Digesto
|
14331 Normativas
Últimas emisiones
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
CD-2022-RES-333 29/11/2022 (Carga: 29/11/2022) |
MENDOZA, 29 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 37333/21 caratulado: E caratulado:“s/Convocatoria a concurso Abierto, Personal Apoyo Académico Ord. Nº 03/2008 C.S. Categoría 7 – Efectivo, Agrupamiento Administrativo Dirección de Despacho - FAD FAD.”.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se efectúa en el marco del artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 3/08-C.S., por la cual se aprobó la “Reglamentación del régimen de C.S., “Reglamentación concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la a Universidad Nacional de Cuyo”, y de acuerdo con los datos detallados en el formulario previsto en la Circular N° 34/13 de Gestión Administrativa del Rectorado.
El informe producido producidopor la Secretaría Administrativo Administrativo–Financiera de esta Unidad Académica, en la que informa que atento a la decisión de la Superioridad sobre el origen de los recursos destinados a financiar los concursos del personal de apoyo académico solicitados, autorizó a la Dirección General Económico Financiera a tramitar Dirección los reajustes presupuestarios necesarios para proveer los cargos necesarios para tal fin, según expedientes EXP_E-CUY:0037705/2022 y EXP_E-CUY:0042669/2022. EXP_E CUY:0042669/2022.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes; de lo acordado por este Cuerpo en Sesión Plenaria del 22 de noviembre de 2022 y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Artículo 6° del Anexo de I de la ordenanza N° 3/08-C.S., C.S.,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al Consejo Superior la pertinente autorización para convocar a Concurso Abierto de Antecedentes y Prueba de Oposición para cubrir, con carácter efectivo, UN (1) cargo Categoría 7 – Tramo Inicial – del AgrupamientoAdministrativo, Agrupamiento para desempeñar funciones en la Dirección de Despachode esta Facultad, cuyos datos de se encuentran detallados en el Anexo Único de la presente resolución, que consta de DOS (2) hojas, de conformidad con lo establecido en la ordenanza N° 3/08 3/08-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Solicitar al Consejo Superior la ratificación de los jurados propuestos en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 333
ANEXO ÚNICO FORMULARIO DE PEDIDO DE AUTORIZACIÓN
PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADEMICO Ordenanza nº 3/2008 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
SEÑOR RECTOR: El presente pedido de autorización para llamado a Concurso ante el Consejo Superior para la cobertura de vacantes del Personal de Apoyo Académico corresponde al siguiente detalle: 1) Dependencia de la vacante: vacante a) Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño b) Unidad Organizativa: Dirección General Administrativa c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección de Despacho 2) Datos del Concurso:
• Clase de Concurso: Abierto • Mecanismo del Concurso: Antecedentes y Oposición 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Inicial 5) Categoría: 7 (SIETE) 6) Detalles del Cargo:
a) Funciones Específicas: Auxiliar Administrativo 7) Cantidad de Cargos: UNO (1) NO 8) Horario de desempeño previsto: de 7 a 14hs. ) 9) Remuneración del cargo: se consignará al momento de la convocatoria ) 10) Bonificaciones especiales: no posee ) 11) Lugar y horario en que los interesados deberán presentar la documentación: in A través del correo electrónico tamiteselectronicos@fad.uncu.edu.ar en los días dispuest dispuestos para la inscripción. 12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso: ) Concurso a) Jurados Titulares
Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa Directora de ORO, Laura Esther 19.793 19 13.109.555 2 Administrativo Despacho FAD
Jefa de Mesa de MOVIO, Sandra Patricia 20.931 20 18.012.974 3 Administrativo Entradas FAD
a/c Dirección de GARCIA, Viviana Carmen 22.818 22 18.431.315 3 Administrativo Personal FAD
Resol.nº 333
Anexo Único – hoja 2
b) Jurados Suplentes Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa Auxiliar Dirección de GORDILLO, Pedro 28.665 665 33.577.042 6 Administrativo Despacho FAD Dante
20.226 226 Mesa de Entradas FAD 16.993.699 4 Administrativo FUNES, Daniel Ricardo
COZZOLINO, Carlos 28.830 830 26.681.014 5 Administrativo Dirección de Personal FAD Matías
13) Requisitos:Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones de Ingreso”, artículo 21º del Decreto Nacional nº 366/06. Dichos requisitos deberán transcribirse en las resoluciones de llamado a concurso.
14) Condiciones Generales ) • Poseer Título Secundario o Polimodal 15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante) ) • Conocimientos Generales de Reglamentaciones que se apliquen a la tarea • Conocimientos generales en el manejo informático (procesadores de textos, correo electrónico- Excel- sistema COMDOC - SUDOCU). • Conocer, manejar y mantener actualizado el archivo de Resoluciones, Ordenanzas y Circulares Resoluciones, • Predisposición para el trabajo en equipo. • Predisposición para el aprendizaje y la capacitación continúa. continúa
16) Temario General: La Prueba de Oposición abarcará:
• Estatuto Universitario: Título I – Fines y Estructura; Título II: Gobierno de la Universidad; Título III: Gobierno de las Facultades • Decreto 366/06 Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal No Docente de las Universidades Nacionales: Título 1: Art. 11, 12 y 13 Derechos, Deberes y Prohibiciones. : • Ord. 112/2003 C.S. Estructura Orgánico Funcional Facultad de Artes y Diseño • Ord. 2/2020 C.S. Reglamento de Mesa de Entradas UNCcuyo • Ord. 26/2020 C.S. Reglamento del Sistema de Notificación Electrónica en el ámbito de la UNCuyo
RESOLUCIÓN N° 333
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2022-RES-332 29/11/2022 (Carga: 1/09/2023) |
MENDOZA, 29 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente CUDAP-CUY Nº 37326/21, caratulado: “s/Convocatoria a CUDAP , concurso Abierto, Personal Apoyo Académico Ord. Nº 03/2008 C.S. Categoría 7 – Efectivo, Agrupamiento Administrativo Dirección de Personal - FAD” ”.
CONSIDERANDO:
Que el pedido se efectúa en el marco del artículo 6° del Anexo I de la ordenanza N° 3/08-C.S., por la cual se aprobó la “Reglamentación del régimen de C.S., “Reglamentación concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo”, y de acuerdo con los datos detallados en el formulario idad previsto en la Circular N° 34/13 de Gestión Administrativa del Rectorado.
El informe producido por la Secretaría Administrativo Administrativo–Financiera de esta Unidad Académica, en la que informa que atento a la decisión de la Superioridad sobre el origen de los recursos destinados a financiar los concursos del personal de apoyo académico solicitados, autorizó a la Dirección General Económico Financiera a tramitar los reajustes presupuestarios necesarios para proveer los cargos necesarios presupuestarios para tal fin, según expedientes EXP_E-CUY:0037705/2022 EXP_E CUY:0037705/2022 y EXP_E EXP_ECUY:0042669/2022.
Lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes; lo acordado por este Cuerpo en sesión del 22 de noviembre de 2022. 2022
Por ello, atento a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Artículo 6° del Anexo de I de la ordenanza N° 3/08 3/08-C.S.,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al Consejo Superior la pertinente autorización para convocar pertinente a Concurso Abierto de Antecedentes y Prueba de Oposición para cubrir, con carácter efectivo, UN (1) cargo Categoría 7 – Tramo Inicial – del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar Administrativo en la Dirección de Personal Administrati dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Facultad, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo Único de la presente resolución, que consta de DOS (2) hojas, de conformidad con los establecido en la ordenanza N° 3/08 ordenanza 3/08-C.S.
ARTÍCULO 2°.- Solicitar al Consejo Superior la ratificación de los jurados propuestos en el Anexo Único de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo
RESOLUCIÓN N° 332
ANEXO ÚNICO
FORMULARIO DE PEDIDO DE AUTORIZACIÓN
PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADEMICO Ordenanza nº 3/2008 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
SEÑOR RECTOR:
El presente pedido de autorización para llamado a Concurso ante el Consejo Superior para la llamado cobertura de vacantes del Personal de Apoyo Académico corresponde al siguiente detalle: 1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Artes y Diseño b) Unidad Organizativa: Dirección General Administrativa c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección de Personal 2) Datos del Concurso:
• Clase de Concurso: Abierto • Mecanismo del Concurso: Antecedentes y Oposición 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Inicial 5) Categoría: 7 7) Detalles del Cargo: a) Funciones Específicas: Auxiliar Administrativo 8) Cantidad de Cargos: UNO (1) 9) Horario de desempeño previsto: de 7 a 14hs. 10) Remuneración del cargo: a consignar en el momento de la convocatoria 11) Bonificaciones especiales: ninguna 12) Lugar y fecha en que los interesados deberán presentar la documen documentación. A través del correo electrónico tamiteselectronicos@fad.uncu.edu.ar en los días dispuestos para la inscripción. 13) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso: Concurso a) Jurados Titulares
Apellido y Nombre Nº de Nº Categoría Agrupamiento Cargo que legajo Documento ocupa GARCIA, Viviana Carmen 28.818 18.431.315 3 Administrativo a/c Dirección de Personal
SANTOS, Mariana 19.544 19.54 18.079.976 1 Administrativo Directora General Administrativa
PIONETTI, Sandra 17.297 16.470.598 3 Administrativo Jefa Dpto. Miriam Operativo Carreras Musicales
Resol.nº 332
Anexo Único – hoja 2
b) Jurados Suplentes Apellido y Nombre Nº de Nº Categoría Agrupamiento Cargo que legajo Documento ocupa
Auxiliar Dirección COZZOLINO, Carlos 28830 26.681.014 5 Administrativo de Personal Matías
Sub Jefe Carreras AGUILAR, Juan Carlos 23188 14.002.872 4 Administrativo Musicales- FAD
Jefa de Mesa de MOVIO, Sandra 20931 18.012.974 3 Administrativo Entradas FAD Patricia
14) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones de Ingreso”, artículo 21º del Decreto Nacional nº 366/06. Dichos requisitos deberán transcribirse en las resoluciones de llamado a concurso. 15) Condiciones Generales • Poseer Título Secundario o Polimodal 16) Condiciones Particulares (Perfil del postulante) • Conocimientos Generales de Reglamentaciones que se apliquen a la tarea • Conocimientos generales en el manejo informático (procesadores de textos, correo ntos electrónico- Excel). ). • Conocer, manejar y mantener actualizado el archivo y el Digesto de Resoluciones, Ordenanzas y Circulares. Circulares • Predisposición para el trabajo en equipo. • Predisposición para el aprendizaje y la capacitación continúa. continúa 17) Temario General: • Estatuto Universitario: Título I – Fines y Estructura; Título II: Gobierno de la Univers Universidad; Título III: Gobierno de las Facultades • Decreto 366/06 Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal No Docente de las Un el Universidades Nacionales: Título 1: Art. 11, 12 y 13 Derechos, Deberes y Prohibiciones. Y : Título VI: Jornada de Trabajo: Art. 74 al 113 • Decreto 1246/2015 Capítulo VII Licencias, justificaciones y franquicias – Art. 44 al 52. Y Capítulo IX Extinción de la relación laboral: artículos 62 y 63 • Ord. 112/2003 C.S. Estructura Orgánico Funcional Facultad de Artes y Diseño • Ord. 28/00 C.S. Dedicaciones docentes, tipos, cumplimiento, sanciones, docentes i incompatibilidades, profesores efectivos. efe • Ord. 70/02 C.S. Presencialidad y disponibilidad Personal de Apoyo Académico • Ord. 45/97 C.S. Reglamento para reconocimiento de antigüedad docente en el ámbito de la UNCuyo. • Ord. 32/2016 R. Establece y regula, en el ámbito de la UNCUYO, la delegació de la condelegación cesión de Licencias, Justificaciones y Franquicias en los órganos y funcionarios que detadet lla. • Ord. 50/94 C.S. Licencia año sabático docentes UNCuyo • Ord. 28/2018 R. Licencia post maternidad • Ord. 13/98 C.S. Licencias por estudio • Ord. 1/08 C.D. Licencias para rendir posgrados encias • Ord. 50/19 C.S. y 9/20 C.S. (licencia maternidad, paternidad)
RESOLUCIÓN N° 332
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-643 28/11/2022 (Carga: 28/11/2022) |
MENDOZA, 28 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 35250/22 caratulado: E /22 caratulado:“DECANATO S/ DESIGNACIÓN Colaboradores del Área de Innovación y Desarrollo Dependiente de Decanato. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que por resolución N° 295/22-CD se designó alaD.I.AnaClara al REZINOVSKYen el cargo Ayudante de Primera con dedicación Simple paracumplir en funciones de Colaboradora del Área de Innovación y Desarrollo de esta UnidadAcadémicadesde el 17 de octubre hasta el 9 de diciembre de 2022, fecha de desde término establecida en el certificado provisorio de Aptitud Psicofísica emitido por la icofísica Dirección General de Medicina del Trabajo de esta Casa de Estudios.
Que laD.I. AnaClara REZINOVSKYpresentó el certificado definitivo de REZINOVSKYpresentó Aptitud Psicofísica, razón por la cual es viable su continuidad del 10 al 31 de diciembre de 2022.
El informeemitido por Dirección de Personal. emitido
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar la designación interina al Personal que se detalla en el Anexo Único de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la Categoría Programática y la imputación según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargo, corresponde al consignado en el Legajos Electrónico Único que consta en el informe de Secretaría Económico Financiera de esta Facultad. sta Económico–Financiera
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones. resoluciones
RESOLUCIÓN Nº 643
ANEXO ÚNICO PERIODO CUIT APELLIDO Y NOMBRES CARGO FUNCIONES DEPENDENCIA
Ayudante de Primera (S)
Colaboradora Área Producción Área de Innovación y Desde el 10/12/22 27-39952719 39952719-3 REZINOVSKY, Ana Clara Adicional por Carácter Tecnológica DesarrolloDecanato Hasta el 31/12/22 Crítico de la Función
RESOLUCIÓN Nº 643
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-642 24/11/2022 (Carga: 17/02/2023) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 42978/22 caratulado: “PANIAGUA, Alejandra Gladys s/ Diploma Licenciada en Gestión y Producción Teatral -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 24/04 y 25/04-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN GESTIÓN Y PRODUCCIÓN TEATRAL a la egresada Alejandra Gladys PANIAGUA (D.N.I. Nº 22.273.333) nacida en la provincia Misiones, República Argentina, el SIETE (7) de octubre de 1971, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 24/04 y 25/04-C.S., con fecha de egreso SEIS (6) de setiembre de 2022 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 642
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-641 24/11/2022 (Carga: 24/11/2022) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 707/22 caratulado: “SIMAN, Amira Beatriz s/ Diploma Diseñadora Gráfica -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Amira Beatriz SIMAN (D.N.I. N° 35.927.569) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el DIECINUEVE (19) de setiembre de 1991, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso VEINTINUEVE (29) de octubre de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 641
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-640 24/11/2022 (Carga: 24/11/2022) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 714/22 caratulado: “PRAT GAY, Luz de s/ Solicitud de Diploma Licenciada en Artes Plásticas -FAD-”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por la ordenanza Nº 10/81-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN ARTES PLÁSTICAS a la egresada Luz de PRAT GAY (D.N.I. Nº 37.513.151) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTICINCO (25) de marzo de 1994, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por la ordenanza Nº 10/81C.S., con fecha de egreso VEINTE (20) de abril de 2022 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 640
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-639 24/11/2022 (Carga: 24/11/2022) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 712/22 caratulado: “CARUSO, Luciana Marina s/Solicitud de Diploma Diseñadora Gráfica -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06-C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA GRÁFICA a la egresada Luciana Marina CARUSO (D.N.I. N° 36.814.681) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTICUATRO (24) de setiembre de 1991, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 1/06C.S., 2/06-C.S. y su modificatoria N° 12/08-C.S., con fecha de egreso CATORCE (14) de diciembre de 2021 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 639
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2022-RES-331 24/11/2022 (Carga: 24/11/2022) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 42997/22 caratulado: “CARRERAS DE DISEÑO - Solicitud cambio de designación JAIME, Lucía María de reemplazante a interina en el cargo de Ayudante de Primera (SE) “Tipografía II-Editorial” y “Tipografía IIIExpresiva” Diseño Gráfico - FAD”
CONSIDERANDO:
Que la D.G. JAIME se encuentra designada en un cargo de Ayudante de Primera con dedicación semiexclusiva, en condición de reemplazante, para cumplir funciones en las asignaturas “Tipografía II-Editorial” y “Tipografía III-Expresiva”, de las Carreras de Diseño, cuya prórroga de designación fue efectuada mediante resolución Nº 397/22-FAD.
Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Personal correspondería el cambio de condición en la designación de la docente JAIME, “de reemplazante a interino” desde el 01/11/22, teniendo en cuenta la baja por renuncia de la titular del cargo, Prof. Lucía DOMENECH, al que la docente remplazaba.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza y lo dispuesto por este Cuerpo en Sesión Plenaria del día 22 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. – Aprobar el cambio de condición de “reemplazante” a “interino”, a partir del UNO (1) de noviembre de 2022, a la D.G. Lucía María JAIME (Leg. n° 34.637 – CUIL n° 27-31081282-5), en el cargo de Ayudante de Primera con dedicación semiexclusiva, para cumplir funciones en las asignaturas “Tipografía II-Editorial” y “Tipografía III-Expresiva”, de las Carreras de Diseño, cuya prórroga de designación fue efectuada mediante resolución Nº 397/22-FAD, en razón al fundamento expresado en el 2do. Considerando de la presente.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 331
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2022-RES-330 24/11/2022 (Carga: 6/12/2022) |
MENDOZA, 24 de noviembre de 2022
VISTO:
El Expediente E-CUDAP-CUY Nº 42784/22 caratulado: “Secretaría de Investigación y Posgrado s/designación miembros Consejo Asesor de Investigación y Posgrado. FAD -”.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Investigación y Posgrado tiene como objetivo fundamental intervenir en la elaboración y coordinación de las políticas científicotecnológicas y de posgrado, promoviendo los mecanismos necesarios para su fomento y ejecución, la vinculación con el sistema universitario de investigación, así como con los organismos nacionales e internacionales que se dedican a dichas actividades.
Que una de sus funciones principales es promover la formación integral de profesionales que sean capaces de desarrollar, transferir e intercambiar conocimientos, prácticas y tecnologías acordes con las demandas y necesidades sociales, asumiendo a la educación como bien público, como derecho humano y como obligación ineludible del Estado.
Que, para desarrollar estas funciones resulta fundamental contar con la contribución activa de representantes de los diferentes grupos de carreras de la Facultad cuya participación ha sido consensuada con las autoridades de la misma y las direcciones de los Grupos de Carreras, para la cual se propone la conformación de un Consejo Asesor de Investigación y Posgrado que en adelante cumplirá con esta función.
Que se ha dado cumplimiento a lo estipulado por la ordenanza N° 49/03C.S. y la ordenanza N° 33/12-R., respecto a la normativa de posgrado vigente en la UNCuyo y dando cumplimiento a lo estipulado en cuanto a la constitución y funciones en la Ordenanza Nº 9/22–C.D.
Por ello atento a lo aconsejado por la Comisión de Investigación y Extensión y la Comisión de Enseñanza y a lo acordado por este Cuerpo en sesión del día 22 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar los miembros del Consejo Asesor de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño, y aprobar sus funciones según los términos establecidos en los artículo 6° al 12° de la ordenanza N° 49/03-C.S. y artículo 2º de la Ordenanza Nº 9/22–C.D.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar las funciones de los representantes del Consejo Asesor de Investigación y Posgrado que desempeñarán este rol por el período 2022- 2026, según los detalles establecidos en el Anexo Único de la ordenanza Nº 9/22–C.D.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 330
ANEXO ÚNICO De los representes del Consejo Asesor de Investigación y Posgrado Representando a la Secretaría de Investigación y Posgrado: • Dr. Eduardo Javier OZOLLO Secretario de Investigación y Posgrado • Lic. y Prof. María Laura FURLANI PALAZZI Coordinadora de Posgrado
Representado al Claustro Docente: Carreras Musicales: Titular: Mgter. Diego Jesús BOSQUET Suplente: Mgter. Silvia Susana MERCAU Carreras de Artes del Espectáculo: Titular: Dra. María Verónica MANZONE Suplente: Esp. Viviana Elina CARRIERI Carreras de Proyectos de Diseño: Titular: Dra. Ofelia Beatriz AGOGLIA Suplente: Dra. Ayelén María VILLALBA Carreras de Cerámica: Titular: Esp. Liliana Beatriz SAMMARCO FAZIO Suplente: Lic. Laura Gladys GONZÁLEZ Carreras de Artes Visuales: Titular: Mgter. María Paula PINO VILLAR Suplente: Mgter. Olga Herminia CAMPASSI
Representando a las carreras de Posgrado Maestría en Arte Latinoamericano: • Mgter. Patricia Amalia de la TORRE
Maestría en Gestión del Diseño para los Desarrollos Regionales: • Mgter. Luis Alberto SARALE • Mgter. Claudia Susana CABUT
Maestría en Interpretación de música Latinoamericana de los siglos XX y XXI • Mgter. María Gabriela GUEMBE • Suplente: Mgter. Nahuel ROMERO PASCHERO
Representante de Egresados/as • Prof. Ana Patricia AMICO
RESOLUCIÓN Nº 330
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-638 23/11/2022 (Carga: 23/11/2022) |
MENDOZA, 23 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico Nº 422/22 caratulado: “Barroso, Grisel Soledad s/diploma Licenciada en Artes Plásticas - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por la ordenanza Nº 10/81-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADA EN ARTES PLÁSTICAS a la egresada Grisel Soledad BARROSO (D.N.I. Nº 34.438.831) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el SEIS (6) de febrero de 1989, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por la ordenanza Nº 10/81C.S., con fecha de egreso VEINTITRÉS (23) de setiembre de 2022 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 638
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-637 23/11/2022 (Carga: 23/11/2022) |
MENDOZA, 23 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente electrónico N° 539/22 caratulado: “S/Solicitud de Diplomas de Honor, Menciones y Distinción XLII Acto de Colación -FAD-”.
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 339/84 FA reglamenta el otorgamiento de distinciones a los mejores egresados de las Carreras que integran esta Facultad.
La nómina de los mejores promedios de egresados y menciones especiales para la Promoción 2021-2022.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Otorgar distinciones a los mejores egresados de las Carreras de esta Facultad para la Promoción 2021-2022, según el siguiente detalle: Diploma de Honor de las Carreras de Diseño: PAPAGNI, Carla Andrea Título: Diseñadora Gráfica D.N.I. 37.811.826 Promedio: 9,26 (NUEVE PUNTOS CON VEINTISÉIS CENTÉSIMOS)
Diploma de Honor de las Carreras de Artes Visuales: VIDAL, Tatiana Belén Título: Profesora de Grado Universitario de Historia del Arte D.N.I. 35.514.693 Promedio: 9,46 (NUEVE PUNTOS CON CUARENTA Y SEIS CENTÉSIMOS)
Diploma de Honor de las Carreras de Artes del Espectáculo: BONOLDI RUFENER, Federica Título: Licenciada en Arte Dramático D.N.I. 35.184.062 Promedio: 9,67 (NUEVE PUNTOS CON SESENTA Y SIETE CENTÉSIMOS)
HERMANN, Bárbara Lucía Título: Profesora de Grado Universitario en Teatro D.N.I. 39.054.550 Promedio: 9,67 (NUEVE PUNTOS CON SESENTA Y SIETE CENTÉSIMOS)
Diploma de Honor de las Carreras de Cerámica QUIROGA DONNA, Noelia Griselda Título: Profesora de Grado Universitario en Cerámica Artística D.N.I. 35.076.625 Promedio: 8,29 (OCHO PUNTOS CON VEINTINUEVE CENTÉSIMOS)
Diploma de Honor de las Carreras Musicales FACO NARANJO, Ruy Paolo Título: Profesor de Grado Universitario de Teorías Musicales D.N.I. 95.591.234 Promedio: 9,94 (NUEVE PUNTOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTÉSIMOS)
ARTICULO 2º.- Otorgar una Mención Especial como reconocimiento a la trayectoria académica a los siguientes egresados:
• Por obtener el mejor promedio de los Ciclos de Licenciatura y Ciclos de Profesorados: REYNALS, Caren Vanesa Título: Profesora de Grado Universitario en Música: Piano D.N.I. 34.121.780 Promedio: 9,86 (NUEVE PUNTOS CON OCHENTA Y SEIS CENTÉSIMOS)
• Por obtener el mejor promedio de las Carreras de Grado de la Facultad: FACO NARANJO, Ruy Paolo Título: Profesor de Grado Universitario de Teorías Musicales D.N.I. 95.591.234 Promedio: 9,94 (NUEVE PUNTOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTÉSIMOS)
ARTICULO 3º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 4º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 637
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-636 23/11/2022 (Carga: 23/11/2022) |
MENDOZA, 23 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente N° 256/22 caratulado: “s/Proporcional vacaciones - Melzi, Aquiles - Domenech, Lucia - Rodriguez, Roberto – FAD”.
CONSIDERANDO:
Que dicha solicitud encuadra con lo establecido en los Arts. 79º y 90º del Dec. Nac. Nº 366/06; Art. 45° inciso a) del Decreto Nacional N° 1246/15 y en lo dispuesto por ordenanza N° 32/16-R. y su modificatoria Nº 4/22-R.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Autorizar a la Secretaría Económico-Financiera a liquidar días de licencia proporcional de vacaciones correspondientes al año 2022, a favor de los siguientes agentes: • Sr. Aquiles Enrique MELZI- Legajo Nº 14.541– CUIL Nº 23-13192120-9 Cargos: * Categoría 3 (Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Serv. Grales.)-Efectivo Ayudante de Trabajos Prácticos- Interino Baja definitiva: UNO (1) noviembre de 2022 Cómputo de antigüedad hasta la fecha de desvinculación definitiva como personal de Apoyo Académico: CUARENTA Y SIETE (47) años, CUATRO (4) meses y VEINTE (20) días. Cómputo de antigüedad hasta la fecha de desvinculación definitiva como personal Docente: TREINTA Y CUATRO (34) años, DOS (2) meses y DIECIOCHO (18) días. Proporcional a liquidar cargo de Apoyo Académico: TREINTA Y TRES (33) días Proporcional a liquidar cargo Docente: TREINTA Y OCHO (38) días --------------------------------------------------• D.I. Lucia DOMENECH - Legajo Nº 29.929– CUIL Nº 24-28774870-8 Cargo: Ayudante de Primera con dedicación Semiexclusiva – Efectivo Baja definitiva: UNO (1) noviembre de 2022 Cómputo de antigüedad hasta la fecha de desvinculación definitiva: ONCE (11) años, CINCO (5) meses y VEINTISIETE (27) días. Proporcional a liquidar: TRES (3) días Cabe aclarar que la docente ha estado de licencia por razones particulares sin goce de haberes desde el 1/02/22 hasta la fecha de baja 1/11/22, período que no se contabiliza, a los efectos del presente proporcional de vacaciones. --------------------------------------------------• Dr. Roberto Germán RODRIGUEZ - Legajo Nº 34.174– CUIL Nº 20-25793410-2 Cargo: Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva – Reemplazante Baja definitiva: TREINTA Y UNO (31) agosto de 2022 Cómputo de antigüedad hasta la fecha de desvinculación definitiva: TRES (3) años, SEIS (6) meses y TRECE (13) días Proporcional a liquidar: VEINTE (20) días
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 3º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 636
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-635 23/11/2022 (Carga: 23/11/2022) |
MENDOZA, 23 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP CUY Nº 39267/22 caratulado: “Maximiliano Scarpetta Vázquez S/Solicitud exención materias "Instrumento I Guitarra" e "Instrumento II Guitarra" - Licenciatura en música popular - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el alumno Maximiliano SCARPETTA VAZQUEZ ha cursado y aprobado las materias “Instrumento I (Guitarra)” e “Instrumento II (Guitarra)”, en la carrera de Licenciatura en Guitarra, de las Carreras Musicales de esta Facultad.
La opinión favorable de Secretaría Académica.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar equivalencia al alumno Maximiliano SCARPETTA VAZQUEZ (Legajo N° 26139) en las asignaturas “Instrumento I (Guitarra)” e “Instrumento II (Guitarra)”, perteneciente a la carrera de Licenciatura en Música Popular – Guitarra, de las Carreras Musicales de esta Facultad.
ARTÍCULO 2°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 635
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2022-RES-329 23/11/2022 (Carga: 23/11/2022) |
MENDOZA, 23 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 18391/21 caratulado: “s/Solicitar autorización para la convocatoria al “Concurso para la Cobertura de Cargos Docentes Interinos” Ord Nº01/2020 CD. Un (01) Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación (S.E,) para cumplir funciones en DISEÑO DE PRODUCTOS III. Carr.D. Industrial”
CONSIDERANDO:
Que mediante Acta VAR-CUY Nº 147457/22 figuran los siguientes postulantes inscriptos: PALAU BENEGAS, Cecilia Lucía; TRAVAGLINI, María Graciela; GALLERANI, Stefano y TERRAZA, Maira Ayelen.
Que sustanciado el mismo, la Comisión Asesora designada para entender en dicho concurso, se expidió mediante acta fechada el día 25 de octubre de 2022, proponiendo el siguiente orden de méritos: 1- TRAVAGLINI, María Graciela; 2GALLERANI, Stefano; 3- TERRAZA, Maira Ayelen.
Que, en el caso de la postulante Cecilia Lucía PALAU BENEGAS, no figura en el orden de méritos mencionado precedentemente por haber obtenido puntaje menor a los 40 puntos que exige la reglamentación.
Que se han cumplimentado con normalidad todas las instancias concursales previstas en la reglamentación vigente y no se han presentado impugnaciones a la decisión del Jurado.
Que, Dirección de Personal informa que la D.I. María Graciela TRAVAGLINI registra situación de revista en esta dependencia en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, interino, designada mediante ordenanza Nº 4/15-C.D. (Instructivo para la cobertura de cargos docentes) para cumplir funciones en el espacio curricular “Diseño Productos III”, de las Carreras de Diseño, en el que fue prorrogada su designación según resolución Nº 174/21-C.D.
Lo aconsejado por la Comisión de Concursos y a lo dispuesto por este Cuerpo en sesión plenaria del 15 de noviembre de 2022.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34 inciso 4) del Estatuto Universitario,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Limitar, al TREINTA Y UNO (31) de octubre de 2022, la prórroga de designación de la D.I. María Graciela TRAVAGLINI (Leg. n° 34.581 – CUIL n° 2721949700-3) en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, interino, designada mediante ordenanza Nº 4/15-C.D., para cumplir funciones en el espacio curricular “Diseño Productos III”, de las Carreras de Diseño, en el que fue prorrogada su designación según resolución Nº 174/21-C.D.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar lo actuado por la Comisión Asesora que intervino en el concurso convocado por resolución N° 278/22-C.D., mediante Ordenanza Nº 1/2020-C.D., para proveer UN (1) cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva, interino, para cumplir funciones en la asignatura “Diseño de Productos III” de las Carreras de Diseño de esta Facultad; estableciendo el siguiente Orden de Méritos: 1- TRAVAGLINI, María Graciela; 2- GALLERANI, Stefano; 3-TERRAZA, Maira Ayelen.
ARTÍCULO 2°.- Designar al siguiente Personal Docente Universitario: 1. Datos Personales del Docente designado Apellido y Nombres TRAVAGLINI, María Graciela Documento Único 21949700 CUIL o CUIT 27-21949700-3 Legajo N° 34.581
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del Cargo Jefe de Trabajos Prácticos Dedicación Semiexclusiva Condición Interino
Término de la designación Desde UNO (1) de noviembre de 2022 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022
Denominación de la Unidad Académica Facultad de Artes y Diseño Subdependencia Carreras de Diseño
Espacio/s Curricular/es 1) “Diseño de Productos III”
ARTÍCULO 3°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 2° pertenece a: Códigos Descripción Disciplina: 2 Ingeniería y Tecnología Subdisciplina: 4 8 Ingeniería Industrial Especialidad: 9 9 Diseño de Productos III
ARTÍCULO 4°.- El espacio curricular mencionado en el artículo 1° forma parte del Plan de Estudio del Título que a continuación se detalla: Código de Títulos Descripción de la Carrera Participación Porcentual 153 Diseñador Industrial 100% Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 5°.- Imputar presupuestariamente el presente gasto en personal según la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: DependenSub– Fuente de Progra Participación cia o Subprograma Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Dependencia Financiamiento -ma Porcentual Apartado 10 00 11 37 03 00 04 00 3 4 100 Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Código Presupuestario Universitario 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 11 Personal Permanente Partida Parcial 111 Retribución que hacen al cargo Escalafón 700 Estatuto del Docente Código Cargo 808 Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación Semiexclusiva
ARTÍCULO 7°.- De acuerdo con la declaración jurada de cargos y a lo informado por la Dirección de Personal de esta Unidad Académica no surge situación de incompatibilidad para acceder al cargo en el que se la designa.
ARTÍCULO 8°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTICULO 9º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN Nº 329
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2022-ORD-009 23/11/2022 (Carga: 23/11/2022) |
MENDOZA, 23 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 37614/22 caratulado: “Secretaría de Investigación y Posgrado s/solicitud aprobación Conformación del Consejo Asesor de Investigación y Posgrado - FAD.”.
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza N° 49/2003-CS., por la que se aprueban para la Universidad Nacional de Cuyo, las pautas y normas generales por las que se regirán las actuaciones de posgrado, en su artículo 6° al 12°, prevé la conformación de este Consejo Asesor.
Que resulta oportuno adecuar la constitución del mismo, a la actual estructura académica de esta Facultad.
Que para desarrollar las funciones establecidas por dicha normativa resulta fundamental contar con la contribución activa de representantes de los diferentes grupos de carrera de la Facultad, destacando la incorporación de Directores de carrera acreditados por CONEAU, como así también egresados de la Institución.
Que, se ha dado cumplimiento a lo estipulado por la Ordenanza N° 49/03C.S., y la Ordenanza 33/12-R, respecto a la normativa de posgrado vigente de la U.N.Cuyo.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento y a lo acordado por este Cuerpo en sesión plenaria del día 15 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO ORDENA:
ARTICULO 1°.- Derogar la Ordenanza N° 8/2000-C.D.
ARTICULO 2°.- Aprobar la creación, normas y pautas generales de funcionamiento del Consejo Asesor de la Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño, que como Anexo Único forma parte de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de ordenanzas.
ORDENANZA N° 9
ANEXO UNICO SECRETARIA DE INVESTIGACION Y POSGRADO CONSTITUCIÓN CONSEJO ASESOR DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO De la constitución: 1. El Consejo Asesor de Investigación y Posgrado será presidido por el Secretario de Investigación y Posgrado o quien cumpla tales funciones. Asimismo, estará constituido por: a) Quien desempeñe el rol de Coordinador/a de Investigación b) Quien desempeñe el rol de Coordinador/a de Posgrado c) Un representante titular y un suplente del claustro docente de cada uno de los grupos de Carreras de la Facultad, que cumpla con un perfil acorde en titulación o mérito equivalente o categoría de investigador. d) El/la directora/a académica de cada una de las carreras de posgrado de la Facultad acreditadas por CONEAU, funcionando como suplente el/la Coordinador/a académica de la carrera. e) Un representante titular y un suplente por egresados.
Los miembros representantes docentes pertenecientes a cada grupo de carreras deberán tener preferentemente experiencia en investigación y posgrado, siendo propuestos por la Dirección, en el modo y forma que cada carrera considere conveniente. 3. El/la directora/a de carrera de Posgrado acreditada por CONEAU deberá informar de su incorporación al Consejo Asesor de Investigación y Posgrado al Comité académico de la carrera. 4. El/la representante por los/as egresados/as, será propuesto/a por la Asesoría de Egresados. 5. Los miembros del Consejo Asesor, una vez elegidos en sus respectivos claustros, serán propuestos por la Secretaría de Investigación y Posgrado al Decanato, y por su intermedio al Consejo Directivo, para su aprobación. 6. Los miembros del Consejo Asesor permanecerán en sus funciones por el término de CUATRO (4) años, pudiendo ser reelectos. 7. Las actividades de los asesores serán consideradas dentro de las obligaciones de cargo docente que desempeñen. De las sesiones: 8. La Secretaría de Investigación y Posgrado convocará, cuando lo crea conveniente, a las sesiones del Consejo Asesor por lo menos con OCHO (8) días hábiles de antelación a la fecha prevista. El Consejo Asesor de Investigación y Posgrado deberá reunirse al menos dos veces por año. 9. Las sesiones se realizarán dentro del año lectivo, entre el UNO (1) de marzo y el TREINTA (30) de noviembre. Podrá convocarse a reuniones fuera de ese periodo si la urgencia de los temas a tratar así lo requieran. 10. Se convocará a las reuniones a los Consejeros Titulares. En caso de que un Consejero Titular no pueda asistir deberá justificar su inasistencia e informarlo inmediatamente para poder convocar al Consejero Suplente. 11. El quórum se logrará mediante la simple mayoría de los miembros. 12. En la convocatoria se informará el orden del día y si fuera pertinente y/o a pedido de los miembros se proveerá la documentación necesaria para su estudio previo.
Anexo Único – hoja 2. 13. Los Consejeros podrán proponer temas a tratar a través de la Secretaría de Investigación y Posgrado. También se podrán incluir temas en el orden del día por simple mayoría de votos. 14. Los acuerdos se tomarán por simple mayoría de votos. En caso de empate, el voto del/la Secretario/a se contará doble. 15. La Secretaría de Investigación y Posgrado será responsable de la comunicación de las acciones que resultaran de las reuniones a los directores y a los integrantes de sus respectivas áreas. De las funciones: 16. Elaborar y elevar al Consejo Directivo las propuestas de actividades de Investigación y Posgrado. Asesorar sobre políticas, sistemas de evaluación, compatibilización de proyectos de Posgrado y sistema de becas y subsidios. 17. Asesorar en la elaboración de los sistemas de información relacionados con el Posgrado. 18. Asesorar sobre la oferta de posgrado, considerando las demandas sociales en concordancia con las carreras de grado. 19. Asesorar sobre líneas prioritarias de investigación, en consonancia con las potencialidades y vacancias de la Facultad. 20. Asesorar sobre diferentes posibilidades de financiamiento. 21. Fomentar el desarrollo de la investigación. 22. Asesorar sobre la articulación del sistema de posgrado e investigación. 23. Promover la formación de recursos humanos en áreas de vacancia. 24. Asesorar sobre la participación de operatorias de posgrado e investigación a nivel regional e internacional. 25. Asesorar sobre alianzas académicas, potenciando el trabajo en redes de cooperación. 26. Asesorar sobre la designación de los miembros de Comités Evaluadores para proyectos de investigación internos y becas de investigación y posgrado de la FAD. 27. Contribuir en la difusión de convocatorias de Investigación y Posgrado. 28. Realizar propuestas y sugerencias sobre actividades que estimulen y fomenten la investigación y el posgrado en la Unidad Académica. 29. Incentivar la publicación de los trabajos elaborados en el área de Posgrado. 30. Asesorar al Consejo Directivo acerca de la elaboración, seguimiento, análisis de resultados y reformulación de Proyectos de Carreras de Especialización, Maestría y Doctorado. 31. Analizar anualmente los procedimientos y criterios para la acreditación de Carreras de Posgrado de acuerdo con la normativa vigente de la CONEAU. 32. Generar ideas y promover la realización de actividades y estudios de Posgrado Interdisciplinarios entre los distintos grupos de carreras de la FAD y con otras Unidades Académicas de la UNCuyo, universidades argentinas y extranjeras. De las actas: 33. Se labrará un acta de cada reunión en la que constará la asistencia y el desarrollo de la misma. 34. El acta será revisada y firmada por los miembros asistentes, serán publicadas en la página web de la Facultad.
ORDENANZA Nº 9
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-634 22/11/2022 (Carga: 22/11/2022) |
MENDOZA, 22 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 42662/22 caratulado: “RAVERA, Guillermo Francisco s/solicitud de Diploma Licenciado en Historia de las Artes Plásticas FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por las ordenanzas Nº 5/93-C.S. y 7/19-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de LICENCIADO EN HISTORIA DE LAS ARTES PLÁSTICAS al egresado Guillermo Francisco RAVERA (D.N.I. Nº 25.793.299) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el TRES (3) de junio de 1977, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por las ordenanzas Nº 5/93-C.S. y 7/19-C.S., con fecha de egreso TREINTA (30) de junio de 2022 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 634
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-633 22/11/2022 (Carga: 22/11/2022) |
MENDOZA, 22 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 42938/22 caratulado: “MASRAMON, Marina s/Diploma Diseñadora Escenográfica -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanza Nº 12/98-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA ESCENOGRÁFICA a la egresada Marina MASRAMÓN (D.N.I. Nº 37.493.748) nacida en la provincia de La Rioja, República Argentina, el DOCE (12) de octubre de 1993, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 12/98C.S., con fecha de egreso VEINTISIETE (27) de junio de 2022 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 633
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-632 22/11/2022 (Carga: 22/11/2022) |
MENDOZA, 22 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 42183/22 caratulado: “NIEVAS, Facundo Daniel s/Diploma Profesor de Grado Universitario en Música. FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 68/05-C.S. y 70/14-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Otorgar el diploma de PROFESOR DE GRADO UNIVERSITARIO EN MÚSICA al egresado Facundo Daniel NIEVAS (D.N.I. Nº 36.499.234) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTISIETE (27) de setiembre de 1991, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 68/05-C.S. y 70/14-C.S., con fecha de egreso VEINTISÉIS (26) de setiembre de 2022 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 632
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-631 22/11/2022 (Carga: 22/11/2022) |
MENDOZA, 22 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 42970/22 caratulado: “PERSIA, Sofía María Mercedes s/solicitud de Diploma Licenciada en Música Popular con orientación en Canto -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 119/03-C.S. y 128/03-C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Otorgar el diploma de LICENCIADA EN MÚSICA POPULAR CON ORIENTACIÓN EN CANTO a la egresada Sofía María Mercedes PERSIA (D.N.I. Nº 37.622.310) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el VEINTINUEVE (29) de octubre de 1993, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 119/03-C.S. y 128/03-C.S., con fecha de egreso VEINTINUEVE (29) de setiembre de 2022 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 631
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-630 22/11/2022 (Carga: 22/11/2022) |
MENDOZA, 22 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 43004/22 caratulado: “PUY, María Valentina s/Diploma Diseñadora Industrial - FAD”.
CONSIDERANDO:
Que la citada egresada, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08C.S., que la hacen acreedora al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el diploma de DISEÑADORA INDUSTRIAL a la egresada María Valentina PUY (D.N.I. N° 39.952.619) nacida en la provincia de Mendoza, República Argentina, el ONCE (11) de junio de 1996, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 3/06-C.S., 4/06-C.S. y su modificatoria N° 9/08-C.S., con fecha de egreso TRES (3) de julio de 2019 y extender el certificado analítico de egreso que la acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN Nº 630
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-629 22/11/2022 (Carga: 22/11/2022) |
MENDOZA, 22 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP–CUY Nº 42962/22 caratulado: “TRISTAN, Yaco s/solicitud de Diploma Licenciado en Música Popular con orientación en Guitarra -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que el citado egresado, según informe que obra en el mencionado expediente, registra la aprobación de la totalidad de las materias que integran el Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 119/03-C.S. y 128/03-C.S., que lo hacen acreedor al título correspondiente.
Por ello,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-Otorgar el diploma de LICENCIADO EN MÚSICA POPULAR CON ORIENTACIÓN EN GUITARRA al egresado Yaco TRISTAN (D.N.I. Nº 39.235.877) nacido en la provincia de Mendoza, República Argentina, el NUEVE (9) de agosto de 1995, en razón de haber cumplido con la totalidad de las exigencias del Plan de Estudio aprobado por ordenanzas Nº 119/03-C.S. y 128/03-C.S., con fecha de egreso DOCE (12) de octubre de 2022 y extender el certificado analítico de egreso que lo acredita como tal.
ARTÍCULO 2º.- La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 629
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2022-RES-328 22/11/2022 (Carga: 22/11/2022) |
MENDOZA, 22 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente Nº 525/22 caratulado: “Solicitud prórroga contratación Personal de Apoyo Académico, Sra. María José PEREZ, desde 01/01/2023 hasta desde 31/12/2023”.
CONSIDERANDO:
Que consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la señora PEREZ.
Los informes producidos por la Dirección de Personal y de Dirección General Económico-Financiera.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión plenaria del 22 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señora María José PÉREZ (Legajo 35.029 – CUIL N° 27-23712668-3) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Auxiliar en la Secretaría de Posgrado de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2023, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia o Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Participación Apartado Dependencia Financiamiento Macroactividad Porcentual
10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón 230 Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Administrativo
ARTÍCULO 4°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 328
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por la señora Rectora, Cont. Esther Lucía SÁNCHEZ, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señora María José PÉREZ (CUIL N°27-23712668-3), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente contrato en calle Maipú 384 Dpto 6 A; Godoy Cruz, Mendoza, se celebra el presente contrato:----
ARTÍCULO 1°.-OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Secretaría de Posgrado de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.-----------
ARTÍCULO 2°.-DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2023. ----------------
ARTÍCULO 3°.-RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.------------------------
ARTÍCULO 4°.-MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.------------------
ARTÍCULO 5°.- NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan Diseño al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas permanente inherentes a las funciones para las que se la contrata.--------------------------------------contrata.--------------------------------------
ARTÍCULO 6°.-LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o artístico, forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.------------------------------------------------contrato.------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°.-RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en la cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.-------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2022-RES-327 22/11/2022 (Carga: 22/11/2022) |
MENDOZA, 22 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente Nº 522/22 caratulado: “Solicitud prórroga contratación Personal de Apoyo Académico, Sra. Ana Laura REYES, desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023 -FAD”.
CONSIDERANDO:
Que consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio de la mencionada agente.
Los informes producidos por la Dirección de Personal y de Dirección General Económico-Financiera.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión plenaria del 22 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato de la señorita Ana Laura REYES (Legajo Nº 31.914 - CUIL N° 27-39239724-3) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar Servicios funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2023, en el marco de las disposiciones de la Ord. N° 43/07-C.S. 23,
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyect Actividad Obra Finalidad Función Participació o Apartado Depende Financiamient Macroactividad o n Porcentual ncia o 10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática a 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Escalafón 230 Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
ARTÍCULO 4°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 327
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por la señora Rectora, Cont. Esther Lucía SÁNCHEZ, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y la señorita Ana Laura REYES (CUIL N° 27-39239724-3), en adelante LA CONTRATADA, quien establece domicilio legal a los efectos del presente ONTRATADA, contrato en calle Baigorria 555 - GODOY CRUZ - Mendoza, se celebra el presente contrato:--------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.-OBJETO: LA CONTRATADA cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.---------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.-DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2023. --------------------------------
ARTÍCULO 3°.-RETRIBUCIÓN: LA CONTRATADA percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.-MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada a LA CONTRATADA.----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.-NORMAS GENERALES: LA CONTRATADA se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.---------------------------contrata.---------------------------
ARTÍCULO 6°.-LA CONTRATADA tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.--------------------------------------contrato.--------------------------------------
ARTÍCULO 7°.-RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que LA CONTRATADA hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente a LA CONTRATADA con TREINTA (30) días corridos de anticipación.-TRATADA ---------------------------------------------------------------------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el …………………………………….........................................
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2022-RES-326 22/11/2022 (Carga: 22/11/2022) |
MENDOZA, 22 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente Nº 513/22 caratulado: “De: FAD_DIRPERSONAL /Solliicitud expe /22 FAD_DIRPERSONAL /So citud prórroga contratación PersonalGermán Andrés VIDELA, , prórroga contratación Personal de AAppoyo Académico, Sr. de Apoyo Académico, Sr. /Solicitud oyo desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023. FADD””. Germán Andrés VIDELA desde 01/01/2023 hasta 31/12/2023. FA VIDELA, FAD”
CONSIDERANDO:
Que consta el informe evaluativo de desempeño satisfactorio del señor VIDELA.
Los informes producidos por la Dirección de Personal y de Dirección General Económico-Financiera.
Por ello, atento a lo aconsejado por la Comisión de Asuntos No Docentes y lo acordado en sesión plenaria del 22 de noviembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Solicitar al señor Rector la renovación de contrato del señor Germán Andrés VIDELA (Legajo 31.912 – CUIL N° 20-32130241-7) en un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, para desempeñar funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de esta Facultad, desde el UNO (1) de enero, hasta tanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2023.
ARTÍCULO 2°.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Dependencia Sub- Fuente de Programa Sub-programa o Proyect Actividad Obra Finalidad Función Participació o Apartado Depende Financiamient Macroactividad o n Porcentual ncia o 10 00 11 37 08 00 99 00 3 4 100
Total de la Distribución Programática a 100,00 %
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 10 Facultad de Artes y Diseño Gastos en Personal Inciso 1
Partida Principal 12 Personal Temporario Partida Parcial 121 Retribución que hace al cargo Escalafón de Personal no Docente de Universidades Nacionales (Decreto Escalafón 230 Nacional N° 366/06 P.E.N.) Categoría y Agrupamiento Categoría 7 Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales
ARTÍCULO 4°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones del Consejo Directivo.
RESOLUCIÓN N° 326
PROYECTO DE CONTRATO
--- Entre la Universidad Nacional de Cuyo, representada por la señora Rectora, Cont. Esther Lucía SÁNCHEZ, en adelante LA UNIVERSIDAD, por una parte, en ejercicio de sus atribuciones y el señor Germán Andrés VIDELA(CUIL N° 20-32130241-7), en adelante EL CONTRATADO, quien establece domicilio legal a los efectos del presente CONTRATADO, contrato en Las Golondrinas 1209 - Godoy Cruz - Mendoza, se celebra el presente contrato:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 1°.-OBJETO: EL CONTRATADO cumplirá funciones en la Dirección de Servicios y Mantenimiento de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional de Cuyo.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°.-DURACIÓN: El presente contrato tendrá vigencia a contar desde el UNO (1) de enero, intertanto se provea mediante concurso efectivo y no más allá del TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2023. --------------------------------
ARTÍCULO 3°.-RETRIBUCIÓN: EL CONTRATADO percibirá por el desempeño de las funciones que se le encomiendan en el artículo 1°, en concepto de remuneración mensual, el importe equivalente a un cargo Categoría 7 del Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales, D.N. N° 366/06, al que se agregarán los adicionales que correspondan y se practicarán los respectivos descuentos por aplicación de normas legales vigentes.------------------------------------------------------vigentes.------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°.-MODIFICACIONES EN LA RETRIBUCIÓN: La remuneración fijada en el artículo anterior será incrementada en la medida y oportunidad en que el Poder Ejecutivo Nacional disponga aumentos para el personal permanente de la Administración Pública Nacional y que beneficien al de la categoría asignada al CONTRATADO.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°.-NORMAS GENERALES: EL CONTRATADO se desempeñará en relación de dependencia de la Facultad de Artes y Diseño y tendrá los derechos que correspondan al personal permanente con las limitaciones que se establezcan para el personal temporario, debiendo cumplir con las obligaciones fijadas en las normas legales, estatutarias y reglamentarias para el personal permanente y, en especial, aquellas inherentes a las funciones para las que se la contrata.---------------------------contrata.---------------------------
ARTÍCULO 6°.-EL CONTRATADO tendrá plena libertad para la expresión de sus ideas en el plano de lo científico, técnico y artístico, pero le queda prohibida toda propaganda prohibida o forma de proselitismo político o de discriminación racial o religiosa bajo pena de quedar rescindido, por ese sólo hecho, este contrato.--------------------------------------contrato.--------------------------------------
ARTÍCULO 7°.-RESCISIÓN: LA UNIVERSIDAD podrá rescindir este contrato cuando surgiere, de la instrucción sumarial previa, que EL CONTRATADO hubiere incurrido en alguna de las causales que, para la remoción de personal, estén establecidas legal, estatutaria y reglamentariamente en la Universidad. Asimismo podrá rescindirlo en cualquier tiempo, cuando por razones de interés público careciere de objeto la prestación contratada. En este último supuesto será suficiente la notificación por medio fehaciente al CONTRATADO con TREINTA (30) días corridos de anticipación.----------------------------------------------------------------------------------- En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Mendoza, el ……………………………………..........................................
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
FA-2022-RES-628 18/11/2022 (Carga: 18/11/2022) |
MENDOZA, 18 de noviembre de 2022
VISTO:
El expediente E-CUDAP-CUY Nº 24682/22 en el que se tramita el otorgamiento de un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” para el agente Jesús Antonio GIUNTA, para desempeñar funciones en la Dirección de Informática de esta Facultad.
CONSIDERANDO:
Que dicho pedido se fundamenta en que el Sr. Jesús Antonio GIUNTA cumplió funciones durante los meses de julio y agosto del corriente, en la Dirección de Informática, para realizar tareas tales como: instalación de servidor virtual, implementación del RDI, implementación de los backups de Guaraní y Kolla y demás labores que fueran encomendadas por dicha área.
Que la Dirección de Personal informa que el Sr. GIUNTA revista en un cargo en la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de esta Universidad.
Que el mencionado adicional se fundamenta en el artículo 12° de la ordenanza N° 23/15–C.S.
Por ello, atento a lo informado por la Dirección General Económico– Financiera, Dirección de Personal y Secretaría Académica,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Asignar, por única vez, un “Adicional por Carácter Crítico de la Función” al Sr. Jesús Antonio GIUNTA (Leg. n° 32.443– CUIL n° 20-21372911-0) por el monto correspondiente a la prestación de servicios efectuado en los meses de julio y agosto del presente año, en la Dirección de Informática de esta Facultad, de acuerdo al siguiente detalle: MES DE JULIO/2022 Monto de $ 21.000,00 (PESOS VEINTIÚN MIL CON 00/100)
MES DE AGOSTO/2022 Monto de $ 30.100,00 (PESOS TREINTA MIL CIEN CON 00/100).
ARTÍCULO 2°.- El gasto emergente de lo dispuesto en el artículo precedente deberá afectarse al Inciso 1 – Gastos en Personal y/o reajustes presupuestarios – del Presupuesto Ordinario de la Facultad de Artes y Diseño – Ejercicio 2022.
ARTÍCULO 3°.-La presente norma se emite en formato digital y será reproducida con el mismo número en soporte papel.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese e insértese en el libro de resoluciones.
RESOLUCIÓN N° 628
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||