: “GONZALEZ, María Sol s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: J.T.P. (SE) - Asig: "Diseño Gráfico III" de las Carreras de Diseño-FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV). Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Area de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado sólo para los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S. Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 32/95-C.S. Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa de la Prof. María Sol GONZALEZ se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Resol. N.º 96
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 7 de setiembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, para cumplir funciones en la asignatura “Diseño Gráfico III” que se cursan en las Carreras de Diseño de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación: desde el VEINTE (20) al VEINTICUATRO (24) de octubre de 2021. Inscripción: desde el VEINTICINCO (25) al VEINTISIETE (27) de octubre de 2021; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.ar la documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad, Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por el/los postulante/s: los días VEINTIOCHO (28) y VEINTINUEVE (29) de octubre de 2021, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.ar en horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Los descriptores y las expectativas de logro de la mencionada asignatura son:
Resol. N.º 96
DISEÑO GRÁFICO III Expectativas de logro: Conocer el campo profesional del diseño de comunicación visual y valorar la significación sociocultural del mensaje. Comprender la responsabilidad ético-filosófica que orienta la actividad de diseñar y la función social del diseñador como productor y mediador cultural. Valorar la significación de los productos del diseño en el entorno sociocultural. Conocer y comprender que la comunicación es el fundamento de todo producto de diseño de comunicación visual. Capacitar para el manejo de información y producción de conocimientos creativos, proyectuales, técnicos y tecnológicos. Desarrollar competencias para la Interpretación de las necesidades, las funciones y los escenarios de Interpretación. Desarrollar competencias para la producción: la proyectación, la representación y la producción; y sus mediaciones técnicas y tecnológicas. Desarrollar competencias para la gestión: evaluación sistemática de procesos y resultados, conductas en la práctica profesional. Desarrollo de estrategias de obtención y organización del trabajo profesional. Descriptores: Desarrollo productos de comunicación visual, aplicando los conceptos de plan, programa, proyecto, estrategia y gestión. Generación de sistemas de comunicación visual. Planificación, proyecto, desarrollo, producción y gestión. Desarrollo de proyectos de productos del diseño gráfico paradigmáticos (Marca, Afiche, Folleto, Señalética, etc.). Reflexiones sobre su interpretación, articulación y producción. Incorporación al proyecto de diseño de indagaciones sobre los límites de las técnicas de representación de proyectos (fotografía, ilustración, dibujo, etc.), y las tecnologías de soporte para la reproducción de proyectos (gráfica o digital). FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES: Los aspirantes deberán poseer formación académica y experiencia relacionada al espacio curricular que se concursa: “DISEÑO GRÁFICO III”. Además, deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma. Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación al perfil profesional que se pretende formar en la carrera de Diseño Gráfico, según inciso 4 Anexo Único de la Ordenanza Nº 2/06-C.S para el plan de estudio de la carrera, en el cual se explicita:
PERFIL DEL TÍTULO: El Diseñador Gráfico, formado a nivel de grado universitario, tiene conocimientos, competencias y habilidades propios de este profesional, sobre la base del presente Plan de Estudio que comprende: 1. Conocimientos sobre: a) Factores humanos, socioculturales, semánticos y perceptuales, involucrados en el proceso de comunicación b) Factores socioculturales que determinan las necesidades, capacidades e intereses de los destinatarios del proyecto.
Resol. N.º 96
c) Factores tecnológicos, materiales y procesos productivos que posibilitan la producción del Diseño Gráfico. d) Factores legales y reglamentarios involucrados. e) Principios económicos del mercado y de las organizaciones empresariales. f) Aspectos jurídicos y éticos que requiere el desempeño profesional. g) La teoría y la práctica del diseño desde un enfoque metodológico que considera la actividad proyectual del diseño gráfico en relación interdisciplinaria con otras áreas y disciplinas afines h) El proceso proyectual del Diseño Gráfico. i) La factibilidad operativa, técnica funcional, productiva y económica de objetos de comunicación visual.
Aptitud para una visión holística del Diseño Industrial mediante la integración interdisciplinaria de aspectos socioculturales, científicos, técnicos y tecnológicos
Competencias básicas en técnicas de representación.
Competencias específicas en técnicas de comunicación proyectual, bi y tridimensionales, adecuadas al Diseño Industrial.
FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: El docente deberá cumplir las funciones establecida en el Art.66 del Anexo único de la Ordenanza Nº 05/2019- CD – FAD, según se detallan a continuación: El Jefe de Trabajos Prácticos Es el auxiliar de mayor jerarquía que integra el equipo de cátedra trabajando según las orientaciones del Profesor Titular Asociado y Adjunto que constituye su jerarquía inmediata superior.
Funciones de Jefe de Trabajos Prácticos: Programar, según las pautas del Profesor Titular los trabajos prácticos necesarios para asegurar las experiencias de aprendizaje de los estudiantes, encargarse de su implementación y evaluación de los mismos. Estará a su cargo la orientación de los estudiantes en el desarrollo de los mismos, debiendo atender los lineamientos que el Profesor Titular dé a su cátedra. Asistir a las clases del Profesor Titular, Asociado y/o adjunto cuando ellos lo consideren necesarios para la correcta orientación de las clases prácticas. Controlar la asistencia de los estudiantes a clase cuando así lo determinen los requerimientos de la regularidad Incluidos en el programa anual, y colaborar con el resto del equipo de cátedra en la evaluación continua del estudiante. Colaborar en todo lo concerniente a las tareas inherentes a la cátedra (docencia, investigación, extensión) armonizando con la el Profesor Titular las tareas y propuestas necesarias para el logro de los fines de la misma Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación.
Resol. N.º 96
Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. Actuar en comisiones en que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo Asistir a las reuniones con su equipo de cátedra con objetivos de optimizar la gestión de enseñanza Colaborar en la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra, según solicitud del Profesor Titular. Colaborar en la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra, según solicitud del Profesor Titular
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso:
MIEMBROS TITULARES:
ASARCHUK, Andrés Gustavo Prof. Adjunto, efectivo “Diseño Gráfico III”. Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
IANNIZZOTTO, Celia Elizabeth Jefe de Trabajos Prácticos, efectiva, “Semiótica” - Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
DE LA VEGA, Fabricio Oscar Prof. Adjunto, efectivo, “Técnicas de Dibujo” - Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
MIEMBROS SUPLENTES:
GONZÁLEZ, Silvina Marcia Prof. Titular, efectiva, “Introducción al Diseño” - Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
LAGO, Guillermo Alberto Prof. Adjunto, efectivo “Diseño Gráfico II”. Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
MOYA MARTIN, Fernando Andrés Prof. Titular, efectivo, “Tecnología III Producción” - Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
ARTÍCULO 5°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 10º considerando de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N.º 96
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-517 18/10/2021 (Carga: 18/10/2021) |
MENDOZA, 18 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 17866/21 caratulado: “s/ Solicitar la designación de la Prof. D.I. Claudia CHAVARRIA como reemplazante en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos (Simple) de las materias HISTORIA DEL DISEÑO I y II de la Carrera Diseño Gráfico e Industrial. FAD”
CONSIDERANDO: Que la designación de la D.I. Claudia Silvia CHAVARRIA surge ante la necesidad de garantizar la actividad educativa de las asignaturas “Historia del Diseño I y II” que se dictan en las Carreras de Diseño. Por otra parte, la presente designación es de carácter de reemplazante ya que la titular del cargo, D.I. María Alejandra PORCÓ, se encuentra en licencia por incompatibilidad para desempeñar un cargo de mayor jerarquía. Que, Dirección de Personal informa que la D.I. CHAVARRIA no registra actualmente situación de revista en esta dependencia y habiendo realizado los exámenes preocupacionales o de ingreso correspondientes obtuvo de ello el certificado de aptitud psicofísica DEFINITIVO. Asimismo, esta Dirección comunicó a la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) el ALTA correspondiente, estableciendo como fecha de efectiva prestación de servicios el período comprendido desde el 20/10/2021 hasta el 31/12/2021. Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto C) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas.” Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres CHAVARRIA, Claudia Silvia Documento Único 28134133 CUIL o CUIT 27-28134133-8 Legajo N° -------------
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Simple Condición Remplazante (mientras dure la licencia por incompatibilidad de la Prof. Alejandra PORCO)
3. Término de la designación Desde VEINTE (20) de octubre de 2021 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Historia del Diseño I” 2) “Historia del Diseño II”
ARTÍCULO 2°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 5 Historia
Especialidad: 9 9 Historia del Diseño I- Historia del Diseño II
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 1° forman parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 127 Diseñador Gráfico 50% 153 Diseñador Industrial 50% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 4°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 813 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple
ARTÍCULO 6°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos y a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTICULO 7º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to.considerando de la presente.
ARTICULO 8º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 517
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-516 18/10/2021 (Carga: 18/10/2021) |
MENDOZA,18 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 29264/21 caratulado: “s/ Elevar e informar la nomina de veedores para la realización “CEREP Covid-19” para el personal Docente interino (Res. 265/20 C.S.) para la provisión de un cargo de J.T.P (S.) de la materia INTRODUCCIÓN AL DISEÑO de la Carrera de Diseño Gráfico - FAD - ”.
CONSIDERANDO:
La necesidad de designar a los profesores, egresados y alumnos que deberán actuar como veedores en el concurso convocado por resolución Nº 95/21-CD.
Que la convocatoria se realiza en el marco de lo dispuesto por los Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para docentes interinos (CEREP.Cov), dispuesto por las resoluciones Nº 24/2021-CD FAD, 265/2020-CS y Circular Nº 5/2021-R.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y atento a las atribuciones conferidas transitoriamente al Sr. Decano mediante resolución Nº 88/21-CD,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a los profesores, egresados y alumnos que se detallan seguidamente para que actúen en calidad de Veedores en el concurso, para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para el dictado de la asignatura “INTRODUCCIÓN AL DISEÑO” que se cursa en la carrera de Diseño Gráfico, de las Carreras de Diseño de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.: Por los profesores: Titular: D.G RIVEROS, Federico Pablo Suplente: D. I CASTELLINO, María Florencia
Por los egresados: Titular: Prof. MIRANDA, María Daniela Suplente: Prof. Romina Paola ABEL DELGADO
Por los alumnos: Titular: SENA, Camila Morena Suplente: CÁCERES, Jimena Lihuen
Resol. N° 516
ARTÍCULO 2°.- Agréguense copia de la presente en el expediente E-CUDAP–CUY Nº 7801/21 .
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3° considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-515 18/10/2021 (Carga: 18/10/2021) |
MENDOZA,18 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 18616/21 caratulado: “S/Asignación "Adicional por Carácter Crítico de la Función" para el Prof. Federico ORTEGA, cát. Práctica Escénica II- FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Personal informa que el Prof. ORTEGA se desempeña en los cargos de: . Profesor Titular con dedicación semiexclusiva, interina, para el dictado de la asignatura “Técnicas Vocales II”. . Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, interina para cumplir funciones en la asignatura “Técnicas Vocales I”, de las Carreras de Artes del Espectáculo. Profesor Titular con dedicación simple, interina, para el dictado de las asignaturas “Técnicas Corporales para Cantantes I y II” y “Práctica Escénica para Cantantes I, II, III” de la Licenciatura en Canto en las Carreras Musicales.
Que la presente solicitud es para cumplir funciones en la cátedra “Práctica Escénica II”, de la carrera de Licenciatura en Arte Dramático y se fundamenta en el cambio de funciones del Profesor Raúl Daniel POSADA, Titular de la cátedra, mediante resolución Nº 316/19-C.D..
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, al Prof. Federico ORTEGA (Leg. N° 31.745 – CUIL N° 23- 30536030-9) por la suma mensual de PESOS DOCE MIL CINCUENTA Y CUATRO ($ 12.054,00), para cumplir funciones en la cátedra “Práctica Escénica II”, de la carrera de Licenciatura en Arte Dramático en las Carreras de Artes del Espectáculo, desde el UNO (1) de octubre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3° considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 515
Lo
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-514 18/10/2021 (Carga: 18/10/2021) |
MENDOZA,18 de octubre de 2021
VISTO: El expediente E-CUDAP-CUY-Nº 23972/21 caratulado: “s/ Solicitud aprobación de Tesis de PERSIA, Sofía María Mercedes- Licenciatura en Música Popular (especialidad Canto) FAD –“
CONSIDERANDO: Que se ha detectado un error involuntario en la resolución nº 369/20-FAD por lo que Secretaría Académica solicita la modificación de la misma, considerando la denominación del espacio Seminario Tesis; como así también la nueva denominación del título del seminario, expresada por la alumna PERSIA en las presentes actuaciones.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento al informe favorable de Secretaría Académica,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar el artículo 1º de la resolución 369/20-FAD por la que se autoriza la realización del Seminario Tesis de la alumna de las Carreras Licenciatura en Música Popular (especialidad Canto) de esta Facultad, de acuerdo con el siguiente detalle: Donde dice: “ Alumna: Sofía María Mercedes PERSIA Registro N° 24.340 Seminario: “Bel canto cuyano: propuesta de vocalizaciones dirigidas a la cueca cuyana” Director: Prof. Diego FLORES Co/Directora: Lic. Victoria LO GIÚDICE Carrera: Licenciatura en Música Popular”
Debe decir: “ Alumna: Sofía María Mercedes PERSIA Registro N° 24.340 Seminario: “La voz en la cueca: aproximaciones y aportes a la cueca cuyana.” Director: Prof. Diego Flores Co-Directora: Lic. Victoria LO GIÚDICE Carrera: Licenciatura en Música Popular (especialidad Canto)”
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2o considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 514
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2021-RES-095 18/10/2021 (Carga: 18/10/2021) |
MENDOZA,18 de octubre de 2021
VISTO: El expediente CUDAP–CUY Nº 7801/21 caratulado: “CONALBI, María Ignacia s/ solicitud de Convocatoria Concursos Especiales CEREP(cov ) s/Resol.265/2020 C.S. Cargo: Jefe de Trabajos Prácticos (S) -Asignatura: " Introducción al Diseño" Carreras de Diseño- FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la presente solicitud se encuentra enmarcada en el Acuerdo Paritario dictado por resolución Nº 265/20-C.S. en la que se estableció, entre otros aspectos, un régimen excepcional y transitorio de “Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de Covid-19 para Docentes Interinos” (CEREP-COV). Que de acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 Artículo 3 – inciso b.4) de la mencionada resolución, se delega la potestad al Consejo Directivo de determinar el ámbito de concurso especial de acuerdo con la Estructura Académica de cada Facultad.
Que el Consejo Directivo dispuso mediante resolución Nº 2/21-CD “
ARTÍCULO 2º.- Determinar el ámbito de convocatoria a todas las cátedras de esta Unidad Académica con excepción del Area de Actuación que se desarrolla en las Carreras de Artes del Espectáculo, en cuyo caso se circunscribirá a la misma.”, por lo cual el concurso tramitado en las presentes actuaciones quedará habilitado sólo para los docentes de la cátedra.
Que de acuerdo con lo resuelto por el Consejo Directivo mediante Res. 37/2021 se exceptuará de la instancia de rendir clase pública a aquellos docentes que hayan ingresado a través de concurso de trámite breve (Ord. 8/91C.D.) circunscribiéndose esta prerrogativa a los impulsores de los respectivos trámites concursales. Ello con la finalidad de evitar la duplicación de instancias y concursos previamente sustanciados, en el marco de lo dispuesto a nivel universitario general res. 197 y 198/2021 C.S. Que la Dirección de Concursos y Evaluación de Desempeño Docente dependiente de Secretaría Académica informa que se da cumplimiento a los requisitos esenciales para llevar a cabo el procedimiento concursal especial (artículo 2º inc. d) de la Resol.100/21-R), en el marco de la Ordenanza 32/95-C.S. Que asimismo se comunica que el desarrollo del presente concurso, se llevará a cabo bajo modalidad virtual, según resoluciones Nº 24/21-C.D. y 411/21-FAD. (Procedimientos de Concursos en forma Virtual y/o Presencial conforme Protocolo Covid 19. FAD).
Los informes de Secretaría Económico-Financiera, Dirección de Personal y de Secretaria Académica de esta Facultad.
Que la solicitud de inscripción de la convocatoria voluntaria y optativa de la Prof. María Ignacia CONALBI se encuentra en la nómina de docentes interinos comprendidos en el Anexo I de la resolución Nº 44/21-C.D. (Docentes que cumplen con los requisitos para ser incluídos en el proceso de concursos Cerep-Cov).
Que según el Art. 5º inciso a.)1. Anexo I de la resolución Nº 265/20-C.S. el procedimiento administrativo de Concurso Especial Extraordinario “será realizado en forma íntegra en la Unidad Académica respectiva, delegando, en este sentido, el Consejo Superior a cada una de éstas, las competencias y facultades pertinentes para llevarlos a cabo.”
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo acordado en Sesión Plenaria Virtual del día 7 de setiembre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convocar a concurso Especial (CEREP-COV), para proveer con carácter efectivo, UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, para cumplir funciones en la asignatura “Introducción al Diseño” que se cursan en las Carreras de Diseño de esta Facultad, en los términos y condiciones establecidas por resolución N° 265/20-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Establecer los siguientes períodos para las distintas etapas del concurso: Publicación: desde el VEINTE (20) al VEINTICUATRO (24) de octubre de 2021. Inscripción: desde el VEINTICINCO (25) al VEINTISIETE (27) de octubre de 2021; a llevarse a cabo de forma virtual, remitiendo a la dirección electrónica: tramiteselectronicos@fad.uncu.edu.ar la documentación solicitada, contenida en no más de TRES (3) archivos adjuntos. (Formulario de inscripción – incorporado en la página de la Facultad, Curriculum Vitae que incluya copia del D.N.I. y Propuesta docente.). Deberá consignarse en el “Asunto” del correo: número de resolución de convocatoria o cargo y cátedra al que se presenta. Se aceptará un solo correo electrónico por postulante, es decir cualquier agregado realizado con posterioridad al primer correo (incluso dentro del plazo de inscripción) será desestimado. Vistas de los antecedentes presentados por el/los postulante/s: los días VEINTIOCHO (28) y VEINTINUEVE (29) de octubre de 2021, en forma “virtual” solicitado al correo: concursoscerep@gm.fad.uncu.edu.ar en horario de 9 a 12 h.
ARTÍCULO 3°.- Los descriptores y las expectativas de logro de la mencionada asignatura son:
INTRODUCCIÓN AL DISEÑO Expectativas de logro: Iniciar en el conocimiento y en el desarrollo de habilidades básicas del Diseño. Conocer la problemática general de la morfología aproximándose a la forma, su concepto, modos de lectura, de representación y de materialización. Adquirir las competencias básicas en el plano y en el espacio, en relaciones morfológicas, funcionales, perceptuales, estructurales y de comunicación. Reconocer las cualidades sensibles de la forma, color, textura y materia Conocer la problemática general del Diseño a través de la comprensión de sus diferencias y fines. Resolver ejercicios pre-proyectuales de objetos útiles y de comunicación, para aproximarse a la actividad del diseño a través del manejo de conceptos, criterios operativos y técnicas básicas de representación y construcción. Desarrollar el pensamiento pre-proyectual mediante la observación, experimentación, análisis, síntesis y evaluación. Descriptores: La forma. Concepto. Relación forma, función, estructura y material. La forma en el plano. Figura y fondo. Composición bidimensional. Módulo. Estructura. Proporción y Escala. Simetría. Tensión espacial, redes y tramas. La forma en el espacio. Los sólidos regulares e irregulares. Composición tridimensional: Módulo. Estructura. Proporción y Escala. Simetría. Tensión espacial, redes y tramas Modificación y tratamiento de la forma en el plano y en el espacio: adición, sustracción, interpenetración Color: Características. Mezcla Textura: Textura visual: Acuidad visual. Variaciones perceptivas. Textura táctil. Tipos Materia: Concepto. Materiales naturales y artificiales. Expresión de los materiales Objetos útiles y objetos de comunicación. Conceptos y criterios operativos. La composición en el espacio y en el plano FORMACIÓN Y ANTECEDENTES EXIGIDOS A LOS ASPIRANTES: Los aspirantes deberán poseer formación académica y experiencia relacionada al espacio curricular que se concursa: “Introducción al Diseño”. Además, deberán demostrar formación académica y experiencia relacionada a la docencia en dicha especialidad y demostrar dominio y trayectoria en el ejercicio profesional de la misma. Se considerará la pertinencia de los antecedentes de los postulantes en relación al perfil profesional que se pretende formar en la carrera de Diseño Gráfico, según inciso 4 Anexo Único de la Ordenanza Nº 2/06-C.S para el plan de estudio de la carrera, en el cual se explicita:
PERFIL DEL TÍTULO: El Diseñador Gráfico, formado a nivel de grado universitario, tiene conocimientos, competencias y habilidades propios de este profesional, sobre la base del presente Plan de Estudio que comprende:
1. Conocimientos sobre: a) Factores humanos, socioculturales, semánticos y perceptuales, involucrados en el proceso de comunicación b) Factores socioculturales que determinan las necesidades, capacidades e intereses de los destinatarios del proyecto. c) Factores tecnológicos, materiales y procesos productivos que posibilitan la producción del Diseño Gráfico. d) Factores legales y reglamentarios involucrados. e) Principios económicos del mercado y de las organizaciones empresariales. f) Aspectos jurídicos y éticos que requiere el desempeño profesional. g) La teoría y la práctica del diseño desde un enfoque metodológico que considera la actividad proyectual del diseño gráfico en relación interdisciplinaria con otras áreas y disciplinas afines h) El proceso proyectual del Diseño Gráfico. i) La factibilidad operativa, técnica funcional, productiva y económica de objetos de comunicación visual.
Aptitud para una visión holística del Diseño Industrial mediante la integración interdisciplinaria de aspectos socioculturales, científicos, técnicos y tecnológicos
Competencias básicas en técnicas de representación.
Competencias específicas en técnicas de comunicación proyectual, bi y tridimensionales, adecuadas al Diseño Industrial. FUNCIONES DOCENTES, ARTÍSTICAS Y/O INVESTIGACIÓN POR CUMPLIR: El docente deberá cumplir las funciones establecida en el Art.66 del Anexo único de la Ordenanza Nº 05/2019- CD – FAD, según se detallan a continuación: El Jefe de Trabajos Prácticos Es el auxiliar de mayor jerarquía que integra el equipo de cátedra trabajando según las orientaciones del Profesor Titular Asociado y Adjunto que constituye su jerarquía inmediata superior. Funciones de Jefe de Trabajos Prácticos: Programar, según las pautas del Profesor Titular los trabajos prácticos necesarios para asegurar las experiencias de aprendizaje de los estudiantes, encargarse de su implementación y evaluación de los mismos. Estará a su cargo la orientación de los estudiantes en el desarrollo de los mismos, debiendo atender los lineamientos que el Profesor Titular dé a su cátedra. Asistir a las clases del Profesor Titular, Asociado y/o adjunto cuando ellos lo consideren necesarios para la correcta orientación de las clases prácticas. Controlar la asistencia de los estudiantes a clase cuando así lo determinen los requerimientos de la regularidad Incluidos en el programa anual, y colaborar con el resto del equipo de cátedra en la evaluación continua del estudiante. Colaborar en todo lo concerniente a las tareas inherentes a la cátedra (docencia, investigación, extensión) armonizando con la el Profesor Titular las tareas y propuestas necesarias para el logro de los fines de la misma Atender la consulta de estudiantes dentro del horario previsto oportunamente en el ámbito de la Facultad de Artes y Diseño Integrar las mesas examinadoras de su cátedra. Asimismo, deberá integrar aquellos tribunales en los que se requiera su colaboración, según lo establece la presente reglamentación.
Participar en las actividades y reuniones de la Dirección a la que pertenece su cátedra a las que fuera convocado. Actuar en comisiones en que sea designado y realizar asesoramiento y otro tipo de trabajos técnicos, científicos o artísticos a solicitud de la autoridad universitaria competente y con su previo acuerdo Asistir a las reuniones con su equipo de cátedra con objetivos de optimizar la gestión de enseñanza Colaborar en la producción de material pedagógico y didáctico necesario para la gestión de la enseñanza de su cátedra, según solicitud del Profesor Titular. Colaborar en la actualización bibliográfica y temática para el dictado anual de la cátedra, según solicitud del Profesor Titular
ARTÍCULO 4°.- Designar a los integrantes de la Comisión Asesora que actuará en el referido concurso:
MIEMBROS TITULARES:
GONZÁLEZ, Silvina Marcia Prof. Titular, efectiva “Introducción al diseño”. Facultad de Artes y Diseño -Universidad Nacional de Cuyo
BRUNO, María Teresa Prof. Titular, efectiva “Tipografía I y II”. Facultad de Artes y Diseño – Universidad Nacional de Cuyo
GONZÁLEZ, María Sol Prof. Titular, efectiva “Fundamentos estilísticos del diseño”. Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo.
MIEMBROS SUPLENTES:
FIOCCHETTA, Yolanda Inés Jefa de Trabajos Prácticos, efectiva “Introducción al diseño”. Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
ZAKALIK, Marcela Rebeca Jefa de Trabajos Prácticos, efectiva “Economía y Gestión”. Facultad de Artes y Diseño - Universidad Nacional de Cuyo
DOMINGUEZ, Jorge Omar Prof. Titular, efectivo “Psicología aplicada al Diseño I”. Facultad de Artes y Diseño -Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 5°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 10º considerando de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 95
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-513 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
Los expedientes E-CUDAP-CUY Nros. 26680/2021, 26193/2021, 24459/2021, donde obran los pedidos de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad para desempeñarse en cargos de mayor jerarquía, sin estabilidad, solicitado por personal de esta Unidad Académica.
CONSIDERANDO:
Que, en cada una de las actuaciones, corre agregado el Formulario N° 17 de la Circular N° 39/15 de Gestión de Personal de la Dirección de Personal de esta Facultad, como así también se incorpora la declaración jurada de cargos y funciones de cada uno de los agentes y el informe de la Dirección General de Personal de Rectorado.
Que las licencias comprendidas en la presente resolución, corresponde en su totalidad a incompatibilidades surgidas de cargos de la planta de esta Unidad Académica.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la ordenanza N° 32/16–R.
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Conceder licencia sin goce de haberes por incompatibilidad de Personal Docente Universitario, generada por las disposiciones vigentes aplicables, que afectan el cargo que desempeña, para cumplir funciones en otro cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, por el período que en cada caso se indica, de acuerdo con lo detallado en el Anexo Único que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3o considerando de la presente.
ARTICULO 3º.-Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCION N° 513
ANEXO ÚNICO Cargo de Carreras o Cargo en el que se otorga mayor Espacios Curriculares o LEGAJO CUIL Apellido y Nombres Espacio/s Curricular/es Disposiciones aplicables sector Período licencia jerarquía a funciones especiales específico desempeñar Ayudante de Primera (S) -Canto (A y B) - Canto (A, B, C, D), . Art. 49 Punto II, inc. a) - Canto I a IV apartado 1) Decreto 1246/15 Profesor Titular - Canto I a V, 01/09/2021 25.615 27-24161331-9 SEMIZ, Jimena Gabriela - Canto I a IV, Musicales . Ord. 28/00-C.S (E) h/ - Canto (A, B, C, D) - Canto (Nivel Parasistemático), Profesor Adjunto (SE) . Ord. 12/00-R 31/12/2021 - Canto I a V - Canto (A y D) . Art. 45 E.U. - Canto I a IV - Canto Complementario I y II -Canto (A, B, C, D) . Art. 49 Punto II, inc. a) apartado 1) Decreto 1246/15 Profesor Adjunto - Canto I a V 01/09/2021 22.579 27-18447182-0 CARRIZO, Marcela Fabiana Ayudante de Primera (S) -Canto (A, B, C, D) -Canto I a IV Musicales . Ord. 28/00-C.S (SE) h/ -Canto (Nivel Parasistemático) . Ord. 12/00-R 31/12/2021 -Canto I a V -Canto (A y D) . Art. 45 E.U. -Canto Complementario I y II . Art. 49 Punto II, inc. a) 01/09/2021 apartado 1) Decreto 1246/15 Profesor Titular 30.700 27-27402110-7 MARTIN, María Belén Jefe de Trabajos -Diseño de Productos Final -Diseño de Productos Final Diseño h/ . Ord. 28/00-C.S (SE) Prácticos (SE) 31/12/2021. . Ord. 12/00-R . Art. 45 E.U.
RESOLUCIÓN N°513
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-512 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 29252/21 caratulado: “ALEJANDRO LUIS IGLESIAS S/ Renuncia al cargo de Director del Grupo de Carreras de Artes Visuales . D/ 01 -10-2021. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que se ha tomado conocimiento de la renuncia del mencionado docente al cargo de Director de las Carreras de Artes Visuales de esta Facultad quien fuera designado, entre otros, mediante resolución Nº 202/18-C.D.
Las razones invocadas por el dimitente.
Los informes producidos por Dirección de Personal.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y de conformidad con lo establecido Anexo Ι, punto ΙΙ de la Ord. Nº 32/16-R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de octubre de 2021, al Prof. Alejandro Luis IGLESIAS (Legajo N° 24.814 - CUIL Nº 20-22059691-6) en el cargo de Profesor Titular con dedicación simple, para cumplir funciones de Director de las Carreras de Artes Visuales de la Facultad, cuya prórroga de designación interina fue efectuada desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, según Resol. n° 106/20-CD.
ARTICULO 2º.-Dar de baja, a partir del UNO (1) de octubre de 2021, el Adicional por Carácter Crítico de la Función otorgado al Prof. Alejandro Luis IGLESIAS, desde el UNO (1) de mayo hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, para cumplir funciones de Director de las Carreras de Artes Visuales de la Facultad, según Resol. n° 213/21-FAD.
ARTÍCULO 3º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 512
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-511 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 29009/21 caratulado: “Cecilia Marta Lasagno s/ Solicitud renuncia al cargo de JTP materia "Materiales y Procesos I" - FAD”
CONSIDERANDO:
Que se ha tomado conocimiento de la renuncia de la mencionada docente al cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Simple, efectivo, para cumplir funciones en la asignatura “Materiales y Procesos I”, que se dicta en la carrera de Diseño Industrial de las Carreras de Diseño, según resolución N° 1734/2016-C.S.
Las razones invocadas por la dimitente.
Los informes producidos por Dirección de Personal y Secretaría Académica.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello y de conformidad con lo establecido Anexo Ι, punto ΙΙ de la Ord. Nº 32/16-R.,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Dar de baja por renuncia, a partir del UNO (1) de octubre de 2021, a la Prof. Cecilia Marta LASAGNO (Legajo N° 28.058 - CUIL Nº 23-26349898-4) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, efectivo, para cumplir funciones en la asignatura “Materiales y Procesos I”, que se dicta en la carrera de Diseño Industrial de las Carreras de Diseño, quien fuera designada mediante resolución 1734/16-C.S.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 4to. considerando de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 511
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-510 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 29420/21 caratulado: “s/asignación de un adicional por carácter crítico de la Función para la Prof. Lorena Beatriz ROSAS 01/09 al 31/12/2021 Sec Fad ” .
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido surge debido a la importante labor que cumple la mencionada docente.
Que Dirección de Personal informa que la Prof. Lorena Beatríz ROSAS registra la siguiente situación de revista en esta dependencia: . Jefe de Trabajos Prácticos con Dedicación Simple, reemplazante de la Prof. Leticia BURGOS, para cumplir funciones en las asignaturas “Taller de Rotación I y II: Grabado”, “Taller I y II para Profesorado (con opción a Grabado)”, “Taller I y II: Grabado”, “Taller I: Grabado (optativa Grupo I)”, “Taller de Rotación: Grabado”, desde 01/08/21 hasta 31/12/21, según Resol. n° 60/21-C.D.
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12°, inciso b) de la ordenanza N° 23/15–C.S. y el artículo 12° de la ordenanza N° 28/00–C.S.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar un “Adicional por Carácter Crítico de la Función”, a la Prof. Lorena Beatríz ROSAS (Leg. n° 30.407 – CUIL n° 27-22140371-7), por la suma mensual de PESOS ONCE MIL CIENTO SESENTA Y UNO ($ 11.161,00) para cumplir funciones en el Área de Grabado de esta Facultad, desde el UNO (1) de setiembre hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 510
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-509 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 25818/21 caratulado: “FURLANI ANGELELLI, Ana Belén s/ Solicitud de Diploma Diseñadora Industrial. FAD.- ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Ana Belén FURLANI ANGELELLI (D.N.I. N° 38.580.790) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el UNO (1) de diciembre de 1994, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso VEINTIOCHO (28) de mayo de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 509
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-508 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 19337/21 caratulado: “CABALLERO, Lucía María s/solic. de Diploma Diseñadora Industrial.FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada Lucía María CABALLERO (D.N.I. N° 39.241.397) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el TRECE (13) de noviembre de 1995, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso DIECINUEVE (19) de mayo de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 508
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-507 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 16568/21 caratulado: “AMORETTI, María del Pilar s/solic. de Diploma Diseñadora Industrial.FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada María del Pilar AMORETTI (D.N.I. N° 34.747.481) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el CUATRO (4) de noviembre de 1989, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de setiembre de 2015 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 507
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-506 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 16597/21 caratulado: “MARTINELLI, Thelma Agustina s/solic. de Diploma Profesora de Grado Universitario en Artes Visuales. FAD ”
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de PROFESORA DE GRADO UNIVERSITARIO EN ARTES VISUALES a la egresada Thelma Agustina MARTINELLI (D.N.I. Nº 39.678.013) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el TRECE (13) de septiembre de 1996, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 80/05-C.S., con fecha de egreso VEINTIUNO (21) de mayo de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 506
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-505 14/10/2021 (Carga: 14/10/2021) |
MENDOZA, 14 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente CUDAP–CUY Nº 19327/21 caratulado: “FISELA FUSCO, María Romina s/solic. de Diploma Licenciada en Arte Dramático.FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 23/99-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN ARTE DRAMÁTICO a la egresada María Romina FISELA FUSCO (D.N.I. Nº 32.162.946) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTIUNO (21) de abril de 1986, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 23/99C.S., con fecha de egreso OCHO (8) de marzo de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 505
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-504 12/10/2021 (Carga: 12/10/2021) |
MENDOZA, 12 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 22918/21 caratulado: “CARRERAS DE ARTES VISUALES S/designación de la Prof. Susana Estela ÁVILA en cargo Profesor Titular (SE). FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la designación de la Prof. ÁVILA en un cargo de Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva, surge ante la necesidad de garantizar la actividad educativa de las asignaturas “Historia del Arte I” e “Historia del Arte Antiguo”.de las Carreras de Artes Visuales. Por otra parte, el presente pedido se realiza teniendo en cuenta la reciente jubilación de la Prof. Silvia Amalia BENCHIMOL. Que, Dirección de Personal informa que la Prof. ÁVILA registra en esta dependencia el cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple, efectivo, para el dictado de las asignaturas “Historia del Arte I” e “Historia del Arte Antiguo” (actualmente se encuentra tramitando la licencia por incompatibilidad según Expte. ECUDAP-CUY Nº 24467/21).
Asimismo se informa que el Adicional por Carácter Crítico de la Función que posee la docente es para cumplir funciones en el cargo objeto del presente trámite.
Que dicho pedido se encuentra contemplado en el Instructivo para la cobertura de cargos docentes, artículo 2º punto A) de la Ordenanza Nº 2/20-C.D. por la cual se delegó “...en el/la Decano/a la atribución de designar a docentes interinos o reemplazantes en caso de vacancias transitorias o definitivas.”
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello, atento a los informes emitidos por Secretaría Académica y Secretaría Económico-Financiera,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar de baja, a partir del UNO(1) de octubre de 2021, el Adicional por Carácter Crítico de la Función de la Prof. Susana Estela ÁVILA (Legajo Nº 24.637– CUIL Nº 27-16555321-2) que le fuera prorrogado desde UNO (1) de mayo hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021, para cumplir funciones en las asignaturas “Historia del Arte I” e ” Historia del Arte Antiguo” de las Carreras de Artes Visuales, según resolución N° 202/21-FAD
ARTÍCULO 2º.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres ÁVILA, Susana Estela Documento Único 16.555.321 CUIL o CUIT 27-16555321-2 Legajo N° 24.637
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Profesor Titular Dedicación Semiexclusiva Condición Interino
Término de la designación Desde UNO (1) de octubre de 2021 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Artes Visuales
Espacio/s Curricular/es 1) “Historia del Arte I” 2) “Historia del Arte Antiguo”
ARTÍCULO 3°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 2° pertenecen a: Códigos Descripción Disciplina: 6 Humanidades Subdisciplina: 4 5 Historia Especialidad: 9 9 “Historia del Arte I”- “Historia del Arte Antiguo”
ARTÍCULO 4°.- Los espacios curriculares mencionados en el artículo 2° forman parte de los Planes de Estudio de los Títulos que a continuación se detallan: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 6464 Profesorado de Grado Universitario en Artes Visuales 25% 834 Licenciatura en Artes Plásticas 25% 6465 Profesorado de Grado Universitario en Historia del Arte 25% 881 Licenciatura en Historia de la Artes Plásticas 25% Porcentaje total 100 %
ARTÍCULO 5°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub– Fuente de Participación Programa Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función o Apartado Dependencia Financiamiento Porcentual
10 00 11 37 03 00 03 00 3 4 100 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 805 Profesor Titular con dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos y a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTICULO 8º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente.
ARTICULO 9º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 504
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-503 12/10/2021 (Carga: 12/10/2021) |
MENDOZA, 12 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 21759/21 caratulado: “SANCHEZ CHIOTTA, Gonzalo Martin s/solicitud de Diploma - Diseñador Industrial.FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL al egresado Gonzalo Martín SANCHEZ CHIOTTA (D.N.I. N° 38.582.570) nacido en la Provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTITRÉS (23) de noviembre de 1994, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso VEINTIOCHO (28) de mayo de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N.º 503
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-502 12/10/2021 (Carga: 12/10/2021) |
MENDOZA, 12 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 22047/21 caratulado: “FUCILI, Eduardo s/ solic. de Diploma Diseñador Industrial.FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADOR INDUSTRIAL al egresado Eduardo FUCILI (D.N.I. N° 35.661.678) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISÉIS (26) de octubre de 1990, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso VEINTICINCO (25) de junio de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 502
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-501 12/10/2021 (Carga: 12/10/2021) |
MENDOZA, 12 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY N.º 27901/21 caratulado: “Cátedra Abierta PAREDES, Juan Pablo -FAD ”
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Alumnos informa el cumplimiento de la carga horaria de las actividades extracurriculares exigidas para la acreditación de la “CÁTEDRA ABIERTA DE MÚSICA POPULAR” en la carrera de Licenciatura en Música Popular (Percusión) por parte del estudiante Juan Pablo PAREDES, que se encuentra respaldado por el respectivo reporte de acreditación de actividades.
Lo aconsejado por Secretaría Académica y la Dirección de Carreras Musicales.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar al alumno Juan Pablo PAREDES (Registro N° 26244) CUARENTA Y OCHO (48) horas de la actividad curricular “Cátedra Abierta de Música Popular”, en calidad de Materia Optativa Complementaria correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (orientación percusión).
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 501
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-500 12/10/2021 (Carga: 12/10/2021) |
MENDOZA, 12 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 27715/21 caratulado: “TORRES SOSA Natalia Inés S/ Solicitud acreditación cátedra abierta - FAD ”
CONSIDERANDO:
Que según lo informado por la Dirección de Alumnos, la estudiante Natalia Inés TORRES SOSA ha cumplido con la carga horaria de las actividades extracurriculares exigidas para la acreditación de la “Cátedra Abierta de Música Popular” correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (Canto) y Licenciatura en Música Popular (Teclados).
Lo aconsejado por Secretaría Académica y la Dirección de Carreras Musicales.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acreditar a la alumna Natalia Inés TORRES SOSA (Registro N° 26.230) CUARENTA Y OCHO (48) horas de la actividad curricular “Cátedra Abierta de Música Popular”, en calidad de Materia Optativa Complementaria correspondiente a la carrera de Licenciatura en Música Popular (Canto) y Licenciatura en Música Popular (Teclados).
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la presente emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 3er. considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 500
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-499 12/10/2021 (Carga: 12/10/2021) |
MENDOZA, 12 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP CUY Nº 26603/21 caratulado: “ALFONSÍN, María Natalia” s/ Solicitud equivalencia del espacio “Trabajo Corporal para Músicos II”- FAD.”.
CONSIDERANDO:
Que la alumna María Natalia ALFONSÍN ha realizado diversos cursos relacionados con el espacio “Trabajo Corporal para Músicos II”, en la carrera de Licenciatura en Flauta en esta Unidad Académica.
La opinión favorable de la Titular de la cátedra y de la Dirección de Carreras Musicales.
Que por otra parte, el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Lo aconsejado por Secretaría Académica.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia a la alumna María Natalia ALFONSÍN (Legajo N° 15.937) en el espacio “Trabajo Corporal para Músicos II” perteneciente a la carrera de Licenciatura en Flauta de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. Considerando de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 499
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2021-RES-094 12/10/2021 (Carga: 12/10/2021) |
MENDOZA, 12 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 18408/21 en el que se tramita el “Homenaje a Isolde KLIETMANN” en esta Unidad Académica.
CONSIDERANDO:
Que la labor realizada por la extraodinaria artista austríaca Isolde KLIETMANN (1908 – 1996), radicada en Mendoza en 1939, estableció los fundamentos de la danza moderna y contemporánea en Mendoza y San Juan.
Su permanente trabajo como bailarina y coreógrafa conformó un legado de talento, calidez y gran profesionalismo, que permitió que varias generaciones de bailarines se formaran en el arte de la danza.
Que en 1994, la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza la nombró "Ciudadana Ilustre".
Que se pretende con este homenaje realizar y emplazar una escultura figurativa de bailarina con vestido, en tamaño real de la destacada Maestra de danza, que será llevada a cabo por la Profesora Marcela CAMBA y la colaboración de Técnicos, estudiantes y egresados y egresadas del espacio curricular Taller I y II de Escultura de las Carreras de Artes Visuales y será presentado en El Festival de Danza de Nuevas Tendencias, en su edición 2021, que es dirigido por la profesora Vilma RÚPOLO y Patricia BALDIN en producción, lo que permitirá perpetuar la memoria de esta profesional de la danza, pilar de las nuevas generaciones de artistas.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante resolución nº 323/20 ratificada, entre otras, por resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Que dicho pedido se efectúa en el marco de lo establecido por Ord. 2/15C.D.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y a lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 5 de octubre de 2021,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar Aval Institucional de esta Unidad Académica, al homenaje a la artista austríaca Isolde KLIETMANN, que consiste en la presentación de una escultura figurativa de la bailarina, en tamaño real, durante El Festival de Danza de Nuevas Tendencias, en su edición 2021 que se realizará entre el VEINTISÉIS (26) de octubre y el SIETE (7) de noviembre de 2021, la que será emplazada en un espacio urbanístico de la Ciudad de Mendoza a seleccionar.
Resol. N.º 94
ARTÍCULO 2º.- Autorizar el presupuesto de PESOS TREINTA MIL ($30.000) asignado en concepto de incentivo y becas en favor de: Marcela CAMBA $5.000, Macarena LOPEZ LIRA $ 17.500, María Milagros GONZALEZ $2.500, Alejandra VILLALOBOS $2.500 y María Laura HERRERA $2.500.
ARTÍCULO 3º.- Rubricar un convenio específico entre la FAD y la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza, respecto a los aspectos materiales para el desarrollo de la obra.
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 5to. considerando de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 94
LO/lo
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-498 7/10/2021 (Carga: 11/10/2021) |
MENDOZA, 7 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 21973/21 caratulado: “Nota Refuerzo pedido de insumos sanitarios, limpieza y desinfección FAD.”.
CONSIDERANDO: Que esta compra se realiza a partir de la presencialidad dispuesta por la Superioridad, para reforzar necesidades básicas de distintos sectores del Área de Mantenimiento.
Que debido a la necesidad de disponer del material faltante, la mercadería ha sido recibida mediante Acta de recepción y se encuentra disponible en Depósito.
Que se han emitido informes pertinentes aconsejando la adjudicación, con el visto favorable de la Secretaría Económico Financiera.
Que, en función de los antecedentes expuestos, puede en consecuencia, darse curso aprobatorio al gasto con la afectación en la red presupuestaria prevista para este trámite.
Que el Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitalesmientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante Resolución Nº 323/20 ratificada, entre otras, por Resolución nº 83/20-C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes.
Por ello,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Aprobar lo actuado en expediente E-CUDAP-CUY Nº 21973/21 para la compra de elementos de limpieza y desinfección, con destino a distintas áreas de esta Unidad Académica, por la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CATORCE ($ 74.614).
ARTICULO 2º.- Adjudicar el trámite de referencia y afectar el gasto a favor de los proveedores y red programática que se indica a continuación:
PROVEEDOR CUIT ADJUDICADO AFECTACIÓN DISTRIBUCIONES BALACCO 23-30972618-9 $ 47.440.- 2.9.1. LATINA APROVISIONAMIENTOS 2.9.1. 30-71501047-6 $ 4.760.S.A.(DISUR) ANA FLORENCIA VARO PARRA 20-12538828-1 $ 14.000.- 2.9.1. SEVILLA.DISTRIBUCIONES 27-35662308-3 $ 8.414.- 2.9.1.
Red Programática:A.1206.010.001.000.12.37.08.00.99.00.2.0.0.0000.1.21.3.4
Resol. N° 498
ARTÍCULO 3º.- La presente compra se realizará en el marco del Plan de Modernización (Res. 324/2020-R) - Pago a proveedores sin orden de compra.
ARTÍCULO 4.- Remitir copia de la presente resolución a Secretaría EconómicoFinanciera, Dirección General Económico-Financiera y Dirección de Contrataciones y Patrimonio de la Facultad.
ARTÍCULO 5º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do. considerando de la presente.
ARTICULO 6º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 498
mf
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2021-RES-497 7/10/2021 (Carga: 11/10/2021) |
MENDOZA, 7 de octubre de 2021
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 4430/21 caratulado: “Nota pedido de Diagnóstico y revisión de equipos calefacción edif. Talleres FAD ”.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se fundamenta en la urgente necesidad de disponer de este equipamiento en perfectas condiciones de funcionamiento que aseguren la calefacción en distintas cátedras de las Carreras de Cerámica y Artes Visuales.
Que se considera importante la reparación de estos equipos de calefacción central de 37000 KCAL., teniendo en cuenta el alto costo que demandaría su compra.
Que la reparación significó el desarme previo y verificación técnica encomendada a la firma Aldo Gimenez Castillo Climatización SA (AGC)CUIT 3371202512-9, de reconocido prestigio en el medio. Que se han emitido informes aconsejando la adjudicación, con el visto favorable de la Secretaría Económico Financiera.
Que en función de los antecedentes expuestos, puede en consecuencia, darse curso aprobatorio al gasto con la afectación en la red presupuestaria prevista para este trámite. Que Rectorado Ad-Referendum del Consejo Superior, autorizó la emisión de actos y reglamentos administrativos digitales mientras dure la presente emergencia sanitaria, mediante Resolución Nº 323/20 ratificada, entre otras, por Resolución nº 83/20C.S., cuyas prórrogas han sido efectuadas en concordancia con los Decretos de Necesidad y Urgencia difundidos por el Gobierno Nacional, medidas que continúan vigentes. Por ello, EL DECANO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Aprobar lo actuado en expediente E-CUDAP-CUY Nº 4430/21 para la contratación de servicio de reparación equipos de calefacción con destino a esta Facultad Talleres por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 175.450).
ARTICULO 2º.- Adjudicar el trámite de referencia y afectar el gasto a favor del proveedor y red programática que se indica a continuación: PROVEEDOR Afectación CUIT ADJUDICADO
AGC S.A. 33-71202512-9 $ 175.450 3.3.3
Inciso 3: R.1100.010.001.000.16.37.08.00.99.00.3.0.0.0000.1.21.3.4
Resol. N° 497
ARTICULO 3º.- La presente compra se realizará en el marco del Plan de Modernización (Res. 324/2020-R) - Pago a proveedores sin orden de compra –.
ARTICULO 4º.- Remitir copia de la presente resolución a Secretaría Económico-Financiera, Dirección General Económico-Financiera y Dirección de Contrataciones y Patrimonio de la Facultad.
ARTÍCULO 5º.- La presente resolución emitida en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades de esta Facultad en soporte papel cuando concluya la actual emergencia sanitaria debido a la pandemia del COVID 19 y puedan reiniciarse con normalidad las actividades presenciales en la Universidad Nacional de Cuyo en general y en esta Unidad Académica en particular, de acuerdo a lo expresado en el 2do considerando de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 497
mf
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||